Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesSegunda parte de la sesión del 8 de marzo de 1915 Segunda parte de la sesión del 9 de marzo de 1915Biblioteca Virtual Antorcha

CRÓNICAS Y DEBATES
DE LAS SESIONES DE LA
SOBERANA CONVENCIÓN REVOLUCIONARIA

Compilador: Florencio Barrera Fuentes

SESIÓN DEL 9 DE MARZO DE 1915

Presidencia del ciudadano Matías Pasuengo
Primera parte

SUMARIO

Acta de la sesión anterior.- Continúa la discusión del Proyecto de Programa de Reformas Político-Sociales de la Revolución.- Se aprueban en lo particular los artículos octavo y noveno.- Memorial de varios ciudadanos delegados, a fin de que sean puestos en libertad algunos detenidos que se encuentran en la cárcel municipal de esta ciudad.- A discusión el dictamen formulado por la Sección Instructora del Gran Jurado, que consulta se conteste en los términos que indica, al ciudadano Juez 2° de Instrucción Militar.- A discusión el dictamen de la Comisión de Gobernación, que propone se declare por esta H. Asamblea que todos sus miembros gozan de fuero. Se aprueban los artículos 1° y 2°.- Orden del día.


Lista, ciudadano Zepeda.

El C. presidente
Se abre la sesión.

El ciudadano secretario dio lectura al acta de la sesión anterior, y dijo:

Está a discusión.

El C. Luis González
Pido la palabra.

Había solicitado el uso de la palabra antes de que se leyera el acta, pero empezándose a leer no pude interrumpir para hacer constar que ayer, al pasar lista, yo estaba presente y que contesté al llamado de la Secretaría. Esto es lo que quiero que se haga constar y estoy conforme con el acta.

El C. presidente
La Mesa contesta al ciudadano Luis González, que en la lista a que se dio lectura aparece como enfermo, pero como unos días vendrá y otros no podrá venir, está considerado como enfermo; pero no por eso se le descontará el sueldo. (Risas)

El C. secretario
Está a discusión el acta.

¿No hay quién pida la palabra?

El C. Piña
Pido la palabra para una moción de orden.

El C. secretario
En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie.

Sí se aprueba.

El C. Aceves
Pido la palabra. (Voces: No hay nada a discusión)

Es para una interpelación a la Mesa.

Hace un rato estábamos el señor general Ramos, el señor general Pérez y yo en la pieza de los taquígrafos. ¿Tenemos nota de asistencia o no? Si no, para irnos.

El C. Piña
Yo deseo saber si se me pone nota de asistencia o no; si no, para irme. (Voces: Sí, sí)

El C. secretario
Prosigue la discusión del Programa.

Artículo VI. Aplicar una legislación minera que, además de impedir el acaparamiento de vastas zonas, declare caducas las concesiones de aquellas minas cuya explotación se suspenda por más de cierto tiempo.

Está a discusión.

El C. Velázquez
Pido la palabra en contra.

El C. González Cordero
Pido la palabra en contra.

El C. Valle
Pido la palabra para una moción de orden.

La hora en que se empieza la discusión del Programa es las cuatro y media.

El C. secretario
Son cuatro horas, treinta y ocho minutos, siete segundos; mi reloj es Helio Motor.

El C. Osterman
Está mal su reloj.

El C. González Cordero
Que se compre un cronómetro para la Convención.

El C. secretario
La lista de oradores es como sigue: (Leyó la lista)

El C. Montaño
Pido la palabra en pro.

El C. Gavaldón
Yo la pido en contra.

El C. presidente
Tiene la palabra en contra el ciudadano delegado Velázquez.

El C. Velázquez
Señores delegados:

Voy a hablar en contra del artículo a discusión, porque falta una adición muy interesante y que consiste en esto: en la época de la dictadura se cometieron muchos abusos con los pobres descubridores; apenas sabían los ricos que se había descubierto un nuevo placer, una nueva veta, buscaban su beneficio y hacían entorpecer el denuncio por el verdadero descubridor y aquella riqueza iba a parar en manos de los acaparadores.

Este asunto es tan interesante para la región minera de Sonora, como puede ser interesante el asunto agrario para la región de Morelos, para los pobres que se han dedicado a los trabajos de los placeres auríferos.

Ha sido tanto el daño que han recibido aquellos pueblos por la falta de preferencia a los descubridores, cuyas preferencias estuvieron consignadas en las Ordenanzas Españolas, que muchos lugares que antes tenían una población de veinte mil almas, han quedado reducidas a la nada; y los lugares, las regiones en que es explotado el oro y que producen tanto más que en aquellas ocasiones, ahora esos placeres están acaparados especialmente por compañías extranjeras.

El placer del Cingayo llegó a tener veinte mil almas, y ahora una compañía extranjera tiene, solamente en ese placer, mil pertenencias mineras; y como no las trabaja constantemente, resulta que ha quedado despoblado, sin hacerse uso de todos los inmensos recursos que hay allí.

Ha llegado a tanto esto, que muchos campesinos, por falta de trabajo, no buscan una veta o un placer.; y al preguntarles por qué no trabajan, me contestaban con una expresión muy gráfica:

No queremos decir nada, porque se cogen nuestro descubrimiento los lobos gordos -que así los llaman- lo qUe es de nuestro trabajo.

Además, entre las tribus indias han llegado los Patriarcas hasta impedir a los indios que se diga dónde hay placeres, amenazándolos con la muerte o con ponerles señales en cierta forma; y me parece que no es necesario seguir disertando sobre este asunto, manifestando solamente que debe adicionarse esto, diciendo que se dé cierta preferencia a los dueños o descubridores de minas.

El C. presidente
Tiene la palabra en pro el ciudadano Pérez Taylor.

El C. Pérez Taylor
Ciudadanos delegados:

Siguiendo el criterio socialista sobre el asunto de los trabajos de la tierra, ya sea en la manifestación agraria o en la manifestación minera, la tierra y las minas, en tesis general, deben ser de quienes las trabajan.

Es verdaderamente triste que la tierra, que el dinero, no sea del individuo más infeliz de la tierra, no obstante que es quien saca la mayor parte de los tesoros de la misma tierra; todos los que han visto los trabajos de las minas conocen a maravilla los chanchullos de que se valen todas aquellas compañías en pequeño, que ponen los departamentos de compra y venta de metales en los diversos lugares del país, y que de una manera directa o indirecta explotan de la manera más miserable a los llamados buscones, que son aquellos que trabajan en pequeño, por su cuenta, las minas.

Aplicar la Ley Minera en el sentido de que se declaren nulas las concesiones de aquellas minas cuya explotación se suspenda por más de cierto tiempo, es perfectamente lógico; esto, además de impedir el acaparamiento de grandes zonas, cuyo acaparamiento se transmite por cierto tiempo.

Antiguamente existía una Ley Minera, que consistía en lo siguiente: todo aquel individuo dueño de diferentes pertenencias mineras que no las trabajase en la época de seis meses, perdía sus derechos y pasaba a ser aquella mina propiedad de aquel individuo que la trabajase.

Aquellos individuos que eran dueños de grandes pertenencias mineras, se acercaron al que fue en aquel entonces Ministro de Fomento, Olegario Molina, y convinieron que todo aquel individuo que tuviera pertenencias mineras, pagara una contribución, más o menos excesiva, y que dicho fundo minero no podría pertenecer a aquel buscón que la trabajase, y así se sentó el precedente inmoral, que yo tuve ocasión de presenciar en Zacatecas. Allá en Sombrerete, hay una cantidad inmensa de pertenencias que no se trabajan; en la actualidad dichas minas pertenecen a uno de los señores De la Parra, que es dueño de infinidad de fundos mineros.

Con la ley que establecía el principio de que las minas que no fueran trabajadas durante seis meses, fueran de quien las trabajara, aquel Distrito minero subió mucho, porque, como dije, como el señor De la Parra tenía los fondos necesarios para trabajar las minas por su propia cuenta, los buscones iban por la suya y no tenían que dar cuenta al departamento de compra y venta de metales que existía en San José de los Ranchos, en la Sucursal en Zacatecas o en la Sucursal en Sombrerete, y dichos buscones llevaban suficiente cantidad de metal a dicho departamento de compras y ventas de metales, pero no tenían dinero suficiente para poderlo trabajar; y como el señor Parra vio que aquellas minas estaban dando verdaderas riquezas con la cuestión de la reforma de la ley que hizo Olegario Molina, fue y pagó seis o siete veces más que lo que pagaban al Presupuesto, a efecto de poder dominar todo aquel terreno y, además, pagó el impuesto para que ninguno pudiera trabajar.

El punto moral es el siguiente: pongo por caso que cualquiera de nosotros, teniendo un distrito minero, se dedicara a éste y fuera a parar a un lugar donde existieran unas minas abandonadas; aquel individuo desarrolló sus energías, sus conocimientos, su inspiración minera y, al fin y al cabo, después de algunos meses de sacrificio, de estar durmiendo a la intemperie, de estar pasando penalidades y sacrificios, logra encontrar una veta maravillosa; y aquel individuo se dirige después, con el alma satisfecha y llena de regocijo, al departamento de compra y venta de metales, enseña su metal a un individuo; pero aquel individuo, que sabe que ese metal es producto de una nueva mina, entonces aquel trabajador que ha gastado todas sus energías, es vigilado, es perseguido muchas veces hasta encarcelarlo, para que diga en qué parte está esa veta maravillosa, y resulta que todos los terrenos mineros de la República están acaparados por compañías extranjeras o mexicanas o por compañías monopolizadoras; y resulta que esa mina española, abandonada, pertenece a Fulano de Tal, y entonces aquel minero que ha gastado sus energías en aquella mina, tiene que entregar esa misma mina y tiene que entregar el producto de su trabajo, de su iniciativa, de su energía, a aquel individuo, al burgués, al tantas veces bandido burgués que no trabaja absolutamente la tierra y, sin embargo, goza del privilegio de lo que según nuestra actual sociedad, debe gozar: de los beneplácitos y bienandanzas de todas partes.

Ya sea desde el punto de vista agrario, minero o de cualquier otro de la explotación de la naturaleza, aquel individuo se enriquece, mientras aquel buscón que ha gastado todas sus energías, se encuentra con que la mina donde había cifrado todas sus esperanzas y todos sus entusiasmos, pertenece al individuo Fulano de Tal, y a aquel buscón le dan por gratificación cincuenta o cien pesos y tiene que retirarse de allí, amonestado de ser llevado al Ejército, de leva, con cualquier columna, si permanece allí, y tendrá que separarse del distríto donde había fundado sus esperanzas. (Aplausos)Este es el gran punto inmoral por el que hasta la fecha todos los individuos que son poseedores de propiedades mineras no las trabajan y no dan riqueza al país; aquellos que son dueños de infinidad de propiedades mineras, que no le dan trabajo al buscón, pero sí le dan trabajo al Erario, ¿y quién gana con esto? ¿Gana el Estado, gana el pueblo?

Con ello no gana ni el Estado ni el pueblo; así es que estoy de acuerdo con el artículo: en que las minas deben ser de quienes las trabajen.

Que se reglamente por todo dueño de mina que no la trabaje durante tres o seis meses, la pierde y esa mina pasa a ser propiedad de quien la trabaje.

Todos saben que el trabajo de la mina es más fuerte, más rudo, y que la planta de mineros siempre anda haciendo tanteos con peligro de su vida, y es la que saca los grandes tesoros de la tierra, y que, sin embargo, el minero es el hombre más miserable, el más mal pagado; es uno de los que siempre, en relación con lo que se saca de la mina, es mal pagado.

El minero, ciudadanos delegados, hay veces que saca en su canasto más de cinco mil pesos, y aquel dinero va a llenar la bolsa del dueño y, sin embargo, al minero apenas si le pagan dos o tres pesos en vales, y hay buscones a quienes se les pagan de veinticinco a cincuenta pesos diarios.

¿Hay relación con la riqueza que saca aquel minero en su canasto? ¿Hay relación entre la riqueza que saca aquel minero y el peligro a que se expone señores delegados?

Yo creo que no. Con el producto de ese trabajo se enriquece el burgués, y yo creo que no existe relación alguna y que debe ser remunerado debidamente el trabajo del trabajador, porque es un gran principio moral que la Revolución debe siempre de sostener, y, por lo tanto, estoy de entero acuerdo con el artículo sexto, desde el punto de vista socialista, en lo que atañe a la remuneración del trabajo del trabajador. (Aplausos)

El C. González Cordero
Pido la palabra para una rectificación.

El señor Pérez Taylor tiene, como de costumbre, una palabra florida y fácil; pero ignora lo que está diciendo, no sabe lo que es un fundo minero, ni lo que es un buscón. (Aplausos)

Me voy a permitir decirle que el trabajo de una mina se hace por medio de los esfuerzos de particulares o compañías. Usted sabe, señor Taylor, que no es tan sencillo eso de ir a encontrar con facilidad y sin costo, los placeres de oro, aunque hay algunos, muy limitados por cierto, en donde con una batea y con un poco de agua se puede recoger el oro; pero las minas, generalmente, requieren maquinaria para la extracción de los minerales y un capital verdaderamente grande; por consecuencia, el trabajo ése tiene que hacerse por compañías o particulares que puedan afrontar todos los gastos necesarios.

Por lo tanto, el trabajo se hace por buscones que trabajan por su propia cuenta, porque hay dos clases de trabajadores en las minas: los que trabajan a jornal y los que trabajan a destajo; los que trabajan a jornal, no necesito repetirlo; los que trabajan a destajo, son a los que se les paga determinada cantidad; los buscones son los que, con su trabajo personal, van buscando las minas.

Creo, y quiero decírselo a usted, que el trabajo de las minas es el mejor remunerado; ojalá que la agricultura fuera tan bien remunerada como la minería. (Voces: No, señor)

El C. secretario
La Presidencia suplica a los señores oradores que presten atención y hablen más alto, porque los señores taquígrafos no oyen.

El C. González Cordero continúa
Yo creo que conozco mucho de minerales; es el trabajo mejor remunerado, más en el Norte que en el Sur; y esa ley que dice el señor que resolverá la cuestión minera, voy a explicar por qué se dio: fue porque la minería llegó a tener un gran auge y hubo, además, necesidad de la plata; la reforma monetaria fue tanto para la cuestión minera como para la agricultura; y como los científicos, a los que estamos combatiendo, eran los que trabajaban, no les convenía el jornal de 84 centavos que se pagaba en las minas; a los trabajadores del campo se les pagaba 18 o 25 centavos diarios, así es que se debe de saber que en Campo Morado se paga más dinero que en cualquier otro lugar; a mí me consta eso y por tal motivo hago esta rectificación.

Lo que les faltó decir a los señores del pro, es que esto se podrá hacer cuando haya paz; por eso no quiero hablar en contra.

Iba a proponer que la legislación tiene que ser sobre obreros, para evitar que venga la cuestión de accidentes del trabajo y las pensiones a las viudas, pero por la cuestión de sueldos.

Ahora, eso que decía usted de los buscones que tienen su mina, se estableció el fundo minero y eso no se viola, dando un tanto por ciento o una cuota especial; era dueño del fundo y podía trabajar, pero no que se le quite una mina y la empiece a trabajar otro, porque así como hay ladrones de ganado, hay de minas.

Yo he visto individuos que hacen verdaderos trabajos, excavando hasta treinta o cuarenta metros de profundidad; he visto verdaderas obras de ingeniería, hechas por individuos que tienen verdadera intuición para la ingeniería, para las obras de minería, pero es para robar el metal.

Otra cosa que se sugería era que haya protección al pequeño minero, al buscón, para que tenga facilidades para conseguir las licencias de las pertenencias, porque ahora le piden, con razón, que dé tanto más cuanto, no recuerdo la cuota de arancel, y además, el perito siempre cobra algo, y un pobre minero necesita mucho dinero para hacer algo.

Es por esto por lo que me permito rectificar el hecho.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra para rectificar un hecho, como miembro de la Comisión.

El C. presidente
El delegado Samper me pidió la palabra para interpelar a la Comisión.

El C. Soto y Gama
Soy miembro de la Comisión de Programa; es para un hecho.

El C. presidente
Tiene usted la palabra para un hecho.

El C. Soto y Gama
El señor González Cordero nos presenta la situación de la minería, de una manera angustiosa, raquítica y desfalleciente, en el caso de que se apruebe este artículo, que ha regido durante siglos en nuestro país.

El sistema del desahucio fue el que protegió el florecimiento de Zacatecas, de Sombrerete, de Fresnillo, de Catorce, e infinidad de minerales que hoy, con el sapientísimo procedimiento del porfirismo, están en la más espantosa de las decadencias.

De manera que apelo a la Historia, apelo a los trescientos años durante los cuales la minería estuvo más floreciente con la dominación española; eso era en tiempo de la legislación española y ahora no venimos a implantar esas leyes, ni a disparatar sobre lo malo que hizo el porfirismo; no queremos volver a lo pasado.

El auge de la minería nunca ha estado como en la época del Potosí, y fue en la época del desahucio, cuyo reinado proclamamos. Que uno de los señores Pasuengo nos ilustre sobre este particular, sobre hechos prácticos, que ellos conocen, porque ellos fueron trabajadores de minas, para ver quién tiene la razón.

El C. González Cordero
Yo no hablé en contra sobre esta cuestión, porque parece que el señor tiene una idea torcida; yo dije que a lo que se ha dicho hay que agregar dos cosas: algo de lo que dijo el señor Soto y Gama más tarde, y lo que yo dije antes, en la cuestión de la preponderancia de la minería y en la cuestión de los buscones; yo le garantizo a usted que no se ñacen los trabajos mineros sin dinero. Yo me opongo a eso.

El C. presidente
Tiene la palabra, para interpelar, el ciudadano Samper.

El C. Samper
Yo ruego a la Comisión de Programa, se sirva escucharme un momento y contestarme la siguiente interpelación: tengo entendido que ellos han admitido, y así lo han hecho en lo general, que un Programa debe ser concreto y preciso.

Por otra parte, creo que deben ser ideas abstractas; pero en mi concepto, al referirse este artículo (y en esto quiero que bajemos de la región de las nubes a donde nos llevó el señor Pérez Taylor), al referirse el artículo al asunto a discusión, tiene una vaguedad desesperante, la cual debe quitarse. En este artículo se dice que su objeto es quitar el acaparamiento de las minas, cosa en que no estoy de acuerdo.

(Continúa la lectura) ¿Por qué la Comisión de Programa no fija un mínimum para la concesión? ¿Por qué no nos dice; por ejemplo: declaro caducas aquellas concesiones de aquellas minas cuya explotación se suspenda por más de diez o doce meses, y no dejar esta vaguedad desesperante del artículo? ¿Qué van a decir los no revolucionarios, a cuyas manos va a llegar este Programa? Yo creo que entre ellos va a causar mucho escozor si se deja así, porque vamos a interpretarlo quién sabe de qué modo, como nos convenga, quién sabe cuántas reformas se harán, ¡y es necesario evitar eso!

Y otra cosa, porque o la Comisión de Programa no estableció una regla general, excepto en los casos de fuerza mayor, y en este caso, ¿qué resultará con tantas idas y venidas? La inseguridad absoluta, precisamente de los pequeños mineros que no pueden explotar sus fundos, que no los explotan, que ven expuestos los productos de sus minas a mil contingencias, inclusive la de no llenar los requisitos que se necesitan y tener los recursos necesarios para procurar el sostenimiento de la Revolución.

Yo concreto mi interpelación a la Comisión de Programa, y pregunto si no tiene inconveniente en fijar el mínimum de tiempo para esa conclusión y establecer que fuera mayor.

El C. Soto y Gama
La Comisión no puede fijar el mínimum, por dos razones: la primera, porque no está haciendo bases para la ley; nosotros no queremos evitar la libertad de acción del Poder Legislador, que puede y sabe más que nosotros; nosotros no hacemos más que una transcripción del deseo general de toda la mineria, para que desaparezca el sistema de desahucio, por haber suprimido la producción y dejar desamparadas las minas, que están en la miseria, como, por ejemplo, Zacatecas; si no se trabajan las minas por falta de industria, que venga otra compañía a trabajar esas minas.

La otra razón para no fijar el mínimum, es que estamos en tiempos anormales y de revuelta, y ¿cómo vamos a saber cuándo acabe la Revolución?

Es lógico fijar a las compañías cierta razón o derecho para no explotarlas, más cuando está pendiente un proyecto ante esa Convención, por el cual se propone que la Revolución se incaute, provisionalmente, el producto de las minas, para que no se aproveche la reacción y el Ejecutivo aproveche el impuesto minero. No podemos fijar un plazo, no hay objeto.

¿Cómo se va a legislar cuando se está iniciando una legislación minera? Que venga una legislación minera y luego vendrá el plazo; todos éstos son detalles que se estudiarán en el Programa definitivo; la base del principio del desahucio y las reglas a que deban sujetarse las preferencias que se den a los descubridores.

Yo creo que mis compañeros serán de la misma opinión; por lo menos yo digo que estoy en la mejor disposición de aceptar la idea del señor Velázquez, pero sin entrar en detalles; por mi parte no me atrevería a tanto.

El C. Matías Pasuengo
Me permito hacer una aclaración respecto del artículo que está a debate, porque en realidad me parece muy pequeño lo que ahí se explica.

Las leyes mineras, generalmente, en los tiempos porfirianos, fueron tan viciadas, que nunca pudimos orientarnos los mineros; siempre fue una serie de chanchullos y chanchullos, y al gambusino o pequeño propietario de minas no le dejaron más recurso que deshacerse de ellas por cualquier motivo, mal visto por los grandes acaparadores de minas, y yo propondría de muy buena fe que se rechazara este artículo para ponerlo un poco más amplio, porque ahí en ese artículo debemos preparar el terreno para los que hagan la ley; ya que entremos de lleno en esa reforma, debemos acordarnos de que en tiempos del gobierno porfiriano le ponían muchas trabas al pequeño minero o al pequeño gambusino, para que nunca se hiciera de propiedad minera, la cual tenía que denunciarla a cuatro, cinco u ocho días de camino, cuando otros tenían la seguridad de dirigirse por telégrafo, la gente más entendida; y se dieron casos en la Sierra Madre, donde yo me crié, en que venía un gambusino a denunciar una mina que se había encontrado, a la capital del Estado de donde yo soy (Durango), y mientras tanto, otro le ganaba por telégrafo, y al llegar se encontraba con el Agente de Minería y con las compañías mineras, y se encontraba con la nueva de que la mina estaba denunciada con anticipación, pues él tenía que haber hecho cinco días de camino.

Yo propondría en este artículo, que en las cabeceras de las municipalidades debería haber forzosamente agencias, para que allí se hicieran los preliminares de las denuncias de las minas; de esa manera todos los mineros pequeños tendrían esperanzas de ver coronadas sus ilusiones.

Eso sería una de las cosas principales que yo propondría que se aumentase en este artículo, si es que la Comisión no tiene inconveniente en reformarlo; por esto creo que lo podemos rechazar para presentarlo con una adición, y yo, por mi parte, no tendría inconveniente en ilustrarlos con la poca experíencia que me asiste para ese caso.

El C. Zubiria y Campa
Señores delegados:

He pedido la palabra en contra de este artículo, con el único objeto de aportar mi contingente, a fin de que quede en la mejor forma, en la más conveniente para el país.

Desde luego existen multitud de reformas que proponer a la Legislación minera; pero esas reformas no se deben incluir en este artículo, que simplemente indica las tendencias que deben de inspirar la Legislación minera que se dicte.

Existen reformas como las que ha señalado el señor general Pasuengo, que son precisamente de aquellas que deben formar cuerpo de la Ley o Reglamento de Minería; otras, como las que ha indicado el señor ingeniero González Cordero, que son del resorte del Reglamento de Policia minera; en cambio, otras, como las que ha indicado el señor delegado Velázquez, sí marcan una tendencia que debe contenerse en este Programa, y lo que el señor delegado Velázquez ha señalado como un inconveniente, como una cuestión local en el Estado de Sonora, es un punto que tiene caracteres generales, porque afecta no sólo a los placeres de oro, sino al descubrimiento de todas las vetas metaliferas; por eso es que debe contenerse en el Programa la tendencia de beneficiar a los descubridores de minas, concediéndoles derechos y garantizándolos debidamente.

Me decía el señor delegado Velázquez, que convendría darles el derecho de preferencia; yo no soy partidario de que se marque en ese Programa cuáles son los derechos que se deben dar al descubridor. En otras legislaciones y en alguna nación que no recuerdo, existe el derecho que tiene el descubridor a un tanto de los productos de la mina que denuncia; si no tiene dinero para trabajarla, se concede a otra persona, pero en el título o concesión se expresa el tanto por ciento que debe llevar en esa mina el descubridor. Existen otros medios para darle derechos al descubridor de una mina, y por eso únicamente conviene que se diga aquí que se conceden derechos al descubridor de las vetas o de los yacimientos metaliferos.

El articulo que está a discusión contiene dos puntos: uno, que se prohíba el acaparamiento de las grandes extensiones de terrenos mineros, y otro, el establecimiento del sistema del desahucio, para intensificar la explotación de los trabajos mineros; pero debo de decir que el sistema del desahucio es uno de los muchos sistemas que hay para intensificar los trabajos, pero es el peor de todos.

Otras naciones tienen distintos sistemas; muy pocas tienen el sistema del desahucio que tuvo México y que dio muy buenos resultados en su tiempo.

Las legislaciones modernas tienen otros sistemas más efectivos que tienden a sostener estos tres principios: facilidad para adquirir, seguridad para conservar y protección para trabajar.

Se ha citado el sistema del desahucio, que precisamente hace a la propiedad vacilante, y no hay aliciente para grandes inversiones de dinero.

Las razones que nos ha dado el licenciado Soto y Gama, de que en ese tiempo hubo florecimiento de la industria minera en México, como Guanajuato, Zacatecas, México, Catorce, Fresnillo y Taxco; fue consecuencia general de haberse encontrado los reventaderos de vetas madres a la superficie y haber dado con los lugares más a la vista.

Hoy existen muchísimas vetas de mejor calidad ocultas, pero cada vez van siendo a profundidad mayor; se necesitan trabajos de exploración mayores; y si están en decaimiento algunas minas, es porque los minerales tienen una vida determinada; pero en cambio hoy están en florecimiento Cananea, Dos Estrellas, Peñoles, Velardeña, Natividad, Naica, Campo Morado, Santa Eulalia y tantas otras que están en estado próspero; hay muchas más minas que se trabajan hoy y la producción total es triple o cuádruple de lo que era en tiempo en que regía el sistema del desahucio; la producción de la plata antes no pasaba de veinte millones, y ahora llega a sesenta u ochenta millones lo que produce la República Mexicana.

Para hacer una aclaración, porque he notado que el señor Soto y Gama está encariñado con el sistema del desahucio, debo decir que de admitirlo, daríamos un paso hacia atrás, retrocederíamos a legislaciones primitivas.

México es uno de los países más mineros del mundo, sobre todo en plata, en proporción a los trabajos y las extensiones de otras naciones; en oro figura en quinto lugar; en plata en segundo lugar, después de los Estados Unidos.

Quiero decir cuál fue la razón porque se desechó el sistema del desahucio: cuando ya en ninguna parte se aceptó dicho sistema, ni en la América Latina, ni en la misma España; no recuerdo cuál Ministro de Fomento español, muy inteligente y conocedor en la materia, se atrevió a lanzar la reforma, tuvo oposición, pero logró implantar un sistema basado en principios modernos: facilidad para adquirir; seguridad para conservar y protección para trabajar.

Inmediatamente en México, que siempre copia las leyes, se siguió la ley de España por el Ministro Manuel Fernández Leal, y desde luego produjo muy buenos resultados en México.

No es verdad, como dijo el señor Pérez Taylor, que el Ministro Molina había establecido ese sistema de la libertad de las minas como se llama; para equiparar la propiedad minera a la ordinaria, o sea a la propiedad común, para que tenga toda clase de garantías y sólo se pierda por la falta de pago del impuesto.

Fuera de eso no hay manera de caducar una mina, y es tan liberal el sistema, que aunque una compañía deje de pagar, nunca se le ha tratado con rigor, pues se le admite que cubra el pago, aunque sea después de tiempo.

El sistema del desahucio produjo malos resultados, porque nunca los propietarios de minas buenas dejan perderlas por falta de trabajo.

En Francia, por ejemplo, no existe ese sistema; allí se solicita una mina y la primera condición que se exige es que acredite que tiene elementos para trabajarla; si no, no se le concede; si no hay quien tenga para trabajar, no les conceden las minas, quedan en poder de la nación, para arrendarlas o concederlas cuando haya quien garantice que tiene elementos para trabajar la mina.

Dos puntos he dicho contiene el artículo, que me parecen muy poco para las reformas que hay que hacer en la legislación minera. Yo quisiera que quedara la puerta abierta, indicando solamente las tendencias; después se discutirá si es el sistema del desahucio el que convenía en México o si se acepta algún otro de los modernos que tienen las otras legislaciones, como en Transvaal y Australia, regiones productoras de oro.

El primer punto que contiene el programa se refiere a que debe impedirse el que las compañías o particulares acaparen terrenos mineros en grandes zonas.

Yo me permito agregar que este acaparamiento de grandes terrenos o zonas, se prohíba, siempre que permanezcan improductivas; porque, qué importa que una compañía adquiera grandes pertenencias si trabaja todas esas pertenencias; si las acapara una compañía para trabajarlas, es muy bueno, puesto que dará trabajo y dará riqueza al país; tanto más cuanto que hay negociaciones que no pueden operar en reducido número de pertenencias, por el sistema geológico de las vetas, por la inclinación en que aparecen en la superficie y a gran profundidad van a internarse a una gran distancia; así necesitan cubrir una gran extensión con las pertenencias, para poder hacer los trabajos de desagüe, de socavones, de tiros, de laborío y que les remunere todo ese costo con el tiempo; pero no que se les circunscriba a una zona muy reducida, porque entonces se impide el desarrollo de los grandes trabajos.

En México existen innumerables terrenos minerales, y por ahora no existe el peligro ni existirá en muchos años, de que se acaben los terrenos. minerales; en cambio, si los acaparan para dejarlos inexplotados, debe impedírseles a las compañías mineras, desde luego.

Aunque no es de la minería, es un asunto muy importante y de carácter similar: es la cuestión del petróleo.

La cuestión del petróleo, ya que este artículo se contrae a la mineria, debe agregarse a este artículo, y diciendo también que se legislará sobre el petróleo y se reglamentará su explotación.

Si alguna cosa hay que salve a México de la ruina, es la riqueza petrolífera que se ha manifestado como la primera del mundo.

Yo me permito dar y daré algunas explicaciones para que quede el artículo de la manera siguiente:

Fracción sexta. (Leyó e insértese)

El artículo a discusión dice aplicar una legislación, y no me parece propio el término aplicar, que supone que existe ya la legislación; se va a hacer una ley minera; por eso propongo que se substituya el término aplicar por la palabra expedir una legislación minera, quedando el artículo así. (Leyó e insértese)

Y que además de impedir el acaparamiento de las grandes extensiones de terrenos mineros, conceda derechos a los verdaderos descubridores y se les garantice debidamente.

Yo propondría a la Comisión se sirviera leer detenidamente el proyecto que presento y que no tiene más ánimo que el de indicar puntos generales para dictar después la legislación minera y petrolera que convenga.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Soto y Gama
Pido permiso, por conducto de la Presidencia, para retirar el artículo, estudiarlo debidamente y presentarlo, verdaderamente meditado, en alguna de las próximas sesiones.

El asunto del petróleo es tan importante, que no podemos definirlo luego, a golpe y porrazo, e insisto en preguntar a la Asamblea si nos da permiso para retirar el artículo.

El C. González Cordero
Pido la palabra, para una rectificación.

El C. secretario
La Mesa, pregunta, por conducto de la Secretaría, a los ciudadanos delegados, si dan permiso a la Comisión para que retire el artículo y lo presente modificado. Se concede el permiso.

Artículo 7° del Programa:

Preparar debidamente, el restablecimiento del período constitucional que debe iniciarse el primero de enero de mil novecientos dieciséis, hacíendo que los gobernadores o en su defecto los primeros jefes militares de cada Estado, nombren autoridades judiciales y convoquen, con la debida anticipación, a elecciones sucesivas de Ayuntamientos, de Diputados, y Magistrados de los Estados, de Diputados y Senadores al Congreso de la Unión y de Magistrados de la Suprema Corte de Justícia.

Está a discusión.

El C. Velázquez
Pido la palabra, en contra.

El C. Piña
Pido la palabra, en contra.

El C. Preciado
Pido la palabra, en contra.

El C. Borrego
Pido la palabra en contra.

El C. secretario
¿Hay algún otro ciudadano delegado que desee inscribirse?

El C. presidente
Tiene la palabra, en contra, el ciudadano Velázquez.

El C. Velázquez
Señores delegados:

He pedido la palabra en contra de este artículo, porque dice aquí: (Leyó la primera parte del artículo)

Hasta allí va bien; pero en la segunda parte expresa una facultad que no corresponde a los estados sino al gobierno central. Sería imposible, también, que los gobernadores de cada Estado pudieran hacer esto; por eso pido que sin más discusión, se suprima la parte última de este artículo, es decir, desde: Haciendo que los gobernadores o en su defecto ... etcétera.

El C. presidente
Tiene la palabra, en contra, el ciudadano Borrego.

El C. Borrego
Voy a decir lo mismo que el compañero Velázquez.

Indudablemente que no puedo impugnar este artículo en su idea fundamental. El principal objeto de la Revolución, pues, mutatis mutandis, es restablecer el orden constitucional, y a eso tiende sencillamente este artículo, a establecer el Ministerio de la Constitución.

Lo que yo ataco en este artículo y en otros haré lo mismo, es la forma confusa que tiene. Es preciso tener en cuenta, señores delegados, que desgraciadamente entre nosotros hay un 85 por ciento de analfabetos, y el Programa debe quedar en la manera más clara y más concisa que pueda presentarse, de tal manera que sea asequible a la mayoría, para aun cuando alguien no sepa leer, no cueste trabajo explicárselo.

Eso ha hecho precisamente el carrancismo con los hombres de talento que tiene; todos sus principios nos los da en tres o cuatro líneas y luego hace el comentario.

Todo eso es necesario en un país donde apenas existe el 10 por ciento de personas que saben leer.

Aquí tienen ustedes el programa carrancista ... (Voces: Ya lo conocemos. Voces: Nosotros no lo conocemos)

¿Todos lo conocen? (Voces: No, no todos)

Pues es muy sencillo: la igualdad en los impuestos y el establecimiento del orden constitucional son los principios que dominan en el Programa, y han sido presentados claros, precisos y concisos.

Todas las condiciones tienen la misma idea: son precisas y concisas, y asi debía ser.

Este artículo es sumamente diáfano, basta simplemente decir, preparar el advenimiento del orden constitucional ...

El C. Cervantes
Nada más.

El C. Borrego
Bastará el restablecimiento del orden constitucional, mediante la convocatoria que se expida oportunamente. Todo lo demás sobra, por lo que ruego a la Comisión Dictaminadora que si considera dignas de tomar en consideración mis observaciones, lo haga.

El C. Preciado
Pido la palabra.

El C. presidente
¿En pro, o en contra?

El C. Preciado
En contra.

El C. presidente
Entonces habrá que esperar a que alguno hable en pro. (Voces: Que hable el pro) (Voces: No hay pro)

Tiene la palabra, en contra, el ciudadano Preciado.

El C. Preciado
Yo opino lo mismo que los ciudadanos delegados Velázquez y Borrego: que se haga saber quién va a disponer que los gobernadores de los Estados convoquen a todas las poblaciones y disponer que los gobernadores de los estados, convoquen a elecciones de los Poderes de la Unión; entonces ya no será necesario agregarle aquí eso.

Esa es la confusión del señor Velázquez (por eso decía que debía de quitarse), pero yo creo, que puede combinarse. Es lo único que tengo que decir.

El C. presidente
Tiene la palabra, en contra, el ciudadano Piña.

El C. Piña
Con la idea fundamental del artículo séptimo, estoy enteramente de acuerdo y comulgo con las mismas apreciaciones que sobre el particular han hecho los oradores que me han precedido en el uso de la palabra; pero yo califico este artículo de difuso y confuso, y creo que tratándose del Programa de Gobierno, debemos procurar que cada uno de sus principios sean claros y terminantes.

Creo que sería conveniente aprovechar este artículo, pero reformándolo.

Todos sabemos, señores delegados, que nuestras leyes disponen de un solo procedimiento para reconstruir políticamente al país.

Tratándose de los gobiernos locales, hay una ley electoral en virtud de la cual se convoca primero a elecciones de Ayuntamiento, después a elección de Diputados al Congreso local, y finalmente a elecciones de Gobernador del Estado.

Respecto del Gobierno Federal, se convoca a elecciones de Diputados y Senadores, de Magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del señor Presidente de la República, de modo que lo que se asienta más abajo, me parece incongruente, porque todos nosotros sabemos que no hay más que un solo procedimiento para lograr que se nombren los Ayuntamientos, los Gobernadores, y el mismo procedimiento existe para nombrar los Supremos Poderes de la Nación.

Entiendo que no hay que insistir sobre este particular, y puesto que el asunto es tan claro, no tiene caso que se haga esa rectificación.

El C. Méndez
Pido la palabra, señor presidente; voy a decir algo a este respecto.

El C. secretario
La Mesa, por conducto de la Secretaría, pone en conocimiento de la Honorable Asamblea, que han hablado cuatro oradores en contra, y ninguno en pro; en vista de esto, se pregunta si está suficientemente discutido el asunto.

El C. Méndez
He pedido la palabra anteriormente, para que se me dejara hablar dos palabras sobre este artículo.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Méndez.

El C. Méndez
Voy a ser sumamente corto; estoy en contra de las ideas fundamentales que se expresan; dice: Preparar debidamente ... (Leyó)

Yo no sé por qué debería fijarse precisamente el primero de enero de 1916. ¿Cómo se va a decir una cosa de la que no tenemos seguridad, y para qué decir primero de enero de 1916? Esto no sería lógico, sería más uerdo decir: procurad y preparar convenientemente el restablecimiento del orden constitucional, y una vez que se haya llevado a efecto, establecer la Constitución, que el país exige para las elecciones, pero que no se fije la fecha de una manera terminante, porque eso no es posible.

El C. Cervantes
Pido la palabra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Cervantes.

El C. Cervantes
Se ha olvidado por un momento el espíritu con el cual se ha abordado la ley parlamentaria.

Yo no sé cómo puede ser que el día primero del año próximo tengamos un Presidente Constitucional, si no preparamos el advenimiento del período constitucional.

Voy a referirme a los argumentos que esgrimieron los señores del contra.

Todos han manifestado que están de acuerdo con la idea del artículo, es decir, con el espíritu del artículo que ya aprobamos y por el cual decretamos que se establecía un período preconstitucional; para que iniciemos un período constitucional el primero de enero de 1916, debemos preparar la efectividad de este decreto, porque si nos quedamos cruzados de brazos, resultará que no será sino letra muerta esa ley.

Hay que prepararlo, en la forma lógica, en la forma natural; pero los señores delegados Borrego y Velázquez lo mismo que alguno otro, tachan el artículo de confuso; yo quiero aceptar que esté confuso y difuso; ellos tienen el derecho de presentarnos un proyecto mejor. El señor Borrego y el señor Piña quieren que a dos renglones quede limitado el proyecto, como lo hace Venustiano Carranza, y nos proponen que quede en esta forma: preparar debidamente el período preconstitucional.

De hecho la idea principal es otra, la idea está expresada en dos renglones; pero siempre hay que aclararla y darle cierta forma, por eso yo me inclino a que aceptando que el artículo está confuso, se le aclare, y por eso pido a los señores de la Comisión que se sirvan hacerlo en términos claros y concisos.

El C. Piña
Pido la palabra, como miembro de la Comisión.

Para invitar a los demás miembros de la Comisión de Programa a que solicitemos de la Asamblea, el permiso correspondiente para retirar este artículo, y reformarlo en el sentido que han indicado algunos señores oradores.

El C. Soto y Gama
Yo, como miembro de la Comisión, siempre opiné y sigo opinando que este artículo no es una reforma social, y al no serlo, no puede caber en el texto del Programa.

Yo había propuesto que se pusiera en el preámbulo, como una promesa de la Revolución; pero no como una reforma, y ahí viene lo inconducente del artículo, porque aparece como una reforma.

Por lo mismo, expreso la creencia de que puede ponerse, no como una reforma, sino como una promesa. (Voces: Muy bien)

El C. Méndez
Puesto que los miembros de la Comisión están de acuerdo en que este artículo no expresa una reforma y una aspiración, sino una promesa, pediría a la misma Comisión que retirara este artículo, incluyendo en el preámbulo alguno de los principios que envuelve, para cuando sean hechas las reivindicaciones.

Tengo entendido que cuando se fijó el plazo de un año, como la etapa en la cual se debían verificar las promesas revolucionarias, se dijo: no importa que no alcance el tiempo para realizarlas, lo ampliamos.

¿Para qué fijarle otra vez otro año? ¿Vamos no haciendo caso de la frase? si en seis meses.

Pido, pues, que se retire este artículo, si la Asamblea no tiene inconveniente.

El C. Borrego
Pido la palabra, para un hecho.

Tiene completísima razón el señor licenciado Soto y Gama.

Esto se llama Proyecto de Reformas Político-Sociales de la Revolución y no Programa de Gobierno; de manera que no tiene cabida este artículo, sino en las facultades que tenga el Ejecutivo; allí sí debe hacerse constar que una tendencia del Gobierno Provisional, debe ser emprender toda clase de labores necesarias para preparar el advenimiento del régimen constitucional; pero como aquí sólo se trata de Reformas Político-Sociales que la Revolución exige, huelga enteramente que figure; de manera que suplicaría autoricen se retire este artículo. (Aplausos)

El C. Soto y Gama
Precisando todavía más la idea que tenemos de eliminar este artículo del Programa de Reformas, se me ocurre esto: que sea materia de un decreto especial, que lance la Convención, explicando y fijando el término, porque son muchos los pasos necesarios para llegar hasta allí.

La idea, en el fondo, es buena, pero no cabe en el Programa; se necesita un decreto especial, anunciando al país cómo se va a proceder.

Primero, que se decreta la elección de Ayuntamientos, luego la elección de diputados locales, luego de gobernadores, etc., etc.

El C. secretario
La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta a los señores delegados si dan permiso para que sea retirado este artículo a discusión.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Se concede el permiso.

Artículo 8° Suprimir la Vicepresidencia de la República y las Jefaturas Políticas.

(Voces: Aprobado)

¿No hay quién haga uso de la palabra?

En votación económica, se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

Artículo 9° Realizar la independencia de los Municipios, procurando a éstos una ampiia libertad de acción, que les permita atender eficazmente los intereses comunales y los preserve de los ataques y usurpaciones de los Gobiernos Federal y local.

El C. presidente
Tiene la palabra, en contra, el ciudadano Nieto.

El C. Nieto
Voy a hablar en contra de este artículo, sólo para proponer una adición.

Me parece que adolece del mismo defecto del anterior; es demasiado difuso, aunque la idea, el fondo del artículo, es bueno.

Lo que yo propondría es que se hable igualmente de la independencia de los Municipios como de la soberanía de los Estados; porque la independencia de los Estados es una cosa que tampoco se ha llevado a la práctica jamás, y es necesario que ahora, que estamos preparando un nuevo orden de cosas, no nos olvidemos de un punto tan importante.

No necesito argumentar nada respecto a esto, y me parece que este artículo cabe perfectamente en lo que se refiere a que los Estados son soberanos.

El C. presidente
Tiene la palabra, en contra, el ciudadano Preciado.

El C. Preciado
Yo no veo en este artículo, ninguna reforma a la Constitución General de la República; ella concede a los Ayuntamientos todas las libertades que se exigen.

El C. Soto y Gama
El señor Carranza acabó de reformar la Constitución, en el sentido que usted indica; llegó al artículo de las libertades municipales, y tomó como norte, la libertad de los Ayuntamientos.

El C. Orozco
Pido la palabra, en contra.

El C. Castellanos
Pido la palabra, en contra.

El C. Preciado
Por esa razón iba a proponer que en el decreto de que hablaba el señor Soto y Gama, podría explicarse esto perfectamente bien ...

El C. Soto y Gama
¿Quiere que le aclare su pensamiento? La Comisión acepta la reforma, porque la tendencia de todos los regímenes ha sido restringir las facultades a los Municipios, y, sobre todo, sus facultades financieras; los han reducido a la inopia, al extremo de que sólo las capitales de los Estados, así como la capital de la República, han sido mejoradas con buen alumbrado, con pavimento ... y los infelices Municipios del resto de los Estados, están en las condiciones más deplorables; es decir, se puede asegurar que no tienen nada. Se trata de dar libertad de acción a los Municipios, para que puedan tener sus bienes comunales, y el único recurso que se les ha dejado, es el mercado, y en algunos Estados, el rastro; de manera que la decantada soberanía de los Estados, no es respetable en el fondo; hay que restringir la soberanía de los Estados en el sentido de que de ninguna manera puedan atacar a los Municipios.

Por eso, consideramos como una gran reforma, la de establecer la libertad municipal como principio general para toda la República Mexicana; de manera que, en mi concepto, repito, es una gran reforma.

El C. Nieto
Pido la palabra, para una aclaración.

El C. Preciado
Que haga la aclaración.

El C. Nieto
Si usted me lo permite, señor presidente. Entiendo que la ley orgánica ... (Murmullos)

El C. secretario
La Mesa, por conducto de la Secretaría, suplica a los señores delegados que guarden silencio, porque ni los señores taquígrafos, se enteran de los discursos; si tienen impresiones que cambiar, ahí hay salones para hacerlo y están a las órdenes de la Asamblea.

El C. Nieto
Apelo a las leyes. A éstas ha negado algunas veces su sanción el Ejecutivo, cuando no están de acuerdo con sus propósitos, y de este modo se ha acabado, de hecho, con la soberanía de los Municipios; eso lo he visto y puedo probarlo con hechos, porque ustedes lo saben, y no quiero traer a colación esto, porque no es necesario; las leyes locales de los Ayuntamientos, parcialmente han sido restringidas por los Ejecutivos que se han querido adueñar de las facultades municipales; por consecuencia, yo creo que para realizar la soberanía de los Estados y la independencia de los Municipios, es necesario acabar con esa facultad, si se hace de hecho una reforma.

Otra aclaración: Los Municipios serán autónomos con el simple hecho de que queden facultados para administrar todos los ramos que les corresponden. Que se diga así: Quedan en libertad de disponer de sus arbitrios y de realizar su hacienda en la forma que les parezca; de manera que es justo que usen amplia libertad de interés comunal, de acción, etc., etc.

Claro está que con dejarlos en amplia libertad de acción como a ellos les parezca conveniente, tendrán esa misma libertad de acción de que aquí se habla.

El C. Preciado
Lo que aquí se trataba de decir es que los Municipios, según la ley, tienen amplia libertad para cuidar de sus intereses; en consecuencia, la reforma no la veo indispensable; pero sí, creo que se hace necesario poner al calce, que los Municipios son los que deben gozar de libertades.

En lo que sí no es una reforma, es en lo que se refiere a los Estados, aunque en el fondo existe la idea de que hay gobiernos que atacan a los Municipios.

Es lo único que quería explicar, y que quizá sea cuestión de forma; pero la Comisión podrá hacer lo que guste a este respecto.

El C. Borrego
Pido la palabra, para interpelar a la Comisión; pero voy a establecer antes varios puntos importantes, para que la interpelación sea comprendida.

Yo entiendo, señores, que lisa y sencillamente debe decir este artículo: Realizar la independencia y libertad de los Municipios.

Pudiera entrañar a la soberania de los Estados, y varias personas que me han dicho piensan de la misma manera que yo.

La idea no es nueva, sino que pertenece al Programa del señor Carranza: Realizar la independencia y libertad de los Municipios, elevando a la categoría de precepto constitucional.

La libertad es conceder todas las libertades; mientras no tengamos municipios libres, mientras no tengamos libertades, no tendremos una Federación que cuide de sus derechos y no tendremos paz.

Yo suplico a la Comisión, se sirva tener en cuenta esta idea, si la cree buena, aceptándola; si no la cree buena que la dé por no factible.

El C. Soto y Gama
Es claro, en eso estriba la idea de la Comisión, pero le diré al compañero Borrego que si fuéramos a decir cualquier cosa de reformas, por ejemplo la destrucción del latifundismo (para evitar esas reformas en el sentido de facilitar a la misma Constitución el legislar sobre tierras, y después para reconocer su amplia personalidad), sería casi repetir anexo por anexo.

Son nuevas facultades que se van a dar a la Federación, de manera que no estamos nosotros obrando en nombre de los Estados, sino en nombre de ella; de manera que al decir que se implanta el sistema del voto directo, éste debe ser materia de una legislación; y en el concepto de realizar la independencia de los Municipios, ¿cómo se realizará? por empezar con el precepto constitucional, que impide a la Federación involucrarse en los negocios electorales.

Yo creo, que la soberania de los Estados es una pamplina, que no existirá nunca: en la época de Juárez no existió, y en la época de Porfirio Díaz ya sabemos que fue una burla, un juguete. No puede existir, porque es simplemente producir una variedad de códigos, de legislaciones y de procedimientos, y esto sencillamente, es una barbaridad. El restringir la soberanía de los Estados, es haber hecho labor más patriótica y más práctica, no es la que más impide que haya un cacique, máximo, que es el presidente y que no haya una serie de caciquillos, abusadores y ladrones que son una calamidad para la nación entera, que son fatales. Esto es un perjuicio que debemos quitar, de manera que la soberanía de los Estados sale sobrando; ¡qué soberanía ni qué nada! Lo que se pide es el bienestar del pueblo, es favorecer a ese mismo pueblo. La soberanía de los Estados es un fantasma que se quiere respetar por todos; pero es la soberanía del gobernadorcillo o de la Legislatura; y en cambio, el pueblo no es soberano.

El C. Piña
Pido la palabra.

El C. Montaño
Pido la palabra.

El C. Borrego
Pído la palabra para hacer constar un hecho.

¿Tiene usted la bondad de concederme la palabra?

El C. presidente
El ciudadano Montaño la tiene primero.

El C. Borrego
Es para hacer referencia a un hecho respecto al señor Soto y Gama.

El C. Montaño
Hable usted, que a continuación lo haré yo.

El C. Borrego
Quiero hacer constar esto:

Que hay reformas a los preceptos constitucionales y hay otras reformas.

Con motivo de esta diferencia, me parece enteramente pertinente que se hiciera constar.

El C. Cervantes
Pido la palabra para hacer una aclaración al señor Borrego.

Debo hacer notar al señor Borrego que este Programa de Reformas se refiere al período preconstitucional; y debemos convenir también en que esta Asamblea no será la que lo lleve totalmente a ejecución, sino la Cámara; y creo que debe tener en cuenta mis ideas para laborar en pro del precepto constitucional.

El C. Montaño
Estamos en lo justo, desde el momento en que se pretende realizar la independencia de los Municipios.

Por bastante tiempo hemos observado que éstos no han sido, sino verdaderos autómatas de los señores gobernadores; por muchas veces hemos venido observando que hasta los fondos públicos han venido a parar a manos de los gobernadores, de suerte que, debemos evitar que en lo sucesivo, siga ese escándalo, ese régimen oprobioso, que también han observado los señores Jefes Políticos.

En una palabra, señores, los Municipios estaban al arbitrio de los déspotas, como los Jefes Políticos y gobernadores.

En la actualidad, nosotros queremos iniciar una reforma, de manera tal, que se realice la independencia de los Municipios; porque si en lo sucesivo los dejamos como están, no habremos hecho casi nada, no habremos hecho nada en favor de ellos, que son los que constituyen la Entidad Federativa; por consecuencia, creo yo que ese artículo, debe aceptarse en la forma que está; si hay alguna otra cosa más, que se le aumente, pero siempre favoreciendo a los Municipios; porque, ¿quién constituye la Entidad Federativa, si no los Municipios?

De manera que debemos establecer esa independencia, para que de esa manera se pongan a cuidarse de los bandidos gobernadores y de los bandidos Jefes Políticos; para que en lo sucesivo no existan Jefes Políticos, pero que tal vez sí puedan existir gobernadores que les hagan obstrucción, y que no puedan realizar un positivo progreso, que les interrumpan a cada paso sus labores, y les quiten los fondos con los cuales podrian hacer algo en pro de su bienestar. De esa manera, los desorientan para no poder progresar en ninguna forma.

Por lo tanto, esta idea es vieja, pero muchos le han tenido miedo, es decir, los pasados gobiernos, porque de esta manera no podrían robar y explotar a esos Municipios, y queremos que tengan amplia y verdadera libertad, para que puedan hacer la independencia de todos los pueblos en todo el territorio, donde dominen para que formen un positivo bienestar, porque si no tienen esa libertad de acción, si van a estar bajo el yugo de los gobernadores, claro es que perderán todo el aliento que tengan en pro del propio bienestar de los pueblos que forman o constituyen los Municipios; por lo tanto, convengo en que debemos meditar profundamente este asunto, y que si alguno de vosotros deseáis interpelar a la Comisión, por mi parte, yo estoy dispuesto a contestar.

Respecto a la soberanía de los Estados, conviene y estoy conforme en que se agregue, porque eso afecta al gobernador, más que a la soberanía de los Estados, y, además, a la soberanía de la nación, porque en general todos los Municipios vienen a constituir el Estado y, desde el momento en que se dice allí que no habrá el pisoteo que se relaciona con el respeto a la independencia de los Municipios, claro es que este respeto a la independencia debe existir en los Estados.

Estoy de acuerdo con ustedes, señor Nieto, y todo lo que se pueda aceptar en pro de un nuevo régimen, que contribuya tanto para la unión federativa, como para la unión municipal, no es malo agregar al Programa.

En consecuencia, yo pido a los compañeros de Comisión, y a los señores que nos han ilustrado con algunas ideas reformistas, que las aceptemos desde luego. No perdamos más el tiempo en la discusión.

El C. presidente
Tiene la palabra, en contra, el ciudadano Castellanos.

El C. Castellanos
Antes de usar la palabra, me permito hacer una súplica a la Asamblea, que no sé si será conducente; pero que sí la creo conveniente. (Campanilla)

Tengo entendido que en el proyecto que presentó el señor Cervantes, y que fue aprobado, para la asistencia de los señores delegados, queda comprendido el derecho qUe tiene la Presidencia para llamar a lista, en cualquier momento, y como noto que muchos delegados se han ausentado, con la seguridad de que a las ocho de la noche se pasa lista, pido a la Presidencia que pase lista en este momento. (Voces: No está a discusión eso)

Ya lo sé, por eso lo pido antes.

Al hablar de la independencia de los Municipios, seguramente que todos los que hemos hablado en contra, lo hemos hecho en esa forma, precisamente porque deseamos que la independencia de los Municipios se lleve a su más alto grado de perfección; pero dado el espíritu de igualdad, y desde el punto de vista de la democracia que nosotros queremos implantar en el nuevo Gobierno ...

El C. Casta
Que se siente Cervantes. (Voces: Que se callen el señor Piña y el señor Soto y Gama)

El C. Castellanos
Yo creo que todos están perfectamente bien convencidos de que la única manera de llevar efectivamente al terreno de la práctica los ideales democráticos, es la de comenzar por la gran escuela, que es la escuela de los Municipios.

Solamente de esa manera es como podremos realizarla seguramente sin grandes tropiezos, porque de otra manera sí los tendremos, y aun grandes fracasos; solamente así podremos llegar sin grandes dificultades a la consecución del fin que perseguimos.

Todos reconocemos que la primera entidad, que el primer factor esencial en todas las democracias, son los Municipios, después de los Municipios el Estado y, por último, la nación; por consiguiente, si de los Municipios, que son la base, es de donde debemos partir, seguramente que allí deben estar nuestras miras, para que esa base sea bastante sólida y sobre ella podamos edificar la gran revolución social, estableciendo el sistema democrático.

Yo creo que este principio está en el cerebro de todos los compañeros, porque en distintas formas tiende a hacer más efectiva, de la manera más práctica, más violenta, y más provechosa, la independencia de los Municipios; independencia de los Municipios que, seguramente, contiene libertades municipales, libertades políticas y libertades administrativas; están, en fin, todas aquellas libertades que tienden al mejoramiento de la agrupación adonde pertenezca este Municipio; es decir, en una palabra, los Municipios pueden ellos mismos hacerse respetar y conservar incólume su soberanía, su autonomía y de esta manera, seguramente, que se conseguirá por consecuencia lógica, la soberanía de los Estados, la que no le gusta al señor Soto y Gama que, como en otras ocasiones, ha estado equivocado; porque en esto no es la soberanía de los Estados la que nos estorba; lo que nos estorba es que no se respete debidamente ni se atienda esa soberanía, eso es lo malo.

Una vez que los Municipios estén debidamente integrados y representados, con valer propio, los Estados podrán conservar su autonomía e ir de acuerdo con el jefe de la nación; de manera que todo esto que dice aquí el artículo respecto a que se procure la amplia libertad de acción, etc., etc., es lo mismo que lo que hemos hecho respecto a otros artículos.

¿Qué cosa buscamos con todos estos artículos?, la soberanía y la autonomía de los Municipios, nada más; por consiguiente, todo eso se puede reducir a estas palabras: la autonomía o la soberanía de los Municipios, como se quiera, y creo que con cualquiera de estas palabras queda comprendido todo lo que ahí se dice, y se preserva de las facultades del Gobierno Federal y de todo lo que se quiera; teniendo los Municipios soberanía, seguramente que procurarán conservar su independencia, su entidad política y sale sobrando todo lo demás que se diga.

Si a esto se agrega que se acaba de desechar, y que yo hubiera querido aceptar, el principio del artículo anterior sobre la supresión de las Jefaturas Políticas, ya esto debíamos haberlo aprobado inmediatamente; porque es un hecho que nadie va a discutir este asunto ...

El C. Piña
¿Quién va a decir que no se debe aprobar la supresión de las jefaturas?

El C. Castellanos
Usted, señor Piña, por que cuando habla, habla nada más de Sonora y Sonora no es ni la décima parte de la República Mexicana.

El C. Gonzalez Cordero
Yo debo también hablar por Sonora.

El C. Castellanos
En lo que tenga razón.

Por lo tanto, habiendo desaparecido la cuestión de las jefaturas políticas -con excepción del Estado de Sonora, que en mi concepto allí los jefes políticos son unos monigotes, como dijera el señor licenciado Soto y Gama- yo creo que tienen ganado mucho los Municipios, porque ya con esto van a recobrar la autoridad esos Municipios, ya con esto seguramente van a recobrar el 90 por ciento de su independencia.

Lo que sí no acepto -y dispénsenme que haga referencia a ello- es que en el artículo 12 del Programa, se diga: restringir las facultades del Ejecutivo de la Nación y de los Estados; porque entonces, ¿cómo vamos a dar una amplia libertad a los Municipios, que son partes integrantes de los Estados, si vamos a quitarle esas facultades a los Estados? (Voces: ¿Dónde dice eso?)

En el artículo 12. Esto lo indico, nada más para que se fijen en su oportunidad, para cuando lleguemos a discutir el artículo 12.

De suerte que siendo concreto en mi proposición, someto a la Asamblea, y con especialidad a la Junta de Programa, que, si no lo encuentra inconveniente, quede así: realizar o reconocer la autonomía o soberanía de los Municipios.

Nada más.

El C. Piña
Pido la palabra.

Señores delegados:

Yo, en principio, estoy de acuerdo con la idea del artículo noveno a discusión; y sólo he tenido especial interés en hacer uso de la palabra para rectificar algunos conceptos vertidos por los oradores que me han precedido en el uso de la palabra.

Empezaré por mi querido compañero y amigo el señor Castellanos. que afirma que Sonora no es la décima parte de la República; me extraña que todo un profesionista nos salga con esas cosas.

El C. Castellanos
No soy ingeniero; no he estudiado geografia.

El C. Piña
Efectivamente, Sonora es la décima parte de nuestro territorio.

Ahora, con respecto a la apreciación que hiciera el señor Preciado, en el sentido de que yo no era partidario de la supresión de las jefaturas, digo que, efectivamente, no lo soy, porque no creo que la institución de las prefecturas sea la mala; lo ha sido el prefecto político, tanto en Yucatán como en Sonora, como en Zacatecas y en todas partes; pero la institución de las jefaturas no ha sido la mala; o tal vez esté yo bajo la impresión de cómo se procede en mi Estado con esa institución; alli un prefecto no tiene ni siquiera la facultad de penar; cuando algún ciudadano le falta al respeto o desobedece sus disposiciones, él da cuenta con el hecho al Presidente Municipal de la cabecera o del Municipio donde ha ocurrido la falta, para que el Presidente o el Municipio le aplique la pena; de modo que, como digo, ni la facultad de penar tiene. (Aplausos)

Ya ve el señor delegado que no es la institución la mala; los malos han sido los prefectos, los caciques del porfirismo, ellos han sido los malos ...

El C. Castellanos
Pido la palabra para una aclaración.

El C. Piña
Como fueron malos también los gobernadores, los diputados locales y los diputados al Congreso de la Unión, y como fue malo también el Presidente de la República, por la sencillísima razón de que no estaban ungidos por el voto popular.

Aquí la cosa se presenta de una manera distinta: desde el Inspector de Policía hasta el Presidente de la República, van a ocupar sus respectivos puestos mediante la voluntad expresa del pueblo, y esos funcionarios procurarán, durante sus funciones, interpretar debidamente el sentir general del pueblo que los ha elevado al puesto que ocupan.

A mí, y sinceramente lo declaro, me alarma que el señor delegado Soto y Gama nos externe ideas, teorías y conceptos que están en contraposición con los ideales que venimos persiguiendo desde hace más de un siglo.

Todos sabemos que el pueblo ha deseado ser libre, que ha deseado tener amplias facultades para nombrar a sus autoridades y a sus representantes; también ha querido mejorar su situación económica y su situación social; pero de las cosas que más le han preocupado es la de poder lograr el llevar a los puestos públicos a personas que satisfagan los deseos y las necesidades del mismo pueblo y que pertenezcan a la sociedad donde viven; y es por eso que me alarma que el señor Soto y Gama tenga pretensiones de pasar sobre la soberanía de los Estados y sobre media humanidad, con tal de lograr que se lleven a la práctica teorías, que son buenas, pero que no hay necesidad de atropellar la soberanía de los Estados o de los Ayuntamientos, y de atropellar hasta la dignidad nacional para lograr esos fines, aun cuando son loables.

Yo aseguro a ustedes que el día en que por nuestra parte cometiésemos la temeridad de violar de una manera manifiesta la soberanía de un Estado, ya tendremos para rato.

Todos sabemos que los descontentos que han predominado durante el régimen porfiriano, es que nunca se respeta debidamente la soberanía de los Estados, y si alguna vez se respetó, en forma relativa esa soberanía, fue en la época del señor Madero, en que se dejó en libertad al pueblo para que eligiera a sus gobernantes.

Por lo tanto yo, sin que me oponga a que se procure independizar o dejar en libertad a los Ayuntamientos, para que obren política y administrativamente, como lo exijan sus necesidades locales, he deseado hacer notar a la Asamblea lo peligroso que es dar cabida a las ideas disolventes -cabe realmente la expresión- de mi compañero Soto y Gama, que quiere pasar sobre la soberanía de los Estados, sobre media humanidad. (Aplausos y risas)

Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesSegunda parte de la sesión del 8 de marzo de 1915 Segunda parte de la sesión del 9 de marzo de 1915Biblioteca Virtual Antorcha