Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesSesión matutina del 14 de junio de 1915 Sesión del 15 de junio de 1915Biblioteca Virtual Antorcha

CRÓNICAS Y DEBATES
DE LAS SESIONES DE LA
SOBERANA CONVENCIÓN REVOLUCIONARIA

Compilador: Florencio Barrera Fuentes

SESIÓN VESPERTINA DEL 14 DE JUNIO DE 1915

Presidencia del C. Doctor Alfredo Cuaron

(Crónica publicada por el periódico La Convención, en su edición de la misma fecha)


En la sesión vespertina que celebró ayer la Soberana Convención Revolucionaria, se discutió y aprobó el dictamen rendido por las Comisiones de Gobernación y Guerra unidas, acerca de la comunicación que el general Pablo González entregó a los comisionados por la Asamblea, ciudadanos Tulio Espinosa, Alvaro Torre G., y L. B. Bolaños, y de la cual dimos cuenta al reseñar brevemente la sesión matutina.

Dichas comisiones, tomando en cuenta la exposición de ideas que en la junta de la mañana hicieron varios delegados, formularon un amplio dictamen, abundante en consideraciones del orden político, serenamente apreciadas, que recibieron la sanción de la Asamblea, de la misma manera que las conclusiones, que fueron aprobadas en la forma que las insertamos más adelante, y que reflejan el espíritu unionista de la Convención, hacia todos los revolucionarios que luchan por principios.

Al comunicarse estas resoluciones al general Pablo González, se le hace saber, con referencia a su nota fechada en Puebla, que la plaza de México será defendida si dicho jefe se empeña en seguir avanzando, y que, en caso de que la tome, será sometida a riguroso sitio. El mismo documento se publicará, en forma de manifiesto, para que lo conozcan todos los jefes revolucionarios.

LA SESION

Luego que terminó la junta secreta que anunciamos ayer, al dar cuenta de la sesión de la mañana, la cual resultó aprobada sin debate; y en seguida, la Presidencia fueron a Puebla a hablar con el general Pablo González, se abríó la sesión pública de la tarde, bajo la Presidencia del delegado Cuarón. Se dio cuenta con el acta de la sesión de la mañana, la cual resultó aprobada sin debate; y en seguida, la Presidencia concedió permiso al delegado Palacios Moreno, miembro de una de las Comisiones Dictaminadoras, para que diera lectura al dictamen formulado por las Comisiones de Guerra y Gobernación, sobre la nota del general González.

Después de los considerandos, que se hallarán íntegros en el documento que insertamos en otro lugar, tal como fue aprobado, el mismo delegado Palacios Moreno dio lectura a la parte resolutiva que se puso a discusión, y la cual estaba dividida en nueve cláusulas a saber:

Primera: Páctese un armisticio general, suspendiéndose las hostilidades por el plazo de un mes a contar de la fecha en que sea aceptado este pacto, en toda la República, así como los movimientos militares para que los jefes revolucionarios puedan libremente adoptar la línea de conducta que crean conveniente para la unificación de la Revolución y la salvación de la República.

Segunda: Por cuanto a los principios se refiere, se aceptan como Programa de Reformas político-sociales de la Revolución, los principios contenidos en las adiciones al Plan de Guadalupe formulado en Veracruz por el general Venustiano Carranza, los principios del Plan de Ayala aceptados por la Convención y los de Programa aprobados por ésta.

Tercera. El Gobierno preconstitucional quedará integrado por un Presidente Provisional de la República, y nueve Ministros responsables de los cuales tres serán propuestos por el Ejército Constitucionalista, tres por el Ejército Libertador del Sur y tres por el 'Ejército del Norte, quedando sujetos a la Ley Parlamentaria expedida por la Convención; y por esta Asamblea, como Poder Legislativo debidamente integrada por los delegados de todas las facciones aceptadas bajo las bases acordadas en Aguascalientes, y admitiéndose representantes de los mismos generales.

Cuarta. El Presidente Provisional de la República, será nombrado por mayoría absoluta de votos de los delegados a !a Convención y deberá tener carácter civjl, quedando excluidos para este puesto los candidatos militares de cuálquier graduación.

Quinta. El Gobierno Provisional Preconstitucional, funcionará hasta el treinta y uno de diciembre del año en curso, en que entregará los Poderes al Gobierno Constitucional que resulte electo a consecuencia de la convocatoria que para ello expida oportunamente la Convención.

Sexta. Para lograr el equilibrio militar en toda la República, los actuales jefes cúnservarán respectivamente el mando militar de las regiones que hoy dominan, sujetáDdose en cuanto a su funcionamiento político a las disposiciones del Gobierno Provisional.

Séptima. En el caso de que una facción invada militar o indebidamente la zona dominada por otra, se considerará este acto como una rebelión contra los pactos fundamentales del Gobierno Provisional, y las demás facciones en apoyo de este Gobierno, deberán reprimirla.

Octava. Transcurrido el mes fijado en la cláusula primera, la Convención procederá a dar los pasos necesarios para la elección del Presidente Provisional de la República con los elementos que, acudiendo a nuestro llamado, se encuentren en el seno de ella, en cualquier lugar en que estuviere funcionando la referida Asamblea.

Novena. Se decretará desde luego amplia amnistía para todos los revolucionarios y acción enérgica del Comité de Salud Pública, integrado por elementos de las tres facciones por partes iguales, con el objeto de depurar éstas y castigar a los enemigos de la Revolución.

Adicional. Comuníquese desde luego este dictamen al general Pablo González por conducto de una Comisión Especial para que lo haga conocer a los jefes que están bajo sus órdenes y para que resuelva a la Convención lo que estime conducente, advirtiéndole que la Plaza de México será defendida y deberá tomarla a sangre y fuego si insiste en su avance, y que en caso de capturarla será sometida a riguroso sitio, y láncese también en forma de manifiesto a todos los jefes revolucionarios de la República.

Terminada la lectura del dictamen, la Secretaría anuncia que está a discusión en lo general.

El delegado Díaz Soto y Gama advierte que tiene que presentar algunas objeciones en lo particular, pero a petición del general González Garza, accede a referirse a ellas, aunque brevemente, durante la discusión en lo general.

Se refiere a que en el documento que va a aprobarse, debe hacerse constar claramente que la elección de Presidente Provisional se efectuará a satisfacción de las tres facciones que estén representadas en la Convención, y no solamente por mayoría, como indica una de las resoluciones del dictamen. Otro punto que se debe especificar, es el de que el Comité de Salud Pública, quedará integrado por las tres facciones, en parte iguales.

Inmediatamente después, la Asamblea consideró suficientemente discutido el dictamen en lo general, y en votación económica, resultó aprobado.

LA DISCUSION EN LO PARTICULAR

Se puso a discusión en lo particular la resolución primera. Sin debate, fue aprobada en votación económica.

La resolución segunda, en iguales condiciones que la primera, resultó aprobada.

Lo mismo las resoluciones tercera y cuarta.

Se da lectura a la resolución quinta, que fija la fecha en que han de terminar las funciones del Presidente Provisional electo por las tres facciones. En contra pide la palabra el Lic. Díaz Soto y Gama. Dice que no se puede fijar el término que sea necesario para el funcionamiento del Gobierno preconstitucional; puede ser mayor o menor del anunciado, y en consecuencia, estima prudente que se suprima esa cláusula, a reserva de pedir modificaciones en ese sentido para otras cláusulas relacionadas con la quinta.

En virtud de las razones expuestas, las Comisiones piden permiso a la Asamblea para retirar la cláusula quinta. Se concede el permiso.

La cláusula que figuraba en sexto lugar, pasa a ocupar el quinto.

Nadie hace uso de la palabra, y en votación económica se aprueba.

El artículo siguiente, que ocupa el sexto lugar, también se aprueba sin debate.

Se pone a discusión en seguida el artículo séptimo, que era octavo, y que se refiere al término que se fija para nombrar Presidente Provisional.

El delegado Díaz Soto y Gama habla en contra. Opina que tal como está redactado el artículo a discusión, se presta a torcidas interpretaciones, y los disidentes pueden creer que se trata de un chanchullo para ganar les ventajas. Sin desvirtuar el espíritu de la cláusula, propone que se diga que las prescripciones antes señaladas durarán hasta que se nombre Presidente Provisional y que este nombramiento deberá hacerse antes de que transcurra determinado tiempo. Agrega que este documento, que será examinado palabra por palabra por los disidentes, debe ser claro para que nadie pueda interpretar otro espíritu que el de confraternidad y unión que anima a la Asamblea.

El miembro de la Comisión de Gobernación, Lic. Palacios Moreno, explica las razones que se tuvieron en cuenta para redactar ese artículo en la forma presentada.

Hay que hacer saber a los revolucionarios que, transcurrido determinado tiempo, la Revolución necesita dar un Gobierno a la República y, por tanto, deben apresurarse a llenar las condiciones que se requieren para designar al Presidente Provisional.

La Secretaría da lectura a una modificación propuesta por el delegado González Garza, en el sentido de la discusión. En lugar de decir transcurrido el mes fijado, que dice: Transcurrido el tiempo indispensable, etc. Las Comisiones toman en cuenta las observaciones hechas, y modifican la cláusula a debate en el sentido que aparece en el documento que publicamos en otro lugar. En votación económica, se aprueba.

Se pone a discusión la cláusula octava, que antes era novena, y que se refiere al decreto de amplia amnistía para los revolucionarios, y previene la acción enérgica del Comité de Salud Pública contra la Reacción.

Su lectura es recibida con aplauso, y en votación económica se aprueba.

La cláusula adicional también se escucha con aplauso y se aprueba sin debate.

El general González Garza pide que inmediatamente pase el documento a la Comisión de Estilo, para las correcciones gramaticales, a fin de que quede listo para ser enviado en la misma noche al general Pablo González.

A petición de varios delegados, se acepta el mismo estilo en que está redactado.

LA COMISION QUE VA A PUEBLA

Inmediatamente después se procede a designar la Comisión de delegados que llevará al general González a Puebla, el documento aprobado.

Díaz Soto y Gama propone en primer lugar al delegado Luis Méndez. Se aprueba su designación con aplauso. Seguidamente se designan a los otros dos comisionados, que son: Teniente coronel Mauricio Contreras, y el ciudadano Bolaños, mismo que formó parte de la Comisión que anteriormente fue a Puebla con la primera Comisión. (Aplausos)

LAS FUERZAS DEL NORTE

A continuación, la Secretaria dio lectura a dos telegramas procedentes de Tepeji del Río, en los que se informa que a aquel punto comenzaron a llegar ayer fuerzas del Norte, al mando del general Madinaveytia. En los momentos en que fueron enviados dichos telegramas, conferenciaban los generales Banderas y Madinaveytia en Tepeji, y se hacía constar que al llegar las tropas -caballería en su mayor parte- daban vivas a los generales Villa y Zapata. En uno de dichos mensajes se hacía saber al general González Garza, que el general Madinaveytia deseaba conferenciar con él y que, para ese efecto, lo esperaba hoy en Azcapotzaltongo, lugar muy cercano a esta metrópoli.

Los anteriores informes fueron recibidos con aplauso por la Asamblea y por las galerías.

RUMORES INSIDIOSOS

A continuación, el delegado Díaz Soto y Gama pidió la palabra para exponer que durante el día de ayer, en esta capital circularon versiones alarmantes en contra del Gobierno convencionista, y las cuales son insidiosas y falsas.

Se dijo que los disidentes avanzaban sobre México, y acerca de este asunto, hay que declarar que la situación de los carrancistas en la región de Puebla es bastante crítica. En Atlixco, por ejemplo, están sitiados por las fuerzas convencionistas del Sur, y hasta ahora no han efectuado ningún movimiento que pudiera interpretarse como posibilidad de avance sobre México.

Luego se dio cuenta con un oficio del Ministro de Hacienda, comunicando que hoy serian incinerados los billetes villistas que se han retirado de la circulación.

MURIO EL GENERAL BONILLA

Finalmente, la Secretaría dio cuenta con un oficio del coronel Manuel Bonilla, en el que informa a la Asamblea que tuvo conocimiento de que con fecha 13 de los corrientes, murió en Calpulalpan el general Porfirio Bonilla, y pide que se le conceda licencia para marchar a reorganizar las fuerzas de dicho jefe. La Asamblea concede el permiso solicitado, y se aprueba que se enlute la tribuna, en homenaje al jefe que dejó de existir.

Se dio lectura a la orden del día y terminó la sesión a las siete de la noche.

Las Comisiones unidas de Guerra y Gobernación, con relación al oficio girado en Puebla por el general en Jefe del Cuerpo de Ejército de Oriente Constitucionalista, ciudadano Pablo González, y en el cual manifiesta que en su concepto sólo podrá obtenerse la completa unificación revolucionaria por el reconocimiento y adhesión al Plan de Guadalupe; que concede un plazo de cuarenta y ocho horas contados desde las seis de la tarde del día trece del actual, para que la Convención recabe de los jefes militares dicho reconocimiento, y que considera más conveniente para evitar la efusión de sangre la desocupación de la Plaza de México por las fuerzas de la Convención, tenemos la honra de someter a la aprobación de la Soberana Asamblea, el siguiente dictamen:

Considerando que el Plan de Guadalupe a que se refiere el general Pablo González fue lanzado por el general Venustiano Carranza y un grupo de oficiales que lo acompañaban, atendiendo exclusivamente a las necesidades netamente políticas del momento! como lo demuestran las cláusulas, ya que se limitan a proclamar el derrocamiento del régimen espurio de Victoriano Huerta; -que el mismo Plan, por necesidad de unificación del mando militar en esas operaciones contra Huerta, invistió al propio C. Venustiano Carranza del mando supremo del Ejército contendiente, y que el mismo Plan omitió en lo absoluto la consignación expresa de las reformas sociales, que son la causa esencial de la Revolución iniciada desde 1910, y que tienen por objeto la reforma de las caducas instituciones inadaptables a nuestro medio ambiente;

Que en el desarrollo de la misma Revolución surgieron poderosos grupos armados al mando de diversos prestigiados jefes, que demostraron ser ellos mismos y Sus corporaciones, capaces de prestar su contingente valioso e igual al de sus compañeros;

Que esos grupos o divisiones militares fueron sintiendo progresivamente la necesidad de implantar como base del movimiento revolucionario la reforma de los ideales omitidos en el Plan de Guadalupe;

Que por la organización de esas Divisiones surgió, además, el problema de resolver cómo deberían funcionar dentro de la República, una vez exterminados los reaccionarios;

Que constituyendo evidentemente las propias Divisiones, verdaderas entidades militares y políticas, que deberían tomar participación armónica y equilibrada en el Gobierno Revolucionario, se celebró una junta de los principales jefes en Torreón, para fijar en ella las bases que deberían adaptarse para formular en principios concretos sus ideales y para organizar el citado Gobierno;

Que como consecuencia de esas conferencias se pactó solemnemente que el Gobierno Provisional emanado de la Revolución debería nombrarse por una Convención integrada por un representante revolucionario, por cada mil hombres armados y que esa Convención debería definir los pasos que estaría obligado a seguir en el Gobierno Revolucionario para implantar las reformas causa del movimiento.

Que, además, en esos pactos de Torreón, se estipuló, que ninguno de los connotados Jefes de la Revolución debería asumir el Poder público, con el objeto de evitar una dictadura militar, derogándose fundamentalmente el citado Plan de Guadalupe, y convirtiéndose la acción revolucionaria de personalista en impersonal y democrática.

Que posteriormente, por causas que no es del caso referir, se violaron los pactos de Torreón, surgiendo como consecuencia de ellos la escisión de la División del Norte y el desconocimiento de la autoridad del ciudadano Venustiano Carranza como Jefe del Ejército Constitucionalista y Encargado del Poder Ejecutivo, supuesto que no contaba ya dicho ciudadano con el derogado Plan de Guadalupe, y que a mayor abundamiento la Revolución del Sur, representada por el general Emiliano Zapata y los jefes a sus órdenes no había sido oída ni tomada en consideración, como tenía derecho a ello por los pactos mismos de Torreón, que resultaron también violados, en los tratados de Teoloyucan, en que los surianos fueron considerados por los jefes del Ejército Constitucionalista que tomaron la capital de la República, como enemigos, en vez de ser escuchados como revolucionarios.

Que todas esas divergencias ocasionaron que la mayor parte de los generales Constitucionalistas y aun los del Ejército Libertador, comprendieran que iba a estallar la más formidable, la más cruenta y la más dolorosa guerra civil, supuesto que ella iba a desarrollarse entre los hombres que perseguían los mismos fines sociales, pero que desgraciadamente no podían entenderse para su organización política.

Animados de un deseo vehemente de evitar esa guerra torpe y odiosa, los generales Constitucionalistas convocaron inmediatamente a juntas Que celebraron en el Cuartel del general Lucio Blanco, en esta ciudad de las cuales resultó que todos los generales revolucionarios, con excepción únicamente del señor Carranza, resolvieron solemnemente, comprometiendo en ello su honor, resolver todas las dificultades existentes entre los diversos grupos revolucionarios y todo lo relativo a la organización del Gobierno revolucionario, en una Convención que debiera celebrarse en la ciudad de Aguascalientes, según consta de los documentos que obran en el archivo de esa Comisión Pacifista, y que están calzados por la firma de los generales Obregón, Mariel, Cosío Robelo, Blanco, Pesqueira y otros generales que figuran hoy en el Ejército Constitucionalista.

Que la iniciatíva partída de los generales que estaban en la ciudad de México a las órdenes del general Carranza, relativa a esa Convención, fue aceptada de buen grado por los generales de la División del Norte, inclusive el general Villa, y por los generales del Ejército Libertador, inclusive el general Zapata.

Que cumpliéndose con lo convenido se inauguró la Convención de Aguascalientes, a la cual asistieron todos los generales constitucionalistas, con excepción del Primer Jefe, y una Delegación Suriana del Ejército Libertador.

Que en esa Convención se resolvió seguir un criterio por el cual se habría de definir: primero, cuáles eran los ideales políticos y sociales de la Revolución; segundo, en qué términos debería organizarse el Gobierno Revolucionario, y tercero, qué debería hacerse con los jefes de los poderosos Cuerpos de Ejército para lograr el equilibrio total de la República.

Que por lo que se refiere a los principios, se adoptaron en sesión pública solemne y por mayoría absoluta de votos los contenidos en el Plan de Ayala en sus artículos 6, 7, 8, 9, 12 y 13, excluyéndose, como se había excluido y como en la misma Convención se derogaron nuevamente, los principios personalistas tanto del Plan de Ayala como del Plan de Guadalupe; pues lo mismo el de Ayala que aquél, pretendía imponer como Primer Jefe de la Revolución al general Zapata, así como el de Guadalupe pretendía imponer al general Carranza.

Derogado el Plan de Guadalupe y aceptados los principios del Plan de Ayala en todo su impersonalismo, se convino además, que la propia Convención continuaría desarrollando el programa revolucionario en sus sesiones futuras y en lo relativo a la organización del Gobierno Revolucionario, la Convención de Aguascalientes resolvió respetar desde luego el artículo 12 del Plan de Ayala, que había adoptado, y ponerlo en ejecución, nombrándose como reza el mismo artículo, al Presidente Provisional de la República, por mayoría de votos de la misma Convención; por lo que se refiere al equilibrio militar entre las facciones poderosas armadas de la República, se resolvió retirar el mando de sus divisiones a los jefes de ellas, y por último, se vació en acuerdos concretos este criterio, resolviéndose que eran principios de la Convención los citados principios del Plan de Ayala; que era de separarse y se mandó separar al señor don Venustiano Carranza de la Primera Jefatura del Ejército Constitucionalista y Encargado del Poder Ejecutivo, nombrándose por mayoría de votos, Presidente Provisional de la República al general Eulalio Gutiérrez, quien debería ser ratificado o rectificado por la misma Asamblea cuando se recibiera en forma en su seno a los delegados del Ejército Libertador, cuya representación no alcanzaba para concurrir a ese acto, y siempre acatándose el artículo 12 del Plan de Ayala mencionado, además, se acordó que cesarían en el mando de sus respectivas Divisiones los generales jefes de ellas.

Todos estos acuerdos, sin excepción alguna, fueron discutidos y conscientemente aprobados por todos los generales revolucionarios de la República Mexicana sin más excepción que la del señor Carranza.

Quedan definidos, pues, de una manera concreta y terminante cuáles fueron los pactos solemnemente hechos por el honor de esos generales y para la salvación de la República, en la Convención de Aguascalientes. Todos esos convenios han sido la bandera del Ejército Convencionista y del grupo político que sigue a la Convención.

En todos ellos se persiguió como fines fundamentales, destruir los personalismos que han roído siempre las entrañas de la República, substituyéndolos con una base democrática para la organización del Gobierno y por encarnar ellos los ideales democráticos que hemos jurado los revolucionarios, desde el 20 de noviembre de 1910, hasta derramar la última gota de sangre, hemos mérecioo justa y noblemente la admiración y el apoyo de las naciones libres del mundo civilizado, y opinamos que en todo podemos ceder, menos en aquello que constituya una abjuración de esos ideales.

Y considerando segundo, que los acuerdos de la Convención no fueron obedecidos debido esencialmente a la desconfianza que surgió en el ánimo de los generales revolucionarios, de que cumplirían unos y no cumplirían otros con los acuerdos tomados por la Convención.

Que esa misma desconfianza queremos creer que ha estado precedida por la buena y noble intención de evitar que la separación de unos jefes y la no separación de otros, encaminaba a la nación a una dictadura.

Colocándonos en el terreno de la más acrisolada buena fe, creemos que aún puede cumplirse con los anhelos de la Convención de Aguascalientes, dándole al equilibrio militar y político una forma más adecuada para su ejecución que la que se adoptó entonces.

Nosotros por nuestra misma bandera democrática e impersonal, somos los primeros que deseamos que no se implante una dictadura militar en la República, como lo demuestra la marcha que posteriormente ha seguido la Convención, nombrando Encargados accidentales del Poder Ejecutivo, esencialmente civiles y alejados de procedimientos dictatoriales, por lo cual creemos que, sin violar los acuerdos de Aguascalientes, y cumpliendo estrictamente con la palabra de honor empeñada ahí, puede unificarse la Revolución en su acción militar y en su acción política en términos tales, que el equilibrio de las facciones hoy contendientes sea un hecho, y para ello hemos pensado que la mejor manera de resolver las tremendas dificultades actuales de alcanzar la paz, consiste en conceder a cada uno de los revolucionarios la participación que legalmente les corresponde en el Gobierno de la República, para que éste sea regido armónicamente por todos sus poderosísimos elementos.

De lo expuesto anteriormente, resulta: que el primitivo Plan de Guadalupe ha sido derogado una y más veces, porque contiene el sostenimiento en el poder de una personalidad determinada sin la anuencia de la mayoría de los ciudadanos armados de la República, por lo que, no puede aceptarse sin mengua de los ideales democráticos y sin desdoro de nuestro patriotismo, e inspirados en ese patriotismo y en esos ideales, proponemos a la Soberana Asamblea que invite a los jefes de la Revolución a realizar la unificación de la misma en estos momentos supremos, en que está de por medio la conservación de la integridad nacional y la salvación del prestigio de la nación, arrancando de su conciencia ese acentuado personalismo y abrazando fervientemente la bandera impersonal, que pone de relieve solamente el respeto de los principios que tremola la Convención; bandera e ideales que puedan adaptar enviando sus delegados al seno de la Asamblea sobre las bases que presentamos, en la inteligencia de que, de no acudir a nuestro llamado, de continuar en esa guerra antipatriótica que asola nuestros campos y nos exhibe como ambiciosos desenfrenados y vulgares, pesará sobre aquellos que sean causa de su continuación, la sangre que Se derrame, la responsabilidad de la intervención extranjera o la implantación de una oprobiosa y denigrante dictadura.

BASES

Primera. Páctese un armisticio general, suspendiéndose las hostilidades por el plazo de un mes a contar de la fecha en que sea aceptado este pacto, en toda la República, así como los movimientos militares, para que los jefes revolucionarios puedan libremente adoptar la línea de conducta que crean conveniente para la unificación de la Revolución y la salvación de la República.

Segunda. Por cuanto a los principios se refiere se aceptan como programa de reformas político-sociales de la Revolución los principios contenidos en las adiciones del Plan de Guadalupe formulados en Veracruz por el general Venustiano Carranza, los principios del Plan de Ayala aceptados por la Convención y los del programa aprobados por ésta.

Tercera. El Gobierno preconstitucional quedará integrado por un Presidente Provisional de la República y nueve Ministros responsables, de los cuales tres serán propuestos por el Ejército Constitucionalista, tres por el Ejército Libertador del Sur y tres por el Ejército del Norte, quedando sujetos a la Ley Parlamentaria expedida por la Convención; y por esta Asamblea, como Poder Legislativo debidamente integrada por los delegados de todas las facciones, aceptados bajo las bases acordadas en Aguascalientes, y admitiéndose representantes civiles de los mismos generales.

Cuarta. El Presidente Provisional de la República, será nombrado por mayoría absoluta de votos de los delegados a la Convención y deberá tener carácter civil, quedando excluidos para este puesto los candidatos militares de cualquier graduación.

Quinta. Para lograr el equilibrio militar en toda la República, los actuales jefes conservarán respectivamente el mando militar de las regiones que hoy dominan, sujetándose en cuanto a su funcionamiento político a las disposiciones del Gobierno Provisional.

Sexta. En el caso de que una facción invada militar e indebidamente en la zona dominada por otra, se considerará este acto como una rebelión contra los pactos fundamentales del Gobierno Provisional y las demás facciones en apoyo de este Gobierno deberán reprimirla.

Séptima. Transcurrido el mes fijado en la cláusula primera, la Convención procederá a dar los pasos necesarios para la elección de Presidente Provisional de la República con los elementos que acudiendo a nuestro llamado se encuentren en su seno, en cualquier lugar en que estuviere funcionando la referida Asamblea.

Octava. Se decretará desde luego amplia amnistía para todos los revolucionarios; y acción enérgica del Comité de Salud Pública integrado por elementos de las tres facciones por partes iguales, con el objeto de depurar éstas y castigar a los enemigos de la Revolución.

Sala de Comisiones de la Soberana Convención Revolucionaria.
México, catorce de junio de mil novecientos quince.
C. M. Samper.
Federico Cervantes.
Juan Ledesma.
José Casta.
Genaro Palacios Moreno.

ARTICULO ADICIONAL

Comuníquese desde luego este dictamen al general Pablo González por conducto de una comisión especial, para que lo haga conocer a los jefes que están bajo sus órdenes y para que resuelva a la Convención lo que estime conducente, advirtiéndole que la plaza de México será defendida y deberá tomarla a sangre y fuego si insiste en su avance y que en caSo de capturarla será sometida a riguroso sitio, y láncese también en forma de manifiesto a todos los jefes revolucionarios de la República.

Salón de sesiones de la Soberana Convención Revolucionaria.
México, junio 14 de 1915.

Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesSesión matutina del 14 de junio de 1915 Sesión del 15 de junio de 1915Biblioteca Virtual Antorcha