Índice de La Convención Revolucionaria de Aguascalientes de Vito Alessio RoblesCapítulo anteriorCapítulo siguienteBiblioteca Virtual Antorcha

Capítulo 6

Las juntas de Torreón y la cláusula de oro en los acuerdos entre los federales de las divisiones del Norte y del Noreste.

Apenas consumada la expugnación de la plaza de Zacatecas por las valerosas tropas de la División del Norte, llegó un enviado del Cuerpo de Ejército del Noreste que estaba a las órdenes del General Pablo González. Pedía éste en su propio nombre y en el de todos los Generales que servían en el mencionado cuerpo de ejército, que el General Francisco Villa y todos los Generales de la División del Norte designaran tres representantes para que celebraran unas conferencias con otros tantos delegados del Cuerpo de Ejército del Noreste, con la finalidad de zanjar todas las dificultades existentes entre el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista y la citada División del Norte.

La atenta invitación del General González y de los principales jefes del Cuerpo de Ejército del Noreste fue aceptada por los Generales de la División del Norte. Los delegados de las dos grandes unidades revolucionarias deberían reunirse a la mayor brevedad posible en la ciudad de Torreón.

La revolución en su Sinaí.

Son de sobra conocidas las estrechas ligas que existían entre don Venustiano y don Pablo González. Puede afirmarse que la propuesta hecha por el segundo contó con la aprobación expresa del primero y que los representantes fueron designados con el consentimiento del Primer Jefe. Estos fueron los Generales Cesáreo Castro, Luis Caballero y Antonio I. Villarreal, quienes llevaban como secretario al señor Ernesto Meade Fierro. Los Generales de la División del Norte nombraron representantes al doctor Miguel Silva, al ingeniero Manuel Bonilla y al General José Isabel Robles, con el secretario Coronel Roque González Garza.

Los representados citados con sus secretarios, se reunieron en la ciudad de Torreón en los días del 4 al 8 de julio, inclusive. Los acuerdos tomados fueron de tal manera interesantes, que el licenciado Andrés Molina Enríquez, uno de los apóstoles más entusiastas de las reformas agrarias y a quien se debe en gran parte, la inclusión de las avanzadas ideas cardinales contenidas en la Constitución de 1917, no vaciló en llamar a las conferencias de Torreón la Revolución en su Sinaí, sobre todo por la cláusula octava de los convenios, que él mismo llama la cláusula de oro, por contener el siguiente postulado:

Octava. Siendo la actual contienda una lucha de los desheredados contra los abusos de los poderosos ... las Divisiones del Norte y del Noreste se comprometen solemnemente ... a procurar el bienestar de los obreros, a emancipar económicamente a los campesinos, haciendo una distribución equitativa de tierras o por otros medios que tiendan a la resolución del problema agrario ...

Los acuerdos generales.

En Torreón se celebraron dos clases de acuerdos: unos generales y otros particulares. Los generales fueron los contenidos en el documento que en seguida se transcribe:

Acta de los tratados que celebraron en Torreón los delegados de la División del Norte y los del Noreste.

En la ciudad de Torreón, Estado de Coahuila de Zaragoza, a las 10 de la mañana del día 4 de julio de 1914, a iniciativa de los ciudadanos jefes de la División del Norte, se reunieron en la parte alta del edificio del Banco de Coahuila, situado en la calle de Zaragoza número cuatrocientos veintitrés, los señores General José Isabel Robles, doctor Miguel Silva, ingeniero Manuel Bonilla y Coronel Roque González Garza, los tres primeros, delegados de la División del Norte, y el último como secretario de estos señores delegados, y los señores Generales Antonio I. Villarreal, Cesáreo Castro y Luis Caballero, como representantes de la División del Noreste, siendo secretario de ellos el señor Ernesto Meade Fierro, con el objeto de zanjar las dificultades surgidas entre los jefes de la División del Norte y el ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista.

Revisadas las credenciales extendidas por los ciudadanos Generales de las dos mencionadas divisiones, se procedió desde luego a elegir un presidente, habiendo resultado electo el doctor Miguel Silva.

Abiertos los debates y después de haber exhortado el presidente de la asamblea para que en todas sus resoluciones sólo mirasen por el bien de la Patria, el señor ingeniero don Manuel Bonilla interrogó a los señores representantes de la División del Noreste para que explicarán cuáles eran sus facultades y si venían con la aquiescencia del señor Carranza. El señor General Antonio I. Villarreal contestó que según se podía ver por las credenciales exhibidas, solamente venían en representación de los ciudadanos jefes de la División del Noreste. Acordóse después que los señores secretarios sólo tuvieran durante las discusiones, voz informativa.

La continuación de Carranza como Primer Jefe, y de Villa como Jefe de la División del Norte.

Este subtítulo y los que siguen han sido interpolados por el autor de este artículo. Hecha esta aclaración, la sesión del día 4 de julio continuó en la siguiente forma:

Acto continuo, hizo uso de Ia palabra el señor ingeniero Manuel Bonilla, manifestando que la División del Norte no ha desconocido ni desconocerá al C. Venustiano Carranza como Primer Jefe del Ejército Constitucionalista; que dicha División sólo desea que el Jefe Supremo ejerza su autoridad justificadamente y sin ponerle obstáculo alguno en las operaciones militares. El ciudadano delegado José Isabel Robles apoyó lo asentado anteriormente por el ingeniero Bonilla, agregando que era conveniente que el ciudadano General Francisco Villa continuara como Jefe de la División del Norte. Como resultado de esta discusión tomáronse los dos acuerdos siguientes:

Primero. La División del Norte reconoce como Primer Jefe del Ejército Constitucionalista al señor don Venustiano Carranza y solemnemente le reitera su ádhesión.

Segundo. El señor General don Francisco Villa continuará como Jefe de la División del Norte.

Para ilustrar el criterio de los señores delegados, la secretaría dio lectura a los mensajes y notas cambiadas entre el ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista y los señores Generales de la Divlslon del Norte. Con esto termIno la seslon, habiéndose señalado las cuatro de la tarde de ese mismo día, para reanudarla.

Elementos y libertad de acción para las divisiones del Ejército Constitucionalista.

Reunidos los señores delegados a la hora antes mencionada, el presidente preguntó a la asamblea si no había inconveniente en poner a discusión este punto:

Que a la División del Norte se le suministre todo lo necesario para continuar sin entorpecimiento alguno sus operaciones militares.

Después de una amplia discusión y no habiéndose llegado a ningún acuerdo, se suspendió la sesión para continuarla el día siguiente. Reanudóse a las diez de la mañana y desde luego continuó discutiéndose la proposición de que se hace mérito. Habiendo tomado parte en la discusión todos los señores delegados, se llegó a este acuerdo, el cual fue aprobado por unanimidad de votos:

Las Divisiones del Ejército Constitucionalista recibirán de la Primera Jefatura todos los elementos que necesiten para la pronta y buena marcha de las operaciones militares, dejando a la iniciativa de sus respectivos jefes libertad de acción en el orden administrativo y militar cuando las circunstancias así lo exijan; pero quedando obligados a dar cuenta de sus actos con la debida oportunidad, para su ratificación o rectificación por parte de la Primera Jefatura.

Candidatos para una Junta Consultiva de Gobierno.

En la sesión matutina del 6 de julio, los señores delegados de la División del Norte en concreto, hicieron la siguiente proposición:

Que el ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista nombre un Gabinete, responsable, es decir, ministros con plena autoridad, indicados por los gobernadores, para el manejo de los negocios.

Los señores delegados de la División del Noreste hicieron varias objeciones a la proposición anterior, alegando entre otras cosas, la libertad constitucional que tiene el Ejecutivo de la República para designar a sus ministros. Por las razones que se expusieron, los señores representantes de la División del Norte modificaron su proposición, presentándola en este sentido:

Las divisiones del Norte y del Noreste se permiten presentar a la consideración del ciudadano Primer Jefe, la siguiente lista de personas entre las cuales estima que podrían designarse algunas para integrar la Junta Consultativa de Gobierno: señores Fernando Iglesias Calderón, licenciado Luis Cabrera, General Antonio I. Villarreal, doctor Miguel Silva, ingeniero Manuel Bonilla, ingeniero Alberto Pani, General Eduardo Hay, General Ignacio L. Pesqueira, licenciado Miguel Díaz Lombardo, licenciado José Vasconcelos, licenciado Miguel Alessio Robles y licenciado Federico González Garza.

Los señores Villarreal, Bonilla y Silva suplicaron atentamente fueran retirados sus nombres de la lista anterior, haciendo presentes diversos motivos. Los demás señores delegados expusieron: que habiendo sido los señores Generales de la División del Norte y no los interesados mismos los que habían indicado sus nombres, no se podía acceder a su solicitud. Por tal motivo la lista de candidatos para integrar el Gabinete del Ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista quedó aprobada tal como fue presentada a la consideración de la ásamblea.

La génesis de una Convención Revolucionaria.

El mismo día se discutieron las reformas al Plan de Guadalupe, cuyo proyecto fue presentado por los delegados de la División del Norte, según el tenor siguiente:

6°. El Presidente interino de la República convocará a elecciones generales tan luego como se haya efectuado el triunfo de la revolución y entregará el poder al ciudadano que resulte electo.

7°. De igual. manera, el Primer Jefe Militar de cada Estado donde hubiere sido reconocido el gobierno de Huerta, convocará a elecciones locales tan luego como triunfe la revolución.

Y los mismos delegados de la División del Norte solicitaron que se adicionara el Plan de Guadalupe con las siguientes cláusulas:

Ningún Jefe Constitucionalista figurará como candidato para Presidente o Vicepresidente de la República, en las elecciones de que trata la cláusula anterior.

Sin perjuicio de la convocatoria a que se refiere el artículo sexto, se reunirá al triunfo de la Revolución, una Convención donde se formulará el programa que deberá desarrollar al gobierno que resulte electo. En esta Convención estarán representados los soldados de la Revolución por medio de delegados que nombrarán las tropas, a razón de uno por cada mil hombres.

Discutidas las proposiciones aprobadas, englobando algunas de ellas, se aprobó lo que sigue:

Al tomar posesión el ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista conforme al Plan de Guadalupe, del cargo de Presidente Interino de la República, convocará a una Convención que tendrá por objeto discutir y fijar la fecha en que se verifiquen las elecciones, el programa de gobierno que deberán poner en práctica los funcionarios que resulten electos y los demás asuntos de interés nacional. La Convención quedará integrada por delegados del Ejército Constitucionalista nombrados en juntas de jefes militares, a razón de un delegado por cada mil hombres de tropa. Cada delegado a la Convención acreditará su carácter por medio de una credencial que será visada por el Jefe de la División respectiva.

Las dificultades sonorenses.

En Sonora también habían surgido graves conflictos. Algunos jefes militares habían desconocido al. gobernador José María Maytorena, que era un gobernante constitucionalmente elegido por el pueblo. En la sesión vespertina del día 6 de julio, los delegados de la División del Norte presentaron la siguiente proposición:

El conflicto de Sonora debe ser resuelto por el Primer Jefe sin que se viole la soberanía del Estado y respetando la persona del Gobernador Constitucional, C. José María Maytorena.

Habiéndose discutido ampliamente, quedó aprobada en la siguiente forma:

En bien del triunfo de las armas revolucionarias y para calmar los ánimos en el Estado de Sonora, se sugiere respetuosamente al ciudadano Primer Jefe, que obre de la manera que crea más conveniente para solucionar el conflicto que existe en dicho Estado, sin violar su soberanía ni atacar la persona del Gobernador electo constitucionalmente, C. José María Maytorena. Se excitará igualmente al patriotismo del señor Maytorena para que se separe del puesto de Gobernador del Estado, si estima que de esta manera puede ponerse fin al conflicto interior, proponiendo una persona prestigiada, imparcial y afiliada a la causa constitucionalista, para que se encargue del gobierno de Sonora y dé garantías al pueblo, cuyos sagrados intereses están en peligro.

La cláusula de oro de los acuerdos de Torreón.

En la sesión matutina del 7 de julio se aprobaron los dos siguientes acuerdos, el segundo de los cuales fue de capital importancia.

Es facultad exclusiva del ciudadano Primer Jefe el nombramiento y remoción de empleados de la administración federal en los Estados y Territorios dominados por las fuerzas constitucionalistas, asignándoles su jurisdicción y atribuciones.

Y la cláusula de oro:

Siendo la actual contienda una lucha de los desheredados contra los abusos de los poderosos y comprendiendo que las causas de las desgracias que afligen al país emanan del pretorianismo, de la plutocracia y de la clerecía, las Divisiones del Norte y del Noreste se comprometen solemnemente a combatir hasta que desaparezca por completo el Ejército ex-federal, el que será substituido por el Ejército Constitucionalista; a implantar en nuestra Nación el régimen democrático; a procurar el bienestar de los obreros; a emancipar económicamente a los campesinos haciendo una distribución equitativa de tierras o por otros medios que tiendan a la resolución del problema agrario, y a corregir, castigar y exigir las debidas responsabilidades, a los miembros del clero católico romano que material o intelectualmente, hayan ayudado al usurpador Victoriano Huerta.

Los acuerdos privados.

Además de los anteriores acuerdos que fueron llamados generales, se aprobaron otros que recibieron la designación de privados. Fueron los siguientes:

Pedir al Primer Jefe que la División del Norte fuera elevada a la categoría de Cuerpo de Ejército; que concediera el ascenso de General de División al de Brigada a Francisco Villa y, que repusiera en su cargo de Subsecretario de Guerra al General Felipe Angeles en la inteligencia de que éste presentaría en seguida su renuncia.

Además se enviaron al señor Carranza copias de las cartas que por separado, dirigieron los Generales de la División del Norte, al General José Isabel Robles y doctor Miguel Silva, por medio de las cuales dan al Primer Jefe amplia y cumplida satisfacción, retirando los términos del mensaje de 1° de junio y de su nota fechada el 15 del propio mes.


Índice de La Convención Revolucionaria de Aguascalientes de Vito Alessio RoblesCapítulo anteriorCapítulo siguienteBiblioteca Virtual Antorcha