Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesSegunda parte de la sesión del 2 de marzo de 1915 Sesión del 4 de marzo de 1915Biblioteca Virtual Antorcha

CRÓNICAS Y DEBATES
DE LAS SESIONES DE LA
SOBERANA CONVENCIÓN REVOLUCIONARIA

Compilador: Florencio Barrera Fuentes

SESIÓN DEL 3 DE MARZO DE 1915

Presidencia del ciudadano Matías Pasuengo

SUMARIO

Acta de la sesión anterior.- Memorial de los ciudadanos G. Galván, Arnulfo Aguirre e Ismael Novoa.- Solicitud presentada por varios ciudadanos delegados, a fin de que sean devueltos a los generales Pérez y Ramos, los objetos que les fueron recogidos al efectuarse su aprehensión.- Se da lectura al Reglamento Interior de la Soberana Convención, que se mandó pasar a la Comisión de Estilo para su corrección.- Pasan a la Comisión de Hacienda, varios oficios del ciudadano Oficial Mayor de la Secretaria de Hacienda.- Continúa la discusión del dictamen de la Comisión de Gobernación, que consulta son de aceptarse los puntos III, IV y V acordados en la Junta Privada del dia 26 del mes de febrero próximo pasado.- Proyecto de Programa de Reformas Político-Sociales de la Revolución. Se discute en lo general.- Oficio del ciudadano Encargado del Poder Ejecutivo, en el que pide se designe la persona que intervenga en la emisión de billetes a que se refiere el decreto de 25 de febrero del presente año.- Dictamen de la Comisión de Hacienda sobre el mismo asunto.- Dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Comunicaciones, recaído a un oficio del ciudadano Oficial Mayor, Encargado del Despacho de Hacienda.- Orden del día.


(El secretario Ramírez Wiella pasó lista de los ciudadanos delegados presentes).

El C. presidente
Se abre la sesión.

El C. secretario Zepeda
Se procede a dar lectura al acta de la sesión anterior. (Leyó).

Está a discusión. ¿No hay quién pida la palabra?

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobada.

(A continuación el ciudadano secretario dio lectura al siguiente memorial):

Al margen un sello que dice: "Ejército Convencionista.
Brigada Ramos Arizpe.

Señor Presidente de la Soberana Convención Revolucionaria.

Fortunato Galván, Ismael Novoa y Arnulfo Aguirre, presos en la cárcel de esta ciudad, ante usted respetuosamente exponemos: que desde el dia ocho del mes próximo pasado se nos privó de la libertad en unión de los señores generales Miguel M. Ramos e Ildefonso Pérez, y de todos los jefes y oficiales de la Brigada Ramos Arizpe; que según ha llegado a nuestro conocimiento, previa la tramitación respectiva, los expresados generales han recobrado el goce de su libertad, en virtud de no haberse podido comprobar la existencia del delito que se les imputaba; que en este concepto, y toda vez que nuestra responsabilidad, en el caso de haber exístido, estaria intimamente ligada con la de los referidos generales, venimos a pedir a usted que se sirva ordenar nuestra inmediata excarcelación, dando con ello una prueba más de la honradez y apego a la justicia, que caracterizan todos los actos de esa Soberana Asamblea, que dignamente preside usted.

Protestamos lo necesario.

Cuernavaca, Mor., marzo 2 de 1915.
Galván.
Arnulfo Aguirre.
Ismael Novoa.
(Rúbricas).

Hacemos nuestra la anterior petición.

C. Gaona,
F. S. Mancilla.
F. Castro.
M. C. Zamora.
C. Treviño.
J. G. Nieto.
(Rúbricas)

A su expediente.

El C. Cervantes
Solicito de la Mesa que se sirva preguntar a la Asamblea si no es de considerarse este asunto como de urgente y obvia resolución.

El C. Soto y Gama
Asuntos judiciales no se deben considerar como de urgente y obvia resolución sino que se deben estudiar concienzudamente. Sé de alguno de los firmantes que está preso, no por hallarse complicado en el juicio de los señores Ramos y Pérez, sino por falsedad en declaraciones judiciales; lo cual es distinto del delito que se les imputa a los señores Ramos y Pérez. Debe estudiarse el caso, porque si no nos exponemos a hacer un verdadero dislate.

El C. Borrego
¿Cuál es el trámite?

El C. secretario
A su expediente.

El C. Borrego
Reclamo el trámite.

Entiendo que debe pasar a la Comisión de Justicia, para que haga las investigaciones necesarias; y, sobre todo, debemos dilucidar si la Convención, que ya asumió el Poder Ejecutivo, va a asumir también el Poder Judicial, y si nos vamos a convertir nosotros en un Tribunal, para conocer de toda clase de asuntos judiciales.

Insisto en que este asunto debe pasar a la Comisión de Justicia, para que ésta resuelva que no es de la competencia de la Convención intervenir en esta clase de asuntos.

El C. Nieto
Pido la palabra, en contra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Nieto.

El C. Nieto
Yo creo que no es a la Comisión de Justicia a la que debe pasar esa solicitud, ni tampoco a su expediente, sino a la Comisión de Peticiones. La Comisión de Justicia debe resolver únicamente casos técnicos; y, por consiguiente, este asunto debe pasar a la Comisión de Peticiones, para que ella dictamine.

El C. secretario Ramírez Wiella
La Mesa tuvo en consideración que el caso está bajo la jurisdicción del Gran Jurado; indudablemente que no es la Comisión de Justicia la que tiene competencia en el caso; pero como, por otra parte, hay otro trámite en que se dice: cítese para mañana a las once a la Comisión Instructora del Gran Jurado, al decir en este: a su expediente, ya no había necesidad de repetir la citación a la Comisión Instructora, que resolverá en el caso.

El C. Borrego
Mucho me extraña que el señor Ramírez Wiella, abogado de talento, diga que el Gran Jurado es el que debe resolver sobre personas que carecen de fuero y que, por lo mismo, no están sujetas a la jurisdícción de este Tribunal. En buena hora que el Gran Jurado resuelva si hay lugar a proceder contra Ramos y Pérez, que gozan de fuero por su caracter de delegados a esta Convención, pero a personas extrañas a ella, sujetarlas a juicio, por parte de la Sección Instructora del Gran Jurado, me parece el mayor de los disparates, y desde el momento en que esto es así, no creo que deba pasar a su expediente, es decir, a la Sección Instructora del Gran Jurado, que no dirá una sola palabra sobre esta materia, como no la ha dicho.

Yo rogaría al señor Presidente de la Comisión, nos hiciera oír su palabra para que pudiera ilustrarse la Asamblea.

El C. secretario Ramírez Wíella
La Mesa tuvo en consideración lo siguiente: que la Sección Instructora del Gran Jurado, no va a resolver directamente sobre la promoción ni sobre la libertad de los detenidos; pero en todos los juicios, el juez que conoce primero de los hechos, conoce también de los incidentes, y si no son de su competencia, entonces ese mismo juez declara que no son de su competencia, y manda el expediente a la autoridad competente, para que el juez de jurisdicción local sea quien resuelva en definitiva; pero no habiendo más juez en este caso para que conozca del expediente, que el Gran Jurado, es éste al que debe turnarse forzosamente.

El C. Borrego
Pido la palabra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Borrego.

El C. Borrego
Debo hacer constar, señor presidente, señores delegados, que estas personas a que se refiere la petición a que se acaba de dar lectura, no están consignadas a la Sección Instructora del Gran Jurado, ni dependen de él; por lo tanto, es imposible que ella venga a decir lo que debe hacerse de estas personas.

Ya sabemos que no son delegados, esto nos consta a todos; en consecuencia, lo que la Sección Instructora del Gran Jurado vendría a decirnos, sería sencillamente esto: Túrnese al juez competente, el escrito de referencia, cosa que es enteramente inútil, enteramente necia, porque este trámite puede darlo la misma Mesa.

El C. secretario Ramírez Wiella
Me extraña mucho que el señor licenciado Borrego, que seguramente tiene competencia en estos achaques, esté sosteniendo una tesis tan absurda. Indudablemente que debe conocer que en toda demanda, que en todo procedimiento en el que están comprendidas varias personas, éstas son consignadas al juez de los autos, para que éste, si no es de su competencia conocer de la culpabilidad de alguna o algunas de esas personas, las consigne a la autoridad competente. En consecuencia, creo procedente, que los ciudadanos a que se refiere el escrito que provoca esta díscusión, deben ser consignados a la Sección Instructora del Gran Jurado, juez de los autos en este caso, y ella declarará lo que corresponda.

El C. Borrego
Pido la palabra para un hecho.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Borrego.

El C. Borrego
El señor Ramírez Wiella supone el caso de que estos señores estén consignados a la Sección Instructora del Gran Jurado, porque supone que gozan de fuero; yo interpelo al presidente de la Sección Instructora para que nos diga si le han sido consignadas estas personas a que se refiere la comunicación.

El C. Palacios Moreno
En verdad no están consignados estos señores a la Sección Instructora del Gran Jurado, ni han sido detenidos por orden de esa Sección Instructora; en consecuencia no tenemos nosotros conocimiento de esos hechos, y no dependiendo de la Sección Instructora esos reos, claro es que no puede resolver nada acerca de ellos.

El C. secretario Ramírez Wiella
Como la Mesa no puede tener datos oficiales de las constancias procesales, turna el asunto a la Sección Instructora para que ella, según los casos, o las mande pasar al Juez competente cuando no sean de la competencia del Gran Jurado o resuelva sobre lo que haya de hacerse con los reos en el caso que sea de su competencia.

Indudablemente que los reos, sabiendo que el juicio principal está a cargo del Gran Jurado, se dirigen a él, diciéndole: pónganos en libertad, y entonces el Gran Jurado tendrá que contestar: no te tengo bajo mi jurisdicción; no es de mi competencia decretar tu libertad.

Es lo mismo que si en un juicio civil se hiciera una promoción y el Tribunal fuera a resolver cuando el Juez de Primera Instancia es quien tiene el asunto.

La Mesa no puede resolver si se pone o no en libertad a los acusados, porque la Mesa no es el juez, porque el asunto no está bajo su jurisdicción, y como el juez de los autos es el Gran Jurado, éste tiene que proveer a la solicitud de los reos y decretar si procede que se pongan en inmediata libertad.

El C. Nieto
Pido la palabra.

El C. Presidente
Tiene usted la palabra.

El C. Nieto
Yo insisto en que este asunto debe pasar a la Comisión de Peticiones, porque ésta es la que legalmente puede conocer de esa solicitud; seguramente que ella pedirá todos los informes que necesite sobre la causa que motivó el encarcelamiento de esos señores, y ella resolverá con un espiritu de justicia, porque no puede basarse en ningún otro, si debe o no la Convención interceder u ordenar la libertad de estos detenidos.

No entiendo por qué este asunto deba pasar a la Sección Instructora del Gran Jurado, por la misma razón que han expresado otros preopinantes; porque el Gran Jurado no tiene jurisdicción sobre el encarcelamiento de estos señores ni ha tomado participación en el asunto. De manera que yo creo que sería indebido ese trámite.

Tenemos una Comisión encargada de conocer de toda clase de peticiones, y ella sabrá si en virtud de los datos que tome para poder dictaminar, deben o no estos señores ser atendidos en su solicitud, que yo creo que sí.

El secretario Ramírez Wiella
Sería un atropello incalificable el que cometiera la Convención invadiendo las facultades del Poder Judicial, si fuera a decretar la libertad de los reos. Los reos a que la solicitud se refiere están sujetos a un Juez y única y exclusivamente a ese Juez le corresponde fallar en el caso. Esos reos piden que se les ponga en libertad y ni la Comisión de Peticiones, ni la de Justicia, ni ninguna Comisión tiene facultades para resolver sobre tales peticiones de los sujetos a un proceso. Si estos individuos se han dirigido o se dirigen a la Convención, es porque creen que la Comisión Instructora del Gran Jurado es la que tiene que resolver en el caso, supuesto que es el Juez que conoce del juicio principal.

La Comisión Instructora del Gran Jurado, es la que debe decir: no ha lugar a la petición, o bien: diríjanse los peticionarios al Juez competente, claro es que en ningún caso podría la Sección Instructora decretar la libertad de los reos puesto que ni tratándose de los generales procesados podría decretar la libertad; pero si puede tomar los datos necesarios y decir, como ya expresé diríjanse al Juez del orden común, y proporcionar los datos o constancias que sean procedentes.

Repito que atropellaríamos a la autoridad judicial, si fuéramos a resolver si es o no de ponerse en libertad a los acusados; pero no se trata de eso; lo único que debemos hacer es turnar ese escrito a la Sección Instructora del Gran Jurado, para que ella, como único Juez de los autos, pueda decir: este asunto es o no de mi competencia, está o no bajo mi jurisdicción; si lo está resolver en el fondo, y si no lo está, decretar o dictaminar que pase el expediente al Juez del orden cómún para que éste resuelva.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra.

El C. presidente
Tiene usted la palabra.

El C. Soto y Gama
La cosa es clarisima, tal como la precisa el señor Ramírez Wiella: no se trata de asuntos legislativos, sino de asuntos judiciales, y como sólo los Tribunales competentes pueden resolver de asuntos judiciales, éste se debe turnar al Gran Jurado que es el único caso por el cual la Convención se vuelve Juez; y ese Juez de los autos dirá, como lo ha expresado el señor Ramírez Wiella, si el asunto está o no bajo su jurisdicción, y dictará el trámite que proceda.

Ya sabemos cuál será, señores: no estando bajo la jurisdicción del Gran Jurado, el caso de estos señores que no tienen fuero, pase el expediente a quien corresponda; pero lo que sí no es posible sostener, y es lo que sostiene el señor Nieto, es que pase el asunto a la Comisión de Peticiones para que ésta haga aclaraciones o averiguaciones y resuelva si se les pone o no en libertad.

De manera que según ese criterio, la Comisión de Peticiones es Juez, y la Sección Instructora del Gran Jurado es otro Juez.

Por otra parte, también el señor Borrego da a la Comisión de Justicia facultades judiciales, es decir hace de ella otro Juez, y esto es un disparate, no se puede sostener jurídicamente, y lo saben muy bien los compañeros Borrego y Nieto. Lo cuerdo es mandar las peticiones de los reos a su expediente, que está en poder del único Juez capacitado que es la Seción Instructora del Gran Jurado, para que se pueda dictar el trámite de pase al Juez competente, o resuelva sobre el punto el Gran Jurado. No cabe otra solución.

El secretario Zepeda
La Mesa, por conducto de la Secretaría pregunta a la Soberana Asamblea si considera suficientemente discutido el punto.

Los que estén por la afirmativa, sirvanse ponerse de pie.

Suficientemente discutido.

La Mesa pregunta si es de aprobarse el trámite. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

El ciudadano secretario dio lectura al siguiente escrito:

Señor presidente de la Soberana Convención Revolucionaria.

Habiéndose erigido la Asamblea en Gran Jurado, para juzgar a los señores generales Ildefonso Pérez y Miguel M. Ramos, por los delitos cuya comisión les imputaron los señores Filiberto Sánchez y José Rojas, desde el dia 25 del mes próximo pasado, sin que hasta la fecha se haya pronunciado la resolución que corresponde en el proceso de referencia, y teniendo presente que el Reglamento marca un plazo de cuarenta y ocho ohoras para el efecto indicado, pedimos a ustedes que a la mayor brevedad se continúe el Gran Jurado, puesto que la Comisión Instructora del mismo, ha modificado su dictamen, en el sentido de que, por desvanecimiento de datos, no ha lugar a proceder en contra de los acusados.

Como los mencionados generales gozan de libertad bajo protesta, es de justicia, que, cuanto antes, se pronuncie la resolución correspondiente.

Teniendo en cuenta que al ser reducidos a prisión los señores generales Pérez y Ramos, les fueron recogidos objetos de su propiedad, que aún no se les devuelven, es procedente, además, ordenar a quien corresponda que se les restituyan.

Cuernavaca, Mor., 2 de marzo de 1915.
E. F. León.
F. S. Mancilla.
M. G. Zamora.
C. Treviño.
J. G. Nieto.
G. Gaona.
(Rúbricas).

El trámite es el siguiente: Cítese para mañana a las once, y a su expediente. (Voces: Que se cite a las 10, para que estemos a las 11)

El C. secretario Zepeda
La Mesa ha convenido en citar a las 11, porque sabe que aunque se cite a las 9 o a las 10, los señores delegados siempre vienen hasta las 11. (Voces: Que se cite a las 10)

El C. Aceves
Es preciso que nos enseñemos a cumplir con nuestro deber.

El C. secretario Zepeda
La Mesa, en vista de lo expresado por los señores delegados, cita para las 10 de la mañana del día 4 de marzo.

El C. M. Pasuengo
Me permito suplicar al ciudadano Castellanos, que se sirva venir mañana a presidir, en vista de no serme posible concurrir a la sesión, por tener que pasar revista a una Brigada.

El C. Castellanos
Perfectamente, señor Pasuengo.

El C. secretarío Zepeda
La Comisión de Corrección de Estilo ha presentado corregido el Reglamento interior de la Convención, dice así:


REGLAMENTO INTERIOR PARA
LA SOBERANA CONVENCION REVOLUCIONARIA

CAPITULO DE DEBATES

Artículo 1° Antes de proceder a la discusión de cualquier asunto, la Secretaría dará lectura a la iniciativa que la haya originado, y después al dictamen de la Comisión respectiva y al voto particular si lo hubiere.

Artículo 2° El presidente anotará en una lista los nombres de los oradores que se inscriban para hablar en pro o en contra, debiendo leerse dicha lista, antes de procederse a la discusión.

Artículo 3° Toda iniciativa o dictamen que conste de más de dos proposiciones, se discutirá y votará primero en lo general, pasando luego a discutirse y votarse las proposiciones, en lo particular, una tras otra, según el orden en que vengan inscritas.

Artículo 4° Los delegados que previamente se hayan inscrito para hablar, lo harán en cuanto el presidente les conceda la palabra, cuidándose de que se sucedan los oradores del pro y del contra, alternativamente, según el orden de inscripción, empezando por el contra.

Artículo 5° Ningún delegado podrá hablar más de dos veces, excepto cuando sea miembro de la Comisión Dictaminadora del asunto a discusión, y en este caso sólo para contestar a interpelaciones, o hacer aclaraciones y rectificaciones. Fuera de estas circunstancias, los miembros de aquella Comisión se sujetarán a lo prevenido en el artículo 2°.

Artículo 6° Los delegados no inscritos previamente en la lista que prescribe el artículo 2°, sólo podrán pedir la palabra, y sólo se les concederá, para hacer mociones de orden o interpelaciones a la Comisión Dictaminadora, o para rectificar o hacer constar hechos directamente relacionados con el debate, pero esto siempre que tales interpelaciones, aclaraciones, constancias y rectificaciones, se expresen en términos claros, breves y concretos. El presidente hará suspender el uso que de la palabra haga el orador que con pretexto de una moción de orden, interpelación o rectificación de un hecho, argumente, entrando al debate.

Artículo 7° Sólo podrá interrumpirse a un orador para el efecto de llamarlo al orden, si viola algún articulo de este Reglamento, o profiere injurias personales. En este caso, el delegado que quisiere hacer la moción se acercará al presidente para que éste sea quien llame al orden al orador.

Artículo 8° Podrá permitirse al delegado que sea objeto de alusiones personales, el contestar, siempre que así lo solicite, después de que el aludido termine, debiendo efectuarse la réplica en forma breve, concisa y directamente relacionada con la alusión.

Artículo 9° Cuando algún miembro de la Asamblea quiera que se dé lectura a alguna ley o documento que tenga relación íntima con el asunto que se discute, pedirá la palabra, sin interrumpir al que hable, y aprovechando el lapso de tiempo que transcurra entre la terminación del discurso de un orador y el principio de la peroración de otro, íncontinenti, para el efecto de la lectura, se le concederá la preferencia de la palabra.

Artículo 10° Solamente se podrá suspender la discusión de un asunto, en el caso de que se presente una proposición suspensiva por alguno de los miembros de la Asamblea y que esa proposición sea aprobada por ésta.

Articulo 11° Presentada una moción suspensiva, se leerá, y sin otro requisito que oir a su autor, si la quiere fundar, y a otro delegado en sentido contrario, se preguntará a la Asamblea si se toma inmediatamente en consideración. En caso negativo, se tendrá por desechada, y en caso afirmativo, se discutirá y votará en el acto, pudíendo hablar tres oradores en pro y tres en contra.

Artículo 12° Cuando hayan hablado sobre el mismo asunto tres oradores en pro y tres en contra, preguntará la Presidencia si se considera el asunto suficientemente discutido. Si la Asamblea resuelve por la afirmativa, se procederá a la votación, y si contesta negativamente, se ampliará el debate hasta que la Asamblea lo considere agotado.

Artículo 13° Cuando sólo se pidiere la palabra en pro, podrán hablar hasta dos miembros de la Asamblea, y cuando sólo se pidiere en contra, hablarán hasta cuatro.

Artículo 14° La Comisión Dictaminadora tendrá derecho en cualquier momento del debate, a solicitar de la Asamblea el permiso correspondiente para retirar o modificar su dictamen. La Asamblea concederá o negará este permiso, por mayoría de votos, y previa lectura de la modificación presentada, resolverá si ésta se admite o no a discusión, concediendo antes la palabra a la Comisión.

Artículo 15° Declarado suficientemente discutido un asunto en lo general, se procederá a votar. Si fuere aprobado, se pondrá luego a discusión en lo particular; en caso contrario, se preguntará si vuelve o no a la Comisión Dictaminadora, para que lo modifique. Si la resolución de la Asamblea fuere afirmativa, el proyecto pasará a la referida Comisión, pero si aquélla fuere negativa, se tendrá por desechado.

Articulo 16° Cuando alguno o algunos de los miembros de la Comisión respectiva se aparten del dictamen de la mayoría de aquélla, podrán presentar por separado su voto particular, y éste será discutido en su oportunidad, si el dictamen no mereciere la aprobación de la Asamblea.

Artículo 17° Solamente los dictámenes formulados por las Comisiones respectivas, serán objeto de discusión; en consecuencia, para los casos que la Asamblea haya considerado de pronta y obvia resolución, las Comisiones tendrán la obligación de presentar inmediatamente su dictamen.

Artículo 18° Desde el momento en que la Asamblea haya declarado que un asunto está suficientemente discutido, ninguno de los delegados tendrá derecho para hacer uso de la palabra, y la Secretaría recogerá desde luego la votación correspondiente.

Artículo 19° Los asuntos a debate deberán sujetarse, para su discusión, a la orden del día, la cual será formada por la Presidencia y sometida a la consideración de la Asamblea al finalizar cada sesión.


DE LAS VOTACIONES

Artículo 20° Habrá tres clases de votaciones: por cédulas, económicas y nominales.

Artículo 21° Las votaciones serán por cédulas precisamente, en los casos siguientes:

I. Nombramiento de Presidente Provisional de la República.
II. Ratificación del nombramiento de Ministros, o destitución de los mismos.
III. Nombramiento de la Mesa Directiva de la Convención, o de alguno de sus miembros.
IV. Ratificación o reprobación del nombramiento de Tesorero General de la Federación.

Artículo 22° Las votaciones serán económicas en todos los demás casos, excepto en los siguientes, en que serán nominales:

I. Cuando haya duda sobre el resultado de una votación económica.
II. Cuando lo pidiere alguno de los delegados, apoyado por siete delegados más.

Artículo 23° Es votación económica el solo hecho de ponerse en pie los que aprueben y permanecer sentados los que reprueben.

Artículo 24° En las votaciones económicas, todo delegado tiene derecho para exigír que en el acta respectiva de la sesión conste su voto en el sentido en el que lo haya formulado.

Artículo 25° El voto de las dos terceras partes de la Asamblea será necesario:

Para declarar que un asunto es de urgente y obvia resolución, e igualmente para todos aquellos casos en que expresamente lo requieran las leyes. En todos los demás casos, para decidir cualquier asunto, bastará el voto de la mayoría de los delegados presentes.

Sala de Comisiones de la Soberana Convención Revolucionaria.
Cuernavaca, Mor., febrero 15 de 1915.
Alberto B. Piña.
I. Borrego.
José G. Nieto.
Julio Ramirez Wiella.

Aprobado en las sesiones de los días 16, 17 y 18 de febrero de 1915.

El C. Borrego
Favor de repetir el artículo 24.

El ciudadano secretario leyó el artículo pedido.

El C. Castellanos
Pido la palabra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Castellanos.

El C. Castellanos
Entiendo que este Reglamento pasó a la Comisión de Estilo, ¿verdad?, y la Comisión lo devolvió corregido. (Voces: Sí, señor)

Aunque por lo general, una vez que viene de la Comisión de Estilo cualquier documento, ya se acepta tal como viene, sin embargo, el hecho de que se lea en el seno de la Asamblea ese documento, da la facultad a cualquiera de los delegados de hacer las observaciones que crea convenientes.

Yo, como todos los asambleístas, creo que con una simple lectura no es suficiente para poderse dar cuenta del significado preciso de cada artículo, ni de las concordancias y todas esas cosas a que está obligada la Comisión de Estilo, porque ese es su objeto; pero sí, desde luego, los que tengan un poco delicado el oído, verán que la Comisión de Estilo no ha estado muy feliz en esta vez; siento decirlo, pero hay aquí algunos conceptos que casi me parece que están en contraposición, o, por lo menos, más confusos de lo que estaban en el Proyecto, cuando fue presentado por la Comisión.

Ahí hay palabras muy confusas, y si bien es cierto que las entendemos, debemos tener presente también que éste va a ser un documento que quedará como obra de esta Asamblea, y francamente contiene palabras que no son absolutamente correctas. Por ejemplo, dice al hablar del artículo tercero, que se discutirán las iniciativas una tras otra. Se entiende muy bien, pero el lenguaje correcto no es ése; se puede decir sucesivamente, o algo así. Ese es el objeto de la Comisión de Estilo, corregir todas esas cosas que se prestan, cuando menos, a ciertas críticas.

Luego, al hablar de cuando un individuo tiene derecho para hacer uso de la palabra, por alguna alusión que se le haga, emplea una palabra que yo, francamente, hasta hoy no había oído decir: aquella palabra de aludidor. A mi mal oído repugna eso, y yo no sé si estoy equivocado, pero creo que no existe la palabra. Si la Asamblea o la Comisión me enseñan el Diccionario, lo tendré que aceptar porque lo diga el Diccionario; pero creo que no se oye bien eso de aludidor.

Así hay otras muchas cosas y llamo la atención de los señores convencionistas, para que se fijen bien en el resto de las correcciones de estilo, y llegarán al resultado de que, me pesa decirlo, es un estilo pésimo. Así lo califico yo.

Ya sé que se me va a decir que lo haga y que hablaré muy bien y todas esas cosas; pero no se necesita ser un sabio para calificar si alguno es buen o mal autor.

Yo suplico a la Asamblea que no apruebe el trámite de que se imprima, porque eso quiere decir que ya se queda como está, sino, por el contrario, ordene que vuelva a la Comisión de Estilo, a la que yo rogaría que no por cambiar esas frases nos ponga cosas más difíciles de entender. Sólo deseamos que se pongan frases correctas y claras y se acabó.

Señor secretario, ¿tiene usted la bondad de decir quiénes son los miembros de la Comisión?

El C. secretario Zepeda
La Mesa, por conducto de la Secretaria, pregunta a la Asamblea si permite lo que pide el señor Castellanos; es decir, que vuelva a la Comisión de Corrección de Estilo.

El C. Delegado Aceves
Sí, hombre, sí; duele la cabeza con eso del aludidor. (Risas)

El C. Borrego
¿Quiénes son los de la Comisión de Estilo?

El C. Osterman
Dígalo recio, no podemos oírle.

El C. secretario Zepeda
La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta a la Asamblea si permite lo que pide el señor Castellanos; esto es, que pase nuevamente a la Comisión de Correción de Estilo.

Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

Vuelve a la Comisión de Corrección de Estilo.

Los miembros de dicha Comisión son los señores delegados Heriberto Frías, Enrique Zepeda y Carlos M. Samper.

Acto continuo, el ciudadano secretario dio cuenta con un oficio del Oficial Mayor de la Secretaría de Hacienda, en funciones de Subsecretario encargado del Despacho, en el que transcribe el oficio número 6053, de la Secretaría de Guerra, que dice:

Ciudadano presidente de la Soberana Convención, Encargado del Poder Ejecutivo, ha tenido a bien disponer se sirva usted librar sus órdenes para que la Tesorería de la Nación, con cargo al decreto de 12 de diciembre último, ministre al Pagador de esta Secretaria la cantidad de $791.88, (setecientos noventa y un pesos, ochenta y ocho centavos), importe de haberes y gastos del personal que trabaja en la reparación del camino de esta Plaza a la de México, durante la semana del primero al 6 del actual.

(Voces: ¿Cuál es el trámite?)

El C. secretario Zepeda:
A la Comisión de Hacienda.

En seguida el ciudadano secretario dio lectura al oficio que el propio Oficial Mayor encargado de la Secretaría de Hacienda, dirige a la H. Convención, y en el que transcribe el de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, a fin de que por acuerdo del ciudadano presidente de la Convención recabe la orden correspondiente para el pago a los empleados del Ferrocarril de Cuernavaca, haciéndose dichos gastos con cargo a la partida 11020 del Presupuesto vigente de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.

A la Comisión de Hacienda.

Igualmente se dio cuenta con un oficio del mismo ciudadano, en que transcribe otro de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, en el que se le pide recabe la orden correspondiente de la Convención, para entregar al ciudadano Ramón Castillo, comisionado por el Gobierno, para cubrir los sueldos de los empleados del Ferrocarril Interoceánico, la suma de $9,880.10 (nueve mil ochocientos ochenta pesos, diez centavos), importe de la tercera decena del mes de febrero del corriente año, Adjunta el presupuesto correspondiente a la decena de que se trata.

A la Comisión de Hacienda.

El C. Velázquez
Pido la palabra en contra del trámite.

El C. presidente
Tiene la palabra para impugnar el trámite el ciudadano Velázquez.

El C. Velázquez
Entiendo que no están bien dados esos trámites; desde el momento en que esos gastos han sido consignados en el Presupuesto, no hay razón ni creo necesario que el Ejecutivo venga a pedir permiso para hacer esos gastos; esto sólo estaría justificado si se tratara de gastos que no estuvieran considerados en el Presupuesto.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Soto y Gama
Tiene razón el señor Velázquez, y es verdaderamente sensible que el Ejecutivo ignore la diferencia, la distinción fundamental que hay entre facultades extraordinarias y facultades ordinarias; facultades extraordinarias son las que pasan de lo común, y facultades ordinarias son las que están dentro del funcionamiento normal; y claro está que si la comunicación nos habla de gastos que se hallan comprendidos en el Presupuesto vigente, no hay razón ninguna para que el Ejecutivo consulte a la Asamblea si hace esos gasto o no. Otra cosa son las facultades extraordinarias; facultad extraordinaria sería, por ejemplo, contratar un empréstito; pero que no nos venga el Ejecutivo con la ignorancia crasa de no saber distinguir las facultades extraordinarias de las facultades ordinarias.

El C. Castellanos
Pido la palabra en pro del trámite.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Castellanos.

El C. Castellanos
Yo no sé realmente, y si estoy en un error, suplico a la Asamblea que me lo haga notar desde luego, para que no hable inútilmente. Si existe un presupuesto, si existe, nada más justo, como dice el señor Lic. Soto y Gama, que se acepten esas partidas y que se hagan los gastos respectivos, sin consultarnos nada; pero me vino a la mente esta idea: ¿cuál puede ser ese presupuesto de que nos hablan? Tengo entendido que ese presupuesto, en los tiempos normales, está sometido a la aprobación de un congreso, que es quien resuelve sobre el particular, y las cámaras no están funcionando debidamente, desde julio del año pasado; por otra parte, todo lo que se aprobó durante el tiempo de Huerta, no tiene legalidad alguna; de manera que no habiéndose aprobado los actos de aquel congreso, yo creo que mal puede tomarse en consideración ese presupuesto.

Además, los presupuestos que se han hecho para diversos ramos, sea el de Comunicaciones, sea el de Hacienda, sea el de Guerra, casi todos ellos se han sometido o al Poder Ejecutivo, cuando ha estado investido de facultades extraordinarias, o a esta Convención, que es la que lo aprueba; de manera que lo que falta por averiguar es si el presupuesto a que se hace referencia ha sido aceptado por la Convención, y si esto es así, claro que no hay una palabra más que decir.

El C. Pérez Taylor
Pido la palabra para una aclaración.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Pérez Taylor.

El C. Pérez Taylor
El presupuesto que estaba vigente antes del triunfo de la Revolución, fue el de 1914 a 1915, aprobado por las cámaras huertistas. Cuando la Revolución triunfante entró a la capital de la República, encabezada por el ciudadano Carranza, todas las secretarías hicieron un nuevo presupuesto, que se llamó de 25 de agosto de 1914. Después, cuando entró el ciudadano Gutiérrez, y lo digo porque en esa época trabajé en la Secretaria de Instrucción Pública y Bellas Artes, el ciudadano Vasconcelos declaró que por acuerdo del ciudadano Eulalio Gutiérrez quedaba en vigor el presupuesto de 25 de agosto de 1914, expedido por el ciudadano Venustiano Carranza.

El C. Velázquez
En ese oficio se fija la partida del presupuesto; me parece que dice la número 11,020; si no hay presupuesto, ¿cómo se cita la partida?

El C. Borrego
Pido la palabra para una aclaración.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Borrego.

El C. Borrego
Ha sufrido un grandísimo error mi compañero el señor Pérez Taylor. Cuando la Revolución encabezada por el ciudadano Carranza entró a la capital de la República, no es exacto que se hicieran presupuestos para todos y cada uno de los ministerios; hubo un acuerdo en que se declaró nulo el presupuesto que estaba rigiendo; es decir, el que había sido discutido y aprobado por las Cámaras huertistas; provisionalmente, sin acuerdo presidencial y simplemente de motu proprio de cada ministro, unos pusieron en vigor el presupuesto que se había aprobado por las cámaras maderistas, y otros, uno anterior a las cámaras maderistas; me parece que el de 1911 a 1912; pero tengo entendido que no se dictó ningún acuerdo sobre el particular.

Lo que dejo expresado reclama imperiosamente la necesidad de dar una ley constitutiva al Gobierno Provisional, al gobierno emanado de la Convención, que es un gobierno absolutamente distinto del gobierno de Carranza, del gobierno de Gutiérrez, etc., etc. Es preciso que en esa ley constitutiva se fijen y determinen las atribuciones de cada uno de los poderes; necesitamos leyes orgánicas de todos y cada uno de los órganos del poder, formados por todos y cada uno de los ministerios, así como los presupuestos relativos, para saber los gastos que tenemos que aprobar.

Yo me permito proponer, en obvio de dificultades, que se nombre una comisión que se acerque al Encargado del Poder Ejecutivo, para que le manifieste la necesidad que tenemos de que nos informe sobre el punto que está a discusión.

El C. secretario Ramírez Wiella
No puedo hacer la aclaración con el carácter de oficial, en virtud de que no hay documentos a la mano; pero tengo entendido que fue un acuerdo presidencial, en virtud del cual se mandó poner en vigor el presupuesto que rigió de 1912 a 1913, esto es, el aprobado en tiempo del gobierno del señor Madero.

El C. Cordero
Me permito hacer a ustedes esta aclaración: en uno de los documentos que hace algunos momentos aprobamos, me parece que el que se refiere al pago a los reparadores del camino ferroviario de Cuernavaca a México, se hace referencia a un decreto de 12 de diciembre de 1914, sin hablar del presupuesto de egresos. Aqui se nos ha citado la partida número 10,020, según entiendo, del presupuesto; pero francamente yo no sé de ningún presupuesto en que se haya pagado a los empleados de los Ferrocarriles Nacionales; éstos tienen su administración propia; que ahora nos los hayamos tomado, porque nos ha dado la gana, o porque los necesitamos, y los estemos administrando y estemos pagando a los empleados, porque nos sirven; de ninguna manera significa que esos gastos imprevistos hayan estado consignados nunca en el presupuesto. Las partidas del presupuesto se refieren a otro género de gastos, y yo creo que para ilustrar el criterio de la asamblea, muy conveniente sería que viniera el Secretario de Hacienda a informar.

El C. Zubiría y Campa
Pido la palabra para informar.

(El ciudadano secretario Zepeda dio lectura al oficio relativo a la entrega de $400,000.00, hecha al ciudadano Genaro Amezcua, pagador del Ejército del Sur).

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Zubiría y Campa.

El C. Zubiría y Campa
Señores delegados:

Con motivo de la renuncia de las facultades extraordinarias en Hacienda, que hizo con fecha de ayer el ciudadano Presidente de la República, comprendí que se iba a venir encima la cuestión que actualmente se presenta. ¿Cómo iba a pagar la Tesorería de la Nación la multitud de libramientos que diariamente le estaban llegando? Desde luego había algunos, como las nóminas de cada decena, que se pagan conforme al presupuesto, y en lo cual no había dificultad.

El presupuesto a que me refiero es el que aprobó don Venustiano Carranza, cuando la Convención todavía no lo desconocía; fue el presupuesto acordado en relación con el que estaba vigente en tiempo del señor Madero; pero hoy existen multitud de gastos que no están consignados en ningún presupuesto, y son todos los relativos a Guerra; gastos extraordinarios que están autorizados con la firma del ejecutivo, en virtud de facultades extraordinarias y por no estar en ningún presupuesto.

Era natural que, en lo sucesivo, la Soberana Convención autorizara estos gastos, ya sea aprobando cada uno de ellos, conforme se presentaran, o expidiendo de alguna manera autorización general para que se pudieran cubrir esos gastos, o, en cada caso, autorizándolos el Presidente de la Convención o la Comisión de Guerra, por medio de su visto bueno puesto en todos los recibos que vinieran firmados por el Secretario de la Guerra y por los distintos jefes militares, etc. De otra suerte, sería verdaderamente bromoso y quitaría mucho tiempo a la Convención el estarse ocupando de dar autorización para cada caso concreto que se le presentara.

Pero no es sólo este asunto el que se presenta y sobre el que voy a informar; existen escasos fondos en la tesorería; la mayoría de los billetes que hay en existencia son de 50 y de 100 pesos; una pequeña cantidad de papel en mal estado y de menor valor; eso es lo que existe únicamente. El lunes por la mañana entregué al pagador del Ejército del Sur, señor don Genaro Amezcua, la suma de $200,000.00 en billetes grandes, y únicamente una pequeña parte en billetes chicos; yo no me explico cómo iba a hacer esos pagos; sin embargo, el señor Amezcua me dijo: Deme de lo que tenga.

Ahora que me ha llegado el nuevo libramiento por la suma de $400,000.00, por las dos decenas que faltan de este mes; tuve el escrúpulo de hacer la entrega de ese dinero, y el mismo señor Amezcua me dijo: No quiero que me entregue ese dinero, porque no tengo dónde guardarlo. Yo quise consultar a la asamblea si hago esa entrega; para mí mejor quedar libre de esos fondos que están a mi cuidado y que, al fin, se han de dar; pero, repito, tuve que pensar esto; se va a hacer una nueva emisión de billetes, para cubrir los gastos que vengan en lo sucesivo; ese dinero solamente circulará en la zona dominada por el Gobierno de la Convención; el que se atreva a llevar uno de esos billetes a la ciudad de México, será perseguido y fusilado; de manera que conviene reservar esos dineros que actualmente existen, para muchos gastos que se tendrán que hacer en la ciudad de México, para que los empleados manden dinero a sus familias y para otros muchos gastos; y se puede hacer que el Pagador del Ejército Libertador del Sur espere a que se haga esa nueva emisión para darle de ese dinero y que cubra los haberes de las tropas. Hay también otra ventaja de que espere el Pagador del Ejército del Sur la entrega de ese dinero, y es que se le podrá entregar en papel de un peso, de cinco, de veinte, etc., lo que no sucedería actualmente, pues tendría que entregársele esa cantidad en billetes de 50 y de 100 pesos, que no benefician en mucho a la tropa.

Yo me permito consultar a esta H. Asamblea, si a pesar de no haber entregado la cantidad hasta estos momentos, pero que puedo entregarla, porque el dinero existe, y para dar cumplimiento a ese libramiento expedido por el ciudadano Presidente de la República, cuando todavía tenía facultades extraordinarias, debo hacer la entrega de esos $400,000.00 en billetes grandes, quedándose el Gobierno de la Convención atenido a los billetes de la nueva emisión que se va a hacer. También me permito consultar a la H. Asamblea, la manera cómo debo hacer los pagos que no están incluidos en el presupuesto vigente y que se refieren a gastos extraordinarios, y con qué firma deben ir visados. Esas son las dos consultas que hago a la asamblea.

El C. Borrego
Pido la palabra para una moción de orden.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Borrego.

El C. Borrego
Señor presidente:

El punto sujeto a discusión es el trámite dado por la Mesa, respecto del asunto del Ministerio de Comunicaciones. La Mesa acordó que pasara a la Comisión de Hacienda; se impugnó ese trámite, diciendo que no debía pasar allí; el señor delegado Velázquez expuso que había una partida en el presupuesto, conforme a la cual debería hacerse ese pago, y, por lo mismo, era innecesario que pasara a la Comisión de Hacienda.

Como el asunto de que se trata ha sido suficientemente discutido, puesto que han hablado tres oradQres en pro y tres en contra, yo, para encauzar el debate, ruego a la Presidencia se sirva preguntar si se considera suficientemente discutido el punto y si se aprueba o no el trámite de la Mesa. Después pasaremos a tratar de la consulta que nos ha hecho el señor Tesorero de la Nación.

El C. secretario Zepeda
La Mesa, por conducto de la secretaria, pregunta si está suficientemente discutido el trámite de que pase este asunto a la Comisión de Hacienda. (Voces: ¿ Cuál es el documento? Porque han sido varios y hemos aprobado ya unos) (El ciudadano secretario Zepeda leyó el documento relativo a pago a los empleados del Ferrocarril de Cuernavaca).

El C. Cordero
Entiendo que sufre un error la secretaría. Los dos primeros documentos, el que acaba de leer la secretaría es el segundo, tuvieron ya su trámite, que fue aprobado. El trámite del tercer documento es el que no se ha aprobado todavía; es el que se refiere al pago de los empleados del Ferrocarril Interoceánico.

Acabo de saber que se halla presente el ciudadano encargado del Ministerio de Hacienda, y suplicaría a la asamblea que tuviera a bien rogarle nos informara sobre el particular.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra, para una moción de orden.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Soto y Gama
Es lógico el trámite de que este asunto pase a la Comisión de Hacienda, la que cumpliendo con su deber hará todas las investigaciones del caso, para saber si se trata de facultades ordinarias o extraordinarias, sin necesidad de violentar el asunto. (Aplausos)

El C. Fierro
Pido la palabra.

El C. secretario Zepeda
La Mesa, por conducto de la secretaria, pregunta a esta H. Asamblea si considera suficientemente discutido el trámite.

Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie.

Suficientemente discutido.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

El C. Liñeiro
Me permito llamar la atención de la Asamblea, respecto de que debe resolverse la consulta hecha por el señor Tesorero de la Nación.

El C. secretario Zepeda
La Mesa, por conducto de la secretaría, suplica al señor Tesorero que tenga a bien presentar por escrito su consulta, a fin de que se tome en cuenta en su oportunidad.

Sigue a discusión el dictamen de la Comisión de Gobernación, que se refiere a los puntos, tercero, cuarto y quinto del Convenio Privado habido entre los ciudadanos delegados.

(El ciudadano secretario leyó los puntos tercero, cuarto y quinto, en su forma primitiva):

III. Tanto el Programa de Gobierno como las Leyes Agrarias, deberán ser amplia y preferentemente discutidas.
IV. La designación del Presidente Provisional o sea del que debe fungir dentro del período preconstitucional, se efectuará a más tardar treinta días después de la fecha en que sea ocupada la capital de la República por las fuerzas convencionistas que hoy la asedian.
V. Conforme a la letra y al espiritu del Plan de Ayala, se declara que no es de limitarse y no se limita el número de los delegados que tengan derecho a representar en esta Asamblea a los diversos grupos o facciones revolucionarias, inclusive las hoy disidentes.

El C. Menchaca
Suplico a la secretaría se sirva dar lectura al último punto. (El ciudadano secretario Zepeda lo leyó). Está a discusión.

El C. secretario Ramírez Wiella
Señores:

La Mesa ha acordado, para evitar confusiones y dificultades en la lista, que los señores que deseen hacer uso de la palabra, ya sea en pro o en contra, se sirvan inscribirse desde luego, dándole la preferencia al que desee hablar en pro. (Una voz: El reglamento previene que debe hablar primero el contra).

El C. Soto y Gama
Pido la palabra para rectificar hechos.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Soto y Gama
No me explico por qué pidió la palabra en contra el señor Nieto, cuando estos tres puntos forman parte de los acuerdos tomados ayer bajo palabra de honor; de manera que honradamente no hay motivo para que se pida la palabra en contra. Nosotros, por una concesión, no obstante que el veto suspensivo no formaba parte del acuerdo o pacto de honor, consentimos en que ...

El C. Nieto (interrumpiendo)
Permítame usted ...

El C. Soto y Gama
Estoy explicando, señor ...

Decía que consentimos en que se pusiera a discusión; eso fue porque hubo dudas en el ánimo de algunos señores delegados del Norte, sobre si ese punto entraba o no en el acuerdo; pero como recordarán los señores delegados, los tres puntos fueron aprobados, y el último de ellos fue propuesto y sostenido por el señor Cervantes. De manera que recuerdo a todos los compañeros del Norte, así como a los del Sur, que estamos comprometidos por nuestro honor, a aprobar esos acuerdos.

El C. Cervantes
Pido la palabra para una aclaración, señor presidente:

Para evitar dudas y que siga afirmándose que existe el compromiso en lo relativo al veto, voy a dar lectura al acuerdo, exactamente en la forma en que fue aprobado ayer.

El C. Soto y Gama
Claro es que allí no aparece el punto a que usted se refiere, y si me veo obligado a hablar de lo que tratamos en junta privada, es porque usted acaba de tocar el punto. Por otra parte, nosotros lo retiramos, porque ustedes dudaron ...

El C. Cervantes
Insisto en que se me permita leer el acuerdo tal como fue aprobado. (Una voz: No tiene caso, absolutamente. El debate nos aclarará el punto)

El C. Cervantes
Tengo derecho para leer el documento a que me refiero. (Voces: Déjenlo, déjenlo)

El C. Baudilio Caraveo
No se deben tratar esos puntos en sesión pública, puesto que fueron objeto de una sesión privada, y, además ... (Siseos, desorden, campanilla)

El C. Cervantes
Al terminar la sesión privada, fue aprobado por la Asamblea, con manifestaciones de agrado de todos los asambleístas, el acuerdo que hoy se trata de poner nuevamente a discusión.

El C. Guillermo de la Torre
Entiendo que los dos últimos puntos están de acuerdo con lo que dijo el ciudadano Cervantes, así es que no cabe discusión sobre esto.

El C. Cervantes
También deseo, señores delegados, hacer esta otra aclaración:

No creo que los señores delegados vayan a faltar a su palabra de honor, simplemente porque se opongan a la forma en que esto se nos ha presentado, y creo que tienen derecho para hacerlo en la discusión en lo particular.

El C. Casta
Como miembro de la Comisión Dictaminadora, deseo hacer esta aclaración. Creo que podemos obviar y, todavía más, poner fin a este debate, si nos fijamos en que en el dictamen están consignados los tres puntos a que aludió el señor Cervantes. Unicamente me permito hacer la aclaración de que en la nota suscrita por varios delegados, se decía que se elegiría al Presidente Provisional, un mes después de haber entrado a México la Convención, y debe ser un mes después de instalada la Convención en México. (Una voz: Me consta)

El C. Nieto
Exactamente.

El C. Casta
Yo creo que con esta aclaración se evita el debate.

El C. Nieto
Quiero darle al señor Soto y Gama una explicación. Lo que he expresado y lo que voy a expresar, no significa en modo alguno que quiera faltar a mi compromiso, sino, por el contrario, sólo deseo poner los puntos sobre las íes.

Se acordó que se nombraría al Presidente Provisional, un mes después, y, naturalmente, urgía la aclaración de que ese plazo se contaría desde que la Convención se instalara en México, puesto que nosotros todavía podemos permanecer aquí ocho, quince o veinte días. Nuestro compromiso es nombrar al Presidente Provisional, un mes después de instalada la Convención en México. Ya ve usted, señor Soto y Gama, por qué pedía la palabra en contra.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra.

No es lo mismo una cosa que otra, y hay una diferencia entre lo que se propone ahora y lo que se propuso ayer.

El objeto de dar este plazo no es el de ampliarlo al Ejecutivo para la designación de sus ministros, sino que tiene como única mira el de que tengamos más tiempo para fijarnos en la persona que satisfaga los anhelos de la Revolución, en el puesto de Presidente Provisional de la República; que estemos o no en México, nada significa.

Lo único que puede significar algo para que tengamos empeño en encontrarnos nuevamente en México, es el de que una vez allí se dominan las vías de comunicación y fácilmente se pueden tomar en cuenta las opiniones de muchos grupos o facciones revolucionarias, tanto del Norte como del Sur, etc., cosa que no podemos hacer desde aqui.

De manera que la base de ese plazo es la llegada a la ciudad de México, y de ninguna manera la instalación de la Convención, que es un hecho ajeno al asunto de que nos ocupamos ... (Voces: No, no)

El C. Soto y Gama
Ese es el espíritu del acuerdo: decretar un plazo, a fin de que los diversos grupos revolucionarios, con quienes ahora no tenemos comunicación, puedan ponerse de acuerdo con nosotros, una vez que lleguemos a México.

El C. Pérez Taylor
Pido la palabra en contra.

El C. Borrego
¿Qué está a discusión?

El C. secretario
El dictamen de la Comisión de Gobernación.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Cervantes.

El C. Cervantes
En primer lugar, las razones del señor licenciado Soto y Gama son perfectamente discutibles; hay en ellas varios argumentos que se dice son de gran importancia; uno de ellos, que se ha expedido en esta sesión y es que una de las ideas que nos obligó a tomar el acuerdo ... (Desorden, campanilla)

El C. Cervantes (continúa)
El licenciado Soto y Gama asegura que se tomó el acuerdo de fijar un mes después de la ocupación de México, porque de este modo se tendría comunicación con el Norte, y yo me permito objetar al señor licenciado Soto y Gama: ¿qué el ocupar la ciudad de México significa en modo alguno la comunicación con el Norte?

A mi vez me toca reclamar la palabra de honor del señor licenciado Soto y Gama, asi como a los demás señores delegados, porque el convenio fue que se nombraria al Presidente Provisional de la República, un mes después de instalada la Convención en México; y, naturalmente, como ahora se propone, se cambia no solamente el espíritu sino la letra del acuerdo. En consecuencia, reclamo la palabra de honor de los señores delegados. (Una voz: Estamos discutiendo en lo particular, y yo creo que primero necesitamos discutirlo en lo general) (Voces: Está ya aprobado en lo general)

El C. González Cordero
Entonces que se discuta el punto que corresponda. (Desorden, campanilla)

El C. secretario Zepeda
Está a discusión el punto cuarto, que dice:

La designación del Presidente Provisional, o sea del que debe fungir dentro del período preconstitucional, se efectuará, a más tardar, treinta días después de la fecha en que sea ocupada la capital de la República por las fuerzas convencionistas que hoy la asedian.

C. Nieto
En contra.

El C. Soto y Gama
Para rectificar un hecho.

El C. Casta
Moción de orden.

Yo creo que con una aclaración que nos hagan los señores del Sur sobre este particular, bastará, pues entiendo que estarán perfectamente convencidos en que debe ser un mes después de instalada la Convención en México.

El C. Soto y Gama
Con gusto voy a hacer la aclaración que desea el señor Casta.

Según parece, se cree que nosotros tratamos de faltar a nuestro compromiso, y yo puedo asegurar, y esto nadie puede ponerlo en duda, que, por el contrario, seremos los primeros en cumplir. Lo que sucedió fue que se leyó tan rápidamente esto, que provocó en un momento de entusiasmo tantos aplausos, que no nos dimos cuenta exacta de la forma en que estaba redactado. Por lo demás, debe comprenderse que no vamos a obstruccionarnos a nosotros mismos; y, por mi parte y la de mis compañeros del Sur, no nos opondremos a que el acuerdo quede redactado en esos términos. (Aplausos) (Una voz: Que se modifique en los términos que indicó el señor Cervantes) (Desorden, campanilla)

El C. secretario Zepeda
El acuerdo cuarto queda redactado en los siguientes términos:

IV. La designación del Presidente Provisional, o sea del que debe fungir dentro del período preconstitucional, se efectuará, a más tardar, treinta días después de la fecha en que se instale la Soberana Convención en la capital de la República.

Está a discusión.

¿No hay quién pida la palabra?

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

Está a discusión el acuerdo quinto, que dice:

V. Conforme a la letra y al espíritu del Plan de Ayala, se declara que no es de limitarse y no se limita el número de los delegados que tengan derecho a representar en esta Asamblea a los diversos grupos o facciones revolucionarias, inclusive las hoy disidentes.

El C. Velázquez
Pido la palabra para una aclaración.

Yo desearía que en vez de decirse: A los generales de los diversos grupos o facciones revolucionarias, etc., se diga: A los jefes o representantes de los jefes de las diferentes facciones revolucionarias.

El C. Borrego
Suplico a la Secretaría se sirva dar lectura nuevamente al acuerdo a discusión. (El ciudadano secretario Zepeda lee nuevamente el acuerdo a discusión)

El C. Casta
Pido la palabra para un hecho.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Casta.

El C. Casta
Sobre ese particular, la Comisión Dictaminadora no quiso aludir a un convenio enteramente privado con los señores delegados del Sur, pero yo deseo que se haga constar el hecho de que como la facción del Norte está imposibilitada en estos momentos de aumentar sus delegados, la facción del Sur tampoco los aumentará, mientras nos encontremos sin vías de comunicación.

He querido hacer notar este hecho, en el cual creo que estará de acuerdo el señor licenciado Soto y Gama.

El C. Soto y Gama
Yo siempre sostengo lo que digo. (Varios delegados del Norte: Nosotros también)

El C. Cervantes
Pido la palabra en contra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Cervantes, en contra.

El C. Cervantes
No estoy conforme en que se ponga conforme al espíritu y a la letra del Plan de Ayala. Yo quiero que nos contentemos con decir: Conforme al espíritu del Plan de Ayala, porque si vamos a la letra, advierto que se volverá a tener que usar de la palabra para nuevas aclaraciones, como la provocada por el señor Casta, y que fue resuelta por el señor licenciado Soto y Gama; afirmo esto, porque son jefes desde mayor hasta coronel. Yo quisiera, naturalmente, con amplio espíritu, que estuvieran aquí representados todos los que así lo desearan, pero realmente tenemos que sujetarnos a un acuerdo sancionado por esta Asamblea, y en el cual se expresa que tienen derecho a estar representados en ella los generales, gobernadores, comandantes militares, etc., etc. Pido, pues, que no se diga en el acuerdo conforme a la letra, sino simplemente conforme al espíritu del Plan de Ayala.

El C. secretario Zepeda
Se pregunta a la Asamblea si se acepta la modificación propuesta por el señor delegado Cervantes.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aceptada.

El C. Castellanos
Pido la palabra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Castellanos.

El C. Castellanos
Señores delegados del Sur: para precisar la innovación que hizo el señor Cervantes, y que quede comprendido el Plan de Ayala, los convenios que nosotros hemos tenido y las bases o acuerdos de esta Convención, yo me permitiría proponer, si los señores del Sur no tienen inconveniente, que se agregue: Respetando los acuerdos previos para aceptar a esos delegados; ya sabemos que se entiende por generales, gobernadores, jefes políticos de los territorios, comandantes militares, etc.

De este modo quedará perfectamente precisado el término y sabremos cuáles son las personas que tienen derecho de estar representadas, conforme a los acuerdos aprobados por esta Asamblea.

El C. Soto y Gama
Creo que todo quedará subsanado con que se ponga en lugar de jefes ... (Voces: Esto ya está aprobado. No cabe discusión) (Desorden, campanilla)

El C. Cervantes
Yo creo que mi colega el señor Castellanos no ha estado atingente en su petición, porque ¿quién nos dice que algunos de los que vengan a nosotros, podrán quedar sujetos realmente a esos acuerdos ...

El C. presidente
No hay nada a discusión. (Desorden, campanilla)

El C. presidente
Ruego a los señores delegados que se sirvan guardar el mayor silencio; de otra manera no podremos entendernos.

Tiene la palabra el ciudadano Castellanos.

El C. Castellanos
Precisamente hago esa moción en obvio de cualquier interpretación. Puesto que ya sabemos que los señores generales tienen derecho a mandar representantes; pero bien pudiera suceder que un gobernador o un comandante militar no fuera general sino coronel, y entonces se prestaría a cualquiera mala interpretación -y aun podría suponer que un comandante militar no fuera coronel, sino teniente coronel-. Deberíamos decir expresamente: los generales, y hacer la clasificación sujetándonos a los grados; esto tal vez sea redundante, pero, en cambio, precisa perfectamente la idea y evita malas interpretaciones.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Soto y Gama
Creo que no se ha fijado bien el señor Castellanos; no se trata de fijar las bases para la limitación de los gobernadores que tengan derecho de estar representados, sino que se trata de limitar lo limitable; es decir, el número de generales. Lo que no es limitable, sino que es fijo, es el número de entidades federativas; el número de nuestras entidades federativas es de veintisiete Estados, tres Territorios, o dos, no sé cómo está eso, y un Distrito Federal.

No cabe, pues, discusión a este respecto. No se trata de limitar lo fijo; yo creo que basta con decir: generales, pues, repito, respecto de lo de gobernadores es algo que no puede estirarse, ni tampoco limitarse.

Aquí se está estableciendo un precepto, en la parte donde puede caber limitación, no donde la cosa es precisa, como tratándose de gobernadores.

El C. secretario Zepeda
La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta si está suficientemente discutido el punto.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

El C. Piña
Sírvase usted dar lectura al punto a discusión.

El C. Nieto
Moción de orden; eso ya está discutido y aprobado; no estamos discutiendo en lo general. (El ciudadano secretario Zepeda lee el artículo quinto, a discusión) (Siseos, desorden, campanilla)

El C. secretario Zepeda
La Presidencia manifiesta, por conducto de la Secretaría, que si se puso lo de jefes fue porque se suprimió lo de conforme a la letra del Plan de Ayala, en atención a la observación del señor Cervantes, y se convino en poner la palabra jefes, supuesto que la proposición de poner generales fue desechada. (Voces: Al contrario, se acordó poner generales)

El C. Borrego
Pido la palabra para una moción de orden. (Desorden, campanilla)

El C. Borrego
Señor presidente: se está abriendo una discusión sobre un punto que está ya aprobado, porque ya la Asamblea votó afirmativamente esta proposición. (Voces: No, no)

El C. Borrego
Sí, señores. Apelo al señor que está aquí (señalando a un delegado).

Ya está aprobada esa proposición. ¿Por qué vamos a abrir un nuevo debate? (Voces: No, no)

El C. Nieto
Pido la palabra para una moción de orden.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Nieto.

El C. Nieto
Sostuve hace poco que ya esa cláusula está aprobada, Apelo a la Mesa, para que pregunte a los señores taquígrafos si es cierto o no.

Ahora, para dar una prueba de honradez, digo que lo que se está discutiendo no es precisamente la proposición, porque ésta está ya discutida y aprobada, sino la adición que propuso el señor Castellanos.

Suplico a la Mesa se sirva preguntar a los señores taquígrafos.

El C. secretario Zepeda
Me permito presentar a la consideración de la Asamblea, en obvio de dificultades, la siguiente proposición: Conforme al Plan de Ayala, etc., etc. (Lee) (Voces: No, no) (Desorden, campanilla)

El C. Soto y Gama
El convenio que más nos tiene preocupados, es el que se refiere a la limitación a treinta delegados, según acuerdo de Aguscalientes; ¿por qué el señor Zepeda no modifica su proposición en esta forma: Generales pertenecientes a los diversos grupos o facciones, etc., etc.? (Desorden, campanilla)

El C. Soto y Gama (continuando)
Bueno; esto, en todo caso, se puede modificar mañana. (Voces: Pido la palabra) (Desorden)

El C. presidente Pasuengo
Un momento, para poderme orientar.

Tiene la palabra el ciudadano Cervantes.

El C. Cervantes
Ruego al señor presidente que restablezca antes el orden.

El C. presidente Pasuengo
Pues ... precisamente es lo que yo deseo. (Risas)

El C. Cervantes
El señor licenciado Soto y Gama tiene sobrada razón. Se está discutiendo lo que estaba ya discutido; y si se ha retardado la aprobación de este articulo, es precisamente por la observación que hice de que se aceptara la palabra generales en vez de jefes, suprimiéndose ésta y dejando solamente la primera. (Voces: ¡Orden ... orden! ...)

El C. secretario Ramírez Wiella
La Presidencia, por conducto de la Secretal'ía, pregunta a esta H. Asamblea si estima que debe hacerse la rectificación en esta forma: Conforme al Plan de Ayala, etc., etc. (Lee)

El C. Piña
Pido la palabra en contra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Piña.

El C. Piña
Señores delegados:

Noto que el espíritu de la Asamblea es que no se discuta más este asunto, pues tal parece que se sienten satisfechos con la rectificación de este artículo.

Yo me permito llamarles atentamente la atención sobre el hecho de que no solamente los generales tienen el derecho de estar representados en esta Soberana Convención, sino que igual derecho tienen los gobernadores de los Estados, aunque no sean generales ni militares; igual derecho tienen los jefes políticos de los Tertitorios, aunque no sean generales ni militares; y entiendo que mucho se logra, que mucho nos beneficiamos, al dar una redacción enteramente precisa y clara a este artículo.

Para demostrar a ustedes la conveniencia de que en ese artículo se exprese que también tienen derecho a estar representados los gobernadores de los Estados y los jefes políticos de los Territorios, debo recordar que también se han hecho esfuerzos para que estén representados grupos socialistas, que no tienen ningún derecho de estarlo. Es necesario precisar de una manera categórica quiénes tienen ese derecho; por lo tanto, yo suplico que se modifique el artículo, o, más bien, que quede redactado expresando que tienen derecho a estar representados en esta Asamblea, los generales con mando de fuerzas, los gobernadores de los Estados y los jefes políticos de los Territorios.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra para una aclaración.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Soto y Gama
Es increíble que el señor Piña, de ordinario tan sensato, en este caso no quiera comprender que el número de gobernadores no es de limitarse, porque son veintisiete los Estados de la República. En consecuencia, sale sobrando pretender hacer una limitación en lo que no es susceptible de limitarse. No estamos definiendo quiénes tienen derecho a ser representados, sino únicamente se trata de no limitar el número de las personas que tengan derecho de estar representadas en esta Asamblea. Esto, como es natural, no se refiere a los gobernadores de los Estados, cuyo número no puede limitarse; así como tampoco nadie va a pretender que tengan representación propia los coroneles, por ejemplo.

En mi concepto, el artículo está perfectamente claro y así debe ser aprobado.

El C. Piña
Pues que se exprese en el artículo lo que usted está diciendo.

El C. Cordero
Tal como se nos presenta el asunto, está bien claro y sencillo; al decir: delegados está dicho todo; bien sabemos que los que tienen derecho a ser representados en esta Asamblea, son los generales, gobernadores de los Estados, comandantes militares, jefes políticos de los Territorios, etc.

El C. Casarín
Pido que se sirva la Mesa preguntar si está suficientemente discutido el punto.

El C. Piña
Pido que se vuelva a leer. (Voces: No, no)

El C. Piña
Tengo derecho, señores delegados.

El C. Casarín
Procede que haga la pregunta la Mesa, porque ya hablaron tres oradores en contra y tres en pro.

El C. Piña
Aunque hayan hablado cien, señor delegado, tengo derecho a pedir que se vuelva a leer el artículo a discusión.

El C. presidente
Está bien, señor Piña, pero no hay necesidad de decirlo enojado.

El C. Piña
Cada quien tiene su manera de matar pulgas, señor. (Risas y Aplausos)

El C. Palacios Moreno
Protesto por lo de pulgas. (Risas)

El C. secretario Treviño
Dice el artículo a discusión. (Lee el artículo quinto):

V. Conforme al Plan de Ayala, se declara que no es de limitarse y no se limita el número de los delegados que tengan derecho a representar en esta Asamblea a los generales de los diversos grupos o facciones revolucionarias, inclusive las hoy disidentes.

La Mesa por conducto de la Secretaría, pregunta si se considera suficientemente discutido.

Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie.

Suficientemente discutido.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie.

Aprobado. (Aplausos)

El C. secretario Treviño
Lee

Proyecto de Programa de Reformas políticas sociales de la Revolución.

La Convención Revolucionaria se propone procurar el respeto de los derechos del hombre y del ciudadano, y llevar a la práctica aquellos preceptos de las leyes de Reforma que garantizan el principio de independencia entre la Iglesia y el Estado, así como las reformas agrarias y político-sociales contenidas en el siguiente

PROGRAMA

I. Destruir el latifundismo para crear la pequeña propiedad, dando a cada mexicano que lo necesite, tierra suficiente para su subsistencia y la de su familia.

II. Devolver a los pueblos los ejidos y aguas de que han sido despojados y dotar de ambos a las poblaciones que, necesitándolos, no los tengan o los posean en cantidad insuficiente para sus necesidades.

III. Fomentar la Agricultura, fundando Bancos agrícolas que provean de fondos e implementos a los agricultores en pequeño, e invirtiendo en trabajos de irrigación, plantíos de bosques, vías de comunicación y, en general, en las obras de mejoramiento agrícola, todas las sumas que sean necesarias, a fin de que nuestro suelo produzca las riquezas de que es capaz.

IV. Fomentar el establecimiento de escuelas regionales de agricultura y de estaciones agrícolas de experimentación, para la enseñanza y adaptación de los mejores métodos de cultivo.

V. Evitar la creación de monopolios y destruir los protegidos por las administraciones anteriores, mediante la revisión de las leyes y concesiones relativas a explotación de bosques, pescas, petróleo, minas y demás recursos naturales.

VI. Aplicar una legislación minera que, además de impedir el acaparamiento de vastas zonas, declare caducas las concesiones de aquellas minas cuya explotación se suspenda por más de cierto tiempo.

VII. Preparar debidamente el restablecimiento del período constitucional que debe iniciarse el primero de enero de mil novecientos dieciséis, haciendo que los gobernadores o, en su defecto los primeros jefes militares de cada Estado, nombren autoridades judiciales y convoquen, con la debida anticipación, a elecciones sucesivas de Ayuntamientos, de diputados y magistrados de los Estados, de diputados y Senadores al Congreso de la Unión, y de magistrados de la Suprema Corte de Justicia.

VIII. Suprimir la vicepresidencia de la República y las jefaturas políticas.

IX. Realizar la independencia de los Municipios, procurando a éstos una amplia libertad de acción que les permita atender eficazmente los intereses comunales y los preserve de los ataques y usurpaciones de los Gobiernos Federal y Local.

X. Procurar la efectividad del sufragio, con la adopción de procedimientos que eviten la indebida intromisión de las autoridades en las elecciones, y castigar severamente los fraudes y abusos de aquéllas.

XI. Implantar el sistema de voto directo tanto en las elecciones locales como en las federales y facultar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que decida, si así lo piden los electores, en última instancia, sobre la validez de las elecciones de los Poderes de los Estados.

XII. Restringir las facultades del Ejecutivo de la Nación y de los Estados, y para ello adoptar un parlamentarismo adecuado a las condiciones especiales del país.

XIII. Reconocer amplia personalidad ante la ley, a los sindicatos y sociedades de obreros, dependientes o empleados, para que el Gobierno, los empresarios y los capitalistas tengan que tratar con fuertes y bien organizadas uniones de trabajadores y no con el operario aislado o indefenso.

XIV. Dar garantías a los trabajadores, concediéndoles amplia libertad de huelga y de boicotaje, para evitar que estén a merced de los capitalistas.

XV. Suprimir las tiendas de raya y el sistema de Vales para la remuneración del trabajo de los operarios, en todas las negociaciones de la República.

XVI. Precaver de la miseria y del prematuro agotamiento a los trabajadores, por medio de oportunas reformas sociales y económicas, como son: una educación moralizadora, leyes sobre accidentes del trabajo, pensiones de retiro, reglamentación de las horas de labor, higiene y seguridad en los talleres, fábricas, minas, etc., y, en general, por medio de una legislación que haga menos cruel la explotación del proletariado.

XVII. Castigar a los enemigos de la causa revolucionaria, por medio de la confiscación de sus bienes y con arreglo a procedimientos justicieros.

XVIII. Procurar el mejoramiento de la situación hacendaria, regularizando las rentas del Estado, con perfeccionamiento de los procedimientos catastrales y de estadística, con la efectiva equidad en los impuestos y por medio de la facultad de que se investirá el Estado para expropiar bienes raíces remunerando a sus dueños con el valor declarado por ellos mismos para el pago de sus contribuciones.

XIX. Reorganizar sobre nuevas bases el Poder Judicial, para obtener la independeneia, aptitud y responsabilidad efectiva de sus funcionarios; y hacer efectivas también las responsabilidades en que incurran los demás funcionarios públicos que falten al cumplimiento de sus obligaciones.

XX. Formular las reformas que con urgencia reclama el derecho común, de acuerdo con las necesidades sociales y económicas del país; modificar los Códigos en este sentido y suprimir toda embarazosa tramitación, para hacer expedita y eficaz la administración de justicia, a fin de evitar que en ella encuentren apoyo los contratantes de mala fe.

XXI. Establecer procedimientos especiales que permitan a los artesanos, obreros y empleados, el rápido y eficaz cobro del valor de su trabajo.

XXII. Proteger a los hijos naturales y a las mujeres que sean víctimas de la seducción masculina, por medio de leyes que les reconozcan amplios derechos y sancionen la investigación de la paternidad.

XXIII. Favorecer la emancipación de la mujer, por medio de una juiciosa ley sobre el divorcio, cimentando la unión conyugal sobre la mutua estimación y el amor y no sobre las mezquindades del prejuicio social.

XXIV. Atender a las ingentes necesidades de educación y de instrucción laica que reclama el pueblo, elevando la remuneración y consideración del profesorado, estableciendo escuelas normales en cada Estado y regionales en donde se necesiten, exigiendo en los programas de instrucción que se dedique mayor tiempo a la cultura física y a los trabajos manuales y de instrucción práctica, e impidiendo a instituciones religiosas que impartan la instrución pública en las escuelas particulares.

XXV. Reorganizar el Ejército Nacional sobre las bases de la moralización de sus elementos, de la revisión de las hojas de servicios, de la reducción de su efectivo en armas y del reconocimiento de la sagrada obligación que tiene todo ciudadano de defender el territorio nacional y las instituciones legales.

Cuernavaca, 18 de febrero de 1915.
Federico Cervantes.
Ezequiel Catalán M.
Alberto B. Piña.
Heriberto Frías. Conforme, a excepción de los artículos XXII, XXIV, que rechazo en parte, y el XXIII, que repruebo, reservándome el derecho de fundar verbalmente las razones de mi oposición.
Enrique M. Zepeda. Con exclusión del artículo XXII.
D. Marines Valero. En desacuerdo con el preámbulo y en contra del artículo XXV.
A. Díaz Soto y Gama.
Otilio E. Montaño. Con excepción del preámbulo.
S. Pasuengo.

¿No hay quién pida la palabra?

El C. M. Pasuengo
Pido la palabra.

El C. secretario Treviño
¿En pro o en contra?

El C. Cervantes
Yo creo que a falta de una declaración expresa de anotarse en contra, de algunos de los señores miembros de la Comisión, todos debemos estar anotados en el pro, porque es evidente que todos defendemos la idea en lo general.

Al mismo tiempo ruego al señor presidente que declare que esta discusión es en lo general, y encarezca a los señores delegados que la discusión la hagan efectiva en lo general.

El C. presidente Castellanos
La Presidencia ruega a los señores oradores, que no olviden que esta discusión es en lo general.

Tiene la palabra el señor General Matías Pasuengo.

El C. Matías Pasuengo
Señores delegados, no voy a impugnar en lo absoluto el dictamen, porque todos los artículos en lo general me agradan en este Programa de Gobierno.

Solamente voy a hablar en contra, porque en todo ese Programa no encuentro dos artículos que yo desearía que figuraran, como me permitiré proponerlo a la Asamblea, para que si los acepta se incluyan en él, y sí no, me sujetaré a lo que la mayoría apruebe.

En ese Programa no se habla de algo que yo me permito proponer: de que los jefes revolucionarios no sean dueños de lo que han intervenido; pero es necesario que esto sea una ley. (Aplausos)

Porque lo que han intervenído los Jefes, es natural que lo recoja la Nación.

Otro artículo propondría yo, y el cual deseo que figure de buena fe y de todo corazón: favorecer a las viudas, a los huérfanos y a los inválidos; pero que esto también tenga el carácter de ley. (Aplausos)

Esto es lo que me permito proponer.

El C. Soto y Gama
Eso está contenido en el Plan de Ayala.

El C. Cervantes
Se está faltando al Reglamento.

El C. Piña
Moción de orden.

El C. M. Pasuengo
Repito que lo que yo me proponía era presentar a la consideración de la Asamblea, esas ideas; por esa razón hablé en contra, en lo general, para ver si se aceptaba que fueran añadidos esos dos artículos. Pero como al mismo tiempo el señor Soto y Gama ha informado que esos puntos están ya contenidos en el Plan de Ayala, estoy conforme; pero si la Asamblea admite que sean añadidos esos dos artículos a los del Programa, podría decirse, por ejemplo, artículo 25 o 26, el que fuera: los jefes revolucionarios no son dueños de lo que han intervenido, a fin de que esos bienes vuelvan a la Nación.

En consecuencia, yo suplico a la Mesa tenga la bondad de preguntar a la Asamblea si acepta que se agreguen esos dos artículos, (Aplausos)

El C. Cervantes
Moción de orden.

El C. Casta
Pido la palabra para una interpelación.

El C. presidente
Un momento, señor; permítame usted.

El C. Casta
Es que quiero hacer una interpelación.

El C. presidente
Perfectamente, señor, va usted a hablar; voy a dar amplia libertad a todos los delegados, en este asunto, pero deseo que procedamos con orden.

La Secretaría va a hacer en estos momentos una pregunta a la Asamblea.

El C. secretario Ramírez Wiella
Habiendo recibido la Asamblea con agrado la proposición que hizo el señor delegado Matías Pasuengo,pero no siendo ahora la oportunidad de discutirla, la Mesa le suplica se sirva presentarla por escrito, a fin de que sea tratada en su oportunidad.

El C. presidente
Tiene la palabra para una interpelación el ciudadano Casta.

El C. Casta
Deseo hacer la siguiente interpelación.

Acabo de oír, en lo que se refiere a las viudas, huérfanos e inválidos, que el Plan de Ayala se ocupa ya de favorecerlos; y yo me permito preguntar si la Convención va a tener, además de este Programa, el Plan de Ayala.

Yo creo que no; en primer lugar, porque todos los puntos del Plan de Ayala eStán contenidos en el Programa de Gobierno, y, además, porque mañana podría resultar que unos pretendieran seguir o respetar el Plan de Ayala, y otros, el Programa de la Convención.


NOTA

Hasta el texto anterior corresponde lo publicado por el periódico La Convención, en su sección Debates de las sesiones de la Soberana Convención Revolucionaria, en su edición del 3 de julio de 1915; y no habiéndose encontrado los ejemplares del número 109 al 112, el resto de la Sesión del día 3 de marzo de 1915 y las siguientes, hasta la primera parte de la celebrada el dia 8 del mismo mes, se integran con las crónicas publicadas por el mismo periódico.


El delegado Casta hizo una interpelación que contestó el delegado Soto y Gama, y en la que intervino el delegado Cervantes.

El licenciado Soto y Gama habló en pro del dictamen, manifestando que creía inútil ir en contra del programa de Gobierno en general, puesto que todos los delegados estaban de acuerdo en los principios revolucionarios.

El delegado Nieto expuso que estaba de acuerdo con el programa en lo general, pero que la forma en que se presentaba era inadecuada y propuso que para orientar el criterio de la asamblea la Comisión hiciera una clasificación de las reformas.

Contestó el licenciado Soto y Gama como miembro de la Comisión, que en su concepto la clasificación propuesta, no era otra cosa, que cuestión de estilo.

El delegado Nieto manifestó que en vista de esa explicación, cedía.

El delegado Piña habló en pro, diciendo que era muy satisfactorio ver que ya la Convención iba a dar el primer paso para hacer algo benéfico en favor de nuestro país, y pidió que en masa se aprobara el dictamen en lo general.

Hizo una aclaración en el sentido de que su representado, el ciudadano José María Maytorena, a pesar de ser propietario de varias haciendas en Sonora, está muy interesado en la resolución del problema agrario, no sólo en aquel Estado sino en toda la República.

Se extendió acerca del hecho bien comprobado de que el gobernador Maytorena ha sido el emancipador en principio, de la raza yaqui, entre cuyas tribus goza de una gran popularidad, debido a la protección patriarcal que, tanto él como su padre, impartieron al indio de aquellas sierras.

El ciudadano Piña fue llamado al orden por el presidente, a moción del delegado Catalán, a fin de que se contrajera al punto a discusión.

El delegado Velázquez habló en contra, refiriéndose a la forma únicamente, y propuso que se especificara que se facultaba a los Gobiernos de los Estados para resolver el problema agrario, según las exigencias del medio.

Refirióse, lo mismo que Piña, a la tribu yaqui, de la cual se enorgullecía de ser uno de los representantes en la Convención, concordando a este respeco sus ideas con las de su colega sonorense.

Se invitó al ciudadano Velázquez a formular su proposición por escrito y el delegado Casta habló en pro ...

Considerado suficientemente discutido el punto, se procedió a la votación, resultando aprobado el dictamen en lo general.

La Secretaría dio lectura a un oficio dirigido por el Encargado del Poder Ejecutivo pidiendo nombrara la Asamblea a un interventor para firmar los billetes que por veinticinco millones de pesos se van a emitir de acuerdo con un decreto anterior.

Como fuera preciso que este nombramiento se expidiera a la mayor brevedad posible, para poder presentar el Ejecutivo a la Asamblea un modelo de billetes con la firma del interventor, se consideró el asunto de pronta y obvia resolución, turnándose el oficio a la Comisión de Hacienda para que dictaminara.

Esta Comisión, momentos más tarde, presentó su dictamen proponiendo en terna a los delegados Alberto Piña, Antonio Mesa Salinas y Francisco Lagos Cházaro.

Puesto a discusión, el delegado Piña suplicó que no se le nombrara, porque tenía positivo interés en asistir a todas las sesiones, y los ciudadanos Orozco y González manifestaron que no veían inconveniente alguno.

Considerado suficientemente discutido el asunto, se procedió a la votación, resultando electo por aclamación, el delegado Piña.

La Secretaría dio lectura a un oficio de la Secretaria de Hacienda presentando el presupuesto de sueldos del mes de febrero, para la inspección de la decimatercera zona de la red telegráfica.

Considerándose el asunto de urgente y obvia resolución, se turnó a las Comisiones de Hacienda y Comunicaciones, que dictaminaron en el sentido de que se facultara al Ejecutivo para hacer estos pagos.

El doctor Cuarón habló en pro, diciendo que los empleados de esa zona hace un mes que no reciben sueldo, que han prestado muy buenos servicios y que muy pronto comunicarán esta ciudad con el Norte.

El dictamen fue aprobado y después de leerse la orden del día, se levantó la sesión a las ocho y cuarenta minutos de la noche.

Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesSegunda parte de la sesión del 2 de marzo de 1915 Sesión del 4 de marzo de 1915Biblioteca Virtual Antorcha