Índice de México declara la moratoria de Chantal López y Omar CortésCapítulo segundoSegunda parte del Capítulo terceroBiblioteca Virtual Antorcha

CAPITULO TERCERO

Primera parte

Las protestas dipolómaticas, por Chantal López y Omar Cortés.

Protesta de Charles Lennox Wyke.

Protesta de Alphonse de Saligny.

Carta de Juárez a Vidaurri.

Respuesta de Zamacona a Wyke.

Respuesta de Zamacona a Saligny.

Circular al cuerpo diplomático.

Carta de Wyke a Zamacona.

Plazo otorgado por Wyke.

Carta de Saligny a Zamacona.

Protesta de Saligny en nombre del gobierno español.




LAS PROTESTAS DIPLOMÁTICAS

Al promulgarse la Ley para el arreglo de la Hacienda pública, las protestas de los Ministros británico y francés, no se hicieron esperar. A la sazón, el Ministerio de la Legación británica era ocupado por Sir Charles Lennox Wike, quien en el mes de mayo de 1861 habta sustitutdo a Mr. Mathew. En lo que respecta al Ministerio francés, lo ocupaba Mr. Alphonse Dubois de Saligny, quien el 12 de diciembre de 1860 había reemplazado a Mr. de Gabriac.

En México, el Ministerio de Relaciones Exteriores estaba al mando de Manuel María de Zamacona que ocupó este puesto el día 13 de julio de 1861, horas antes de que el proyecto de la Ley para el arreglo de la Hacienda pública comenzase a ser discutido en las sesiones secretas del Congreso.

Los Ministros británico y francés, aparte de protestar contra la ley que, en su opinión, además de un robo a las Naciones que representaban, significaba un rompimiento alevoso de convenios y tratados internacionales; amargamente se quejaron de ultraje y ofensa a sus personas y, por ende, a sus respectivos países, por el hecho de que la ley en cuestión fuese discutida, aprobada y promulgada manteniéndolos en la más completa y absoluta desinformación.

Con la lectura de las primeras cartas enviadas por Wyke y Saligny a Manuel María de Zamacona, se refleja la indignación sentida por ambos, debido a como se enteraron de la promulgación de esta ley. El hecho de que no estuviesen informados oficialmente en el momento oportuno, dió base para que supusiesen conjuras y complots en contra de las Naciones que representaban, además -como ya lo hemos señalado-, de ver en ello una grave ofensa que ameritaba las disculpas y consideraciones pertinentes.

El hecho de que no se les informó de manera oportuna esta resolución, representó sin lugar a dudas, un error diplomático del gobierno juarista, puesto que dió base a que desde el principio se otorgara un pretexto a los representantes de estas legaciones, para arremeter con furia inusitada -sobre todo Mr. de Saligny-, en contra de la Ley para el arreglo de la Hacienda pública, encubriendo un asunto de vil interés económico, bajo el manto del honor ultrajado. Ahora bien, dejando a un lado la omisión señalada, los diplomáticos francés y británico, sabían que esta medida, iba, tarde o temprano a ser votada, puesto que lo señalado en el artículo tercero del decreto de suspensión de pago de la deuda interna, no daba lugar a equIvoco alguno.

Así pues, y no obstante la prudencia y exceso de razones brindadas por Zamacona a Wyke y Saligny, en numerosas cartas, nada pudo hacerse para evitar la suspensión británica y el rompimiento francés de relaciones diplomáticas.

De que Zamacona soportó con auténtico estoicismo el torrente de insultos, agresiones y amenazas por estos diplomáticos, es algo innegable, que a la par demuestra la predisposición de su carácter conciliador y poco propenso al enfrentamiento y al arrebato.

En esta parte del proceso que generó la promulgación de la Ley para el arreglo de la Hacienda pública, Zamacona emerge como un sol cuya luminosidad opaca por completo a las figuras de Sir Charles Lennox Wike y Alphonse Dubois de Saligny, quedando, este último, no sólo opacado, sino como un individuo prepotente, cuyo manifiesto engreimiento y grosera conducta desmerecieron en mucho el cargo que como representante de francia le tocaba desempeñar.

Chantal López y Omar Cortés


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PROTESTA DE CHARLES LENNOX WYKE

México, 19 de julio de 1861.

A S.E. don Manuel María Zamacona.
Ministro de Relaciones Exteriores.

Señor:

Un papel impreso, tan extraño en su conjunto como en la naturaleza de su contenido, ha sido pregonado hoy por los lugares de más tránsito de la ciudad y se ha reimpreso, según veo ahora, en las columnas del Siglo de esta tarde.

Según las palabras de este documento, aparecería que el Congreso ha tenido a bien hacer una donación libre de la propiedad de otros individuos ajena al gobierno de la República, suspendiendo por espacio de dos años el pago de todas las asignaciones, así como el de los tenedores de bonos de Londres y el de los interesados en las convenciones extranjeras.

Hasta que no tenga noticia de V.E. de lo contrario, estoy obligado a considerar este anuncio como una falsedad, pues no puedo creer que un gobierno que se respete pueda sancionar así una violación tan grande de las obligaciones más sagradas para con las otras naciones y después proclamar el hecho de haber obrado de esa manera de un modo, que, si es posible, hace más grave la ofensa.

Que los representantes de aquellas naciones, que han sido así menospreciados e injuriados, aprendan por primera vez por los papeles que circulan en las calles, que el gobierno ha repudiado sus compromisos, es tan extraño como es la política que pudo dictar una medida igualmente fatal a la reputación y al crédito de la República.

No me pararé en otros párrafos dañosos de esta publicación, pues aún no puedo creer la auténtica, pues cuando V.E. me hizo el honor de venirme a ver hoy, no hizo alusión alguna sobre un asunto que, de otro modo, hubiera indudablemente sido el punto principal de la conversación de V.E.

Esperando una respuesta tan pronto que sea posible, me aprovecho de esta oportunidad para renovar a V.E. las seguridades de mi alta consideración.

Charles Lennox Wyke


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PROTESTA DE ALPHONSE DE SALIGNY

México, 20 de julio de 1861.

A S.E. el Sr. de Zamacona.

Señor Ministro:

Hace treinta y seis horas que circula por las principales calles de la capital, con la firma de S.E. el Presidente de la República, un documento impreso tan extraño en su forma como en el fondo y que ha sido reproducido por varios diarios; entre otros por el Siglo Diez y Nueve de ayer.

Se trata nada menos que de una ley aprobada el 17 de julio por el Congreso y sancionada el mismo día por el Presidente, en la cual, por su artículo primero, sin hacer caso de las otras disposiciones completamente inadmisibles, se ordena la suspensión durante dos años del pago de las convenciones extranjeras.

Me parece superfluo el deciros, señor Ministro, que no he titubeado en considerar este documento como apócrifo y mentiroso.

En efecto, yo hubiera creído hacer una injuria a vuestro gobierno creyéndolo capaz de disponer así, despreciando sus compromisos más sagrados, de la legítima propiedad de otros y de tomar parte en una tentativa tan audaz e insensata contra los derechos y la dignidad de la Francia; tentativa más insultante aún, si es posible, por el silencio absoluto que el gobierno guardó para con el Ministro de S.M.I. sobre esta pretendida ley de 17 de julio, antes y después del voto del Congreso y de la aprobación por el Presidente.

Estoy, pues, persuadido, señor Ministro, de que V.E. se apresurará a desmentir un acto que, sin hablar de ias terribles e inevitabies consecuencias a que expondrá a México, no podrá más que comprometer de la manera, la más sensible, su nombre de legalidad y su crédito. Y con ia esperanza de una pronta y satisfactoria respuesta de V.E. aprovecho esta ocasión para renovarle las seguridades de mi consideración muy distinguida.

Alphonse de Saligny


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CARTA DE JUÁREZ A VIDAURRI

México, julio 20 de 1861.

Excmo. Sr. don Santiago Vidaurri.
Monterrey.

Mi estimado amigo:

No había escrito a usted porque he estado sumamente ocupado en vencer dificultades de todo género para sostener la situación que algunos creían desesperada e insostenible; pero, gracias al patriotismo y buen sentido de los buenos liberales vamos marchando y creo que no está lejos el día en que celebremos el completo restablecimiento de la paz. Para llegar a este resultado es necesario que nos dediquemos preferentemente y con voluntad firme y enérgica a reorganizar la administración pública, restableciendo una estricta economía en los gastos y haciendo que las autoridades recobren su prestigio y para ello debemos hacer toda clase de sacrificios y usar de todos los medios que estén en nuestra posibilidad. A esto tiende la ley que acaba de expedir el Soberano Congreso, iniciada por el gobierno y que remito a usted con la circular respectiva. Por peligrosas que parezcan las medidas que contiene dicha ley, yo me propongo llevarlas a efecto con la esperanza de que los resultados prácticos que vayan produciendo para restablecer el crédito del Erario, calmarán la irritación que pueda producir en los ánimos. El pensamiento que domina en la ley, es darnos una tregua para recobrar nuestras fuerzas, a fin de que pasado un poco de tiempo, que emplearemos en recoger y sistemar nuestros elementos de hacienda, podamos satisfacer religiosamente nuestros compromisos a satisfacción de nuestros acreedores.

La obra es difícil, pero no imposible. Creo que si todos nos unimos para trabajar en el sentido que antes he indicado lograremos el objeto, haciendo un bien positivo a nuestro país. En tal concepto, suplico a usted me preste su cooperación, que es bastante eficaz y poderosa, dignándose indicar me cuando crea conveniente a facilitar la consecución de nuestro objeto.

Nuestras fuerzas, al mando del Sr. Ortega, persiguen a Márquez en el Distrito de Cuernavaca y hay razones poderosas para esperar que pronto será destruido el enemigo.

Suplico a usted me escriba ordenando lo que guste a su amigo afectísimo y s.s. q.b.s.m.

Benito Juárez


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RESPUESTA DE ZAMACONA A WYKE

Palacio Nacional. México, julio 21 de 1861.

A S.E. Charles Lennox Wyke, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de S.M.B.

El infrascrito, Ministro de Relaciones Exteriores, ha tenido el honor de recibir la nota que S.E. Sir Charles Wyke, Ministro de la Gran Bretaña, se ha servido dirigirle, informándose sobre la autenticidad del decreto en que el Congreso Federal ha prevenido la suspensión por dos años de todo pago, incluyendo el de la deuda contraída en Londres y el de las convenciones diplomáticas.

Pudiera creerse prevenido el deseo del Excmo. señor Ministro de S.M.B. por las explicaciones que en lo particular tuvo el gusto de darle el infrascrito en la visita que fue ayer a hacer le pocos momentos después de que la Legación británica había despachado la nota a que ésta sirve de contestación y antes de que esa nota hubiera llegado a este Ministerio, pero el carácter privado que tuvieron aquellas explicaciones obligarón al infrascrito a reproducirlas parcialmente en esta comunicación.

El infrascrito comenzará protestando que tan luego como el decreto de ayer le fue comunicado por la Secretaría de Hacienda, dispuso que se pusiera en conocimiento del Excmo. señor Ministro de S.M. B.; pero quiso él que al envío de la comunicación precediese una visita particular, en que el infrascrito se propuso dar a S.E. Charles Wyke explicaciones más amplias y detalladas que lo que una nota oficial permite, sobre el espíritu y resultados probables de la suspensión de pagos decretada por el Congreso. En este intervalo el decreto se promulgó solemnemente, la prensa periódica se apresuró a darle publicidad y he aquí cómo el Excmo. señor Ministro de S.M.B. pudo leer el mencionado decreto en los periódicos, antes de recibir la visita del infrascrito ni su comunicación. Ahora el Excmo. señor Ministro de S.M.B. permitirá al infrascrito la libertad de declarar que no cree exacta la apreciación que se ha servido hacer del mencionado decreto, al decir que entraña una donación que el Congreso hace al gobierno de la propiedad de otras Naciones. El digno representante de S.M.B. llama a renglón seguido al acto del Congreso, una suspensión por dos años de todo pago y a su cordura no puede escaparse el contrasentido que hay en calificar donación una ratificación de ciertas obligaciones y una designación de los términos en que ha de llenarse.

Tampoco puede el infrascrito participar de la opinión que emite el Excmo. señor Ministro de S.M.B. al llamar al repetido decreto una violación de las obligaciones más sagradas que ligan a México con las otras Naciones. Esta frase implica la idea de un acto voluntario y deliberado y la República al suspender los efectos de las convenciones diplomáticas, cede no a la voluntad, sino a circunstancias independientes de ella, en cuya virtud son moral y materialmente imposibles los pagos, que hasta ahora ha estado haciendo la Nación, merced a los más extremados esfuerzos. Cuando éstos son ya ineficaces, el gobierno puede declararlo sin faltar al respeto que se debe a sí mismo y a las otras Naciones con quienes tiene compromisos. Toda obligación lleva por condición tácita, la posibilidad de cumplirla y jamás se ha increpado de infiel a sus compromisos al deudor que suspende sus pagos declarando el mero hecho de no ser compatibles con su posibilidad.

Una declaración de este género, es la que comprende el decreto que acaba de votar el Congreso Federal y el señor Ministro de S.M.B. no debe extrañar que tratándose de la declaración de un mero hecho que en nada tiende a modificar ni menoscabar los derechos de los interesados en la deuda pública, el decreto del Congreso ha sido votado y promulgado sin contar con el asentimiento previo de los representantes diplomáticos, bajo cuya protección se hallan los acreedores extranjeros de la Nación.

A la perspicacia del Excmo. señor Ministro de S.M.B. y al conocimiento que tiene de la situación actual de la República, no puede ocultarse que esta suspensión de pagos recientemente decretada, que de tiempo atrás viene anunciando la opinión como indispensable para reorganizar radicalmente la administración pública en México y que aún ha sido materia de conversaciones confidenciales con algunos funcionarios diplomáticos y de discusión con algunos de los individuos más interesados en la deuda extranjera, se ha venido a tomar bajo la presión de una necesidad que no admitía arreglos preliminares o aplazamientos y que colocaba al gobierno entre dos extremos: o secundar la iniciativa de la opinión pública, adoptando el único arbitrio inmediato para conservar el orden social y comenzar la reorganización administrativa o cruzar los brazos dejando que esta sociedad fuese presa de la anarquía antes de un mes. El gobierno del infrascrito, que ve en la salvación del orden social el objeto principal de su misión, ha creído que en la conveniencia bien entendida de todos los que tienen ligados sus intereses a esta República, estaba la adopción de una medida que no tiende más que a poner sobre una base sólida esos mismos intereses y que el carácter de este objeto autorizaba en cierta manera a contar con el consentimiento presunto de los accionistas en el crédito extranjero contra la República. Ya comprenderá, pues, el Excmo. señor Ministro de S.M.B. que el infrascrito, poseído de estas ideas, no puede considerar el decreto que motiva esta nota, como un repudio de los compromisos nacionales, ni como un acto que pueda menoscabar la fama y el crédito de la República. Para comprender el espíritu y la verdadera tendencia del decreto a que aluden estas explicaciones, el infrascrito se toma la libertad de referirse a la nota que ha dirigido a la Legación británica, dándole parte de la resolución del Congreso.

Si el Excmo. señor Ministro de S.M.B. fija la consideración en que la visita que ayer tuvo el infrascrito el honor de hacerle, fue el cumplimiento de un deber de mera cortesía y un preliminar de ceremonia que debió preceder a toda conferencia oficial o confidencial sobre negocios, S.E. dejará de extrañar que, en la conversación a que dió lugar esa visita, no se mezclase especie alguna relativa a la materia de esta comunicación.

Al dirigir la el infrascrito al Excmo. señor Ministro de S.M.B. aprovecha la oportunidad para ofrecerle las seguridades de su distinguida consideración.

Manuel María de Zamacona


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RESPUESTA DE ZAMACONA A SALIGNY

Palacio Nacional. Julio 21 de 1861.

A S.E. el Sr. Alphonse Dubois de Saligny, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de S.M. el Emperador de los franceses.

El infrascrito Ministro de Relaciones Exteriores, tiene el honor de contestar la nota que el Excmo. señor Ministro de francia se ha servido dirigirle, con relación al decreto votado el 17 del corriente por el Congreso federal y en que se previene la suspensión de todo pago, incluso el de la deuda contraída en Londres y el de las convenciones diplomáticas. Este decreto es completamente auténtico y el Excmo. señor Ministro de francia no habría tenido ocasión de expresar sus dudas sobre el particular, en la nota a que ésta sirve de respuesta, si sus ocupaciones le hubieran permitido recibir al infrascrito, que ocurrió ayer a la Legación francesa tan luego como el mencionado decreto fue comunicado a esta Secretarta por la Hacienda, para hacer a S.E. el señor de Saligny algunas explicaciones confidenciales, antes de participarle oficialmente la resolución del Congreso. El infrascrito tuvo la desgracia de encontrar ocupado e invisible al Excmo. señor Ministro de francia y hubo de regresar a este Ministerio para solicitar, como lo hizo, una conferencia privada, por medio de una esquela que despachó a la Legación francesa antes de recibir la nota que el Excmo. señor de Saligny se sirvió remitirle al caer la tarde y que ahora tiene el honor de contestar.

El infrascrito se lisonjea con la esperanza de que la lectura del decreto que en nota aparte ha remitido al Excmo. señor Ministro de Francia, bastará para que S.E. rectifique la idea que expresa en su comunicación de ayer, puesto que el decreto del Congreso no dispone arbitrariamente de ninguna propiedad, ni rompe ninguno de los vínculos de obligación que ligan a la República. El expresado decreto y la nota con que el infrascrito ha tenido el honor de remitirlo a la Legación de Francia, son, por el contrario, una ratificación virtual de los compromisos internacionales de México, si bien acompañada de una declaración franca y leal, sobre que de pronto no podrían cumplirse sin perjuicio del orden y de la paz pública y sin poner en peligro hasta la vida de la Nación. En esta declaración, señor Ministro, no hay ni audacia, ni insensatez, sino por el contrario, una dolorosa sumisión a la ley de la necesidad y un cuerdo recurso al único arbitrio que pueda salvar a la República de la anarquía. Sinceramente no comprende el infrascrito de qué manera pueda afectar la dignidad de la Francia, esta protesta que hace una pobre Nación, de que no le es posible, sin tomar algún respiro, seguir llevando a cuestas el peso de la deuda con que se halla agobiada. Esta declaración se refiere sólo a un hecho que mucho tiempo ha proclamado la voz pública y el infrascrito no encuentra razón para reputar un insulto, que la República, reducida a las últimas extremidades, haya declarado ese hecho oficial y solemnemente, sin recabar el consentimiento previo de los acreedores.

El Excmo. señor Ministro de Francia tiene la bondad de hacer al infrascrito una advertencia sobre los terribles resultados a que podría dar lugar el paso que motiva esta nota y sobre el influjo que podría ejercer en el crédito de la Nación y en el concepto sobre su lealtad y el infrascrito debe responder francamente, que el gobierno, poseído de una confianza, que no teme resulte burlada, en la benevolencia y equidad de las Naciones amigas, no ha creído que amenace a la República un mal mayor que la disolución social y la anarquía y que este amago daña más su crédito que la declaracion franca y sincera de que sus obligaciones, que respeta y reconoce hoy más que nunca, exceden en estos momentos de su posibilidad. El infrascrito se toma la libertad de referirse a la nota que ha dirigido al Excmo. señor de Saligny, acompañándole el decreto de 17 del corriente y concluye renovándole las seguridades de su distinguida consideración.

Manuel María de Zamacona


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CIRCULAR AL CUERPO DIPLOMÁTICO

Palacio Nacional. México, 21 de julio de 1861.

El infrascrito tiene el honor de participar al Excmo. señor ... que el Congreso Federal de la República ha votado el decreto que S.E. hallará incluso en esta nota y que el infrascrito pone en conocimiento de la Legación ... por la relación que tiene con el pago de las convenciones diplomáticas.

La perspicacia y la cordura del Excmo. señor Ministro ... hacen esperar al gobierno mexicano que, lejos de ver en el decreto adjunto motivo de alarma para los intereses colocados bajo la sombra de la Legación ... verá por el contrario, en esa disposición legislativa, un indicio de que la República quiere estimar sus recursos, organizarlos para sacar de ellos todo el partido posible, cortar en la administración los abusos que han sido objeto de censura, por medio de trabas y cortapisas a que el Poder Supremo es el primero en someterse y colocar las obligaciones de la Nación sobre una base sólida e inalterable.

Por guardar la fe debida a los pactos internacionales, el gobierno de México ha hecho esfuerzos sobrehumanos, que han dado lugar a resultados tan poco comunes como el de que el papel que representa la deuda mexicana no haya sufrido baja notable a virtud de la larga y profunda revolución que acaba de obrarse en el país. Durante esa crisis sólo mejoró la condición de los acreedores extranjeros; la Nación, en medio de los mayores conflictos, llevó la condescendencia hasta aumentar las asignaciones para el pago de la deuda pública, desprendiéndose de los medios con que habría podido abreviar la sangrienta lucha que el país ha tenido que sostener o, lo que es lo mismo, pagando el oro de sus acreedores extranjeros con la carne y la sangre de los mexicanos.

Después del triunfo de la revolución, la República ha sentido hambre y sed de paz, de orden y de seguridad y el gobierno, que tiene la conciencia de que podría proporcionárselos si contara con medios eficaces de acción, ha dudado mucho tiempo antes de poner la mano sobre los recursos destinados al pago de la deuda extranjera, llegando su respeto hasta el grado de sacrificar primero las garantías de los mexicanos, de conculcar los principios más preciosos que ha propugnado la Nación, de encarcelar a los ciudadanos más respetables y poner a precio sus personas para adquirir recursos con que comprar la paz pública, antes de cercernar en un centavo los depósitos destinados a las convenciones diplomáticas y a la deuda inglesa. Estos expedientes odiosos que ha inspirado al gobierno su respeto por la fe prometida a las otras naciones, no han sido ni podían ser eficaces y se ha venido por fin al punto por donde se debió comentzar y es la resolución firme e inflexible de reorganizar la administración pública y de poner en práctica, no expedientes momentáneos, sino un sistema regular de rentas que vigorice la acción del gobierno y permita abolir para siempre las exacciones vejatorias.

Para llegar a este objeto la República necesita de recoger todos sus recursos y de ponerlos en manos puras y organizadoras. He aquí el objeto de la ley que el infrascrito tiene el honor de remitir al Excmo. señor Ministro ...

El actual gobierno de la República se ha encontrado entre la sociedad y la civilización por un lado, que le piden paz, orden y garantías y los acreedores extranjeros que le exigen casi todas las rentas públicas. Ningún gobierno, colocado en estas circunstancias, vacilaría en la elección. La Nación ha obsequiado, pues, las exigencias de la opinión universal y el clamor de la civilización; ha cedido, por fin, agobiada por un peso que no puede ya soportar y ha cedido sólo para cobrar fuerza y volver a tomar la carga. El gobierno del infrascrito ha iniciado las medidas que contiene el adjunto decreto, porque acaso ha sido en el país el primero que se ha recogido en el fondo de su conciencia para estudiar seriamente sus obligaciones y los medios de llenarlas.

México no puede realizar la revolución administrativa que su situación exige, al mismo tiempo que establecer en su seno la paz y la seguridad pública y llevar sobre sus hombros el peso enorme de la deuda nacional. Para que de una vez por todas acaben esos motivos de reclamación que ocupan sin cesar a los representantes de las naciones y al Ministerio de Relaciones; para que cese toda requisición y exacción forzosa; para que la Nación no se vea obligada contra los principios de la economía liberal a reagravar los impuestos sobre la importación extranjera, con el objeto de que las aduanas le proporcionen algún recurso sobre los que hoy se aplican al pago de la deuda, es preciso un corto intervalo de reorganización; es preciso que el gobierno pueda, durante algunos días, disponer de sus rentas y emplearlas metódica y económicamente en restablecer la paz y la seguridad pública, aplicando entretanto lo que no haya menester para asegurar la vida y la defensa de la sociedad, en cubrir sus obligaciones atrasadas.

El gobierno del infrascrito ha comprendido que el deudor, cuando es honrado y tiene propósito firme de llenar sus compromisos, puede tomar una actitud digna al presentarse a su acreedor para declararle su impotencia temporal. El principal anhelo del gobierno mexicano, en estos momentos, es hacer comprender su resolución tenaz e inexorable de intentar por fin la reorganización administrativa del país, único modo de que fructifiquen las revoluciones políticas. Bien comprende el actual gobierno que tiene que luchar con la desfavorable impresión que deben haber producido extravios y errores de otras épocas; no se le oculta que hereda esa dificultad más entre las otras con que lucha y que no le avergüenzan, porque, ni son obra suya, ni son un rasgo excepcional de las revoluciones de México. Pero un poder, como un individuo, tiene razón para pedir que se le juzgue por sus propios actos y no por prevenciones preconcebidas, ni por analogías arbitrarias.

Los hombres que forman la administración actual, en el día mismo en que el Presidente de la República los ha reunido en torno suyo, han proclamado desde el fondo de su alma y con cuánta sinceridad cabe en un corazón honrado, la idea de afrontar de lleno sin timidez ni contemporizaciones el problema de la reorganización administrativa del país. Han visto que en la Nación no faltan elementos materiales, pero que es menester organizarlos; han visto que no faltan tampoco elementos morales y que el principal de ellos es, acaso, la aspiración general para que se levanten, por fin, sobre los intereses bastardos de una minoría turbulenta y corrupta, instituciones sólidas y estables, a cuya sombra están seguras las propiedades y el honor nacionales y extranjeros; han visto que la Nación está cansada de revueltas; que maldice los abusos y las dilapidaciones que la han empobrecido y desacreditado; han visto que la mayoría sana de este país no pide al poder público más que probidad y espíritu de organización y se han resuelto a trabajar por satisfacer esas justas aspiraciones con una consagración exclusiva. Los miembros de la administración a que pertenece el infrascrito, tienen orgullo en la firmeza y tenacidad de sus propósitos y los creen dignos de ser secundados por la simpatía y la asistencia de la diplomacia extranjera, cuyos representantes en esta República no son únicamente la sombra tutelar a ciertos intereses y a ciertas nacionalidades, sino los delegados de la humanidad y de la civilización. Triste cosa sería si la historia tuviese que referir que, después de largas agitaciones y extravíos, lIegó por fin un día para esta República en que la administración vino a manos de hombres que, sin ser espíritus superiores, ni estar inspirados más que por el patriotismo y la experiencia, se atrevieron a hacer un esfuerzo supremo tan sincero y decidido como no se ha hecho nunca, por fundar en México el imperio de la razón y de la moral y que sus afanes se estrellaron en la preocupación escéptica de las naciones más cultas del globo con respecto al porvenir y a la regeneración de esta República.

Los sucesos actuales deben de expresar a los ojos de todo el que los juzgue sin prevención, un conato franco, enérgico y leal por parte de México, de entrar por fin en la vía de la razón y de la cordura. El gobierno ha comenzado por recoger y consagrar al servicio de la deuda pública todos los bienes nacionales; ha proclamado y comenzado a realizar el principio de una estricta economía en la administración; se ha puesto espontáneamente y ha puesto a sus subalternos trabas y cortapisas que ningún gobierno habia tenido hasta ahora; se ocupa en formar un presupuesto bajo la inspiración de la economía y de la experiencia; ha dado un gran paso hacia el orden levantando el valladar que debe existir entre las facultades del gobierno federal y las de los Estados; ha cerrado las puertas de los Ministerios a los especuladores sobre el desorden y la miseria pública y tiene propósito decidido de sucumbir antes que cejar un paso en este camino de reorganización y de moralidad.

Cuantos han creado intereses en esta República; cuantos los tienen en que se ensanche sobre el gobierno el dominio de la civilización, en vez de levantar embarazos ante esta nueva morada del pueblo mexicano, deberían estimularla e impulsarla. Las más poderosas entre las naciones europeas, están hoy mismo dando prendas de simpatías a los pueblos que se afanan por incorporarse al movimiento civilizador de la humanidad y México puede esperar, con fundamento, que no será la única excepción. En los acreedores extranjeros de México debe obrar, a juicio del infrascrito, aún ese esttmulo de bien entendido interés. No sólo la República lo tiene en que se dé a su deuda arreglo, unidad y sólidas garantías; los acreedores de la Nación se interesan en ello todavía más, porque será el único modo de que los títulos de la deuda mexicana adquieran una estima a que no han podido llegar, no obstante las ventajas progresivas que los interesados en la deuda exterior han ido obteniendo, hasta absorberse casi en su totalidad las rentas federales. Esta misma circunstancia se toma y, con razón, como indicio de un estado de cosas que no admite subsistencia y hace imposible la confianza, en daño tanto de la República como de sus acreedores. En este punto el instinto general no se engaña. Bajo el pie en que las cosas se hallan en el país y en que se hallan sus acreedores, podrían éstos seguir percibiendo algunos meses lo mejor de las rentas públicas; pero a trueque de ser envueltos a poco en la ruina de la Nación. De no tomar el gobierno las medidas radicales a que le ha sido menester apelar para proporcionarse alguna base de rentas, habría tenido que reagravar, contra sus tendencias y sus propósitos, la importación de las mercancías extranjeras o que resignarse a que los intereses todos que reposan a la sombra del orden social fuesen envueltos en un desbordamiento anárquico, cuya sola idea hace estremecer. Para huir de estos extremos absurdos, la conciencia y el patriotismo del gobierno le ha sugerido las medidas que el adjunto decreto contiene. Si las secunda, como es de esperarse, la simpatía ilustrada de las naciones amigas, México podrá proclamar en voz alta que ha entrado en el único camino de salvación; de lo contrario, la Nación sucumbiría y con ella todos los intereses que se ligan a su prosperidad futura; pero cabrá el honor al gobierno que rige la suerte del país en estos días borrascosos, de haber iniciado y propugnado, sin cejar una línea, la única idea de remedio y de salud.

El infrascrito espera que el Excmo. señor Ministro de ... se servirá transmitir esta manifestación a su gobierno y, al hacerla en nombre de la República, ofrece al Excmo. señor ... las seguridades de su alta consideración.

Manuel María de Zamacona


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CARTA DE WYKE A ZAMACONA

Julio 22 de 1861.

A S.E. don Manuel María de Zamacona, Ministro de Relaciones Exteriores.
México.

Señor:

En respuesta a la comunicación de V.E. fecha de ayer que acabo de tener el honor de recibir, trataré de contestar a las objeciones que V.E. opone a las razones contenidas en mi nota a V.E. del 19 del corriente.

V.E. expone las razones por qué el decreto sobre Hacienda no ha sido comunicado antes a esta Legación y dice que deseaba explicarme personalmente los mctivos que lo originaron, pero de lo que yo me quejé fue de que hubiese sido aprobado como ley, sin que jamás se tuviese la intención de anunciármelo antes de haber sido puesto en ejecución. Cuando dos partes se ligan entre sí para llevar a cabo ciertas estipulaciones, ninguna de las dos tiene derecho para desentenderse de la obligación sin haber antes obtenido el consentimiento de la otra parte contratante. Sobre lo que dice V.E. acerca de la impropiedad con que llamé ese acto del Congreso, regalar la propiedad de otro sin su consentimiento, permitame V.E. el que observe que tengo un derecho perfecto de hacer este aserto, pues en negocios de esta naturaleza, el tiempo es a menudo equivalente al dinero y el acto arbitrario de suspender todo pago por espacio de dos años, es privar a las partes interesadas del interés del dinero durante ese espacio de tiempo, lo cual es una completa pérdida de mucho valor para las partes.

La necesidad imperiosa que V.E. opone como una excusa para semejante acto, de ningún modo puede justificar la manera en que el gobierno se ha hecho sólo juez de esta necesidad, ante todo sin solicitar de sus acreedores el consentimiento sobre lo que se iba a hacer. Un hombre que se muere de hambre puede justificar a sus propios ojos el hecho de robar una torta de pan, apoyándose en la necesidad imperiosa que lo impelía a hacerlo; pero tal argumento no puede, bajo el punto de vista moral, justificar la violación de la ley, la cual permanece tan positiva, aparte de todo sentimentalismo, como si el crimen no hubiese tenido excusa. Si realmente se moría de hambre, debiera primeramente haber pedido al panadero que apaciguase su hambre; pero hacer esto por su propia voluntad y sin permiso, es obrar exactamente como el gobierno mexicano ha hecho con sus acreedores en esta ocasión.

Aunque, como V.E. observa justamente, la ley que se acaba de publicar no afecta ciertamente los derechos de las partes interesadas, toca de la manera más positiva a sus intereses materiales, privándoles de los pagos sobre que contaban para llenar sus compromisos.

Acerca de la esperanza de un alivio inmediato que V.E. parece tener por la ejecución de esta medida, estoy convencido de que, por el contrario, sólo agravará mucho las actuales dificultades porque ahora está atravesando y esto por razones tan evidentes que no tengo necesidad de demostrarlas ahora.

No sé si el proyecto de esta ley ha sido enseñado a otros agentes diplomáticos; pero yo ciertamente nada había oído de él bajo la forma actual y, por tanto, en cuanto a lo que a mí toca, me parece exactamente como ya he dicho.

Respecto de la manera de ver V.E. en este asunto expresada en la nota ya mencionada, estoy seguro que me excusará si digo que no puede acusarse de parcial y sin tomar también en consideración la opinión de aquellos que directamente sufren de la ejecución práctica de tales ideas como emanadas de V.E. y de los otros miembros del gobierno, que sometió el proyecto al Congreso.

Respecto de lo que V.E. menciona sobre una nota dirigida a esta Legación, referente a este asunto, debo informar a V.E. que no la he recibido aún y que, por tanto, tenía entero derecho para quejarme, como lo hice en mi comunicación del día 19, de tener noticia por primera vez de esta medida extraordinaria, por haberla visto en papeles impresos pegados en las calles públicas de la Capital.

Tengo el honor de ser, señor, el más humilde y obediente servidor de V.E.

Charles Lennox Wyke

P.S. Después de haber escrito las líneas antecedentes, la nota de V.E. a que aludo antes como no recibida, ha sido puesta en mis manos, habiendo llegado a esta Legación hora y media después de la nota a que ésta sirve de contestación.


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PLAZO OTORGADO POR WYKE

México, julio 23 de 1861.

Al Sr. don Manuel María de Zamacona.
México.

Señor:

La nota de V.E. del 21 del presente, me ha sido entregada ayer tarde y por la cual he sabido que el decreto que con ella se adjunta ha sido aprobado por el Congreso Federal de la República y que V.E. me lo envía por interesar directamente a las estipulaciones de la convención diplomática para el pago de las reclamaciones británicas arregladas entre la Gran Bretaña y México en el año de 1851.

Ya he explicado también en mis notas de los días 19 y 22 de este mes, lo que creo sobre este decreto y sobre la manera en que se promulgó, que cualquiera otra observación de mi parte con referencia a esto, seria solamente superflua y sólo serviría a prolongar una correspondencia que nunca debía haberse suscitado.

En cuanto al llamamiento que hace V.E. a la indulgencia y a la bondad del gobierno de S.M. para obtener su sanción sobre una medida que por sí es enteramente suficiente para privar al gobierno para siempre de su confianza, solamente debo recordar a V.E. que se ha abusado demasiado de la indulgencia, con el completo descuido de todos los compromisos sobre los negocios de la calle de Capuchinas y de la Laguna Seca, para que pueda extenderse a los que, en lugar de ser agradecidos por ella, sólo parece que cuentan en esa indulgencia para poder zafarse de todo compromiso, por más sagrado que sea.

Dejando aparte estas consideraciones además la ejecución de esta ley financiera, lejos de beneficiar a la Nación, solamente la sumirá en dificultades diez veces mayores, aumentando considerablemente sus compromisos para con sus acreedores y, al mismo tiempo, hiriendo en la raíz su crédito y su prosperidad comercial. Lo que por sí es malo, nunca puede ser bueno, pues, es un axioma bien conocido que el despojo considerado como fuente rentística, pronto se encuentra exhausto.

No es por semejantes medios que los recursos de la República pueden aumentarse, sino por una determinación para hacer toda clase de sacrificios y sufrir toda clase de privaciones con el objeto de mantener el honor y cumplir los compromisos. Adoptada esta determinación y puesta vigorósamente en práctica, al punto inspiraría confianza y se atraería las simpatías de aquellos a quienes ahora apela en vano, porque dudan por la experiencia pasada, tanto de la prudencia como de la sinceridad del mismo gobierno.

Al usar de un lenguaje fuerte, V.E. no debe atribuirme el deseo de ofender, que a la verdad está lejos de ser mi intención; pero tengo un deber que cumplir para con mi gobierno y para con lo que soy acreditado que me impele a decir sin temor a la verdad y prevenir a V.E. sobre las consecuencias inevitables de un paso igualmente fatal a vuestros propios intereses así como a los de aquellos de mis compatriotas a quienes afecta esta ley.

Sólo me resta ahora protestar solemnemente, como lo hago ahora, contra este decreto, teniendo a la República por responsable de todos los daños y perjuicios por él causados en los intereses de aquellos que yo represento en este asunto y prevenir a V.E. que a menos que el mencionado decreto no se derogue dentro de 48 horas contadas desde este momento, suspenderé, hasta que no reciba nuevas instrucciones, toda relación oficial con el gobierno mexicano, pues el mantenerlas bajo tales circunstancias, sería incompatible con la dignidad de la Nación que tengo el honor de representar.

Accediendo a la petición de V.E. transmitiré una copia de la nota de V.E. del 21 del corriente, al gobierno de S.M.

Aprovecho esta oportunidad para renovar a V.E. la seguridad de mi muy alta consideración.

Charles Lennox Wyke


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CARTA DE SALlGNY A ZAMACONA

México, 23 de julio de 1861.

A S.E. el Sr. Manuel María de Zamacona, Ministro de Relaciones Exteriores.

Señor Ministro:

He recibido ayer a las cuatro de la tarde las dos notas que usted me hizo el honor de dirigirme con fecha de 21 de julio. En este momento hago traducir la en que usted me da oficialmente conocimiento del decreto de 17 de este mes. Pero mientras que yo pueda responder y hacerle conocer a mi vez mi determinación sobre el fondo de este asunto, no quiero dejar sin respuesta las observaciones con cuyo apoyo pretende usted replicar a mi comunicación de 20 de julio.

Ya he declarado a usted, señor Ministro, que, independientemente de lo que la medida tenía en sí misma de atentatoria a los intereses y a la dignidad de la Francia, el silencio observado con este motivo por vuestro gobierno frente a frente del Ministerio del Emperador antes y después del voto del Congreso y de la adopción por el Presidente del decreto de 17 de julio, hacía este acto más insultante aún de lo que fuera posible. Hoy, después de haber leído vuestras explicaciones, persisto más que nunca en ver en el silencio de vuestro gobierno un nuevo insulto gratuito y premeditado dirigido a la Francia.

Para justificar a vuestro gobierno me dice usted que tan luego como se informó por el señor Ministro de Hacienda, de la existencia del decreto en cuestión, usted se presentó en mi casa, a fin de darme confidencialmente explicaciones antes de hacerlo oficialmente sobre la decisión del Congreso; pero que usted tuvo la desgracia de llegar en un momento en que yo estaba ocupado e invisible. Es muy cierto que a causa de una mala inteligencia, por la cual me he apresurado a manifestarle mi mayor sentimiento y que se explica por el hecho de que usted no se hizo conocer a mi canciller el Sr. Morineau, me privé de recibir su visita el 20 de este mes. Pero permítame usted le haga observar que esta circunstancia, aparte del sentimiento personal que he debido experimentar, es de ninguna importancia. Una simple aproximación de fechas será suficiente para convencer a usted. El decreto votado el 17 y aprobado el mismo día por el Poder Ejecutivo, estaba el 18 fijado por orden de la autoridad, en las esquinas de las principales calles de la Capital y publicado en diversos diarios. Sin embargo, el 20 a las cuatro de la tarde, en el momento en que me disponía a enviar mi nota, usted se presentaba para darme explicaciones confidenciales.

¿Añadiría yo que debe parecer muy extraño, que el jefe del Gabinete no estuviera informado por el Ministro de Hacienda de una medida tan grave, sino hasta después de tres días de adoptada por el Poder Ejecutivo y dada después de 48 horas a los voceadores de la calle y a los diarios?

Un hecho semejante no sería de naturaleza a propósito para dar una alta idea de la manera con que funciona vuestra máquina gubernativa.

No es éste el momento de refutar las razones por medio de las cuales intenta usted la imposible justificación de una medida incalificable. Pero yo no quiero dejar pasar desapercibidas ciertas expresiones de vuestra nota, destinadas a pintar con los colores más vivos la triste situación de vuestro país y que parecen implicar un llamamiento a los sentimientos y a la generosidad del gobierno del Emperador.

La Francia, señor Ministro, lo puedo decir para su eterno honor, jamás ha permanecido insensible a la vista de un gobierno oprimido por desgracias inmerecidas y que lucha con arrojo por salvar el orden social y la civilización. Pero ésta no es, lo digo con un profundo sentimiento, la situación de vuestro gobierno. Las dificultades bajo las cuales sucumbe, no son más que el resultado inevitable, la consecuencia forzosa y después de largo tiempo prevista, de las dilapidaciones inauditas, del despilfarro de prodigalidades sin número, del desorden desenfrenado de abusos sin ejemplo, con los cuales desde su advenimiento ha dado tan doloroso espectáculo. Permitir hoy que armado de estas faltas, sobre las cuales el Ministro del Emperador ha llamado la atención incesantemente, pusiese la mano sobre la propiedad legítima de nuestros nacionales, sobre los recursos comprometidos en virtud de convenciones internacionales del carácter más sagrado, para ofrecer una tardía e insuficiente reparación a los franceses, víctimas inocentes, desde hace tantos años, de un sistema de depredaciones y de expoliaciones sin ejemplo en ningún otro país, sería de parte de la Francia no generosidad, sino un verdadero error, una imprevisión tanto más imperdonable, cuando que así como no tengo mucha fe en la eficacia del remedio propuesto, no la podría tener, permítame usted confesarlo francamente, en las manos encargadas de aplicarlo.

Suplico a usted, señor Ministro, acepte las seguridades de mi consideración y aprecio.

Alphonse Dubois de Saligny


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PROTESTA DE SALIGNY EN NOMBRE DEL GOBIERNO ESPAÑOL

México, 24 de julio de 1861.

A S.E. el Sr. Zamacona, Ministro de Relaciones Exteriores.

El infrascrito, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de S.M. el Emperador de los franceses, encargado de la protección de los súbditos y de los intereses españoles en México, tiene el penoso deber de protestar solemnemente, como lo hace por la presente nota, a nombre de S.M.C., contra el decreto expedido el 17 de julio por el gobierno mexicano, decreto cuyo primer artículo declara la suspensión durante dos años del pago de las convenciones extranjeras.

El infrascrito declara que, si el decreto en cuestión no se suspende y anula, hará a la República responsable de todos los perjuicios ocasionados por las diversas disposiciones de esta ley a los súbditos de S.M.C.

El infrascrito aprovecha esta ocasión para renovar a S.E., señor Ministro de Relaciones Exteriores, la seguridad de su muy distinguida consideración.

Alphonse Dubois de Saligny


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