INSTALACIÓN Recopilación, selección y notas de Diego Arenas Guzmán CAPÍTULO DECIMOCUARTO UNA DERROTA ROTUNDA DEL PARTIDO CATÓLICO Terminado el periodo de juntas preparatorias para examinar y en su caso, discutir los dictámenes de las Comisiones Escrutadoras de la elección de diputados en los diversos distritos del país, las credenciales que no alcanzaron aprobación o reprobación dentro de aquel período, serán debatidas cada vez que la Cámara, ya legítimamente constituida el pasado 14 de septiembre, se erija en Colegio Electoral. La primera vez que esto aconteció fue el día 19 del mismo mes, fecha en que los dictámenes referentes a los señores Francisco Pascual García y José María Lozano dieron ocasión a encendidas batallas parlamentarias. La sesión del Colegio Electoral del día 21 se inícia con una solicitud del diputado Gurrión para hacer uso de la palabra en relación con un hecho. Concedida que le es, dice: Yo no quisiera molestar la atención de ustedes; pero con motivo de mi actitud y como representante del pueblo, en los momentos en que se han discutido los dictámenes relativos a las credenciales de los señores diputados, en el seno de la diputación oaxaqueña se me han hecho imputaciones completamente calumniosas y cobardes, y quiero, señores, que ustedes -que representan a la nación entera- conozcan hechos de trascendencia. Sólo por esto distraigo la atención de ustedes. Un periódico de esta capital, al dar cuenta sobre el resultado de la votación, cuando se trató de la credencial del señor licenciado Francisco Pascual García, me afilió en el grupo de los que votaron contra la credencial del señor licenciado Francisco Pascual García como gobiernista, lo cual es inexacto, si como gobiernista se entiende al individuo que está en contacto personalmente con los hombres del Gobierno; pero si como gobiernista debe entenderse al individuo que, penetrado perfectamente de los principios sacrosantos de la revolución de 1910, apoya al Gobierno -en todo lo que sea en bien de la patria-, entonces, señores, soy gobiernista. El señor diputado León, por Oaxaca, dijo a un juchiteco que yo tenía compromisos con los hombres de la Comisión Revisora de credenciales (siseos). Es inexacto, señores; el único oaxaqueño que no tuvo contacto alguno con los miembros de la Comisión dictaminadora de credenciales, soy yo, juchiteco. El señor Maldonado, porfirista; el señor León y algunos otros han tenído anticipadamente asuntos que ver con la Comisión; yo no, ciudadanos diputados. El señor Abraham Castellanos decía ayer a un licenciado oaxaqueño que tres de nosotros de la diputación oaxaqueña habíamos desertado de ésta, porque -al decir de él- quería que la diputación oaxaqueña se condujera con toda dignidad (?) en el seno de esta Asamblea. El diputado Ostos interrumpe: Pido la palabra para una moción de orden. ¿El Colegio Electoral tiene que ver algo en esta alusión personal que pretende contestar el señor diputado Gurrión y que ha sido hecha fuera de este recinto? El presidente advierte: El señor diputado Gurrión ha pedido la palabra para contestar una alusión personal. Nadie lo ha aludido en el Colegio Electoral. El señor Gurrión replica: Pedí la palabra para hechos que se relacionan con asuntos tratados en esta Asamblea. Pues bien; voy a terminar. Soy de los muchos que arrastraron una vida de infortunio durante la dictadura del general Díaz (siseos). Vine sin ningún prejuicio a esta Cámara, mas en ella misma me he apercibido de la reacción que en mi Estado se verifica en estos momentos. La revolución oaxaqueña, señores, tiene por causa moral la reacción porfirista. Yo, señores, que he oído de labios de intelectuales como los señores Lozano y Jáuregui, ideas que no debieron oírse aquí, he quedado asombrado de sus profundos extravíos. El señor Jáuregui decía que se había honrado arrojando flores al paso del dictador en Veracruz. Esas flores estaban salpicadas de sangre de los mártires del 25 de junio (risas y siseos). Al diputado Ostos parece que le mortifican tanto las evocaciones de hechos desfavorables al régimen porfiriano, que por segunda vez trata de impedir que Gurrión siga hablando. Pide la palabra para una moción de orden y la expresa de este modo: Según el Reglamento, se debe dar la palabra para contestar alusiones personales, cuando esas alusiones personales se hacen en la sesión. En ningún Colegio Electoral, en ninguna sesión se le han hecho alusiones personales al señor diputado Gurrión; por lo tanto, pido que se le suspenda el uso de la palabra en esta Asamblea (Aplausos, voces: ¡Que hable!) Más consecuente que el señor Ostos, el diputado Castellot reclama: Señor presidente: aquí se ha hablado con toda libertad. El presidente, dirigiéndose a Gurrión: Suplico al señor diputado Gurrión tenga la bondad de indicar si la alusión personal efectivamente tuvo lugar en la sesión o fuera de ella. Si fue en la sesión, está en pleno derecho de usar la palabra; en caso contrario, me veré obligado a suspendérsela. Gurrión rectifica: Solicité la palabra, no para alusiones personales, sino para hechos. Permítame, señor presidente, que le diga que represento a un pueblo (siseos), a ese pueblo que pueden llegar infames versiones de que tiene aquí a un hombre indigno; por eso quiero traer antecedentes, los cuales deben juzgar los señores diputados para que conceptúen cuál es mi verdadera norma de conducta en el seno de la Asamblea. Interviene otra vez Castellot y entabla con el presidente Hay este diálogo: El C. Castellot. Reclamo la resolución que acaba de tomar su señoria. Ha manifestado al señor Gurrión ... ¿El señor presidente me permite la palabra para que funde mi moción? Decía, señores, que me he guiado por un criterio mío. Después que he oído a los leaders del Partido Independiente, que no es partido independiente, sino partido reaccionario, no pude afiliarme a él. Cuando he votado muchas veces en favor de credenciales de ellos, ha sido apoyado en mi conciencia, y cuando lo he hecho en contra, ha sido de la misma manera. Por esta conducta mía se me ha calificado de gobiernista y también como tránsfuga de la diputación oaxaqueña. Ninguno de nosotros tenemos la obligación de tener un tutor en el seno de la diputación oaxaqueña. Todos somos absolutamente libres para pensar, con mucha más razón cuando veo que en el seno de la diputación oaxaqueña, con excepción de uno o dos liberales, sólo hay porfiristas y conservadores, y yo he sido liberal toda mi vida. Desde 1902 fui opositor al gobierno del general Martín González y fui a la cárcel; después fui opositor a la reelección del licenciado Pimentel, científico, y fui a la cárcel. Siempre he sostenido, pues, mis convicciones. Allí está el señor Tirso Inurreta, que era jefe político de la capital de Oaxaca, y a él le consta que más de ocho meses se me tuvo en un subterráneo que se llama Martinica (risas). A él le consta, sí, señores. El que ha sostenido estas convicciones, el que ha sido desde el primer día de su vida consciente, revolucionario, no puede estar ni con los porfiristas ni con los mochos. Conste, pues, señores, que yo no soy gobiernista en el sentido que me califican esos señores y la prensa conservadora. Me he separado de la diputación oaxaqueña, sencillamente porque no soy un esclavo de ella. La diputación oaxaqueña no reconoce ningún jefe y todos nos guiamos por nuestro criterio, persiguiendo el bien del terruño que representamos, y en general, el de la patria (Aplausos y voces: ¡Muy bien!). Las credenciales de los diputados Angel Rivero Caloca y Felipe Ortiz, quienes bregaron cívicamente en el 16avo. distrito del Estado de Guanajuato, son aprobadas sin discusión; la del señor Valentín del Llano, cuyo suplente es el señor Antonio D. Melgarejo, por el 2° de Morelos, pasa sin más tropiezo que una interpelación del diputado Cravioto, a la que contesta satisfactoriamente el diputado Rendón; es aprobado el dictamen que propone sea declarada ilegal la elección del señor Aureliano Castañeda como diputado propietario por el 6° distrito de Zacatecas y sea reconocido el señor Samuel Dávila como diputado suplente; las elecciones que se efectuaron en el distrito 13avo. de Michoacán son anuladas, y el dictamen que propone también la nulidad de los comicios en el 4° de Sinaloa, da ocasión a un debate entre los diputados Zavala, Rendón, Verdugo Falques y Castellot. Lo inicia el primero de los citados diciendo: No se trata, al defender esta credencial, de una de esas que levantan el espíritu de las galerías y que enardecen los ánimos de los oradores; para defenderla, basta con la verdad, con la exposición de los hechos. ¿Que no hubo elecciones en el 4° distrito electoral del Estado de Sinaloa? Sí las hubo; haciendo yo mi campaña en aquel Estado me consta que las hubo; conozco a los que sostuvieron la campaña, a uno y otro de los que combatieron por obtener los sufragios de los ciudadanos sinaloenses. Pudiera suceder que los votos no hayan sido emitidos con una pureza cristalina; pero en ese criterio amplio que ha tenido la Comisión Dictaminadora en esta Cámara debe también tenerse en cuenta para la nulidad de los votos emitidos en el 4° distrito electoral del Estado de Sinaloa que las deficiencias de que se trata en los votos emitidos son puramente de forma y no esenciales ni fraudulentos. ¿De qué irregularidades habla la Comisión? Quisiera que las hiciera presentes y la interpelo respetuosamente. El señor Rendón responde: La pregunta que hace su señoría está contestada en el dictamen. ¿Cuáles son las irregularidades que ha encontrado la Comisión? Se detallan allí. Un expediente electoral se compone del acta del Colegio Electoral, del dictamen o cómputo de la Comisión Escrutadora del Colegio Electoral, además de todos los comprobantes a que se refiere esa acta electoral. Y en el expediente que nos fue presentado del 4° distrito electoral del Estado de Sinaloa, no hay más que el acta; no consta el nombramiento o designación de quienes compusieron la Comisión Escrutadora, ni cuál fue el escrutinio, sino tan sólo se consigna en el acta que hubo tantos votos; pero no aparece el dictamen de la Comisión Escrutadora. Por consiguiente, no se puede comprobar si hay o no hay exactitud; fuimos a buscar los paquetes electorales, y nos encontramos con que unas veces hay boletas, pero no actas, y en otras, que hay actas, pero no boletas; por esto decimos que fue una elección irregular. Por consiguiente, nada hay que compruebe la verdad de esta acta electoral. El señor Zavala refuta: No siempre se debe acompañar el dictamen de la Comisión Escrutadora al acta; únicamente debe hacer constar en el acta que sirve de credencial lo que a juicio de la Comisión es digno de especial mención, según la Ley Electoral. Si el dictamen no tenía nada que fuera digno de especial mención, si así lo encontraron los que examinaron, no hay motivo para que se incluya aquí ninguna cláusula; en el concepto de la Comisión Computadora, nada era digno de especial mención; por eso no está el dictamen en el expediente electoral. Se aprobó el dictamen presentado por los tres miembros que fueron nombrados al efecto, sin observaciones, y así lo dice el acta. La credencial sí está firmada por los que constituyen la Junta Computadora correspondiente. En cuanto a la protesta, ha hecho muy bien la Comísión Revisora de esta Cámara en rechazarla, en primer lugar, porque no está fundada, y en segundo lugar, porque procede del prefecto político. Yeso está perfectamente bien; pero la elección la hubo; quizá no se emitieron los votos con la pureza que era de desearse, por ser nueva la Ley Electoral, casi desconocida en el Estado de Sinaloa, y como el decreto que la reforma se expidió el 22 de mayo, y se necesitan diez días para llegar a Sinaloa, es decir, habría llegado en los primeros días de junio. ¿Cómo va a estar apto el pueblo en estas circunstancias para hacer una elección en toda regla? Sí hubo elecciones; no existe ninguno de los casos que pueden nulificar la elección; los habitantes acudieron a las urnas, depositaron sus votos; se reunió la Junta Computadora, hizo el cómputo correspondiente; anteriormente a eso, se nombraron los instaladores y los escrutadores, y en las partes en que no hubo elección, fue porque no llegaron oportunamente los nombramientos respectivos a las personas designadas al efecto. Aquí tengo un documento firmado por cinco personas aptas para hacerlo, en que consta que no llegó uno de los nombramientos a una de las casillas electorales. Si porque no hubo elección en una casilla electoral; si porque los votantes no pusieron su firma en algún papel, o la pusieron en otros, si porque se extraviaron algunos votos en el camino, ¿vamos a dejar defraudados los intereses de los votantes que realmente emitieron su voto? De ninguna manera. El pueblo de Sinaloa no será muy competente para votar; pero ha votado, y la voluntad de sus votantes por dignidad nacional, tiene que ser respetada en esta Asamblea. Si la Comisión no funda en argumentos más sólidos la nulidad que consulta, entonces volveré a hacer uso de la palabra. Por el momento he terminado. El señor Verdugo Falques habla ahora: Sistemáticamente, señores diputados, me he abstenido de tomar la palabra, porque creo que aquí hay voces más autorizadas que la mía para resolver las cuestiones que se han suscitado, sin necesidad de mis discursos. Pero tratándose de algo que interesa al Estado que vengo a representar, tratándose también de hablar en favor de la justicia y de la verdad, sería faltar al deber moral que me impone el cargo de diputado, el continuar en silencio. El señor ingeniero Zavala, mi compañero, que acaba de hacer uso de la palabra, es vecino, en el distrito que representa, del 4° distrito electoral, cuya credencial ahora se discute. Ese distrito es contiguo también al que yo represento, y tanto al ingeniero Zavala como a mí nos consta, porque hicimos nuestros campañas en distritos limítrofes, que las elecciones se verificaron. Es doctrina sustentada por los miembros de la Comisión que, cuando una credencial no es objetada, debe ser aprobada sin discusión alguna; así fue aprobada la mía, así fue aprobada la del señor ingeniero Zavala y así debe ser aprobada la presente credencial. ¿Hay una protesta? No, señores, no hay ninguna, y aquí consta en la misma credencial que no protestó ninguno de los contradictores, ni los interesados que atacaron esa credencial hicieron objeción alguna. ¿Sabéis, señores, quién hizo esa objeción? El señor jefe político del distrito de Sinaloa. La credencial en la que consta que se llenaron todos los requisitos legales; en la que se hizo en forma el dictamen de la Comisión; se puso a discusión ese dictamen y se aprobó sin discusión, y sin observación alguna, resultó con los siguientes votos: para diputado propietario, Peraza Martínez 230 y tantos votos, y luego, los que siguieron en número. Había, además, algunas otras personas que concurrieron al acto, y nadie protestó. Pongo a la vista de los señores diputados la credencial de referencia, para que se vea si hay una manifestación de inconformidad; y sólo cuando ya estaba terminada el acta, dice el jefe político, cuya mala voluntad parece que se había conquistado el candidato, que, por no estar el acta de esta Junta Electoral ajustada a la ley, protesta de ella y firma. De manera que esta credencial no ha sido legalmente protestada, porque sólo lo está por el jefe político, quien la funda en que los actos de la Junta Electoral no han sido ajustados a la ley. Siguiendo la jurisprudencia sentada por la Comisión, esta credencial debería haber sido aprobada sin debate, porque no consta en su contra protesta alguna. Es curioso, señores, cómo la Junta Computadora tuvo a la vista todos los expedientes, cómo hizo el cómputo respectivo, y cómo, después de obtener esos cómputos, resulta que no hay ahora actas y que no hay cédulas. Yo creo que los señores que forman la Junta Computadora en cada distrito electoral, deben merecer confianza, puesto que han sido nombrados entre las personas selectas de cada localidad, y no puede nulificarse una credencial subscripta por ellos mismos, por defectos que no se sabe cómo podrían venir después, pero que resulta que no han sido ni siquiera señalados por los mismos contrarios, que son los interesados, y que a última hora parecieron resultar. Los interesados mismos debieron haber protestado en el acto de hacerse el cómputo. Se dice también, como una gran objeción, que el señor Peraza Martínez, que fue candidato para diputado propietario, y su suplente, respectivamente, no obtuvieron la pluralidad de los votos del distrito. Esta objeción cae por sí misma, enfrente del precepto claro, evidente, explícito, de la Ley Electoral que en su artículo 41 dice: Ningún ciudadano podrá ser compelido para que vote. La elección será válida cualquiera que sea el número de votos depositados, sin que a este respecto tenga efecto alguno la abstención de los votantes. El señor Peraza Martínez obtuvo doscientos treinta y tantos votos; si hubiera obtenido dos votos más, eso bastaría, resultando sólo que la casi totalidad de los habitantes se habían abstenido de votar. Ahora bien; cualquiera que sea el número de votos que obtenga un candidato, esos votos deben respetarse porque son la expresión de la voluntad popular. Yo suplico a la Cámara que tome en cuenta estas razones, y no simplemente por un espíritu de consecuencia a la Comisión vote algo que está en contra de lo mismo que aquí hemos proclamado: que vamos a respetar los votos del pueblo; que vamos a obsequiar su mandato; porque si con pretextos más o menos fútiles podemos burlarnos de estas promesas, la revolución habrá fracasado. No extrañéis tampoco el pequeño número de votos que se hayan obtenido para los candidatos en este dístrito del Estado de Sinaloa; pues, después de Morelos y Chihuahua, ha sido Sinaloa uno de los Estados que más han sufrido con la revolución. Batidas por el zapatismo, saqueadas sus principales ciudades, el Gobierno, todavía a fines de mayo no teniendo bajo su control más que la ciudad de Mazatlán, y al mes siguiente se hacen las elecciones. ¿Cómo vamos a pedir miles de votos a un pueblo que apenas está reponiéndose de las desgarradoras heridas que ha sufrido? ¿Cómo vamos a pedir que venga por miríadas a votar, cuando los hogares están deshechos, las familias lloran todavía a sus deudos muertos, y por todas partes no se ve más que desolación? 200 votos son tan válidos como serían dos, como sería uno solo, para el respeto que nos merece la votación popular. Señores diputados: Repitiendo una frase que aquí se pronunció por uno de los oradores, puedo concluir mi peroración gritándoos: sobre el sufragio popular, nada; sobre la verdad y la justicia, nadie. El señor Rendón reafirma el criterio de la Comisión en estas cláusulas: Los señores representantes del Estado de Sinaloa que se han dignado emitir su opinión en este caso, han olvidado absolutamente cuál es el punto que se discute, porque sus discursos han versado sobre la cuestión de si ha habido elecciones, etcétera, etcétera. Pero no es esto lo que discute la Comisión, sino que en sus manos no ha tenido la prueba de esa elección; de manera que ésta pudo haber sido muy buena; mas la Comisión sólo tiene en sus manos estas actas, que son adversas, y por eso dictaminó en contra, y para ello se ha fundado en el artículo 80, que en su parte final dice: Un ejemplar del acta se conservará por el presidente del Colegio para el archivo municipal, y el otro, con los expedientes y recados anexos, se remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso Federal. Pues esto es lo que no tuvo la Cámara de Diputados: los expedientes y las cédulas. Pues si no las tuvo, ¿cómo podía dictaminar favorablemente la Comisión? Su señoría se ha equivocado al decir que ha sido teoría constante de la Comisión que cuando no se protesta una credencial se aprueba. Está en un error su señoría. Cuando no se protesta y la forma en que viene la credencial es buena, pues se la debe aprobar, porque no hay motivos para dudar de la veracidad o presunción legal que entraña; pero cuando al pie de esa credencial o del acta electoral consta la nota del prefecto político asentada por los mismos miembros del Colegio Electoral diciendo que no hubo allí elecciones, la Comisión, para cumplir con su deber, va a consultar los expedientes y encuentra que están incompletos; va a buscar actas, y las encuentra del mismo modo, y cuando hay actas, no hay boletas, y cuando hay boletas, no hay actas. Entonces la Comisión no ha recibido los expedientes y comprobantes completos de esa elección, y por eso, pues, no pudo dictaminar favorablemente. La Comisión no tiene ningún empeño en pro ni en contra, porque no ha tenido absolutamente el gusto de conocer a los interesados; por consiguiente, no pudo tener antipatías o simpatías por alguno de ellos. En el caso de que se trata, la misma nota puesta al pie del acta del Colegio Electoral dice que no es buena la elección, lo que obliga a la Comisión a ser más estricta a cumplir con su deber. Además, si la votación fue buena o no lo fue, no sabe la Comisión, sencillamente porque no tiene a la vista las actas respectivas, y para juzgar de esa bondad o defectos en esas condiciones, deben convenir los representantes de Sinaloa que son indispensables las actas y boletas. El caso es lamentable; pero la Comisión no puede hacer otra cosa, ni quiere tampoco que se burle el voto de los ciudadanos de Sinaloa, porque si las elecciones se vuelven a verificar, los interesados mismos cuidarán de que se ajusten a la ley y de que cada acta esté levantada con los requisitos legales. El señor Castellot alega contra el dictamen: Yo siento disentir del parecer de la Comisión, y lo siento, porque no desearía que se hubiera presentado este asunto a la consideración de ustedes. En el caso del 4° distrito del Estado de Sinaloa, puedo decir, con alguna tristeza y por lo que resulta de todo lo que aquí hemos oído, que hay algo podrido en Dinamarca; un escrutinio que se verifica en perfecto orden; una acta que se levanta firmada por el presidente municipal y los seis miembros más de la Comisión Escrutadora, y en la que, después de levantada, aparece una protesta del jefe político del distrito. Yo he vivido en el Estado de Sinaloa y conozco algunas de estas personalidades -e invoco el testimonio de la diputación de Sinaloa a este respecto-; me aseguran que se hizo el escrutinio y dio ese resultado, y después de ese escrutinio, y después de esa protesta del jefe político de la localidad, desaparecen actas, desaparecen boletas y desaparecen todas las cosas que la Comisión necesita para declarar que ha habido elección. Señores, repito, en esta elección puede decirse que hay algo podrido en Dinamarca; y hay algo podrido, señores, porque el candidato oponente al señor Francisco Peraza Martínez, que -dicho sea de paso- ha vivido toda su vida en el distrito de Sinaloa, es un importante capitalista y es persona muy querida en toda aquella localidad; el oponente de ese caballero fue el señor don Francisco Javier Gaxiola, sínaloense que no vivió nunca en aquella región, que ha vivido siempre en el Estado de México, pero que es hermano político del señor hermano político del señor Manuel Bonilla, ministro de Comunicaciones (rumores). Las elecciones en Sinaloa se verificaron después de ese angustioso período de conmociones a que ha hecho alusión el señor licenciado Verdugo Falques y que para la Comisión nada significan; estas elecciones se verificaron en las casillas electorales de la cabecera para que pudiera obtener un resultado favorable la persona apoyada por la autoridad, y el número de votos fue relativamente pequeño, porque en San José de Gracia y en algunas otras localidades donde es perfectamente conocido y generalmente apreciado el señor Peraza Martínez no se instalaron las casillas por llegar tarde los nombramientos de los instaladores respectivos, pues el jefe político, que es el encargado de hacerlo, guiado por la pasión que demuestra en la injusta e ilegal e inoportuna protesta que hizo al terminarse el acta de escrutinio, no quiso enviar oportunamente esos nombramientos de instaladores. En esas elecciones, señores, los doscientos votos sufragados a favor del señor Peraza Martínez son tan sanos y tan respetables, como todos los millones que hubieran podido conseguirse en favor de cualquiera de los presentes en esta Asamblea. El artículo de la ley es terminante, y aun cuando la Comisión tuviera a la vista unos expedientes con actas y otros sin éstas, bastaba la intervención de un jefe político contra el candidato triunfante, para que la Comisión consultara a esta Asamblea un voto favorable a este dictamen. No sé cuál será el resultado de esta discusión, ni cuál será el resultado de la votación consiguiente; pero sí estoy seguro, señores, que la nulidad en esta elección producirá un profundo disgusto en aquella región, producirá el disgusto que causa toda injusticia, y una injusticia principalmente cuando se comete contra un hombre que es generalmente querido por sus conciudadanos. El señor Peraza Martínez, por medio de sus importantes negociaciones en aquella región, mantiene considerable número de gente; con sólo sus amigos y sus favorecidos que hubieran votado, tendríamos aquí muchos centenares de votos. Ruego a la Comisión que tome en consideración esta súplica, así como los documentos que ciertamente no han obrado en su poder, pero que existen aquí a disposición de todos los señores diputados, en que se prueba que no llegaron los nombramientos de instaladores oportunamente. Ruego a la Comisión que tome en cuenta estos tardíos documentos, porque nos ha dicho a menudo que se inspira en el espíritu de justicia y que no aplica estrictamente el criterio legal, ni para amigos, ni para enemigos, mucho menos para el señor Peraza Martínez, que es una honradísima persona, no mezclada absolutamente en ninguno de los bandos políticos actuales. Señores diputados: Si la Comisión no quiere o no puede retirar su dictamen, pido a ustedes fervorosa y respetuosamente lo rechacen, porque esa violación al sufragio causará un verdadero y profundo disgusto entre los verdaderos electores del señor Peraza Martínez. El señor Rendón vuelve a la brega: Como la Comisión desea justificarse plenamente -dice-, exhibe aquí todo el expediente: este es el dictamen de la Comisión, que comprende estas dos hojas; esta es la copia del acta del Colegio Electoral; esto es todo lo que tiene la Comisión; no tiene el cómputo hecho por los escrutadores, no tiene las boletas ni las actas electorales. En esas condiciones, ¿cómo podía la Comisión dictaminar favorablemente, cuando faltan los comprobantes de lo que dice aquí esta acta? Por consiguiente, no puede la Comisión ni suplir, ni quitar, ni añadir, ni modificar, porque no se lo permiten las circunstancias. El señor licenciado Castellot apela a la benevolencia de la Cámara para resolver este caso; pero él mismo se encarga -punto que había omitido la Comisión- de mostrar un caso perfectamente previsto por la Ley Electoral, como de nulidad de elecciones; dice el señor licenciado Castellot que no fueron nombrados con oportunidad los escrutadores, y el artículo 112 de la Ley Electoral dice que es causa de nulidad de una elección: VI. Que el nombramiento de presidente, de secretarios o de escrutadores, se haya hecho en los colegios municipales con infracción de esta ley. El dice que no se hizo este nombramiento; luego se infringió la ley, y si se infringió la ley, en concepto de la fracción VI invocada, se anula la elección. Ya ve, pues, la honorable Asamblea que en esta vez, como en todas, la Comisión ha tenido empeño de justificar sus actos, y lo que la Comisión omitió, los contradictores se encargan de esclarecer que existieron esos defectos. De esta suerte, ¿cómo podía la Comisión variar su dictamen, si en vez de darle razones o motivos para ello, se invocan causas por los contrarios que ratifican su decisión? Sería verdaderamente original que si no hay expedientes electorales completos, si no hay cómputo de Comisión Escrutadora, ¿cómo pues, se podía saber que real y positivamente se hizo correctamente esa elección? La base de toda elección es el número de votos emitidos, comprobados por las boletas, y si la Comisión no tiene esas actas ni esas boletas, debidamente, ni el cómputo de la Comisión, ¿cómo, pues, puede decir la Comisión, que esa elección fue buena? Esta es una pregunta tan sencilla, que en verdad sale sobrando una discusión en casos de esta naturaleza. La Comisión se cree dispensada de insistir en un punto que no puede ocultarse al buen sentido de los componentes de esta honorable Asamblea. El señor Castellot rectifica: Yo no he afirmado, señores, que no se nombraron los instaladores, he afirmado que el jefe político, encargado de hacer llegar esos nombramientos, no los hizo llegar; aquí me entrega el señor ingeniero Zavala un nombramiento original, que tiene prendido un pequeño papel a este nombramiento de instaladores, que dice: Voto para senador propietario: ingeniero Manuel Bonilla. Voto para diputado propietario al señor Javier Gaxiola. Este es el nombramiento con fecha 22 de julio. Aun cuando la distancia es menor de un día, no llegaron antes del 29 estos nombramientos, y no se encuentra el caso comprendido en el acta -aquí están los sobres que no llegaron antes del día 25- y sí la intervención de la autoridad política: se encargó al jefe político de hacerla constar bajo su firma. Señores, creo que debo recordaros que aquí hay algo que la Comisión no puede apreciar porque tiene que ceñirse a lo que la ley le manda, aun cuando en ese caso poco le manda la ley; pero la Cámara sí puede apreciar este caso y resolver lo que su alta sabiduría tenga a bien. Al cabo de algunos parlamentos sobre requisitos de reglamento, noventa y ocho diputados votan a favor del dictamen y sesenta y nueve en contra, figurando entre éstos el revolucionario Enrique Bordes Mangel, el antirreeleccionista-vasquista Galicia Rodríguez, el liberal antiporfirista Juan Sarabia y el maderista converso Querido Moheno, que hasta ahora venía votando con la mayoría del Partido Constirucional Progresista. Es en seguida el dictamen que corresponde al 8° distrito del Estado de Zacatecas, el que provoca animado debate. La Comisión le ha dado esta forma: En la ciudad de Nieves se reunió el Colegio Electoral del 8° distrito del Estado de Zacatecas para hacer el cómputo y declaración de personas electas para diputados propietario y suplente del propio distrito, y esa Comisión resolvió que era diputado propietario el ciudadano Isidro Rojas, por 82 votos, y el ciudadano Francisco Rojas de la Torre, suplente, por 82 votos. En estas elecciones se menciona al señor Elías Amador para diputado propietario, por 70 votos, y al señor don Lorenzo Gallardo, para diputado suplente, por 64 votos. El Colegio Electoral hace constar que por las lluvias de entonces no pudieron llegar a su poder los expedientes electorales de algunas municipalidades que integran ese distrito electoral; y posteriormente, o sea el 12 de julio del corriente año, se reunió la propia Junta para considerar el telegrama del Gobierno del Estado, en que transcribía uno de la Secretaría de Gobernación, en que decía que, por equidad, deberían remitirse a la Cámara de Diputados los expedientes que hubieran llegado con posterioridad a la fecha en que se reunió el Colegio Electoral, para que dicha Cámara estime, si es que el Colegio Electoral no lo cree de su deber, lo conveniente, y el Colegio Electoral resolvió que, habiendo hecho el cómputo y la declaración respectiva, no estaba en sus manos reformarla y presentar nueva computación de los votos y nuevo dictamen. Don Elías Amador reclamó ante la Comisión Permanente por el motivo indicado, y la Comisión que subscribe encontró que estaba sujeta a su resolución una cuestión de hecho: hacer el nuevo cómputo, para saber cuál es la mayoría de votos y en favor de qué persona se declaraba. A este efecto se verificó el cómputo debido, estimando los votos que tuvo en cuenta el Colegio Electoral de Nieves, de que se ha hecho mérito, y los de las municipalidades que por haber llegado después de la declaración respectiva, no pudo estimar la propia Junta, dando el resultado que sigue: Don Elías Amador, 1,776 votos para diputado propietario, y don Isidro Rojas, 411 votos, para id. id. Don Lorenzo Gallardo, 1,461 votos para diputado suplente, y don Francisco de la Torre 411 votos para el mismo cargo. En vista de este resultado, la Comisión que subscribe concluye proponiendo lo siguiente: 1° Son de declararse buenas y legales las elecciones de diputado propietario y suplente verificadas en el 8° distrito electoral del Estado de Zacatecas. El señor Rojas inicia el debate con esta interpelación: Hace ocho días se puso a discusión este mismo asunto, y entonces supliqué que se diera lectura por la Comisión al documento que el reclamante, señor Amador, haya presentado para acreditar que está registrado en el 4° distrito electoral, supuesto que según la Ley Electoral, las reclamaciones sólo pueden hacerse por los que estén registrados en el distrito. Se suspendió entonces la discusión, y espero que la Comisión se sirva informar. El licenciado Rendón informa: Efectivamente, el señor licenciado Rojas dijo lo que hoy ha afirmado, y entonces la Comisión mandó buscar los antecedentes, y a pesar de querer reunirlos todos, se encontró con que estaban en desorden, porque la valija que venía de Zacatecas acusaba haberse mojado en el camino; tenía muchos expedientes mojados, y la mayor parte en desorden; de modo que no pudo encontrarse ese padrón a que se refiere el señor Rojas. Mas la Comisión hace presente a la Asamblea, para que pueda formar su opinión, que aquí en el cómputo de la Comisión Escrutadora, del Colegio Electoral, el señor Elías Amador aparece con 2,935 votos, lo cual significa que fue candidato a la elección. Aquí está el dato. El señor Rojas entra de lleno a la defensa de su credencial y alega: Como ha informado la Comisión, no encuentra ese documento, ni es posible que lo encuentre, supuesto que el señor Amador vive hace cuatro años aquí, en esta capital. Pero no es ésa la única razón que voy a exponer para rechazar, como rechazo, con toda energía el dictamen de la Comisión. Los señores diputados se servirán escucharme unos breves momentos. No soy orador, ni tengo dotes oratorias, ni estoy acostumbrado a hablar en público. No vengo -repetiré lo que se ha dicho aquí muchas veces- a defender el sueldo. Hace más de treinta años que ejerzo mi profesión y nunca me he ocupado en empleos, sino por excepción una sola vez, como diputado; pero sin prescindir del ejercicio de mi profesión, que es lo que siempre me ha dado para vivir si no con holgura, sí con decencia. Vengo, señores diputados, en cumplimiento de un estricto deber, a procurar que no sean burlados los votos de mis comitentes. Vengo, sobre todo, a sostener los fueros de la ley y de la justicia. Procuraré ser breve para no fatigar demasiado vuestra atención. Al triunfo de la revolución de 1910, muchos aspiramos a prestar nuestros servicios a la patria; creímos que vendría y aún creemos que vendrá, una época regeneradora para el país. Quise prestar mi humildísimo contingente y esto explica que, haciendo a un lado el retraimiento en que siempre he vivido, lanzara mi candidatura por el 8° distrito electoral de Zacatecas, mi tierra natal, creyendo, como debía creer, que, al discutirse una credencial en esta respetable Cámara, no habría otra norma que la ley. Si me he equivocado, señores, vosotros lo vais a resolver dentro de breves momentos. Los que asistieron, que fue la mayor parte de vosotros, a la Junta Preparatoria del día 2 del actual, presenciaron que el señor Prida, presidente, examinó mi credencial, y cuando ya me la devolvía con el sello respectivo de aprobada, el señor Amador, que estaba al fondo del salón, manifestó que él también tenía otra credencial. El señor Prida lo llamó a la tribuna, examinó ambas credenciales, la mía y la de él, y con toda su experiencia, con la imparcialidad de criterio que lo caracteriza, resolvió el caso inmediatamente, sin vacilación, diciendo: Señor Amador: Esto no es credencial, esto no es sino una copia certificada por el presidente municipal; no puedo yo admitirla. La del licenciado Rojas sí es credencial, porque está expedida por el Colegio Electoral y contiene todas las firmas de ese Colegio; por consiguiente, a él se le admite. Si el señor licenciado Prida incurrió en error, vosotros lo resolveréis con pleno conocimiento de causa. Permitidme, para esto, que en breves palabras haga una relación de esa credencial mía y de la que como tal presentó el señor Amador. Lancé, como he dicho, mi candidatura por el 8° distrito electoral de Zacatecas, que comprende los partidos de Nieves y Mazapil. Llamo desde luego vuestra atención, señores diputados, sobre una circunstancia en que os suplico os fijéis: el partido de Nieves está mucho más inmediato; el correo llega a Nieves un día antes que a Mazapil; aquí -en México- he depositado yo mis cédulas de elección, así como la solicitud para que se me inscribiera como candidato en el 8° distrito el mismo día y a la misma hora, en la oficina de correos, como certificado, según consta de los recibos del correo que tengo aquí, y que podría leer cualquier ciudadano diputado; pero a pesar de que salieron el mismo día y a la misma hora por el mismo tren, el jefe político de Nieves me contestó diciéndome que no se recibieron oportunamente y por eso no pudo registrar mi candidatura. El señor jefe político de Mazapil, presidente municipal también, que recibía un día después el correo, porque está, como he dicho antes, mucho más distante, me contestaba (y aquí están las contestaciones de ambos, originales): Se ha recibido oportunamente su candidatura y queda debidamente registrada. ¿Cómo os explicáis esto? Desde luego que se ve la figura fatídica del jefe político en esta elección; y aquí me permito recordar lo que en días pasados los señores diputados Querido Moheno y Jesús Urueta y algún otro han dicho acerca de esta mala intervención de los jefes políticos. Yo no quiero hacer cargos, solamente presento el hecho para que en vuestra conciencia lo califiquéis. Desde el momento en que me presenté a registrar mi candidatura, se me pusieron obstáculos. En Nieves se me dijo que no se podía registrar, porque ya era tarde, y sin embargo, el jefe político de Mazapil, mucho más distante, recibió oportunamente mi solicitud, en tanto que al jefe político de Nieves no le llegó a tiempo. Señalo el hecho y repito que en vuestra conciencia lo apreciaréis. Pues bien, señores, se practicó la elección, la Junta Electoral respectiva se reunió con todas las formalidades legales el día 3 de julio y estuvo hasta las cinco de la tarde esperando los expedientes respectivos, hora en que se dio cuenta con los que existían hasta ese momento. Muchos señores miembros de la Junta dijeron: No es de procederse todavía al cómputo, porque no han llegado los demás expedientes y según el artículo 8° de la ley, podemos prorrogarlo hasta el día 5; pero entonces (y esto lo dice la misma credencial y los señores de la Comisión han leído esa credencial muchas veces y saben que allí está todo lo que estoy diciendo) se suscitó una acalorada discusión sobre si debía o no hacerse el cómputo, o esperarse hasta la llegada de los otros expedientes, y la mayoría, de acuerdo con el artículo 8° de la ley dijo: No es de aplazarse el cómputo, porque el artículo 8° de la ley es terminante, y este artículo en su última parte dice: (Leyó). Se refiere, como se ve, al caso de varios distritos electorales; pero aquí no se trataba de varios distritos electorales, sino de uno solo, el 8°; luego, como dijo perfectamente la Junta, y está en el acta, no podía esperarse más tiempo; debió, según la ley, hacer ese cómputo el día 3, y por eso dice la Junta en esta acta, es decir, en mi credencial: Si la leyes defectuosa, la Junta no tiene culpa de eso -son sus palabras-; nosotros, cumpliendo con la ley, debemos hacer este cómputo. Pues bien, señores diputados; hizo el cómputo, y entonces fue cuando tuve una mayoría de 81 votos; el señor Elías Amador sólo tuvo 70 en esos expedientes que se revisaron, y debo llamar la atención de que esos expedientes fueron precisamente de los distritos en que no se me quiso registrar como candidato, lo que hace suponer que los demás en que se me registró, debo haber obtenido mayor número que en los que se omitió el registro por la intervención del jefe político; sin embargo, no obtuvo la mayoría el señor Elías Amador, sino que yo la obtuve. Pues bien; se hizo el cómputo, presenta su dictamen la Comisión, y después de discutido, el presidente manifiesta (leyó). Esto es lo que dice el acta (la credencial que han leído los señores de la Comisión). Como veis, esta declaración reviste todas las formalidades legales; la Junta mandó hacer los cuatro ejemplares que la ley ordena de esta acta, uno para que sirviera de credencial, otro para que sirviera a la Legislatura para el cómputo de senadores, y el otro para remitirlo al Congreso. Los cuatro ejemplares fueron debidamente firmados por todos los miembros de la Junta. Acto continuo, se publicó la declaratoria a mi favor en las Casas Consistoriales, se publicó en los parajes públicos, se publicó en el periódico oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas, cuyo ejemplal traigo aquí y pertenece al 27 de julio de 1912. Tal es, señores diputados, la credencial que yo he traído; todavía más; el Gobierno del Estado, por telegrama, al informar del resultado definitivo de las elecciones, informó también (y esto lo dijo el señor Secretario Sierra Méndez, en la sesión del 2 del actual), por telegrama, que el resultado de las elecciones en el 8° distrito era haber salido yo diputado propietario, y suplente el señor licenciado Francisco de la Torre Rojas. Estos son los datos que confirman la bondad de mi credencial. Véamos ahora, señores diputados, cuál es la pretendida credencial del señor Elías Amador, esa credencial que le rechazó el señor Prida. Después de verificada esta junta, hecho el cómputo, expedidas las credenciales y concluido todo, el jefe político consultó al gobernador -él siempre consulta al gobernador- de Zacatecas, qué se hacía con los demás expedientes que iban llegando, y el gobernador de Zacatecas le dijo que reuniera nuevamente a la Junta para que hiciera nuevo cómputo; la junta no quiso volverse a reinstalar, porque manifestó que sus facultades habían concluido, que la declaratoria y el cómputo eran hechos consumados y sus funciones habían terminado, como habían terminado los plazos de la ley. El señor gobernador de Zacatecas así me lo dijo también en una carta original que está aquí, y que ha circulado en un impreso entre todos los señores diputados; por eso no le doy lectura. Con fecha 13 de julio me dice el señor gobernador que la Junta se negó por unanimidad a hacer nuevo cómputo. ¿Estaba en lo justo esta Junta? Sí, evidentemente. Pues sin embargo de todo, el día 17 todavía volvió a reunirse la Junta dizque por obsequiar los deseos del señor gobernador, y entonces, con expedientes que habían llegado, no se sabe de dónde, ni cómo, ¡pero sí tengo noticias de que les faltan cédulas de votación, y empadronamientos, y de que son sumamente defectuosos, constituyendo un verdadero caos, con esos expedientes se ha hecho no un cómputo, porque no se creyó la Junta ya facultada para hacer cómputos, ni nueva declaratoria, sino sencillamente un recuento para que sirva de dato a los señores diputados. Pues bien, señores; ese recuento es el que acepta ahora la Comisión; es decir, la Comisión se ha venido a arrogar funciones que le niega abiertamente la ley; la ley no la constituye en computadora de votos, no la constituye en Colegio Electoral propiamente dicho. La ley es terminante: cuando se trata del cómputo de votos de senadores del Distrito Federal; cuando se trata del cómputo de votos del presidente de la República y del vicepresidente de la República, o cuando se trata de las elecciones de los magistrados de la Suprema Corte, entonces la Cámara sí es Colegio Electoral que hace cómputos y declaratorias; lo mismo que la Comisión, sin embargo, como decía, esta Junta, extralimitándose en sus atribuciones, arrogándose funciones que no le da la ley, ha venido a hacer un nuevo cómputo, ha venido a despreciar el que, en ejercicio de funciones legítimas e incontestables, hizo el Colegio Electoral del 8° distrito, Colegio que no ha llegado a tildarse de ser ilegítimo, sino que, al contrario, los mismos señores de la Comisión son los primeros en considerar que estuvo legítimamente constituido, supuesto que ellos declaran válida la elección (toses, aplausos y campanilla). Ahora, señores diputados, yo pregunto a cualquiera de vosotros: si hubierais sabido o hubierais previsto la forma como se está haciendo esa revisión de credenciales, ¿habríais lanzado vuestra candidatura como yo lancé la mía? (independientemente de todo partido político, porque, como he dicho, yo no he sido político hasta ahora). La habríais lanzado si hubierais sabido que no era la ley ]a que iba a servir de base al aprobar las credenciales, sino que era la opinión de cinco personas honorabilísimas, quiero suponer, porque no tengo motivos para decir lo contrario, pero cinco personas que a puerta cerrada van y dicen que estudiaron los expedientes y vienen y presentan un cómputo distinto? ¿Habríais lanzado vuestra candidatura en semejantes condiciones? Quiero que vuestra conciencia responda. Si yo me lancé, señores, a la lucha electoral fue porque creí que la ley con todas las circunstancias de que ha querido el legislador rodear la elección, desde el empadronamiento, nombramiento de instaladores, escrutadores, la publicidad que les da
en las casillas electorales, el derecho que concede a los candidatos de los partidos políticos para presenciar esas elecciones, para pedir certificados de las actas, etcétera, etcétera; todas las condiciones para que se reúnan los colegios electorales; pero todo esto viene a ser letra muerta, señores, como está en vuestra conciencia, si es sólo una Comisión que se encierra, como he dicho, en uno de los salones de esta Cámara, y allí es donde hace el cómputo; y digo, señores, que se encierra, porque yo varias veces quise, en uso de ese derecho que dijeron teníamos los presuntos diputados (siseos) asistir a las discusiones; yo fui el primero que di mi domicilio, y ofrecieron citarme, y no me citaron; por teléfono pedí varias veces que se me dijera si ya se discutia; al señor Rendón le pedí varias veces que se me indicara, y nunca se me dijo cuándo se discutía. Por otra parte, la ley quiere que se discuta la credencial, esto es, que se resuelva sobre la credencial, y aquí, ni se ha discutido la credencial, ni se ha resuelto sobre ella (murmullos, siseos y campanilla). El presidente amonesta: Suplico a las galerías que dejen hablar a los señores diputados, porque, en caso de que haya ruidos que se diferencien notablemente del aplauso, tendré que mandar desalojar las galerías. Por tanto, les suplico que tomen en cuenta esta exhortación, que será la última. El señor Rojas pone cima a su discurso con estos párrafos: Pues bien, señores diputados; ya expuesto cómo lancé mi candidatura, por qué la lancé, cómo se practicaron las elecciones y que la credencial que yo he presentado ha sido expedida por un legítimo Colegio Electoral. Como no tiene ninguna protesta porque absolutamente no se presentó contra ella, extemporáneamente el señor Amador ha venido a hacer una reclamación, sin que la ley lo autorice para ello y después de haber transcurrido todos los términos que la misma ley concede. Por último, decía, esta credencial que, según la ley, es la que ha de discutirse y sobre la que tiene que resolverse, la Comisión la pasa absolutamente en silencio y viene proponiendo como diputado, a otra persona que ni ha presentado credencial, ni tiene derecho alguno. Para no fatigar más la atención de esta respetable Asamblea, concluyo suplicando a ustedes, señores diputados, que al dar vuestro voto, tengáis presente, en primer lugar la ley, porque la ley es la que garantiza todos nuestros derechos; en segundo lugar que aquí mismo, en el seno de esta respetable Cámara, estas teorías, estas afirmaciones mías, se han estado sosteniendo al discutirse muchas credenciales, entre ellas -por ejemplo- las de los señores Aspe, Mascareñas y algunas otras que sería inútil mencionar; pero creo, señores diputados, que en vuestra conciencia está que mi credencial es legítima, no se impugnó oportunamente, no tiene protesta de ninguna especie, y, por lo mismo, es inatacable. Ruego, pues, que poniendo la mano sobre vuestra conciencia, deis un voto reprobatorio a la segunda parte del dictamen. En cuanto a la primera, es decir, la validez de las elecciones, creo que todos estamos de acuerdo en que debe ser aprobada. Como orador en pro del dictamen se ha inscrito el licenciado Cabrera, que refuta en este orden los razonamientos del señor Rojas: Me había propuesto no pedir la palabra en el debate de la credencial del señor licenciado Rojas, y de hecho no necesito usar de la palabra para sostener el dictamen, porque yo no conozco disparate más grande que el del sostenimiento de esta credencial. Se trata, en substancia, de querernos hacer tragar la rueda de molino de que en una votación que alcanzó en un distrito electoral cerca de 3,000 votos, una credencial en la que se acusan 82 votos, ha de ser la que nos hemos de tragar como credencial en esta Asamblea. La credencial traida por el señor licenciado Rojas acusa en su favor 82 votos; el producto de la elección subió a 3,000 votos. Creo yo que si estuviera sentado en el lugar del señor Rojas, me habría salido de la Asamblea para evitar la vergüenza de ser echado de ella (siseos). ¿Y qué fundamentos se nos viene a presentar para que aceptemos esta credencial? Estos sí son verdaderos fundamentos de rábula de pueblo; esto sí es querer que, por encima del espíritu de la ley, esté absolutamente el texto expreso del artículo tres de julio, que nos obliga en toda la República, en todos los distritos electorales, en donde a veces se necesitan hasta semanas para poder hacer la concentración de los documentos, que dél 30 de junio al 3 de julio esté todo concentrado. Y si no está todo concentrado, guay de aquel que en la cabecera no obtuviese la mayoría, porque sólo el que obtuvo esa mayoria en la cabecera es diputado; eso es ir contra el espíritu de la ley, y, ¿qué nos viene a decir el señor licenciado Rojas? Pues que si un ciudadano no está empadronado en un lugar, no puede reclamar contra una credencial. Pues no es verdad, porque el espíritu de la ley precisamente quiere que el candidato que se presente tenga, no sólo el derecho de reclamar por sí mismo, sino hasta por conducto de sus representantes. Esto me hace recordar una peregrina ocurrencia que me pasó en Huipulco, de Tlalpan, donde, habiéndome presentado personalmente, por haberme dado cuenta de grandes irregularidades que se cometían, manifesté al instalador que protestaba contra ellas, y le presenté mi escrito de protesta. El me dijo: Usted será el candidato; pero no tiene derecho de protestar; que venga su representante (risas). Esto es lo que en substancia se nos quiere decir: que necesitó el señor Amador comprobar que está empadronado para que pueda protestar y pedir esa nulidad, cuando nos encontramos que la Ley Electoral ha querido que sea el representante de todos los ciudadanos de aquel distrito, no sólo el que esté empadronado, sino el que allí haya nacido, el que tenga allí intereses, o el que haya residido durante cierto tiempo, y este tiempo de residencia es de tres meses, que es menor que el que transcurre entre la formación de los padrones y la fecha de la elección. ¿Qué nos viene a decir el señor licenciado Rojas? Pues simple y sencillamente que esta Cámara no tiene facultades de escudriñar más allá de lo que sus compadres de Nieves pudieron escudriñar; pues no, señor licenciado Rojas; el decreto de 22 de mayo de 1912 dice: (Leyó). Y esta Ley Electoral que está vigente, pero que desgraciadamente muchos señores diputados no leyeron más que en la parte que les interesaba por cuanto a sus labores frente a las mesas, y que no pudieron leer en lo relativo al cumplimiento de sus trabajos electorales, comprendidos desde el 30 de julio en adelante hasta el día en que nos sentamos aquí para discutir las credenciales, y esa Ley Electoral, en su artículo 108, dice lo siguiente, que probablemente no ha leído mi estimable compañero el señor licenciado Rojas: I. Legalidad de los cómputos hechos en los diversos colegios electorales. Si no estamos aquí discutiendo la legalidad de ese cómputo de compadres de los 82 votos, entonces no sé qué estamos discutiendo. II. Cómputo de los votos en toda la República, y, Con que ya ve el señor licenciado Rojas que sí tenemos derecho, y mucho derecho, de escudriñar en los cómputos de compadres. Pero no es eso lo que yo venía a decir en esta tribuna. Ven ustedes, señores diputados, que es necesario echar abajo esta credencial, perfectamente ridícula e indigna de la seriedad que debe presidir a nuestras resoluciones, porque es indigno pretender que en una votación de 3,000 votos, dejemos sentado allí al señor licenciado Rojas, porque tuvo 82 en Nieves y porque el 3 de julio no fue posible que llegaran los expedientes. A lo que he venido principalmente es a ver hasta dónde llega el espíritu de justicia del Partido Católico, y ahora es cuando vamos a ver si lo anima ese espíritu de legalidad, ahora es cuando pido a siete amigos que se pongan en pie para que votemos en lo nominal y veamos si preside el espíritu de justicia en las votaciones del Partido Católico. Yo, a quien se ha traído y llevado; yo, que he dicho que, además de la justicia, debemos siempre tener en cuenta consideraciones de orden político -y que no lo dejo de decir-; yo, a quien se ha hecho la imputación de querer que las resoluciones se tomen aquí exclusivamente por consideraciones políticas, cosa que yo no he dicho, y apelo a la edición del Diario de los Debates; yo afirmo que muchos de nuestros contrincantes, que el grupo compacto del Partido Católico, no ha dejado de votar conforme a consideraciones de orden político, y conforme a sus conveniencias (aplausos); y precisamente he querido que ahora se vote nominalmente, para ver cómo vota el Partido Católico. Sí, señores, no podría hacer citas de nombres; pero hemos estado viendo constantemente que los señores del Partido Católico votan conforme a su conveniencia política; dicen, sin embargo, que votan conforme a su conciencia; yo quiero ver cómo van a votar (aplausos). El diputado Lozano desea dejar establecido un precedente, al que hace referencia en estas palabras: No vengo a defender, señores, el caso personal del señor licenciado Rojas; pero no puedo dejar que pasen inadvertidos los conceptos legales del señor licenciado Cabrera. Para hallar supina ignorancia en el preopinante, señor licenciado Rojas; para demostrar que la Cámara de Diputados puede rectificar cómputos y modificarlos a su capricho, después de que lo hizo la Junta Electoral del distrito, citaba el artículo 108, que es precisamente, totalmente inaplicable al caso, porque allí se refiere a cómputos de votos hechos por la Cámara de Diputados, convertida en Colegio Electoral, para senadores, magistrados de la Corte, presidente y vicepresidente de la República (voces: ¡Muy bien! ¡Muy bien!). Hago esta rectificación legal necesarisima, porque ya llegará el caso del señor licenciado Elorduy y en el cual, de prevalecer los preceptos legales del señor Cabrera, se cometería una grave injusticia. El diputado Velásquez dice en pro del dictamen: Aunque en muchas partes de mi peroración tendré que repetir los sólidos fundamentos del señor Cabrera, ya que estaba yo inscripto para hablar en pro, quiero hacer uso de la palabra, y voy precisamente a refutar lo dicho por el señor Rojas, exclusivamente en lo tocante a su credencial. Sin mayores antecedentes del asunto, solamente refiriéndome a lo que él dice, se ve claramente que la credencial debía haber sido expedida en favor del señor Elías Amador. Un distrito electoral no lo forman únicamente los habitantes de la cabecera del distrito; lo forman todos los habitantes de él, y de allí que la ley da un término hasta el 5 de julio para la revisión de expedientes. Como en el momento en que se hizo la elección pasada, hubiera un período de lluvias, y como, por otra parte, son tan escasos los medios de comunicación en nuestro país, el Ministerio de Gobernación, por acuerdo de la Cámara de Diputados, prorrogó este período hasta que se recibieran todos los expedientes, esto es lo efectivamente legal, esto es lo efectivamente justo. Allá en nuestro distrito electoral sucedió lo mismo, el día 3 no estaba terminada ninguna revisión de expedientes, porque las comunicaciones son difíciles, y naturalmente tenía que esperarse hasta el día en que estuvieran todos. En consecuencia, si fuéramos a aceptar solamente los votos de la cabecera del distrito porque fue electo el señor Rojas, no podríamos saber de ninguna manera cuál era la voluntad de todos los habitantes del distrito electoral. De ahí que pido, sin más fundamento, porque son éstos bastante contundentes y llevan a que se cumpla el espíritu de justicia, a que se vote en favor del dictamen de la Comisión. El señor Rojas habla para rectificar un hecho: El señor licenciado Cabrera ha dicho que mi credencial tiene 82 votos; es cierto; pero no ha dicho que la del señor Elías Amador sólo tiene o tendría 70, si se le hubiera expedido la credencial, porque, según el cómputo que se publicó en el Periódico Oficial, el mismo que tiene a la vista la Comisión, si yo obtuve 82 votos, el señor Amador tenía 70; y esa mayoría abrumadora de un mil y tantos votos, ¿de dónde sale? Solamente ha venido después de que la Comisión ha querido tener en cuenta los expedientes que vinieron el 17 de julio, es decir, mucho después de haber expirado todos los términos de la ley. Por lo demás, como ya lo han dicho aquí varios señores, el mayor o menor número nada significa. Leamos el artículo 41 de la ley, que debía conocer el señor Cabrera, a quien no me propongo dar una lección de Derecho, porque ya se las han dado, y muy buenas; por consiguiente, sólo le recuerdo el artículo 41 de la ley, en el cual se establece que la elección será válida, cualquiera que sea el número de votos depositados, éste es consecuencia de la otra disposición que previene que a ningún ciudadano se le podrá compeler a que vote, y si es un derecho renunciable votar, pueden todos los ciudadanos del distrito no votar y 10 o 20 que vayan a votar, como decía hace poco un ciudadano diputado, constituyen la mayoría y forman una credencial perfecta que no avergonzará a nadie, avergonzará más bien a quien, sin tener una credencial perfecta, se presente en esta Cámara, pretendiendo ocupar un sitial sin que le corresponda. En lugar del señor De la Mora, que había pedido la palabra en contra del dictamen, habla el señor Elguero, porque aquél le cedió ese derecho. Dice: El Partido Católico tiene un criterio enteramente claro, enteramente fijo, enteramente indeclinable: el de no apartarse nunca de la verdad y de la ley; no se guía por pasiones de Partido, porque cree que faltaría a su deber gravemente, si así lo hiciera, no se guía por ellas, ni para repeler credenciales, ni para aceptarlas. No he conocido los antecedentes del negocio del señor Rojas, y he estado sólo a lo que se ha dicho en la discusión, asegurando que si el señor Cabrera me contesta victoriosamente la objeción que voy a proponerle, votaré en contra de la credencial, y estoy cierto de que, conmigo, votarán todos mis compañeros; pero si no contesta victoriosamente, debemos votar sin vacilación en favor del presunto diputado. Porque en caso de duda, señores, me atengo a la credencial, pues sé que el Derecho dice que es mejor la condición del poseedor, in dubio vincit possésor, y la posesión del título la tiene el dueño de la credencial. Esta regla de Derecho nos ha servido de norma muchas veces; porque no es posible siempre tener conocimiento perfecto de los hechos; porque los dictámenes de la Comisión son muy diminutos, y porque, en la necesidad de votar en esas difíciles circunstancías, nos guiamos naturalmente por la norma expresada, que es la que aprueban de consuno la Moral y el Derecho. Además, respecto de la credencial de que se trata, encuentro un artículo terminante que se viola con mucha frecuencia en esta Cámara, artículo sobre el cual llamaba fuertemente la atención el señor Ostos, con muchísima razón, y es el artículo 115 de la Ley Electoral, que dice: La Cámara de Diputados, al hacer el cómputo de los votos emitidos a favor de los senadores por el Distrito Federal, de los ministros de la Suprema Corte de Justicia, y del presidente y vicepresidente de la República, y al discutir las credenciales de los diputados al Congreso de la Unión, resolverá las reclamaciones de nulidad que conforme a este capítulo se le hayan presentado. Son condiciones para que pueda tomarse en consideración una reclamación, las siguientes: Me atengo a esa ley, y no tengo criterio más que ella, ni puedo aceptar fallos de equidad, pues como decía Laurent, son de suprema iniquidad, admitiendo sólo atenuación del Derecho estricto, cuando se trata de evitar el súmmum jus, que es la suma injuria. La ley establece la protesta como requisito previo para que la nulidad se admita; el señor Cabrera me dirá si la ha habido, porque sin ella no puede tomarse en consideración una reclamación en esta segunda instancia. Dice el señor Cabrera que, aun cuando los expedientes no hayan llegado a tiempo, pueden admitirse por equidad, y yo digo que esa jurisprudencia es ilegal, salvo el caso, no probado en el nuestro, de que los expedientes, por caso fortuito o por fuerza mayor, no hayan podido tenerse a la vista en tiempo oportuno. Ni existe esa prueba, ni hubo la protesta indicada, necesaria para preparar la nulidad. Señores, precisamente porque me apego a la ley, con sólo la razón del señor Cabrera, con sólo la razón del señor Rojas, con sólo la razón del señor Velásquez, creo con toda conciencia, y la tengo, señor Cabrera, que debo votar por la credencial del señor Rojas (aplausos). El señor Rendón advierte: En estos momentos se están olvidando los que impugnan el dictamen, que han resuelto casos anteriores en el mismo sentido, porque en las múltiples credenciales que se han sometido a votación, es la minoría de ellas la que ha sido declarada el día 3 de julio por el Colegio Electoral; la mayoría ha sido declarada posteriormente, porque en los primeros tres días del mes de julio ha sido materialmente imposible que la mayor parte de las cabeceras de los distritos electorales reconcentraran el resultado de la votación habida en las distintas municipalidades que integran cada distrito electoral. Esto ha sido repetidísimo; la Comisión lo ha hecho presente cada vez, y, sin embargo, nadie ha reclamado porque el 5, el 6, el 7, el 8 y hasta el 13 y 15 de julio se han reunido los colegios electorales, es decir, después del día 3, que marca la ley. La Comisión nunca repugnó porque se reuniera el Colegio Electoral en fecha posterior cuando hacía notar que anteriormente no podia concentrar los datos, y no le repugnó, porque sabemos que los medios de comunicación en nuestro país son deficientes, y por esto no se puede hacer en breve una reconcentración de expedientes de municipalidades que disten bastante de la cabecera, y, por lo mismo, el Colegio Electoral no pudo tener los datos necesarios para hacer la declaración. Esto en cuanto a este punto; en cuanto al punto que tanto el señor licenciado Rojas como el señor licenciado Elguero han venido a hacer notar -que la Comisión ha computado votos-, debe la Comisión aclararles que hay un error de su parte. El Colegio Electoral de Nieves, cuando ya estuvo en posesión de todos los expedientes, después de haber hecho la declaración en favor del señor licenciado Rojas, o sea solamente por la votación de la población de Nieves, se volvió a reunir -aquí está el acta- el 17 de julio, y ya en presencia de todos los expedientes, dio el siguiente dictamen: (Leyó). Por consiguiente, no es la Comisión la que ha hecho el cómputo, sino es el Colegio Electoral, que les merece tan profundo respeto, tanto al señor licenciado Rojas como al señor licenciado Elguero, y que igualmente se lo merece a la Comisión Escrutadora. El caso es sencillamente éste: el día 3 de julio no tenía el Colegio Electoral de Nieves a su disposición más que los votos de la población de Nieves, y en esos votos se encontró que solamente había en favor del señor licenciado Rojas 82 votos, y en favor del señor Elías Amador 70, etcétera, y sin embargo, computados después por ese mismo Colegio Electoral los votos de todas las municipalidades, resultaron miles, porque el señor Amador tuvo 2,025, en tanto que el señor Rojas tuvo 593. Si nos vamos a atener exactamente a la letra de la ley, indudablemente que tendrán razón los señores licenciados Rojas y Elguero; pero como la Comisión, no se ha atado exclusivamente a la letra de la ley, sino a su espíritu, y lo demostró repetidas veces, dictaminando, unas, en favor de los católicos, y otras, en contra, la Comisión tiene que ser consecuente con su propósito. Si quieren los señores católicos, la Comisión les recordará que una vez más se han desentendido de la letra de la ley, para favorecer a un presunto diputado católico, y les recordará el caso del primer distrito electoral de Puebla: al señor licenciado Pérez Salazar se le objetaba su credencial, porque era magistrado del Tribunal Superior, y conforme a la ley, están impedidos de ser electos los magistrados; pero el señor Pérez Salazar demostró que prácticamente estaba separado de su puesto hacía seis meses; quiere decir, que no pudo ejercer presión en el Colegio Electoral, y atendiendo que el espíritu de la ley es que no haya presión sobre los electores, esta Comisión Escrutadora dictaminó en favor del señor licenciado Pérez Salazar, contra un miembro del Partido Constitucional Progresista. Esto demuestra ampliamente el criterio justificado de la Comisión Escrutadora. Y reitera la Comisión que no ha hecho un cómputo porque se le antojara, ni ha necesitado hacerlo, porque encontró la computación hecha por el Colegio Electoral con estas cifras: 2,025 votos para el señor Amador, solamente, y 593 para el señor licenciado Rojas. Y sería insensato que, teniendo la mayoría de votos el señor Amador, fuera a dársele el triunfo al señor licenciado Rojas, porque eso sí sería desnaturalizar el voto del distrito electoral de Nieves. En continuación del debate, el señor licenciado Rojas vuelve a la tribuna y dice: Para contestar a lo que acaba de decir el señor Rendón, debo manifestar que no fue propiamente un cómputo el que practicó el Colegio Electoral el 17 de julio. Ya en la relación que hice, manifesté cómo, a instancias del gobernador del Estado, por consulta siempre del jefe político de Nieves, se citó varias veces a los miembros de la Junta, y éstos dijeron que el 3 de julio habían terminado sus funciones, y que no podían hacer nuevo cómputo; por fin, hasta el día 17 lograron que se reunieran los miembros de esa Junta, no constituyendo Junta Electoral, porque no podían constituirla; y este hecho lo dejo al criterio de los presuntos señores diputados. Entonces dijeron que, para obsequiar los deseos del gobernador, iban a hacer un recuento, pero sólo un recuento, y ese recuento, como he dicho, se hizo con los expedientes que hasta el 17 de julio habían llegado ya de algunas municipalidades;. también al criterio de los presuntos señores diputados dejo el apreciar qué clase de expedientes serán éstos que no pudieron llegar oportunamente, sino hasta el 17 de julio se tuvieron en cuenta, cuando las funciones de la Junta habían terminado. Afirmar lo contrario sería tanto como decir que indefinidamente, aun a los dos o tres meses, podrían reunirse los señores de la Junta y hacer otro nuevo recuento; ¿y cuándo acabarían, señores, los términos que fija la Ley Electoral? Por otra parte, el señor Rendón acaba de decirnos que si se atiene a la letra de la ley, tenemos razón el señor Elguero y yo. Al discutirse la credencial del señor licenciado Aspe, uno de los autores de la ley, ha dicho que esta ley debe aplicarse al pie de la letra, porque la letra está de acuerdo con su espíritu, y en este asunto del señor Aspe, como en otros varios, se ha aplicado en los términos en que solicito, respecto del pequeño número de votos. Qué ¿no recuerdan los señores de la Comisión que en un distrito electoral del Estado de Jalisco, por 29 votos se ha declarado un diputado aquí, en contra del candidato católico, que tenia millares de votos? Esto es lo que tenía que decir. Con fulminante golpe oratorio interviene el diputado José N. Macías: No me proponía terciar en este debate -declara- porque todo lo que se ha expuesto por el miembro de la Comisión que ha hablado y por el señor licenciado Cabrera es rigurosamente cierto, pero hay un hecho sobre el cual quiero llamar la atención de esta respetable Cámara, porque él viene a ser decisivo en el caso. El día 4 de julio tuvo el señor Rojas conocimiento de que la Junta Electoral de Nieves había hecho la declaración de diputado; pero no sabía que él había sido el favorecido, y entonces ocurrió a la Secretaría de Gobernación quejándose del procedimiento de la Junta, que sólo en vista de 18 expedientes electorales, es decir, de 18 casillas, había hecho la elección (risas). El señor Rojas protesta contra tal afirmación, y el señor Macías corrobora: El señor Ministro de Gobernación me lo ha dicho, y el señor Ministro dé Gobernación, que es altamente honorable, no puede negarlo. El señor Rojas replica: Sí, señor; porque es honorable, no pudo haberlo dicho. El presidente llama al orden al señor Rojas por interrumpir al señor Macías sin solicitar el uso de la palabra, y el señor Macías concluye: El señor Ministro de Gobernación, que es un hombre altamente justificado, creyendo que se había cometido una irregularidad y que se había violado el voto público, puso ese mismo día, a consecuencia de la queja del señor Rojas, un telegrama al gobernador del Estado de Zacatecas diciéndole que interviniera para que la Junta no violara el voto público; el gobernador de Zacatecas, por telégrafo -cuyos telegramas existen y se pueden pedir en caso de duda- se dirigió a la Junta de Nieves, y entonces la Junta de Nieves, en vista de los telegramas mencionados en la segunda acta, se reunió y dijo: Efectivamente nos hemos equivocado; hicimos la declaración únicamente en vista del expediente de 18 casillas; pero el cómputo es éste, y como nosotros terminamos ya nuestras funciones, va el expediente a la Comisión Permanente, para que de allá se remita a la Cámara de Diputados, y la Cámara de Diputados resuelva. Hechas estas aclaraciones, de cuya veracidad respondo, porque he visto parte del expediente, y lo demás que no vi, me lo refirió el Ministro de Gobernación, en cuya veracidad confío, demuestran a las claras lo que dijo el señor Cabrera: que esta elección es no sólo inconveniente, sino ridícula, porque es la caricatura del sufragio efectivo (risas, aplausos). El presidente excita a la policía a que expulse de las galerías a uienes han interrumpido el orden; el diputado Ostos aboga por los infractores del Reglamento, opinando: La frase del señor Macías fue emitida con tanta gracia, que el público no pudo contenerse. Los diputados en mayoría expresan que el dictamen está suficientemente discutido; pero el presidente accede a que el señor Rojas conteste una alusión personal, antes de que sea tomada la votación. La refutación a la alusión personal es ésta: No me extrañan las palabras que acaba de pronunciar el señor licenciado Macías, porque todo el foro de México sabe que hace algún tiempo se ha constituido en enemigo personal mío. Sólo me voy a referir a esto: No es verdad que el día 4 hablara con el señor Flores Magón; el día 8 fue precisamente cuando estuve a decirle exactamente lo contrario de lo que dice el señor Macías. Le enseñé una carta que conservo todavía en mi poder, en la que me decía el gobernador del Estado: Pretendo que se haga nuevo cómputo; pero la Junta se ha negado a hacerlo. Y precisamente, como insistía todavía en hacerlo, entonces le dije al señor Flores Magón que me hiciera favor de dar instrucciones para que las cosas permanecieran en ese estado. Yo sabía mi elección porque se me comunicó por telégrafo; ¿cómo había de ir a pedir que se hiciera nuevo cómputo? Esto es increíble. El señor Macías está acostumbrado a falsear los hechos, como todos lo saben, y más cuando se trata de uno de sus enemigos. El licenciado Cabrera recoge en estos términos uno de los argumentos del licenciado Elguero: El señor Elguero se sirvió pedirme que contestara victoriosamente cierto argumento, pero estando cerrado el debate, no podria contestarlo ya. Por lo demás, lo de victoriosamente es una palabra tan elástica, que sólo él puede calificar. Voy a permitirme suplicar a los señores cuyas credenciales tienen fecha posterior al 3 de julio, tengan la bondad de ponerse de pie para contestar al señor Elguero (varios ciudadanos diputados se ponen en pie). Muchas gracias. Y el Partido Católico sufre una de sus más rotundas derrotas: Sólo dieciocho diputados votan contra el dictamen; aun los porfiristas García Naranjo y Olaguíbel refrendan la credencial de don Elías Amador. Apenas el voto de José María Lozano se manifiesta solidario con la pequeñísima minoría de recalcitrantes conmilitones del Partido Católico.
DE LA
XXVI LEGISLATURA
El C. presidente: Tiene su señoría la palabra.
El C. Castellot: El ciudadano presidente ha manifestado al señor Gurrión que en caso de que la alusión personal no se haya verificado en esta sesión, no tiene derecho a hablar. Yo creo, señor presidente, que en el Reglamento no hay una disposición que prohiba a un diputado exponer lo que él estime conveniente.
El C. presidente: Me permito decir a su señoría que el Reglamento concede la palabra para contestar una alusión personal. Ahora bien; el ciudadano diputado ha pedido la palabra para una alusión personal; si se sale de la alusión personal, entonces la Mesa no puede concederle la palabra.
El C. Castellot: Me permito responder al señor presidente, que el señor Gurrión, salvo que mi memoria me sea absolutamente infiel, no ha pedido la palabra para una alusión personal; ha pedido la palabra para exponer una serie de hechos, pertinentes o no; el ciudadano presidente se la concedió, y él está haciendo uso de ella.
El C. presidente: Me permito indicar a su señoría que pidió la palabra el ciudadano Gurrión, exclusivamente para una alusión personal (voces: ¡No! ¡No!).
El diputado Gurrión ratifica que pidió la palabra para un hecho, y con la venia del presidente continúa:
2° Es diputado propietario por el 8° distrito electoral del Estado de Zacatecas, el ciudadano Elías Amador, y suplente, el ciudadano Lorenzo Gallardo.
III. Declaración de los ciudadanos que por haber obtenido mayoría absoluta de los sufragios emitidos en la elección, deban considerarse electos para los respectivos cargos.
I. Que se haya protestado por escrito y en el acto mismo de la elección contra la infracción correspondiente, ante el colegio municipal; y si no se hubiera querido admitir la protesta, que ella conste en acta notarial levantada el mismo día en el protocolo del notario; y
II. Que la reclamación se presente ante la Cámara de Diputados o ante la Comisión Permanente antes del día en que haya de votarse sobre la credencial respectiva.