Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesPrimera parte de la sesión del 9 de marzo de 1915 Primera parte de la sesión del 10 de marzo de 1915Biblioteca Virtual Antorcha

CRÓNICAS Y DEBATES
DE LAS SESIONES DE LA
SOBERANA CONVENCIÓN REVOLUCIONARIA

Compilador: Florencio Barrera Fuentes

SESIÓN DEL 9 DE MARZO DE 1915

Presidencia del ciudadano Matías Pasuengo
Segunda parte


El C. Soto y Gama
Pido la palabra, para rectificar un hecho.

El compañero Piña, como siempre ...

El C. presidente
¿Para qué pide usted la palabra?

El C. Soto y Gama
Para rectificar un hecho, y como miembro de la Comisión.

La idea que algunos tienen para independizar a los Municipios es una opinión perfectamente discutible, como lo es también la idea mía respecto de la soberanía de los Estados; la soberanía de los Estados, en la que yo no creo, como no creen muchos; de manera que mi rectificación es ésta: (Voces: No está a discusión la soberanía de los Estados); la soberanía de los Estados es un mito, en la que no creen muchos mexicanos, y por eso no tengo inconveniente en atacarla como no tengo inconveniente tampoco en atacar la aparición de la Virgen de Guadalupe, que es un mito, un prejuicio.

Yo creo que muchos de mis compañeros no tendrán inconveniente en atacar la soberanía de los Estados; pero no propondría yo atacarla, porque sé que los caciquillos lo son sólo en ciertos Estados.

Yo, como miembro de la Comisión, no tengo inconveniente en que se reforme la redacción de este artículo, siempre que se consiga la libertad financiera y económica de los Municipios, y, por otra parte, su libertad política y administrativa; pero que se precise lo bastante, para que no se les den libertades ilusorias y se les deje en la miseria.

Yo pido amplitud económica, y ésta se consigue con la libertad de acción; que se les permita atender los intereses comunales; la cuestión de dinero sí es cuestión de dinero sí es cuestión de Hacienda; si el señor doctor Castellanos encuentra una fórmula más breve, no tengo inconveniente en que se diga libertad; pero que se diga libertad financiera u otra palabra equivalente.

El C. Castellanos
¿Tengo la palabra, verdad?

Me voy a aprovechar, antes de que se me olvide, como dice alguno, de una idea.

Señor licenciado ¿qué, la palabra soberanía, no comprende el hecho de que el Municipio maneje sus fondos?

El C. Soto y Gama
No es propia la palabra.

El C. Castellanos
Entonces, autonomía.

El C. Soto y Gama
Ya tenemos bastante autonomía con la de los Estados.

El C. Castellanos
Yo creo que diciendo autonomía ...

El C. Piña
¿Qué entienden por autonomía?

El C. Castellanos
No estoy contestando al señor Piña. (Risas)

El C. secretario
La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta a los señores delegados, si dan permiso para que se retire el artículo y se modifíque en el sentido de la discusión.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Se concede el permiso.

El C. Nieto
Pido que se pase lista para que se vea quiénes se han ido; son como treinta.

El C. González Cordero
Treinta por quince, son 450 duros para el Hospital.

El C. presidente
Vamos a proceder a llamar a los que están fuera, y mientras se suspende la sesión, por diez minutos.

Se reanudó la sesión.

El C. secretario
El artículo noveno, que está a discusión dice así:

Realizar la libertad económica y política de los Municipios, y hacer efectiva la soberanía de los Estados.

Está a discusión. (Voces: Aprobado)

¿No hay quién tome la palabra?

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

El C. De la Torre
Ya son las dos horas.

El C. Piña
Justamente, son ahorita.

El C. Aceves
Ya han transcurrido las dos horas, y esto es excesivo.

El C. secretario
Se pone a discusión el siguiente dictamen de la Comisión de Gobernación, que recayó a la proposición del ciudadano Mancilla.

Comisión de Gobernación.
A la proposición adjunta, suscrita el 25 de febrero último por el delegado F. S. Mancilla, esta Comisión ha tenido a bien dictaminar lo siguiente:

En vista de que es indispensable garantizar la libre expresión del pensamiento, base esencial de subsistencia de la Convención, y de que es una consecuencia de la soberanía de ésta, el que sus miembros no puedan ser privados de su libertad o en cualquiera otra forma atacada su integridad física, sin conocimiento y autorización de la misma, debe establecerse y sancionarse que sus delegados gocen de fuero y al efecto, expedirse el siguiente

DECRETO

Artículo 1° Los miembros de la Soberana Convención Revolucionaria o sus representantes, tienen derecho a emitir libremente sus opiniones en el seno de la Asamblea, sin más limitaciones que aquellas que, para conservar el orden, hayan sido establecidas por el Reglamento interior de la misma.

Artículo 2° Los delegados a la Convención, en funciones, no podrán ser sujetos a proceso ni averiguación de ninguna especie, ni privados de su libertad, ni perseguidos en forma alguna por las autoridades, sin que se haya declarado previamente por la misma Convención, erigida en Gran Jurado, que ha lugar a proceder contra el delegado delincuente.

Artículo 3° Cualquiera persona o autoridad que violando esta ley atente contra la libertad o la vida de alguno de los delegados a la Convención, en funciones o con motivo de ellas, será castigado: en el primer caso, con la pena de diez años de presidio, y en el segundo. con la pena de muerte.

Artículo 4° Para juzgar de los delitos a que se refiere el artículo anterior, será competente la Soberana Convención, y aplicables todas las leyes y procedimientos relativos al Gran Jurado de la misma, con la sola diferencia de que en vez de declarar que ha o no lugar a proceder contra el presunto reo, deberácresolver si es o no culpable del delito que se le imputa, y en el primer caso, pronuncioar sentencia condenándolo a sufrir la pena que merezca.

Por lo que se refiere a los demás puntos contenidos en la proposición del delegado Mancilla, son de la competencia de la Comisión de Justicia, que también está llamada a dictaminar.

Cuernavaca, Mor., marzo 8 de 1915.
Genaro Palacios Moreno.
José Casta.
C. M. Samper.
(Rúbricas).

La proposición dice:

1° Declárese por esta H. Asamblea, que los ciudadanos General Ildefonso Pérez y Miguel M. Ramos, al igual que los demás miembros de esta Soberana Convención, gozan de fuero y que, en tanto no lo pierdan, son inviolables.

2° Que como consecuencia del anterior, no deben volver a la prisión, en la que arbitrariamente han estado, y con violación de su fuero, mientras que la Asamblea no declare que ha lugar a proceder en su contra.

3° Que la Asamblea se constituya en sesión permanente, hasta que resuelva si ha lugar o no, a proceder en contra de los acusados.

4° Que se declare de pronta y obvia resolución esta proposición.

Cuernavaca, 25 de febrero de 1915.
F. S. Mancilla.
(Rúbrica.)

Está a discusión en lo general. (Voces: No, no) (Voces: Primera lectura)

Primera lectura.

¿Algún ciudadano delegado quiere hacer uso de la palabra?

El C. Samper
Pido la palabra, para una moción de orden.

El C. Casta
Pido la palabra, para una moción de orden.

Debe mandarse imprimir primero. (Voces: Samper la pidió primero)

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Samper.

El C. Samper
Parece que se ha alterado la orden del día.

La orden del día decía: Dictamen de la Comisión Instructora del Gran Jurado, relativo al asunto del ciudadano Miguel C. Zamora, y se trastrocaron los papeles.

Entiendo que no se debe dar cuenta con este asunto, sino con el otro.

El C. presidente
Consecuente con la proposición del C. Samper, porque da lo mismo. Se tendrá en cuenta.

El C. secretario
Hay un documento en cartera, que no estaba en la orden del día, es el siguiente:

Al ciudadano vicepresidente de la Soberana Convención Revolucionaria:

Hay en la actualidad en la Cárcel Municipal de esta población, algunos detenidos a disposición de algún general, sin haber sido consignados a ninguna autoridad, para que respondan de los cargos que se les hacen.

Como esto es un acto que ataca las garantías individuales y por lo inmoral del mismo, está en contra de los principios revolucionarios, y ataca, además, directamente al lema adoptado, de Reforma, Libertad, Justicia y Ley, me permito proponer a la H. Asamblea acuerde dirigirse al ciudadano Gobernador del Estado, para que obrando dentro de sus atribuciones, ponga el remedio en la forma más conveniente; y se pase también, un oficio al Cuartel' General del Sur, para que éste, se dirija a los generales a sus órdenes, prohibiendo estos atentados y previniéndoles que cuando tengan queja o cargos contra algún ciudadano, lo remitan al referido Cuartel General, con el parte respectivo, para ser consignado y juzgado si hubiere lugar. Como se trata de libertad, que es lo más sagrado para todos, rogamos a la H. Asamblea considere este asunto como de pronta y obvia resolución.

Cuernavaca, Mor., marzo 9 de 1915.
General J. V. Casarin.
Julio Ramírez Wiella.
Enrique M. Zepeda.
C. Treviño.

(Aplausos)

Se pregunta a la Asamblea si lo considera como de pronta y obvia resolución.

Los que lo consideren de pronta y obvia resolución, que se sirvan ponerse de pie.

Se considera de pronta y obvia resolución.

A la Comisión de Justicia, para que dictamine. (Varias voces: No, no. Es de obvia resolución)

El C. secretario
Ya lo oí, pero es necesario que pase a Comisión, para que dictamine.

Se suplica a los ciudadanos delegados que forman la Comisión de Justicia, se sirvan pasar a dictaminar.

Como la proposición no encierra más que pedir a la Asamblea el acuerdo para que se libren oficios al Gobernador y al Cuartel General, en obvio de dificultades se pregunta a la Asamblea si se aprueba que se libren esos oficios, sin necesidad de que se dé otro trámite.

El C. Borrego
Lamento que se viole el Reglamento por la Presidencia, que es la encargada de hacerlo respetar.

El C. presidente
¿Cómo decía usted?

El C. Borrego
Que es una violación del Reglamento el que no haya dictamen sobre esa proposición; se puede hacer un dictamen en unas cuantas líneas, y estamos dispuestos a darle nuestro voto; pero, ¿cómo vamos a hacer eso sin dictamen? Hay que respetar las fórmulas legales.

El C. presidente
Voy a decir a usted, en primer lugar, que la Secretaría quedó autorizada por la Presidencia en este sentido, y habiéndose violentado, dio el trámite de que pasara a Comisión; pero el trámite debió haber sido conforme a lo solicitado; yo creo que nadie lo hubiese discutido; por eso me permití hacer esa observación; pero no tengo ningún inconveniente en que se proceda como ustedes lo desean.

El C. Borrego
Tiene usted un procedimiento muy expedito para retirar el trámite que había dado anteriormente, y es el de que pase a la Comisión de Justicia.

El C. secretario
La Secretaría pregunta a la Honorable Asamblea si aprueba el trámite que dice ...

El C. Aceves
Pido la palabra, para sentar un hecho.

El hecho que quiero hacer presente es el siguiente: hoy fue turnado al Cuartel General del Sur, un individuo que pertenece a los empleados de la octava Demarcación en México, la que es a mi mando; a este individuo lo mandaron preso por haberle dado de bofetadas a un Teniente Coronel que le debía algún dinero, y no se lo quiso pagar; pero mientras pasaba esto, empeoraban las cosas, y la han puesto una acusación ligera, a mi modo de ver, en la que se le hacen yo no sé cuántos cargos.

Yo ya he hablado con el señor coronel Orozco, y está dispuesto a hacer justicia; ese teniente coronel era el mismo que le iba a dar un balazo al señor general Galván, y es perfectamente conocido lo nocivo que es; yo suplicaría que se tuviera la bondad de dictar alguna disposición a efecto de que terminen esos abusos, porque ese individuo se enmarihuana, y al juicio de usted dejo las consecuencias.

El C. presidente
Señor Aceves, ¿es delegado ese señor?

El C. Aceves
No, señor.

El C. presidente
En su oportunidad se tendrá presente la moción de usted.

El C. secretario
La Presidencia pregunta, por conducto de la Secretaría, a la Honorablé Asamblea, si está de acuerdo con el trámite dictado por la Mesa, referente a que se libren oficios al Cuartel General y al Gobernador del Distrito.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. (Voces)

El C. Piña
Pido la palabra para una moción de orden. No se puede interrumpir la votación.

No se puede interrumpir la votación.

El C. secretario
Aprobado.

Se pone a discusión el dictamen de la Sección Instructora del Gran Jurado, que dice:

El ciudadano secretario dio lectura al siguiente dictamen:

Sección Instructora del Gran Jurado.

Vista la consignación hecha por la Soberana Convención, a esta Sección Instructora del Gran Jurado, de la copia certificada de las diligencias practicadas por el ciudadano juez segundo de Instrucción Militar, con motivo de las lesiones inferidas por el coronel delegado a la misma Convención, Miguel C. Zamora, al Mayor Arnulfo Olivares, el día primero de febrero de mil novecientos quince, cuyas diligencias llegaron al estado de formal prisión por auto expreso que pronunció el juez mencionado, determinación consentida por el delegado Zamora, el cual solicitó y obtuvo su libertad provisional, con fundamento a los artículos 430 y 431 del Código de Procedimientos Penales en el fuero de Guerra, remitiéndose después la copia antes citada, a esta Convención, por virtud de que el juez de la causa abrigó duda acerca de si la Asamblea había concedido o no fuero a sus miembros, motivo por el cual la citada autoridad pide que se haga la declaratoria correspondiente para establecer la competencia del Tribunal que deba juzgar el delegado Zamora; y,

Considerando:

Que si bien es cierto que la Convención se constituyó en Gran Jurado para resolver en el caso de los generales Miguel M. Ramos e Ildefonso Pérez, si había o no lugar a proceder en contra de ellos, con motivo de habérseles imputado determinados hechos delictuosos, también lo es, que dicho procedimiento no tuvo por fundamento ningún acuerdo expreso y general por el que la Asamblea de referencia hubiera concedido fuero a sus delegados, esto es, el derecho de no ser juzgado por ninguna autoridad, sin que previamente lo sean por la Convención, para el solo efecto de declarar si se debe o no proceder en contra de ellos; por lo que, el caso aislado del proceso de dichos generales, no autoriza, en nuestro concepto, a la Convención, y por ende a la Sección Instructora del Gran Jurado, para constituirse de hecho en juez de nadie, supuesto que, es principio que garantiza la libertad de defensa, inseparable de la naturaleza humana que nadie deba ser juzgado sino por leyes dadas con anterioridad al hecho y exactamente aplicables a él y por los tribunales que esas mismas leyes hayan establecido, es claro que ni la Convención, ni esta Sección Instructora, deben inmiscuirse en el proceso citado.

Por lo expuesto, esta misma Comisión dictamina:

Primero. Contéstese al ciudadano Juez segundo de Instrucción Militar, que la Soberana Convención Revolucionaria no había establecido que sus delegados gozaran de fuero, cuando se avocó al conocimiento del proceso de Zamora.

Segundo. En consecuencia, dígase al expresado funcionario, que por este motivo la Soberana Convención Revolucionaria no es competente para conocer en la causa instruida contra el coronel Miguel C. Zamora por las lesiones que infirió al mayor Arnulfo Olivares.

Cuernavaca, Mor., marzo 8 de 1915.
Genaro Palacios Moreno.
A. L. Paniagua.

Está a discusión en lo general.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra, en contra.

El G. Ramos
Pido la palabra para una aclaración.

Desde Aguascalientes se discutió el fuero de los convencionistas; de ahí es que todos los convencionistas, desde aquella época, gozan de fuero; por consiguiente, no está de acuerdo el dictamen respecto al coronel Zamora, y si no, apelo a la Secretaria y ocurro a los documentos relativos de aquella época.

El C. Casta
Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente
¿Me permite usted un momento?

El C. Casta
Yo pido la palabra para tratar este mismo asunto.

El C. presidente
Este mismo asunto estoy tratando yo. (Risas; campanilla)

El C. Mancilla
Pido la palabra para una protesta.

El C. presidente
Me permito llamar la atención del señor Mancilla sobre que no puedo dar la palabra para ninguna protesta; puede usted hacerla por escrito y se le dará el trámite correspondiente.

El C. Soto y Gama
¿Me inscribió usted en el contra?

El C. presidente
Sí, señor.

Voy a contestar ahorita al señor Ramos: en la Secretaría constan varias proposiciones; pero no consta ningún acuerdo en el sentido de que gocen de fuero los delegados, o cosa parecida. Hubo varias proposiciones que no han sido resueltas en ningún sentido; aquí hay varias en el sentido de que se conceda fuero a los señores delegados; pero nunca ha sido acordada.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra para una moción de orden, además de estar inscrito en el contra.

El Reglamento dice que primero se formule la lista de oradores, y antes de pasar a otra cosa, recuerdo ese requisito a la Presidencia.

El C. secretario
Los oradores inscritos son: en contra, los ciudadanos Soto y Gama, Mancilla y Ramírez Wiella.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Soto y Gama.

El C. Soto y Gama
Comienzo por protestar contra la Presidencia, por haberse permitido tomar parte en los debates.

La Presidencia habló en pro y la Presidencia no tiene ningún derecho para insmiscuirse en los debates, sino simplemente para dirigirlos: el presidente está demasiado alto.

El C. Castellanos
Voy a contestar.

El C. Soto y Gama
Voy a seguir y luego me contestará; esto es el preámbulo.

Entrando ahora al fondo del asunto, a los antecedentes que hay acerca de él, y no sólo esto sino a una serie de artículos, que podría llamarlos Ley Orgánica sobre la inviolabilidad de los delegados, en la cual no sólo se prevé que los delegados tengan fuero, sino que se reclame el fuero; debo decir que esa Ley fue la que estuvimos aplicando en el caso de los señores Ramos y Pérez, y digo que es un fuero, porque se dice en uno de los artículos que la Convención, constituida en Gran Jurado, resolverá si ha lugar a proceder en contra de los delegados, y esto ¿qué otra cosa es si no el fuero?

El fuero es un requisito que se necesita en la Convención o en el Congreso, para que todos sus miembros puedan dedicarse a sus labores y debido al cual no pueden proceder en su contra las autoridades. Así es que no hay más que cumplir con ese acuerdo.

De manera que el fuero no está sólo previsto, sino autorizado, y repito que no hay más que cumplir con ese acuerdo.

Si en el caso de los señores Ramos y Pérez se les redujo a prisión, antes de decir ha lugar o no ha lugar a proceder, todos entendieron -creo que entre ellos el señor Montaño y el señor Lecona- que se debió haber llamado la atención de la Mesa y de la Convención, por haber faltado a las consideraciones debidas a los generales Ramos y Pérez y por haber violado el fuero; pero fue porque era natural que se cometieran irregularidades y que hubiera deficiencias en el asunto, puesto que era el primer caso que se presentaba; pero no por eso vamos a cometer la atrocidad de violar ahora el Reglamento y a violar una Ley orgánica en la persona del señor delegado Zamora.

El C. Casta
Pido la palabra.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Casta.

El C. Casta
Yo tengo entendido y no sé si me falta la memoria, que desde Aguascalientes se ha venido tratando si los delegados a esta Convención gozan o no de fuero; en Aguscalientes se inició el debate y a nada se llegó en conclusión.

Recuerdo que en México yo fui uno de los que subscribieron la proposición para que se concediera a los delegados el fuero; pero lo hice de una manera tan torpe que fue desechada mi proposición; porque yo decía inmunidad y no debía haber dicho inmunidad sino fuero; y a propósito de eso se vino a la conclusión de darnos a los delegados una tarjeta. que dice:

La Soberana Convención Revolucionaria hace constar que el portador de la presente, C ..., es delegado y por tanto tiene derecho a portar armas y a que se le guarde por las autoridades civiles y militares y sus dependientes, todas las consideraciones debidas a su alta investidura.

Advirtiendo que cualquier falta o ultrajes que se cometan al expresado delegado, serán castigados enérgicamente.

R. Lecona.
A. Cuarón.
(Rúbricas)

Se aprobó la expedición de estas tarjetas, pero de hecho no se declaró que los delegados gozaran de fuero.

En el caso de los generales Ramos y Pérez, se aceptó como que tuvieran ese fuero porque el Presidente de la República consignó el hecho a la Convención, a fin de evitar o sentar un precedente para que el día de mañana no fuera desintegrada esta Convención, en cualquier forma; pero el simple hecho de que los Generales Ramos y Pérez hayan sido juzgados por esta Convención, no quiere decir que los delegados gocen de fuero; y la Comisión del Gran Jurado, al conocer del caso del señor Zamora, está en perfecto derecho al asentar que la Asamblea debe declarar si dicho señor tiene o no fuero, porque de otra manera no es de su competencia tratar este asunto.

En vista de lo anterior, la Comisión de Gobernación, teniendo en cuenta la proposición del delegado Mancilla y teniendo antecedentes de que esto no se ha tratado ni se ha resuelto lo relativo a que los delegados gocen de fuero, ha dictaminado en ese sentido; por eso yo apruebo el dictamen de la Comisión del Gran Jurado, pues ahora no tiene una base sólida de donde partir, y una vez que la Convención declare que los delegados tienen fuero, entonces sí será de la competencia de la Comisión del Gran Jurado, conocer del caso del señor coronel Zamora; mientras tanto, en mi concepto creo que no.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra para una interpelación a la Comisión.

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Mancilla, en contra.

El C. Gavaldón
Suplico a usted me conceda la palabra, para una aclaración.

Creo que debemos tener fuero los compañeros, toda vez que somos la Representación nacional, la Representación revolucionaria, y en este caso debemos tener prerrogativas.

Ustedes discutirán mi manera de opinar, si está conforme a la ley; yo creo que nosotros debemos tener fuero, y desde Aguascalientes se inició algo sobre este particular; pero ya que somos la Representación nacional, debemos todos los delegados gozar de fuero, pues somos la Representación nacional; creo que es lo más moral y lo más correcto y creo que se debe resolver satisfactoriamente, por ser lo más justo.

El C. presidente
¿Ya terminó usted?

El C. Gavaldón
Sí, señor.

El C. Mancilla
Yo creo que no somos tan tontos como pretendemos aparecer.

Se dice que no tenemos fuero y tenemos Comisión de Gran Jurado, y al haber Comisión de Gran Jurado claro es que tenemos fuero. (Aplausos)

El otro día el señor licenciado Palacios Moreno, que no ha reflexionado, como ahora, dijo que en qué se apoyaba para decretar la libertad de los señores generales procesados, y no se le ocurrió que si habían tenido fuero no podían estar presos, mientras no se declaraba que habían perdido ese fuero; y no se había declarado que se había perdido el fuero.

Ya el señor soto y Gama, con elocuentes palabras, demostró que había fuero, y no necesito decir más. Protesto enérgicamente porque la Mesa haya retirado un dictamen que ya había puesto a discusión y que figuraba en la orden del día; protesto y pido que se ponga a discusión el dictamen que ya estaba propuesto.

El C. Piña
Pido la palabra para una rectificación.

El señor delegado Díaz Soto y Gama nos ha informado que ya existe una ley que reglamenta el fuero y que necesitamos los delegados a esta Soberana Convención; eso es inexacto, lo que existe es el orden, la manera en que ha de funcionar la Comisión Instructora del Gran Jurado, y el hecho de que se haya creado la Comisión Instructora del Gran Jurado, no quiere decir que previamente se haya acordado que los delegados disfruten de fuero.

Por otra parte, los delegados no sólo deben gozar de fuero, sino todos los altos funcionarios de la Nación. Tenemos también estos antecedentes, conforme a la Constitución de la República, pues el presidente, los ministros, los diputados, los gobernadores y los senadores, etc., etc., gozan de fuero, y la Constitución dispone de una manera expresa, cuáles son las autoridades que disfrutan de esa prerrogativa. Mientras no demos una ley expresando que gozamos de fuero, mal podemos decir que esté legitimado ese derecho, aunque de hecho, prácticamente, estamos gozando del mismo.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra para una aclaración.

El C. secretario
Señor delegado Mancilla:

La Presidencia, por conducto de la Secretaria, le hace a usted presente que conforme a la orden del día debió ser primero esta proposición, porque dice la orden del día:

Marzo 9 de 1915.

I. Lectura del acta de la sesión anterior.
II. Continuación del debate sobre el Programa de Gobierno.
III. Lectura de documentos en cartera.
IV. Dictamen de la Sección Instructora del Gran Jurado, relativo al asunto del delegado Miguel C. Zamora.
V. Dictamen de la Comisión de Gobernación sobre la proposición del delegado F. S. Mancilla, de fecha 25 de febrero último.

Fue un error de la Mesa, porque se habían traspapelado los dos oficios.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra para una interpelación a la Comisión.

Me permito interpelar al señor Samper, único miembro que está presente de la Comisión. (Voces: No, también el señor Casta)

Bueno, al señor Casta: ¿Para qué sirve la Comisión Instructora del Gran Jurado?

El C. Casta
Indudablemente que para conocer de los asuntos que se relacionen con los señores delegados.

El C. Soto y Gama
¿En qué manera se relacionan esos asuntos?

El C. Casta
Usted lo sabe mejor que yo. (Risas. Aplausos, Campanilla)

El C. Soto y Gama
La Comisión del Gran Jurado tiene por objeto declarar, antes de que se meta a la cárcel a un individuo, si ha lugar o no a proceder en su contra, o de otro modo, el Gran Jurado nos conduce a la declaración de decir: ha lugar o no a proceder contra una persona, y esto quiere decir que se ha creado el fuero.

El C. Casta
He dicho tácitamente: gozamos de fuero; de hecho no gozamos de ese fuero.

El C. Soto y Gama
¿De manera que hay que aplicar el Reglamento para el caso de los señores generales Ramos y Pérez? Si no gozan de fuero, ¿por qué están en libertad?

El C. Casta
Son casos aislados.

El C. Soto y Gama
El señor Piña me decía que dicho fuero debería aplicarse a todo funcionario público, y yo me permito interpelar, no a la Comisión, sino a cualquiera de ustedes, para que me diga si no es cierto que esto debe aplicarse para todos los delegados.

El C. Casta
Para el caso exclusivo de esos señores sí se aplicó.

El C. Soto y Gama
Luego la Asamblea expresamente convino en que ese Reglamento era para garantizar a los señores delegados, y en aquel caso especial, para llegar a saber si se procedía o no en su contra.

El C. Casta
La Convención no ha declarado que sus miembros gocen de fuero.

El C. Piña
Está en un error, señor licenciado.

El C. Nieto
Como el señor delegado Soto y Gama interpeló a la Asamblea y pertenezco a ella, me voy a permitir contestarle.

El C. Soto y Gama
Interpelé a la Comisión.

El C. Nieto
También a la Asamblea.

Quiero decir que se ha sentado una tesis falsa en la reglamentación del Gran Jurado, y ese Reglamento que aprobamos no nos da derecho para gozar de fuero; ese Reglamento dice nada más lo relativo a los procedimientos para encarcelar a un individuo cualquiera; pero eso no quiere decir que se instituya el fuero. (Murmullos)

El C. Soto y Gama
¿No vio usted el caso de los generales Pérez y Ramos?

El C. Marines
Pido la palabra en contra.

El C. presidente
El ciudadano Zepeda va a hacer una aclaración; se suplica atención a los señores delegados que guarden silencio, si no estamos perdiendo inútilmente el tiempo.

El C. Zepeda
Yo también quería hacer ver a la Asamblea lo que acaba de decir el señor delegado Nieto, y la irregularidad de nuestros procedimientos.

Alguna vez se puso a discusión en México este asunto, y algunos señores delegados, por querer parentar, por querer quedar bien, dijeron que no debíamos tener fuero; todo esto se oyó y acabamos por decir que no debíamos tener fuero. La Sección del Gran Jurado se instaló para el Presidente de la República, para sus Ministros, pero no se hizo para los delegados; a ella se turnó el caso de los señores turnó el caso de los señores generales Ramos y Pérez, porque se trataba de un caso político, y precisamente el Presidente de la República, para que no fuera a obrar apasionadamente o en sentido opuesto a nuestras aspiraciones, sometió el caso a nuestra consideración, para que aquí no se diera el caso de que un presidente pudiera desintegrar esta Asamblea; pero tratándose de otros casos, no está previsto el hecho, y, por lo mismo, es de nuestro deber reconsiderar el caso, para que se vea que debemos obrar con más lógica y con más cuidado; de manera que si se quiere que tengamos fuero, que se apruebe de una vez; pero mientras, no se ha declarado todavía que tengamos fuero.

El C. Orozco
Pido la palabra para una aclaración.

En primer lugar, será porque no lo recuerdo; pero francamente no me pasó por la imaginación el acto aquél que refiere el señor Zepeda; dice que rechazamos el fuero por querer quedar bien con el pueblo; lo que sí rechazamos, y no por halagar al pueblo, fue la inmunidad, que es muy distinta del fuero, como lo pueden decir los señores competentes en leyes, que hay aquí.

Por lo que se refiere al señor Zamora, debo decir que tenemos que resolver este asunto antes, porque así está en la orden del día: que se trate primero la proposición relativa al fuero; en consecuencia, suponiendo que se deseche la cuestión del fuero y declaremos que la Sección del Gran Jurado no tiene derecho o no tiene facultad para conocer del asunto del coronel Zamora, sentamos este precedente: que sólo lo tiene con respecto a los altos funcionarios, como el Presidente de la República y los ministros, para quitarles el fuero que nosotros no tenemos; nosotros quedamos a merced de ellos y puede ser que en un momento dado, por tales o cuales medidas políticas, aquellos funcionarios desintegren la Asamblea, aunque sea por peligros supuestos, y ese ya es un peligro.

En consecuencia, aunque no sea aprobada la cuestión de que gozamos de fuero, yo creo que aquí conviene sentar el precedente de que todos los delegados, hayan o no declarado la cuestión del fuero, deben ser calificados por la Sección Instructora del Gran Jurado, y eso puede aplicarse para los delegados que están más en condiciones de cometer un delito, y en este caso se sienta el precedente de que por ningún motivo pueden separar a un miembro de esta Asamblea, y que, no es posible desintegrarla con procedimientos más o menos delictuosos. Por lo tanto, pido a la Asamblea que deseche el dictamen que se ha puesto a discusión.

El C. Cervantes
Pido la palabra para una moción de orden.

El C. presidente
A eso voy a ir; pero antes voy a hacer una observación por conducto de la Secretaría.

El C. Cervantes
No me refiero a eso.

El C presidente
Puedo asegurar a usted que no sabe lo que voy a decir.

El C. secretario
La Presidencia manifiesta a la Asamblea que en virtud de que ha observado que las aclaraciones, mociones de orden y hechos, sirven para argumentar en pro o en contra de las proposiciones que están a discusión, suplica a los señores delegados que no hagan ese mal uso, porque está dispuesta a retirarle el uso de la palabra a quien tal haga.

Tiene usted la palabra, señor Cervantes.

El C. Cervantes
Suplico al señor presidente se sirva ordenar se lea la parte resolutiva del dictamen, porque no estamos discutiendo la cuestión del fuero, sino la parte resolutiva del dictamen.

El C. secretario
La parte resolutiva dice así:

Primero. Contéstese al ciudadano Juez segundo de Instrucción Militar, que la Soberana Convención Revolucionaria no había establecido que sus delegados gozaran de fuero, cuando se avocó el conocimiento del proceso de Zamora.
Segundo. En consecuencia, dígase al expresado funcionario que por este motivo la Soberana Convención Revolucionaria no es competente para conocer en la causa instruida contra el coronel Miguel C. Zamora, por las lesiones que infirió al mayor Arnulfo Olivares.

Los CC. Nieto, Marines, Orozco y Fierro
Pido la palabra en contra.

El C. secretario
Están inscritos en contra, los ciudadanos Ramírez Wiella, Marines, Nieto, Orozco, Montaño, Pérez Taylor, Aceves y Valle Luis.

El C. Nieto
Pido la palabra para una moción de orden.

Me consta que antes que yo, pidió la palabra el señor coronel Orozco, y no es justo que lo pongan después de mí.

El C. Orozco
Pido a la Presidencia no me obligue a protestar.

El C. presidente
Tiene la palabra en contra el ciudadano Fierro.

El C. Ramírez Wiella
Señores delegados:

Yo creo que la cuestión de fuero es independiente del asunto a debate y que el dictamen no debe resolverla ni afirmativa ni negativamente; tenemos un dictamen y no se va a discutir la custión de si se acepta o no el que tengan fuero los delegados; es muy anticipado venir a resolver un asunto que se refiere al fuero del señor delegado Zamora; porque de lo contrario, se echa abajo lo que se ha aprobado antes.

Yo me permitiria proponer a la Asamblea, por todas estas consideraciones, que se reserve la resolución del dictamen del caso en cuestión, para cuando se haya resuelto el segundo dictamen en que se hace referencia al fuero, porque de lo contrario se aprueba el dictamen de la Comisión (Voces: No, no); se aprueba el dictamen de la Comisión, y el ciudadano delegado Zamora será puesto a la disposición de un Juez común, y si viene la orden de aprehensión cuando hemos aprobado el fuero, entonces no se le puede aprehender, porque esa orden es posterior al acuerdo relativo al fuero.

De manera que primero vamos resolviendo lo relativo al fuero, y después lo relativo a este caso particular; si hay fuero se le dice desde luego al Juez, porque de lo contrario, habiéndose establecido el fuero en esta fecha, las órdenes posteriores del señor juez no pueden tener cumplimiento, porque ya se lo impide el fuero.

El C. Casta
Pido la palabra para una moción de orden.

El C. González Cordero
Pido la palabra, para una moción de orden.

El C. presidente
Un momento, señor.

El C. Casta
Pero, ¿me dejan hablar, o no?

El C. presidente
Un momento, señor. (Risas)

El C. Ramírez Wiella
Señores delegados:

Tengo el uso de la palabra. En cuanto a la cuestión de que se venía hablando, la cuestión del fuero, aquí están los antecedentes.

Primero, la proposición que dice:

Los que subscribimos, en virtud de haberse presentado varios casos en que las rondas han tratado de desarmar a varios delegados, y de algunos otros casos excepcionales contra los propios delegados, sometemos a la consideración de la H. Asamblea, como de pronta y obvia resolución, lo siguiente:

I. Se declara que los ciudadanos delegados a la S. Convención Revolucionaria, gozan de inmunidad.
II. Dése a cada delegado una tarjeta de identidad o cualquiera otra distintiva.

Salón de sesiones, enero 18 de 1915.
Franco, Alfo, Salinas.
José Casta.
Castellanos.
J. López Araujo.
(Rúbricas)

El C. González Cordero
Pido la palabra, para una moción de orden.

Tengo entendido que ni los ciudadanos presidente o vicepresidente, ni los secretarios de la Convención, deben tomar participación en los debates, sino limitarse a su papel.

He notado que el señor Ramírez Wiella, cada vez que está de secretario, también toma parte en los debates; yo creo que debe pasar algún otro secretario a substituirlo, porque luego habla en pro o en contra y al mismo tiempo atiende a los debates.

El C. presidente
Debo decirle al señor Cordero que malamente la Mesa puede tomar parte en los debates, sabe perfectamente que no puede hacerlo; pero también está convencida la Asamblea de que el hecho de venir a ocupar la Presidencia, este honroso puesto, no le impide hacer uso de ese derecho cuando lo crea conveniente.

Por mi parte, debo decirle al señor Cordero, y a toda la Asamblea, que si eso fuera, rechazaria el cargo que ocupo, porque prefiero expresar mis ideas libremente, a ocupar un puesto que no me produce más que molestias.

El C. González Cordero
No me refiero a eso, señor presidente, sino a que cuando usted o cualquiera de los secretarios quiera hacer uso de la palabra durante la discusión, pase abajo a ocupar su lugar, porque de repente puede haber ahí alguna combinación de la Secretaría. (Aplausos y risas)

El C. presidente
Yo le dispenso al señor Cordero lo que me dice. (Voces: Es un asno. Risas)

El C. Marines
Pido la palabra.

Yo no sé por qué hacemos tanto hincapié en cosas que no debíamos fijarnos casi.

Estamos con que no se hizo en Aguascalientes; con que no se ha hecho esto ni lo otro, sin fijarnos en si debe o no hacerse, atentas las razones que debe haber para hacerlo o no; que se hizo en Aguascalientes no prueba nada respecto a si debe hacerse o no; los hechos han demostrado que de hecho, hemos aceptado el fuero, aun cuando no se haya hecho por fórmula la declaración; pero el hecho es que gozamos de fuero.

Por ejemplo: me acuerdo que una vez, en Aguascalientes, se quejaron unos jefes de haber sido detenido uno de ellos en un tranvía, y aquél se quejó a la Convención; si no hubiéramos tenido fuero y gozado de esa prerrogativa, se hubiera quejado al Cuartel General; se quejó a la Convención, y entonces la Convención libró órdenes para que se evitaran esos abusos.

A otro coronel le quitaron las estrellas, y de la misma manera se quejó a la Convención, y otra vez se expidieron órdenes para que se reprimieran esos abusos.

Más todavía; alguna vez alguien dijo ahí que no teníamos libertad absoluta para hablar, porque las galerías parecía que hacían presión, y se dio orden para que se desalojaran y salieran de ellas todos los militares pertenecientes o no pertenecientes a la División del Norte; aquí un día se permitió el que se sacara a las galerías y todos protestamos, de otra manera no concibo que hubiéramos hecho tanto alarde porque se nos impedía la salida.

Por otra parte, la razón más importante por lo que lo hicimos, fue esta: nosotros, con nuestro carácter de reformadores; nosotros con nuestro carácter de partidarios de las reformas que beneficiarán seguramente a la Patria, vamos a tener que hablar muy alto y muy claro; vamos a tener que lastimar a muchas personas, vamos a tener su animadversión y hasta su mala voluntad; y, por último, puede ser que alguna vez tengamos que ser víctimas de agresiones de hecho; pues bien, yo creo que debemos de gozar de fuero para poder, cuando menos, tener libertad de hablar alto, claro y explícito, como se necesita, tratando de evitar todo mal a la Patria; pues bien, con nuestro carácter y con nuestros derechos de ciudadanos, no debe suceder que por una simple pistolita no podamos hablar tan claro como se necesita. No estamos sino titubeando para cumplir con una fórmula que ya se decretó desde Aguascalientes. Ya se acordó desde allí el fuero.

Y, por último, el caso de los generales Ramos y Pérez: qué casualidad que para este asunto se instituye un jurado; ¿para qué? claro es que para desaforar a los individuos que gozan de fuero, y después entregarlos a las autoridades militares o comunes.

Otra cosa, también: en el caso del coronel Zamora aceptamos que allá el juez se las entienda; entonces sí que quedaríamos chulos; ¿por qué con los generales Ramos y Pérez, que son del Norte, nos pusimos listos, y al coronel Zamora no nos importa que lo fastidien?

No, señores; si con los generales Ramos y Pérez hicimos eso, debemos hacer lo mismo con un suriano, que no es sino un mexicano igual a nosotros, y no debemos consentir que porque se vio en la necesidad de pelearse con alguno, ya se le vaya a confundir con cualquiera; no, señores delegados.

Ya que desde Aguascalientes, tácitamente se ha aprobado el fuero, y ya que también aquí tácitamente lo hemos acordado, debo hacer la aclaración de que esto también es una cosa pequeñísima. (Aplausos)

El C. secretario
Se ha presentado a la Mesa la siguiente moción suspensiva:

Pido a esta H. Asamblea se sirva ordenar se suspenda la discusión del asunto a debate, en tanto se resuelva, si los delegados a la Convención gozan de fuero.

Cuernavaca, marzo 9 de 1915.
J. Borrego.
Julio Ramírez Wiella.

Está a discusión.

El C. Soto y Gama
Pido la palabra, en contra.

El C. Casta
Pido la palabra, en contra.

El C. Soto y Gama
Quiero antes hacer una moción de orden.

Esa moción suspensiva no debe admitirse, por cuestión de orden, porque perjudica lo que se está discutiendo; se funda esa moción solamente en el hecho de que no se ha declarado si hay o no fuero, y eso es lo que estamos discutiendo; esto es una cuestión de principio que hasta los estudiantes de lógica conocen. Eso no debe ponerse a discusión.

El C. presidente
La Mesa no tiene que prejuzgar de nada absolutamente; a todo lo que viene a la Mesa tiene que darle lectura y la Asamblea opinará lo que quiera y hará las apreciaciones que crea convenientes.

Cuando el señor licenciado Soto y Gama hable en contra, tiene derecho a hacer esas observaciones.

El C. Casta
Pido la palabra, en contra de la moción suspensiva.

El C. presidente
Un momento, señor; todavía no.

El C. Casta
¡Cómo no! Si la leyeron ya.

El C. presidente
Yo pido al señor Casta que no sea tan exigente con la Mesa, que es torpe, y que, para no cometer más torpezas, va a ver antes el Reglamento.

El señor delegado Borrego tiene la palabra, si es que quiere hacer uso de ella, para fundar la moción.

El C. Borrego
Señores delegados:

Hemos presentado esa moción suspensiva con el objeto principal de que se discuta para saber si hay fuero para los delegados, y en seguida se discuta el dictamen. Indudablemente que en la conciencia de todos está que los delegados deben gozar de fuero, de manera que pido que se discuta primeramente la proposición que se nos ha leído; nosotros aprobaríamos la existencia del fuero y juzgando como un hecho sancionado la verificado en Aguascalientes, turnemos el asunto a la Comisión del Gran Jurado, porque el presunto autor es delegado y goza de fuero; no he querido más que ratificar los procedimientos anteriores, y no, como alguien dijo, que queríamos aplazar la discusión del asunto principal.

El señor Ramírez Wiella habló en el mismo sentido y en nada desfavorecería al señor Zamora que se aprobara el fuero, y hacer lo contrario, significaría dar un efecto retroactivo, porque es bien sabido que cuando se discute una ley el reo tiene derecho a que se aplique la ley antigua; de manera, señores, que yo insisto en que se apruebe la moción suspensiva; es cuestión de veinte minutos, mientras aprobamos la cuestión del fuero solamente.

El C. presidente
Tiene la palabra el señor Casta.

El C. Casta
Yo, a pesar de que no conozco de leyes, no apruebo la moción suspensiva que acaba de apoyar el señor licenciado Borrego; hay un dictamen, quizá ese dictamen sea rechazado por la Asamblea; que vuelva a la Comisión Instructora del Gran Jurado para que ésta dictamine en el sentido de la discusión, y así no volverá, aun cuando se suspenda la discusión de este dictamen no nos lo traerán de nuevo como está concebido.

Por eso ruego que no se acepte la moción suspensiva y que se rechace el dictamen para que pase de nuevo a la Comisión y lo formule en el sentido de la discusión; mientras tanto, nosotros discutimos el segundo dictamen de la Comisión de Gobernación, que se refiere al fuero; y entonces la Comisión Instructora tendrá base de donde partir, y podrá dictaminar en la forma en que se ha encauzado la discusión.

Por eso no veo el objeto de esta moción suspensiva; por el simple hecho de rechazar este dictamen de la Comisión Instrutora del Gran Jurado se subsana la falta y no perderemos el tiempo, para que se rechace el dictamen y nos lo presente en una nueva forma. El resultado viene a ser más o menos el mismo, sin pérdida de tiempo.

El C. secretario
La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta a los señores delegados si se toma en consideración esta moción suspensiva.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Está a discusión.

El artículo 11 dice:

Artículo 11. Presentada una moción suspensiva, se leerá, y sin otro requisito que oír a su autor, si la quisiera fundar, y a otro delegado en sentido contrario, se preguntará a la Asamblea si se toma inmediatamente en consideración. En caso negativo, se tendrá por desechada, y en caso afirmativo, se discutirá y votará en el acto, pudiendo hablar tres individuos en pro y tres en contra.

Sigue a discusión. (Voces: No tienen ningún dictamen) (Voces: Que siga la discusión) (Voces: Ya está aprobado)

El C. Marines
Señor secretario, sírvase decirnos qué cosa se va a poner a discusión.

El C. secretario
La moción suspensiva.

El C. Pasuengo, Sergio
Pido la palabra, en pro.

El C. secretario
La lista de oradores es como sigue: en pro, Pasuengo, Nieto, Ramírez.

El C. Nieto
¿En pro nada más dos?

El C. secretario
Todavía estamos esperando que se inscriban.

El C. presidente
Tiene la palabra, en pro, el ciudadano delegado Nieto.

El C. Nieto:
Como me parece que la Asamblea está de acuerdo en aprobarlo, renuncio al uso de la palabra. (Aplausos)

El C. presidente
Tiene la palabra, en pro, el ciudadano Sergio Pasuengo.

El C. Sergio Pasuengo
Me adhiero a lo que dice el compañero Nieto. (Aprobado, aplausos)

El C. secretario
Se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el asunto en votación económica.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

La Mesa, por conducto de la Secretaría, consulta a los señores delegados si se prosigue con la discusión relativa al fuero, o si se da lectura al dictamen que ayer se consideró como de pronta y obvia resolución. (Voces: Fuero, fuero)

El ciudadano secretario volvió a dar lectura al dictamen de la Comisión de Gobernación, recaído a la proposición hecha por el ciudadano Francisco S. Mancilla.

Está a di5cusión en lo general este proyecto de decreto. (Voces: Aprobado en lo general)

¿No hay quién pida la palabra?

En votación económica, se pregunta si se aprueba en lo general.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

Se pone a discusión el artículo primero, que dice:

Artículo 1° Los miembros de la Soberana Convención Revolucionaria, o sus representantes, tienen derecho a emitir libremente sus opiniones en el seno de la Asamblea, sin más limitaciones que aquellas que, para conservar el orden, hayan sido establecidas por el Reglamento interior de la misma.

El C. Marines Valero
Pido la palabra, en contra.

El C. Nieto
Pido la palabra en contra.

El C. Gavaldón
Favor de que se lea otra vez.

El C. secretario
Sí señor; voy a leer primero, la inscripción de los oradores, no hay oradores en pro.

El artículo dice así: (Leyó)

¿Hay alguna otra persona que desee hacer uso de la palabra?

El C. presidente
Tiene la palabra el ciudadano Marines Valero.

El C. Marines Valero
Voy a recurrir a lo que se llama pruebas de autoridad; en este caso, voy a citar el hecho de que aunque la Constitución Mexicana sea un remedo de la americana, consigna en un artículo:

Todo hombre tiene el derecho de expresar sus pensamientos por escrito, sin más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y la paz pública.

Yo creo que nosotros debíamos tomar eso en cuenta, porque si no, vamos a tener muchas dificultades e incurriremos en el gravísimo error en el que ya caímos un dia; cuando un testigo cuyo nombre no debo decir, que le tenía mala voluntad a él, por una frase descarnada dijo que era cuestión de faldas.

Hasta ahí debíamos haber llegado, porque no era conveniente ir más allá. (Risas)

Nosotros cometimos la imprudencia, y el Presidente (no usted, sino el del Gran Jurado) de preguntarle qué era eso de cuestión de faldas, y empezó la explicación que eso de las faldas eran piernas, etc., etc. (Risas)

Yo creo que esas cosas no debemos decirlas aquí; creo, además, que debemos tener la suficiente caballerosidad para no tocar esos puntos y no descender jamás a ese terreno; de manera que deberíamos escoger nuestro lenguaje y nuestros argumentos, y expresarnos sin más limitación que el respeto a la moral, a la vida privada y tantas otras cosas que por ahora no se me ocurren; pero no debemos jamás abusar de esa libertad.

Yo creo que es tiempo ya, de que vayamos poco a poco descartando de nuestras sesiones todo aquello que nos avergüenza, y levantemos nuestro nivel moral, tanto en nuestras discusiones, como en nuestras tendencias.

Es por esto que quisiera se expresara allí, sin más limitaciones que el respeto a la vida privada y a la moral, porque algunos se descarrian en ese sentido.

El C. Casta
Pido la palabra, como miembro de la Comisión, para informar sobre el asunto al señor Marines.

El C. presidente
El Reglamento no dice que se conceda la palabra para informar.

El C. Casta
Entonces, la pido para aclaraciones.

Me permito aclarar al señor Marines que aun cuando están en vigor dos artículos del Reglamento, todavía faltan por aprobarse capítulos en los cuales vendrá a establecerse lo que dice dicho señor; por eso la Comisión Dictaminadora lo hizo en el sentido de que nos sujetáramos al Reglamento, porque allí están incluidas las taxativas a que se refiere el señor Marines.

El C. Marines
Pido la palabra, para una aclaración.

Es una aclaración rapidísima, chiquitita.

Debo manifestar al señor Casta que no debe contestarme a mi, porque lo que yo dije es para toda la Asamblea.

El C. Casta
Toda la Asamblea lo oyó.

El C. Marines
Contestarme a mí, equivaldría a contestar a Juan Pérez o a Felipe Gutiérrez. (Voces: Adiós, Gutiérrez)

El C. González Cordero
Pido la palabra.

El C. Marines
Es necesario que presentemos argumentos en los cuales no esté ligado ningún nombre u hombre, y nos abstengamos de ese lenguaje; no lo he dicho a usted, y me permito hacerle observar que no lo dije nada más para usted, sino para toda la Asamblea; no es bueno particularizar. (Aplausos)

El C. Nieto
Yo le encuentro nada más un inconveniente a ese artículo, y es lo siguiente: dice allí los miembros de esta Asamblea o sus representantes. Yo no sé a qué clase de representantes de los miembros de esta Asamblea, se refieren esos señores. Que me hagan favor de contestarme.

El C. Samper
Pido la palabra, para contestar al señor Nieto.

Dice el artículo que los miembros de la Convención Revolucionaria o sus representantes. La Comisión quizá pudiera ser absolutamente rigorista, y designó como miembro de la Asamblea, que tal fue la idea, puesto que son miembros de ella los generales que nosotros representamos, y por eso la Comisión puso los miembros de la Asamblea o sus representantes. La forma es verdaderamente rigorista, y pudo decirse los delegados.

El C. Nieto
Exactamente, por eso estoy en desacuerdo; que digan precisamente los miembros, porque los representantes de los miembros, no pueden ser; pues tampoco pueden ser considerados como miembros, nuestros representados.

De manera que creo que se ha cometido un error; si la Comisión está de acuerdo, yo no tengo ya ninguna otra objeción que hacer sobre el particular.

El C. Samper
Sí, sí.

El C. secretario
La Comisión solicita, por conducto de la Secretaria, permiso para retirar este artículo, y presentarlo modificado en el sentido de la discusión. (Voces: ¿Nada más? Que se deseche. Que lo hagan allí mismo)

Entonces, sírvanse pasar a hacerle la reforma.

El C. secretario
El artículo, modificado, dice:

Artículo 1° Los delegados a la Soberana Convención Revolucionaria, tienen derecho a emitir libremente sus opiniones en el seno de la Asamblea, sin más limitaciones que aquellas que, para conservar el orden, hayan sido establecidas por el Reglamento interior de la misma.

Está a discusión.

¿No hay quién haga uso de la palabra?

En votación económica, se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

Artículo 2° Los delegados a la Convención, en funciones, no podrán ser sujetos a proceso ni a averiguaciones de ninguna especie, ni privados de su libertad, ni perseguidos en forma alguna, por las autoridades, sin que se haya declarado previamente por la misma Convención, erigida en Gran Jurado, que ha lugar a proceder contra el delegado delincuente.

(Voces: Que se lea otra vez)

Está a discusión.

¿No hay quién haga uso de la palabra?

En votación económica, se pregunta si se aprueba.

El C. Piña
Tomo la palabra para indicar que se haga una ligera modificación; que no se diga delincuentes, sino presuntos delincuentes, porque puede muy bien suceder que el Gran Jurado no encuentre que ha lugar a proceder y, por consiguiente, resultarán inocentes.

El C. Zepeda
Allí dice que los delegados que no funcionan, y yo no quisiera que se dijera delegados, porque considero que siendo delegados, estamos en funciones.

El C. Orozco
Si somos delegados a la Convención, no podemos ser acusados.

El C. Zepeda
Ahí dice que un delegado en funciones. Puede ser que la Asamblea se declare en receso, y sin embargo de ello, sigue siendo delegado; y si siguen siéndolo, entonces podrían aprovecharse para fastidiarnos.

El C. secretario
El artículo queda en la siguiente forma:

Artículo 2° Los delegados a la Convención, no podrán ser sujetos a proceso ni averiguación de ninguna especie, ni privados de su libertad, ni perseguidos en forma alguna, por las autoridades, sin que se haya declarado previamente por la misma Convención, erigida en Gran Jurado, que ha lugar a proceder en contra del delegado presunto delincuente.

Está a discusión.

Se pone a votación.

Los que lo aprueben, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

Artículo 3° Cualquiera persona o autoridad que violando esta Ley atente contra la libertad o la vida de alguno de los delegados a la Convención, en funciones, o con motivo de ellas, será castigado: en el primer caso, con la pena de diez años de presidio, y en el segundo con la pena de muerte.

El C. Velázquez
Pido la palabra, en contra.

El C. secretario
¿Hay algún otro ciudadano delegado que quiera hacer uso de la palabra?

No hay delegados inscritos en pro, y en contra se encuentran los ciudadanos Lecona, Velázquez, Valle, Piña y Olvera.

El C. presidente
Tiene la palabra el señor Lecona.

El C. Lecona
He pedido la palabra no para impugnar ... (Voces: No se oye)

He pedido la palabra en contra del artículo que está a debate, no para impugnarle ni en su fondo ni en su forma, sino para hacer una reforma en la palabra presidio, que me huele muy feó, y suena más mal todavía.

Yo suplicaría que la Comisión tuviera la bondad de refomarlo en el sentido de que se pusiera prisión. En lo demás, estoy conforme.

El C. secretario
Va a pedir esa modificación la Comisión, por conducto de la Secretaría, y al efecto, solicita permiso de la Asamblea para cambiar la palabra presidio por prisión.

Los que estén de acuerdo con esta modificación, sírvanse ponerse de pie. (Voces: Sí, hombre, sí)

Se concede el permiso.

El C. Piña
Pido la palabra, para una moción de orden.

Yo creo que es más pertinente, señor presidente, que se escuche a los delegados que van a impugnar este artículo, y que la Secretaría vaya tomando nota de las observaciones que se le hagan.

Una vez que se haya agotado el debate en contra, entonces la Comisión reformará el artículo en el sentido de la discusión; de lo contrario. va a estarlo reformando a cada momento.

Yo tengo que impugnar ese artículo en otro sentido.

El C. presidente
Tiene la palabra, en contra, el ciudadano Velázquez.

El C. Velázquez
No estoy de acuerdo en que se trate con tanta dureza al que por cualquiera equivocación pudiera haber cometido una falta.

¿Cómo es posible cometer la barbaridad de condenar a diez años de presidio a un individuo, nada más porque le falta al respeto a un delegado? (Aplausos)

Eso es abusar de una manera infame de nuestra soberanía. (Aplausos)

De manera que para que quedara un poco más aceptable eso, es necesario que se ponga una pena determinada de un mes o hasta de un año, si se quiere, de prisión, pero no que se ponga así de golpe diez años de presidio, sólo porque le pusieron mala cara a un señor delegado. (Aplausos)

El C. Osterman
Pido la palabra, para una moción de orden.

Pido que se lea el artículo otra vez.

El C. secretario
(Leyó el artículo) (Voces: Eso es contra la libertad, es contra la vida. Siseos)

El C. presidente
Favor de dejar leer al señor secretario.

El C. Samper
En nombre de la Comisión, pido la palabra para una aclaración al señor Velázquez.

Voy a hacer esta aclaración al ciudadano Velázquez ... (Ruido: campanilla; desorden; siseos)

El C. secretario
La Mesa, por conducto de la Secretaría, suplica muy atentamente a los ciudadanos delegados, que guarden silencio, porque no se escucha al orador.

El C. Soto y Gama
Con esos artículos, es imposible que se guarde compostura.

La Asamblea está indignada, señor presidente.

El C. presidente
Pero no contra la Mesa, señor Soto y Gama.

El C. Soto y Gama
Contra la Comisión.

El C. Aceves
Señor presidente: ¿Me permite el uso de la palabra?

El C. presidente
El señor Samper la tiene, como miembro de la Comisión.

El C. Samper
El señor Velázquez, en su impugnación, se refirió ... (Voces: Silencio; campanilla)

Se refirió el ciudadano Velázquez, en su impugnación, a hechos que no ha pretendido sancionar o penar; la Comisión únicamente ha pretendido en ese artículo, sancionar y penar estos dos delitos: atentar contra la libertad de los señores delegados, y, segundo, atentar contra la vida de los mismos; por la primera, diez años de prisión, y por la segunda, la pena de muerte. (Risas; voces: ¡qué bárbaros!)

Sobre eso debe versar la discusión y no sobre cosas que el artículo no asienta.

El C. Aceves
Pido la palabra, para un hecho.

El C. Velázquez
Pido la palabra, para una aclaración.

El C. Montaño
Pido la palabra, para una interpelación a la Comisión. (Risas; desorden; voces: Que se rechace eso, sin más trámite)

El C. Aceves
Pido la palabra, para un hecho.

El C. Montaño
Para una interpelación, pido la palabra.

El C. Orozco
Pido la palabra, en contra. (Campanilla; desorden)

El C. presidente
Si no guardan silencio los señores miembros de la Asamblea, se va a ver la Mesa obligada a levantar la sesión, porque asi no se puede trabajar. (Aplausos)

El C. Soto y Gama
Para una aclaración a la Mesa.

No tiene derecho la Mesa para levantar la sesión. (Voces: Sí, sí)

No hay ningún artículo del Reglamento, que le dé ese derecho, sino hasta después de cinco horas de trabajo.

El C. presidente
Señor Soto y Gama:

Así como no hay ningún artículo que lo autorice, tampoco hay ninguno que se lo prohíba; y como es imposible que se trabaje, por el desorden que hay ... (Siseos; desorden; escándalo), la Mesa está deseosa de evitar ese desorden ... (Voces: Bravo; desorden, campanilla; aplausos. Muy bien hecho señor), y como esta Mesa quiere que se trabaje en la Asamblea y están haciendo ruido, quiere evitar ese desorden y la pérdida de tiempo. (Aplausos; voces: bravo)

El C. Soto y Gama
Pido la palabra, para explicarle a la presidencia lo que es el uso parlamentario.

Cuando se forma un escándalo; no una simple conversación, que en todas partes existe; cuando se forma escándalo, y no es hacer escándalo hacer comentarios u observaciones sobre un artículo tan torpemente redactado y tan desastroso como éste ... (Voces: Pido la palabra)

El C. presidente
A todos les voy a conceder la palabra, pero nada más espérense un momento.

El C. Aceves
Yo ya pedí la palabra desde antes.

El C. Cervantes
Yo solícito de la Mesa que se deje hablar a los ciudadanos delegados, con toda libertad, porque es una descortesía interrumpir a los oradores; si no, nos iremos a cambiar impresiones, aunque perdamos los quince pesos. (Aplausos)

El C. presidente
Como lo habrá notado la Asamblea, el vicepresidente ha sido demasiado tolerante, y el mismo señor Soto y Gama ha recurrido aquí para decirle que llame al orden a varios oradores, y, en cambio, ahora el señor Soto y Gama se empeña en que la Presidencia deje que siga este desorden, que siga esta verdadera anarquía; pero la Mesa no está dispuesta a ello, y, por consiguiente, avisa al señor Soto y Gama que habiendo hecho uso de la palabra por dos veces, para mociones de orden, no se la concederá la tercera, aunque lo depongan de su puesto, con tal de conservar el orden.

El C. Aceves
Ayer estuvimos trabajando en el sentido de que el latifundismo es muy malo, y ahora se nos viene a salir con latifundismo de derechos.

La Revolución, que tanto ha llenado de cadáveres al país, creo que su mayor y más grande ideal es terminar esta guerra; no nos puede ver la gente, y ahora más que nunca, yo comprendo que es necesario que tengamos en consideración que debemos gozar de algunas consideraciones; pero no que se diga la época de Huerta, que a unos asesinó, a otros fusiló y a otros los condenó a prisión perpetua.

Representamos los derechos del pueblo, y el pueblo debe ...

El C. presidente
Debo llamar la atención del señor orador, respecto a que está argumentando y no está haciendo una aclaración.

El C. Aceves
Voy a concluir, para argumentar, esperaré mi turno.

El C. Montaño
Pido la palabra, para una aclaración.

Voy a ser basante explícito; el artículo que se ha traído al debate tiene esta circunstancia, y asienta estos hechos: que se pene al que atente contra la libertad de un delegado, y se pene al que atente contra la vida de un delegado.

De suerte que si a un delegado se le antoja ir a robar, y se le coje in fraganti con el robo en la mano, los vecinos que lo detienen van a ser reducidos a diez años de prisión, porque atentan contra la libertad del delegado al irlo a entregar a las autoridades. (Aplausos y risas)

Otra aclaración: Si un delegado se toma unas copas, y en la calle comete un atentado contra un individuo cualquiera, y el atacado, en defensa propia, saca la pisola, ¿qué, por el hecho de que saca la pistola para defenderse, por ese solo hecho, lo vamos a mandar fusilar? (Aplausos)

El C. Treviño
Señores delegados:

Yo creo que estamos perdiendo el tiempo. Este artículo encierra una monstruosidad, y creo que está en la conciencia de todos los señores miembros de la Comisión, y deben reformarlo; de manera que es inútil seguir discutiendo. (Aplausos. Voces: Que se rechace)

El C. Casta
Pido la palabra.

El C. Osterman
La gente menuda quiere hablar.

El C. Casta
Hasta que me oigan, no retiro el artículo.

El C. presidente
La Presidencia se ve en la necesidad de llamar al orden, personalmente, al señor Velázquez.

El C. Gavaldón
Pido la palabra, para una aclaración.

El C. presidente
Tiene usted la palabra, para una aclaración.

El C. Gavaldón
Muchas gracias, señor presidente, señores delegados:

Yo creo que sería justo que cuando un empleado de la policía atenta contra la libertad de la Asamblea o de uno de sus miembros, se le imponga doble la pena que el delegado haya sufrido, pero nunca una pena de diez años, o la pena de muerte si éste ha ejecutado un acto grave en contra de alguno de nosotros. (Siseos. Escándalo. Aplausos. Ruido)

El C. presidente
(Campanilla)

Está usted argumentando; ésas no son aclaraciones.

El C. Gavaldón
Lo que usted guste; pero cosa muy justa. ¡Cómo se van a imponer diez años de presidio, por una sola mirada!

El C. Ramírez Wiella
Pido la palabra, para una aclaración.

Señores delegados ...

El C. Nieto
Pido la palabra, para una moción de orden. (Siseos. Campanilla)

El C. Ramírez Wiella
Voy a hacer una pequeña aclaración, señores delegados. (Siseos. Campanilla)

Llamo especialmente la atención de ustedes sobre el veto ... (risas y aplausos) ... o digo, que el fuero sólo puede referirse al tratarse de autoridades; aquí dice una persona que es una monstruosidad castigar de esa manera a particulares, por cometer cualquier delito; pero ninguno se ha referido a cualquiera autoridad que intente cualquier cosa en nuestra contra; de aquí viene el error.

El C. Nieto
Pido la palabra, para una moción de orden.

El C. Valle
Pido la palabra, para una moción de orden.

Unicamente para rechazar de plano el artículo tercero, a discusión, por los motivos que voy a explicar. (Siseos. Ruidos. Escándalo)

El C. Nieto
Repito que pido la palabra para una moción de orden.

El C. Valle
Yo tengo el uso de la palabra.

El C. González Cordero
Que se levante la sesión.

El C. Valle
Varios compañeros dicen que es un absurdo este artículo.

Yo creo ... (Voces: No se oye)

Que algún miembro de la Comisión no sabe lo que es un día o dos de prisión, dos o tres días de incomunicado; son años, señores; y un individuo que de buenas a primeras, porque un delegado le pegue porque vaya briago, medio loco, briago o como ustedes quieran, y luego saca el delegado el arma, el puñal, la defensa ...

El C. presidente
¿En qué sentido está usted hablando?

El C. Valle
No sé si es en pro o en contra, o si es una aclaración. (Voces: No es aclaración)

¿No es aclaración? ¡Pues es en contra de las aclaraciones! (Voces: ¿En contra de quién?)

El C. Aceves
Pido la palabra, en contra del artículo a discusión, (Voces: En contra del dictamen. Siseos. No, está aprobado)

No dejan hablar, señor presidente; me atarantan con eso. (Siseos; risas)

El C. Nieto
Pido la palabra, para una moción de orden.

El C. López
¡Señor presidente!

El C. Catalán
Pido la palabra, para una moción de orden.

El C. Valle
Hago mía la proposición del ciudadano Montaño; solamente recomiendo a la Comisión que ponga en otro sentido lo que está a discusión; pero no así, porque es echar de cabeza a un pobre hombre y tenerlo preso diez años por un insulto. (Voces)

El C. Nieto
Pido la palabra para una moción de orden.

El C. Catalán
Pido la palabra para una moción de orden.

El C. Nieto
Señor presidente: para evitarnos este herradero, yo le suplico a usted que ponga en vigor el Reglamento. Han hablado como veinte personas para decir que es monstruoso ese artículo. Nada más.

El C. Casta
Yo he pedido la palabra en pro y no me la han dado. (Risas. Aplausos. Murmullos)

El C. presidente
Tiene la palabra, en pro, el ciudadano Casta.

El C. González Cordero
¿Hablo o no? (Voces: ¡Cómo no! ¡Para que siga el escándalo!)

El C. presidente
Por última vez, voy a llamar la atención de la Asamblea. Para la otra vez, levanto la sesión.

El C. González Cordero
De una vez. (Voces: De una vez; de una buena vez, señor. Risas)

El C. Casta
Probablemente la Asamblea no se fijó en que después de este artículo viene otro, en el cual se dice: para juzgar de los delitos a que se refiere el artículo anterior, será competente la Soberana Convención (siseos: risas), y aplicables todos los procedimientos relativos; con la sola diferencia de que una vez que haya lugar a declarar y resolver si el culpable es o no culpable del delito que se le imputa ... (Risas. Voces: ¡Es una barbaridad!)

Dicen que es una barbaridad, que es una monstruosidad, nada más porque sí; pero no presentan verdaderos argumentos.

La Comisión Dictaminadora, al presentar este artículo, persigue el objeto de que sean penas severas las que se apliquen, a fin de que el respeto a los delegados sea un hecho. Indudablemente que si los señores delegados son los responsables de cualquier delito, la misma Convención será la que conozca de esos asuntos; y al decir cualquiera persona, la mente ha sido que bien pudiera ser una persona sin ninguna autoridad la que se encargara indirectamente de aprehender a determinado núcleo o a cualquier grupo de la Asamblea, para desintegrarla, y entonces no es autoridad, sino son personas las que han cometido ese delito; y, como lo dice el artículo IV, será castigado con esa pena tan grande de diez años. (Risas)

Perfectamente, si la Asamblea quiere rechazar ese artículo, que lo rechace, pero yo no lo retiro.

El C. secretario
La Mesa, por conducto de la Secretaría, manifiesta a los señores delegados que en vista de que han hablado como 15 delegados. se pregunta si está suficientemente discutido.

Se pone a votación el artículo que dice: (Lo leyó)

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Rechazado.

La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta a la Honorable Asamblea si se rechaza de plano o vuelve a la Comisión.

Los que estén por la afirmativa de que vuelva a la Comisión, sírvanse ponerse de pie.

Vuelve a la Comisión. (Voces: Orden del día. Que se levante la sesión. Ya no hay ganas de trabajar)

El C. González Cordero
Que se levante la sesión.

El C. Piña
Pido la palabra para un hecho, una palabra nada más. (Voces: Orden del día)

El C. Osterman
Yo ya me voy.

El C. secretario
(Pasó lista de asistencia)

El C. presidente
Por favor les ruego que guarden silencio.

El C. Nieto
Siquiera aunque sea por los $15.

El C. secretario
(Leyó la orden del día) (Una voz: estamos hablando a las bancas)

El C. Presidente
Se levanta la sesión.

Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesPrimera parte de la sesión del 9 de marzo de 1915 Primera parte de la sesión del 10 de marzo de 1915Biblioteca Virtual Antorcha