Índice de México Bárbaro de John Kenneth TurnerCapítulo anteriorSiguiente capítuloBiblioteca Virtual Antorcha

Capítulo XV

La persecución norteamericana de los enemigos de Díaz

Los Estados Unidos, cuna de la libertad, se han dado las manos con Porfirio Díaz, el déspota más devastador que gobierna una nación, para aplastar una parte del movimiento mundial en favor de la democracia, que ahora está tratando de obtener para el pueblo mexicano los derechos comunes a todos los hombres.

En capítulos anteriores, he mostrado cómo los Estados son socios voluntarios en la opresión esclavista y política de la tierra de Díaz; he puesto en claro cómo han apoyado a la dictadura militar porfirista con su alianza comercial, su conspiración de prensa y su amenaza de intervención y anexión. Dedicaré este capítulo a relatar cómo los Estados Unidos han entregado sus recursos militares y civiles en manos del tirano y con tales recursos lo han mantenido en el poder, del que de otro modo ya hubiera caído; de esta manera, los Estados Unidos han constituido la fuerza final, determinante de la continuación del sistema de esclavitud que he descrito en los primeros capítulos.

Por Estados Unidos quiero decir el gobierno de los Estados Unidos principalmente, aunque también se hallan complicados algunos gobiernos de los Estados norteamericanos fronterizos. Existen muchos casos en los que, para exterminar a los enemigos de Díaz que se han refugiado en este país, los funcionarios públicos, desde el presidente hasta el más inferior, han hecho a un lado los principios norteamericanos respetados por generaciones, han violado penalmente algunas leyes, han estirado y retorcido otras, hasta darles toda semejanza con lo que antes eran, y han permitido, alentado y protegido, la conculcación de las leyes por parte de funcionarios mexicanos y de sus mercenarios en Norteamérica.

Durante los últimos cinco años, la ley de los Estados fronterizos norteamericanos que se aplica a los ciudadanos mexicanos ha sido con mucho la ley de Díaz. La frontera se ha mexicanizado. En gran cantidad de casos el gobierno de los Estados Unidos ha delegado sus propias facultades especiales en agentes mexicanos, como cónsules, abogados pagados o policías privados. Se ha negado a los ciudadanos mexicanos el derecho de asilo y la ordinaria protección de las leyes norteamericanas. Por el reinado del terror así establecido, los Estados Unidos han mantenido ahogado un movimiento que, de otro modo, con toda seguridad, hubiera desarrollado fuerza suficiente para derrocar a Díaz, abolir la esclavitud mexicana y restaurar el gobierno constitucional en México.

Por tres veces durante los dos últimos años -dos como secretario de guerra y una como presidente-, William Howard Taft ha ordenado el traslado de tropas a la frontera de Texas para ayudar a Díaz a vengarse de sus enemigos. Con este mismo objeto, al mismo tiempo y también en otras ocasiones, ha enviado allí patrullas de alguaciles norteamericanos y escuadrones de agentes del Servicio Secreto.

En junio de 1908, por vez primera, Taft envió tropas a la frontera; la segunda fue en septiembre de ese mismo año; después en julio de 1909. Las tropas recibieron órdenes de rechazar a los fugitivos para que cayeran en manos de los soldados mexicanos que los perseguían, o que los capturaran y encarcelaran en caso de que lograran cruzar el río Bravo para salvar sus vidas en territorio de Texas.

Esta acción del presidente Taft constituyó una interpretacion indebida de las leyes norteamericanas, según se deriva de los mensajes enviados desde Washington el 30 de junio de 1908, los cuales fueron publicados el19 de julio de 1908. Uno de esos mensajes decía, en parte, lo siguiente:

Por supuesto, el empleo de tropas norteamericanas para este objeto casi no tiene precedente en años recientes, y los funcionarios legalistas del Departamento de Guerra, así como el procurador general mismo, se han visto obligados a estudiar detenidamente hasta qué punto pueden ejercer la facultad de impedir que entren en los Estados Unidos determinadas personas a través de la frontera mexicana.
Según la ley, no se requieren pasaportes, excepto en el caso de chinos y japoneses, y tal vez el único fundamento razonable para la detención de fugitivos que traten de cruzar la línea, sería la presunta violación de las leyes de inmigración o de inspección sanitaria.
De este modo, será una tarea delicada para los oficiales del ejército, encargados de vigilar esta línea internacional, el evitar conflictos con los tribunales civiles si tratan de arrestar en grupo a las personas que huyan de México a los Estados Unidos.

Las tropas obedecieron sus órdenes. Los liberales fugitivos fueron devueltos a México para que los atravesaran las balas de los soldados de Díaz. ¿Puede justificarse que el gobierno de los Estados Unidos sea el causante de la muerte de esos infortunados y en tal forma? Si no es justificable, ¿será impropio calificar esa acción como asesinato ordenado?

Durante los últimos cinco años han sido encarcelados en los Estados fronterizos centenares de refugiados mexicanos y han ocurrido muchos intentos de devolver a éstos al otro lado de la frontera para que el gobierno de Díaz les aplicara sus propios métodos sumarios; muchos de estos intentos han tenido éxito. Algunos procedimientos empleados en esta campaña de deportación fueron: 1) iniciar procesos de extradición bajo acusaciones de homicidio y robo; 2) deportarlos por medio del Departamento de Migración bajo el cargo de inmigrantes indeseables; 3) secuestros descarados y entregas criminales al otro lado de la frontera.

Algunos miembros del Partido Liberal, cuya extradición se pidió por supuestos delitos de homicidio y robo eran Librado Rivera, Pedro González, Crescencio Villarreal, Trinidad García, Demetrio Castro, Patricio Guerra, Antonio I. Villarreal, Lauro Aguirre, Ricardo Flores Magón y Manuel Sarabia. También hubo otros más, pero no se tienen detalles precisos de sus casos. Varios procesos se efectuaron en Saint Louis Mo.; otros en El Paso, Tex.; otros en Del Río, Tex.; y algunos más en Los Angeles, Cal.

La base de las acusaciones en tales procesos, excepto en uno o dos de ellos, fue el alzamiento de un club liberal en Jiménez, Chih., durante el cual alguna persona murió y la oficina de correos perdió algún dinero. En consecuencia, cualquier mexicano a quien se le pudiera comprobar que era miembro del Partido Liberal, aunque nunca hubiera estado por allí ni hubiera sabido nada del alzamiento, se hallaba en peligro de extradición por homicidio y robo. El gobierno de los Estados Unidos gastó muchos millares de dólares en los procesos derivados de estas acusaciones, manifiestamente injustificadas; pero hay que reconocer que gracias a la actitud de ciertos jueces federales estos procesos no hayan llegado, por lo general, al fin que se buscaba. El juez Gray, de Saint Louis, Mo., y el juez Maxey, de Texas, calificaron los delitos como de naturaleza política. El texto del fallo del primero, en el caso de Librado Rivera, es el siguiente:

Los Estados Unidos contra Librado Rivera.
Ciudad de Saint Louis, Estado de Missouri.

En el presente certifico que previa audiencia pública ante mí, en mi oficina en dicha ciudad, en este día 30 de noviembre de 1906, estando presente el acusado y al aparecer en las pruebas que el delito imputado fue de naturaleza enteramente política, el citado acusado, Librado Rivera, fue absuelto.
Lo cual testifico con mi sello y mi firma.

JAMES R. GRAY.
Comisario de los Estados Unidos en Saint Louis, Mo.

El plan de deportar a los refugiados políticos por medio del Departamento de Migración fue más efectivo. Las leyes de inmigración disponen que si se descubre que un inmigrante es un delincuente o un anarquista, o que ha entrado en los Estados Unidos de modo ilegal, siempre que se descubra dentro de los tres años siguientes a su llegada, los funcionarios de inmigración pueden deportarlo. La cuestión de la indeseabilidad del inmigrante no está sujeta a revisión por los tribunales; el inmigrante no puede apelar y, excepto dos o tres restricciones, la palabra del agente de migración es ley. Por lo tanto, se puede colegir fácilmente que si dicho funcionario no es un hombre honrado, si quiere aceptar cohecho o ceder a influencias o halagos, impunemente puede enviar a la muerte segura a muchos hombres puros e íntegros.

Tal se ha hecho exactamente. Antonio I. Villarreal, secretario del Partido Liberal, fue uno de quienes estuvieron en peligro de ser deportado según las leyes de inmigración. Después que se emplearon infructuosamente varios medios para obtener su extradición, Villarreal fue entregado a los funcionarios de migración de El Paso; cuando ya iba camino de la línea fronteriza hizo un esfuerzo para libertarse y logró escapar.

Entre los muchos mexicanos liberales detenidos en Arizona, en el otoño de 1906, Lázaro Puente, Abraham Salcido, Gabriel Rubio, Bruno Treviño, Carlos Humbert, Leonardo Villarreal y varios otros fueron deportados en grupo por los funcionarios de migración de Douglas, aunque no existe pretexto legal para deportar a un inmigrante porque sea refugiado político. Por otra parte, de acuerdo con los llamados principios norteamericanos, el refugiado tiene derecho a que se le presten de modo especial solícitos cuidados por esa misma razón; sin embargo, estos hombres fueron deportados porque eran refugiados políticos, a pesar de su calidad de personas pacíficas y respetables. La ley no permite, en ninguna circunstancia, la deportación después que el inmigrante ha residido en los Estados Unidos por más de tres años; no obstante, varios de los deportados habían vivido en el país más allá de ese plazo. Lázaro Puente, director de un periódico en Douglas, afirmó residir en los Estados Unidos, de manera continua, desde hacía 13 años.

En este caso particular, se puede citar todavía otro delito de los funcionarios. Cuando existe el motivo para la deportación, en los casos ordinarios, el inmigrante es devuelto simplemente al país de donde vino; pero en este caso, los liberales mexicanos fueron entregados en grupos, maniatados por las autoridades norteamericanas, a la policía mexicana; las esposas no les fueron removidas de las muñecas hasta que los prisioneros llegaron a la penitenciaria de Hermosillo, Estado de Sonora.

Por supuesto, una vez que los tuvo en su poder, el gobierno mexicano no encontró otro delito contra estos hombres sino el de ser miembros del Partido Liberal. No obstante, sentenció a todos a cumplir condenas de prisión.

Muchos norteamericanos recordarán el caso de L. Gutiérrez de Lara, a quien el Departamento de Migración arrestó para deportarlo en octubre de 1909, con el pretexto de que era un anarquista extranjero. De Lara había residido más de tres años en los Estados Unidos; pero, sin duda, hubiera sido enviado a la muerte si no se hubiese levantado una gran protesta en toda la nación que asustó a los conspiradores. Se supone que en ese momento especial se quería la vida de De Lara porque él me acompañó a México, y me ayudó a conseguir el material para estas revelaciones sobre la situación mexicana.

Cuando Díaz no puede lograr por otros medios que lleguen a su poder los enemigos que tiene en los Estados Unidos, no duda en emplear el secuestro; para aplicar este medio no tiene dificultad en conseguir la criminal ayuda de los funcionarios norteamericanos. El caso más notable de secuestro ha sido el de Manuel Sarabia. Se hizo notable no por único sino porque se descubrió con más claridad. Manuel Sarabia era el segundo orador de la junta liberal; fue perseguido de un sitio a otro por los policías secretos de Díaz, hasta que por último se estableció en Douglas, Arizona, donde se dedicó tranquilamente a trabajar en su oficio de impresor.

El 30 de junio de 1907, Antonio Maza, cónsul mexicano en Douglas, se encontró con Sarabia en la calle y lo reconoció. Esa tarde, el policía de los Estados Unidos, Sam Hayhurst, detuvo a Sarabia a boca de pistola, sin orden de detención, y lo llevó a la cárcel municipal. A las 11 p.m. se abrió la puerta de la celda de Sarabia, quien fue sacado a la calle y obligado a subir en un automóvil; así lo transportaron al otro lado de la línea internacional, donde lo entregaron al coronel Kosterlitzsky, oficial de rurales mexicanos. Los rurales amarraron a Sarabia al lomo de una mula, le dijeron que iban a fusilarlo en el camino, y atado de ese modo lo llevaron en un rápido viaje a través de las montañas; después de cinco días de marcha lo confinaron en la penitenciaría de Hermosillo, Son.

¿Cómo se salvó Sarabia? Tan sólo por lo siguiente: cuando era metido a la fuerza en el automóvil, a gritos dijo su nombre y denunció que lo secuestraban. Los rufianes que lo conducían lo sofocaron para que callara y luego lo amordazaron; pero alguien escuchó sus gritos y esparció la noticia del hecho.

Aún así, el cónsul Maza tuvo la audacia de tratar de ahogar en silencio el asunto y llevar su trama a feliz resultado. Por determinados medios pudo hacer callar a la cadena de periódicos de Arizona, propiedad de George H. Kelly, según éste confesó más tarde ante los tribunales. Pero en Douglas, en esa época, había un periodista a quien Maza no pudo cohechar, Franklin B. Dorr, quien dirigía el Douglas Daily Examiner.

En su periódico, Dorr levantó una protesta que encendió la sangre del pueblo de Douglas; se organizaron mítines callejeros para levantar más la indignación del pueblo; una multitud enardecida buscaba a Maza con una cuerda para colgarlo; llamamientos telegráficos al gobierno del Estado y al de la nación, y por fin, Sarabia fue vergonzosamente devuelto.

¿Qué hubiera sucedido a Sarabia si no se hubiera oído su voz en esa noche de junio de 1907? Exactamente lo mismo que ha sucedido a muchos otros cuyas atemorizadas voces no llegaron a oírse. Habría desaparecido sin que nadie supiera decir con certeza hacia dónde había ido a parar.

Y ahora pregunto: ¿qué les sucedió a los secuestradores? Absolutamente nada. El cónsul Maza, el policía Hayhurst, Lee Thompson, carcelero municipal, el alguacil Shorpshire, Henry Elvey, el chofer, y algunos policías privados cuyos nombres nunca se dieron al público, parece que claramente han sido culpables del delito de secuestro, el cual se castiga con prisión en la penitenciaría. Los últimos fueron detenidos y los cuatro primeros fueron citados en debida forma para comparecer ante el tribunal superior de Douglas. Elvey confesó con toda claridad el caso y la prueba parecía concluyente; pero tan pronto como la excitación se calmó, uno por uno se archivaron en silencio los procesos. No puede culparse a Sarabla de esto; pues se hizo el intento de cohecharlo para que saliera de la ciudad; pero él rechazó el soborno. Es evidente que el dinero con que se había comprado a Hayhurst, a Thompson y a Shorpshire no fue el único que repartió Maza en aquella ocasión.

Casi cada una de las pequeñas ciudades norteamericanas situadas a lo largo de la frontera mexicana alberga a un individuo que ostenta el título de cónsul mexicano; también hay cónsules en pueblos situados centenares de millas lejos de esa frontera. Se supone que tales cónsules cumplen el propósito de cuidar los intereses del comercio entre ambos países; pero hay pueblos en California, Arizona, Nuevo México y Texas cuyo comercio con México no es mayor de 100 dólares al año y, sin embargo, tienen cónsules mantenidos por Díaz, con un costo de decenas de millares de dólares al año.

Estos hombres no son tales cónsules. Son espías, perseguidores, sobornadores ... Están provistos de mucho dinero que gastan libremente para alquilar malhechores y detectives, y para sobornar a funcionarios norteamericanos. Con el poder obtenido en esta forma, en diversas ocasiones han suprimido periódicos y han hecho encarcelar a sus directores, así como han disuelto clubes políticos de mexicanos.

Durante el proceso de José María Ramírez y otros cuatro liberales en El Paso, Tex., en octubre de 1908, un policía municipal ingenuo juró que su jefe le había dicho que obedeciera las órdenes del cónsul mexicano y del jefe de la policía de Ciudad Juárez, Chih., en territorio mexicano.

Después de las amenazas del cónsul mexicano en Tucson, Arizona, unos asaltantes destruyeron la imprenta de Manuel Sarabia en esa ciudad, en diciembre de 1908; pero Sarabia no pudo persuadir al jefe de policía de Tucson para que practicara una investigación del asunto, ni de que tratase de encontrar y castigar a los delincuentes.

Algunos policías privados de Los Angeles, Cal., en muchas ocasiones recibieron órdenes del cónsul mexicano, e ilegalmente le entregaron bienes de personas a las que habían detenido.

Antonio Lozano, cónsul de México en Los Angeles, en cierta época, tenía dos falsas oficinas de empleos que funcionaban al mismo tiempo, con el único propósito de contratar a miembros del Partido Liberal para conducirlos mediante engaños a ciertos lugares de México, donde pudieran ser capturados por la policía de Díaz. Este mismo cónsul, después que De Lara y yo iniciamos nuestro viaje por México, ofreció dinero a varios amigos de De Lara para que le dijeran hacia dónde había partido éste.

Detalles de mínima importancia como éstos llenarían muchas páginas. John Murray fue detenido por el jefe del Servicio Secreto, Wilkie, por el supuesto delito de recaudar dinero para la defensa legal de los refugiados. Robert W. Dowe, recaudador de aduanas norteamericano en Eagle Pass, Tex., fue obligado a renunciar acusado de ser agente secreto del gobierno mexicano y de que recibía dinero por ese servicio. Las pruebas del caso fueron eliminadas, por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, el cual reinstaló a Dowe después de varios meses, una vez que hubo pasado la indignación por este asunto en Eagle Pass. En el Juzgado del Distrito de Los Angeles, Cal., se ha mantenido vigente durante muchos meses, lista para ser utilizada en cualquier ocasión, una orden de aprehensión en contra de De Lara y su esposa, de la señora Mamie Shea, norteamericana, de la señora María Talavera y de unas 20, personas más. Se acusa a todas ellas de haber violado las leyes de neutralidad, por haber hecho circular un manifiesto impreso por el Partido Liberal. Varios de los interesados ya han sido amenazados con aplicar ese auto de detención, con el evidente propósito de disuadirlos de ayudar en cualquier forma al movimiento de la regeneración de México.

Tan sólo hace unos meses que los periódicos anunciaron que el mayor Elihu Root, del ejército de los Estados Unidos, había salido en misión especial a México, para conferenciar con el secretario de Guerra sobre los medios más prácticos de atrapar a los enemigos de Díaz que residen en Norteamérica.

Hace muy poco tiempo se publicó la noticia de que había sido suprimido Punto Rojo, periódico laborista de Texas, contrario a Díaz, y que se había ofrecido un premio de 10 mil dólares por la captura de su editor, Práxedis Guerrero; también se dijo que policías del servicio secreto, en su afán de ganarse la recompensa, se habían apoderado de las listas de suscriptores del periódico y habían tomado de ellas nombres de personas, contra las cuales se iba a proceder de inmediato.

Durante los últimos tres años, esta persecución de carácter general ha ocasionado la supresión directa de 10 periódicos, por lo menos, impresos en español para lectores mexicanos, a lo largo de la frontera.

Es interesante la historia de cada una de estas persecuciones y supresiones de periódicos; pero intentar detallarlas todas se llevaría gran parte de esta obra. Daré a conocer sólo un caso, el de Ricardo Flores Magón, presidente del Partido Liberal, y sus asociados inmediatos; este caso es típico, además de ser el más importante. Su indiferencia con los otros casos reside en que Flores Magón, quien ha podido rodearse de grandes recursos, ha sido capaz de sostener la lucha más larga y más desesperada por su vida y su libertad que otros compatriotas suyos, víctimas de persecuciones. Flores Magón ha radicado en los Estados Unidos durante seis años y medio y casi todo este tiempo lo ha dedicado a tratar de escapar a la muerte en el otro lado del río Bravo, y más de la mitad lo ha pasado en prisiones norteamericanas, sin otro motivo que el de oponerse a Díaz y a su sistema de esclavitud y despotismo.

Lo peor que puede decirse de Flores Magón -lo mismo que de cualquiera de sus correligionarios a quienes conozco-, es que desea desatar una rebelión armada contra el gobierno establecido en México. En los casos en que los reformadores tienen la oportunidad de implantar sus reformas mediante métodos democráticos, la rebelión armada es indefendible; pero si con la supresión de la libertad de palabra y de prensa, y de otras libertades semejantes, se hacen imposibles los medios pacíficos de propaganda, entonces la única alternativa es la fuerza. Tal vez fue el principio sobre el cual actuaron los viejos revolucionarios norteamericanos y que ahora norma la actividad de los liberales mexicanos.

Flores Magón y sus simpatizantes nunca se hubieran trasladado a los Estados Unidos para conspirar contra Díaz si su movimiento pacífico no hubiera sido deshecho por medio de pistolas y garrotes, y sus vidas no se vieran gravemente amenazadas en su patria. Es correcto el proceder de los ciudadanos de países despóticos que buscan refugio en otro país, para planear desde allí mejores cosas para el suyo; así lo reconocieron por muchos decenios los poderes constituidos de los Estados Unidos, que protegieron a refugiados políticos.

Hace 12 años que Palma estableció la junta revolucionaria cubana en la ciudad de Nueva York, y en lugar de ser capturada fue exaltada y fortalecida. Durante más de un siglo los refugiados políticos de países europeos, de Sudamérica y hasta de China han buscado seguridad en los Estados Unidos. Los jóvenes turcos prepararon aquí su revolución. Las sociedades irlandesas recaudaron dinero en los Estados Unidos para un movimiento de liberación en Irlanda. Se ha ayudado con dinero a sociedades judías de defensa en todo el país, y ninguno de sus promotores fue entregado a la venganza del zar ruso; todo esto se ha hecho de modo abierto, no secretamente. En la actualidad se sabe que hay un cuartel general de revolucionarios portugueses en los Estados Unidos. El mismo Porfirio Díaz -¡qué ironía de la historia!-, cuando se declaró revolucionario encontró seguridad en suelo norteamericano, y aunque su causa era muy discutible nadie lo aprehendió. Aún más, cometió delitos idénticos a los que, por medio de la maquinaria legal de los Estados Unidos, se trata de imputar a muchos de los refugiados; es decir, los de organizar una expedición militar contra un poder extranjero. El 22 de marzo de 1876, Díaz cruzó el río Bravo por Brownsville, Tex., con 40 de sus secuaces armados, con el propósito de hacerle la guerra al presidente Lerdo de Tejada; fue derrotado, pero no obstante que los Estados Unidos conocían su hazaña, no se hizo ningún intento para encarcelarlo.

Ahora ha cambiado la política para complacer al presidente Díaz. Sólo se han tomado providencias contra refugiados políticos de otro país -Rusia y es casi seguro que se procede en esa forma para que las autoridades puedan defenderse del cargo de utilizar con parcialidad la maquinaria del gobierno sólo contra los mexicanos.

Flores Magón y un pequeño grupo de acompañantes, entre ellos su hermano Enrique y los Sarabia, cruzó el río Bravo en enero de 1904; poco después fundó en San Antonio, Tex., su periódico Regeneración; éste sólo tenía unas pocas semanas de publicarse cuando un mexicano, un supuesto mercenario del gobierno de Díaz, llegó a la oficina y con un puñal trató de matar al dirigente liberal. Enrique Flores Magón se lanzó sobre el individuo, y aún forcejaba con él cuando cuatro detectives municipales entraron y lo aprehendieron. Al día siguiente se impuso a Enrique Flores Magón una multa de $30 en la comisaría; pero el atacante ni siquiera fue detenido.

Los exiliados consideraron este incidente como parte de una conspiración para crearles dificultades. Se trasladaron a Saint Louis, Mo., donde reabrieron su periódico. Apenas se habían instalado en su nuevo domicilio cuando empezó a molestarlos la agencia de detectives privados Furlong. Los mexicanos declararon que esta agencia colocó a uno de sus operarios en la oficina de Regeneración, en el papel de agente de anuncios, y a otros más en la oficina de correos de Saint Louis para interceptar la correspondencia dirigida a los exiliados; también destacó agentes para buscar personas que quisieran entablar juicio por difamación contra el periódico y, en fin, para acosar a los directores en todas las formas posibles.

El Departamento de Correos de los Estados Unidos, al que se pidió ayuda para suprimir Regeneración, canceló el permiso -otorgado debidamente en San Antonio, Tex.-, para que este periódico circulase como artículo de segunda clase. Pero esto no satisfizo a los perseguidores, quienes trajeron de México a dos personas que debían presentar acusaciones de difamación en juicios penal y civil contra los editores de Regeneración. Éstos fueron encarcelados y la publicación suspendida. Los detectives de Furlong robaron cartas y se las entregaron al cónsul mexicano, en Saint Louis; según dicen los refugiados, de tales cartas se obtuvo una lista de nombres que condujo a la captura de unos 300 liberales en México.

Los editores de Regeneración lograron salir de la cárcel mediante fianza; pero inmediatamente sus enemigos prepararon nuevas acusaciones para volverlos a encerrar; sin embargo, los liberales consideraban que tenían cosas importantes por hacer, y en consecuencia prefirieron perder la fianza y huir de tales acusaciones. Ricardo Flores Magón y Juan Sarabia, marcharon al Canadá y desde allí sostuvieron su correspondencia final para preparar el levantamiento armado contra Díaz. El primer tiro se dispararía el 20 de octubre de 1906. En la noche del 19 de octubre, los jefes liberales se reunieron en El Paso, Tex., para prepararse a cruzar la frontera en la mañana siguiente.

Como se dijo en un capítulo anterior, esta rebelión fue traicionada y resultó más o menos un fiasco. De los jefes revolucionarios, Juan Sarabia fue puesto en manos de Díaz por medio de la traición y unos 20 más fueron llevados después a la prisión militar de San Juan de Ulúa. Antonio I. Villarreal fue uno de los detenidos por la policía norteamericana; durante largo tiempo se defendió contra la extradición por el cargo de homicidio y robo; y, al fin, fue entregado a las autoridades de migración. Cuando los funcionarios de migración lo conducían a la línea fronteriza logró escapar, corriendo por las calles de El Paso. Librado Rivera, primer orador de la junta liberal, con Aarón Manzano, fue secuestrado en Saint Louis por policías secretos de la ciudad; lo llevaron hasta Ironton, Mo., donde se le rescató y fue devuelto a Saint Louis, gracias a las revelaciones de uno de los periódicos de esta ciudad.

En cuanto a la suerte de Ricardo Flores Magón, éste fue perseguido durante meses por detectives de ciudad en ciudad. Se marchó a California; siempre ocultándose, y en esa ocasión se disfrazó de mujer para escapar de los sabuesos de Díaz. Por último, su periódico reapareció en Los Angeles, con el nombre de Revolución y allí se le unieron Villarreal y Rivera; los tres trabajaban clandestinamente y siempre se mantenían encerrados durante el día; sólo salían a respirar un poco de noche y disfrazados. A principios de agosto de 1907 se encontró el lugar de Los Angeles donde se ocultaban los jefes liberales. Las pruebas existentes indican que había un complot para secuestrarlos, lo mismo que a Sarabia: 1) los policías tuvieron mucho tiempo para procurarse una orden de detención, pero ni siquiera intentaron solicitarla; 2) llevaron en secreto un automóvil a las cercanías y no lo utilizaron después de efectuado el arresto; 3) los tres hombres, al temer un complot para secuestrarlos, gritaron a plenos pulmones; para acallarlos, los policías los golpearon de modo brutal con las pistolas; Flores Magón, bañado en su sangre, cayó inconsciente al suelo. La prueba circunstancial de que existía un complot para el secuestro, la constituye el testimonio directo de uno de los mercenarios del entonces cónsul de México en Los Angeles; ese individuo confesó la existencia de ese complot y señaló al cónsul mexicano como el hombre que lo había fraguado.

Tales hechos parecen haber sido arreglados de antemano; los sabuesos descargaron el golpe el 23 de agosto, y el embajador Creel hizo el viaje desde Washington a Los Angeles para estar cerca y vigilar que todo se efectuara sin tropiezos. Los concesionarios mexicanos domiciliados en Los Angeles, ofrecieron un banquete a Creel en la noche del 22 de agosto; al día siguiente, el embajador permaneció en su hotel esperando la noticia de que sus malhechores se habían apoderado de las víctimas, tal como se había planeado.

Pero los gritos de Flores Magón y de sus amigos atrajeron tal multitud que no fue posible secuestrarlos. Tan mal preparados estaban los policías para hacer una simple detención, que cuando llevaron a sus prisioneros a la cárcel, no supieron qué acusación formular en contra de ellos; de este modo tuvieron que registrarlos en las actas de la policía como detenidos por ¡resistencia a la autoridad!

El embajador Creel procedió entonces a contratar los servicios de los abogados más caros de California, para que ideasen el modo de llevar a los presos a México; tales abogados eran el ex gobernador Henry T. Gage, Gray, Barker y Brown, socios del senador Flint de los Estados Unidos, y Horace H. Appel. Una vez que los asuntos se presentaron ante el tribunal, el procurador como consejero especial, anunció de viva voz sus nombres y durante las audiencias siempre estuvieron presentes uno o dos de ellos.

Los policías que golpearon a los refugiados casi hasta matarlos, y después los acusaron de resistencia a la autoridad -aunque no llevaban orden judicial de detención- fueron Thomas H, Furlong, jefe de la agencia de detectives Furlong, de Saint Louis, principal cazador de refugiados al servicio de Díaz, un ayudante de Furlong y dos agentes secretos de la ciudad de Los Angeles, los muy conocidos policías Talamantes y Rico.

Durante meses, antes de la detención de Flores Magón y de sus compañeros, circuló en los Estados Unidos un bando en el que se ofrecían $20 mil por su aprehensión; el testimonio que presentó Federico Arizmendi, impresor de Los Angeles, ante los tribunales de esa ciudad, comprueba que los detectives recibieron su parte de esa recompensa. Después del arresto de Flores Magón los sabuesos fueron a la oficina del periódico Revolución, donde tuvieron bajo custodia al director nominal, Modesto Díaz; allí se encontraron a Arizmendi, con quien se produjo la siguiente conversación:

Talamantes: - Ya puedes felicitarme; acabo de ganar mil dólares.

Arizmendi: - ¿Cómo?

Talamantes: - Acabo de pescar a Villarreal.

Al tiempo de escribir estas líneas, Rico y Talamantes todavía son miembros de la policía de Los Angeles.

La identidad de la persona que empleó a Talamantes y socios se confirmó, sin la menor duda, así como su asombrosa usurpación de las facultades propias del gobierno norteamericano. Después de haber sido puesto en libertad, el día siguiente al de la conversación citada, Modesto Díaz fue informado que tendría que esperar por algunos días los papeles que se le quitaron en el momento de su detención, porque se habían dejado en manos del cónsul mexicano.

Si queda alguna duda respecto a quién alquiló a Furlong y a sus secuaces para dar caza a Flores Magón, tal duda desaparecerá con sólo leer un trozo del testimonio jurado del mismo Furlong ante los tribunales de Los Angeles. Helo aquí:

Interrogatorio del señor Harriman

P.- ¿Cuál es su ocupación?
R.- Soy presidente y gerente de la Furlong Secret Service Co., de Saint Louis, Missouri.
P.- ¿Ayudó usted a detener a estos hombres?
R.- .
El señor Lawler: - Se objeta esa pregunta como conclusión del testigo.
P. (del señor Harriman): - ¿Tenía usted orden judicial de detención?
R.- No, señor.
El comisario: - ¿Se retira la otra pregunta y ahora interroga usted si tenía auto de detención?
El señor Harriman: - Sí, señor.
P.- ¿Los arrestó usted sin orden judicial?
R.- Sí, señor.
P.- ¿Les quitó usted estos objetos sin orden judicial?
R.- Sí, señor.
P.- ¿Recorrrió usted la casa y la registró sin orden judicial?
R.- ¿Cómo es eso?
P.- ¿Reconoció usted la casa y la registró sin orden judicial?
R.- .
P.- ¿Y les quitó sus papeles?
R.- Yo no les quité ningún papel. Los detuve y los encerré y después regresé y tomé los papeles.
P.- Los aprehendió usted en casa y los detuvo usted, ¿no es así?
R.- No, señor. Se los entregué a ...
P.- Bueno, ¿usted los retuvo hasta el punto en que ellos fueron afectados?
R.- Sí, señor.
P.- ¿Quién le pagó a usted por hacer este trabajo?
R.- El gobierno mexicano.

Tampoco se resistió Furlong a confesar el objeto de la cacería. Un periódico de Los Angeles reprodujo declaraciones de Furlong en las que éste se pavoneaba de la detención y afirmaba que había estado tras de Magón y sus amigos durante tres años. En este periodo -según dijo- había logrado atrapar a 180 revolucionarios mexicanos para entregarlos al gobiemo de Díaz, el cual los liquidó pronto. De acuerdo con una declaración judicial, certificada y jurada debidamente por W. F. Zwickey en los tribunales de Los Angeles, Furlong expresó que él no estaba tan interesado en este caso ni en las acusaciones por las que se procesa a los detenidos, como en conducirlos a Arizona; todo lo que nosotros queremos (por nosotros se entiende él mismo y las autoridades mexicanas) es llevar a los detenidos a Arizona, y entonces ya veremos la manera de hacerlos cruzar la frontera.

El procurador general Bonaparte parece haber tenido el mismo propósito que Furlong y las autoridades mexicanas, aun cuando el caso no implicaba la extradición a México, ni siquiera a Arizona. Durante una audiencia ante el juez Ross, en San Francisco, el señor Bonaparte tuvo el atrevimiento de telegrafiar a su procurador de distrito en aquella ciudad, lo siguiente: Resístase por todos los medios al recurso de habeas corpus en el caso de Magón y otros, pues los quieren en México. Este telegrama se leyó en el tribunal; el incidente fue aún más notable en vista de que pocos días antes, en respuesta a una averiguación del senador de los Estados Unidos, Perkins; el procurador Bonaparte le había escrito una carta en la que aseguró que el objeto del proceso no era el de enviar a los procesados a México.

Se formularon contra Flores Magón y sus compañeros cinco cargos distintos, uno después de otro, por separado. Primero, el de resistencia a la autoridad; después, la manida acusación de homicidio y robo; más tarde, la difamación en grado penal; en seguida el homicidio de un tal Juan Pérez en México; y, por último, la conspiración para violar las leyes de neutralidad.

Sin duda, los perseguidores habrían tenido rápido éxito en su propósito de llevar a esos hombres a México, si no hubiera sido porque algunas organizaciones de Los Angeles formaron un comité de defensa, efectuaron reuniones de masas para excitar el sentimiento público, recogieron fondos y contrataron a dos hábiles abogados -Job Harriman y A. R. Holston-, quienes, después de larga lucha, lograron conducir el proceso de modo que el ministerio público se viera obligado a proceder sólo por actos que implicaban encarcelamiento en los Estados Unidos.

Durante las primeras etapas de la lucha legal, los agentes de Díaz se dedicaban, con sus métodos característicos, a suprimir el periódico Revolución. Después que fueron detenidos los tres editores, trató de salvar la emergencia L. Gutiérrez de Lara, quien no había sido identificado como miembro del Partido Liberal; pero dos semanas más tarde, ya les hacía compañía a Flores Magón, Villarreal y Rivera. Se pidió su extradición en el supuesto de que había cometido un robo en cierto día de cierto mes de 1906, en cierto Estado de México.

A pesar del arresto de De Lara, el periódico Revolución continuó apareciendo de manera regular. Tan pronto como los agentes de la procuraduría pudieron encontrar al nuevo director, que resultó ser Manuel Sarabia, inmediatamente lo aprehendieron y lo acusaron del mismo delito que en esos momentos se atribuía a Flores Magón, Villarreal y Rivera.

¿Quién quedaba para publicar el pequeño periódico Revolución? Los impresores Modesto Díaz, Federico Arizmendi y un muchacho de apellido Ulibarri salieron al paso de la nueva emergencia; pero, en menos de un mes, también ellos fueron conducidos a la cárcel, acusados los tres de difamación. Así fue como el periódico de la oposición mexicana pasó a la historia; Modesto Díaz murió a consecuencia del encarcelamiento que siguió a su detención.

Revolución no era un periódico anarquista; ni un periódico socialista; ni propugnaba el asesinato de presidentes ni la abolición de gobiernos. Sólo defendía los principios que los norteamericanos, en general, desde que surgieron la Declaración de Independencia y la Constitución de los Estados Unidos, han considerado como necesarios para el bienestar de cualquier nación. Si un periódico norteamericano de los mismos ideales hubiera sido suprimido por métodos aún mucho menos arbitrarios y descarados que los expuestos aquí se hubiera levantado una justa protesta que se escucharía en todo el país de costa a costa. Pero sólo se trataba de un periódico mexicano de oposición al presidente Díaz y ... se le suprimió.

La historia de Lázaro Gutiérrez de Lara constituye un buen ejemplo del sistema de privar a los enemigos de Díaz de su libertad personal en los Estados Unidos, tal como lo ha practicado el Departamento de Justicia, de acuerdo con los agentes mexicanos en varias partes del oeste norteamericano durante los últimos cinco años. Gutiérrez de Lara fue aprehendido y encarcelado el 27 de septiembre de 1907, por instrucciones telegráficas del procurador general Bonaparte. Como ya se dijo, se le acusó de robo cometido en cierto día de cierto mes de 1906, en cierto Estado de la República Mexicana, y se procuraba su extradición a México sobre la base de tan terrible culpa.

El tratado de extradición entre los Estados Unidos y México establece que el país que pida la extradición debe proporcionar pruebas de culpabilidad en un plazo de 40 días a partir de la detención del acusado. En el caso de De Lara, se desdeñó este pequeño tecnicismo; después de los 40 días se presentó una nueva demanda que contuvo la esclarecedora información de que el supuesto delito había sido cometido en el Estado de Sonora, lo cual se consideró motivo suficiente para retener al prisionero otros 40 días.

Nada sucedió en el curso de ese nuevo plazo; por ello, el 22 de diciembre, el abogado Harriman interpuso el recurso de habeas corpus. Este fue negado y se dio más tiempo al ministerio público para que presentara una tercera demanda; esta vez De Lara fue acusado de haber robado leña en el Estado de Sonora el 13 de agosto de 1903.

Durante la audiencia se revelaron algunos hechos extraños. Uno de ellos fue que De Lara había sido procesado y absuelto por idéntico delito en México hacía más de cuatro años; otro, que a pesar de que en México el valor de la leña se había fijado en $8, en la audiencia de Los Angeles aumentó a 28 dólares. Este salto espectacular se debió a que no se puede conceder la extradición de un ladrón que haya robado menos de 25 dólares. Pero, por un descuido del ministerio público, ese salto de la cotización en el mercado de la leña no fue suficientemente alto; se descubrió que el precio de la plata en ese año era un poco menos que el acostumbrado, y el abogado Harriman demostró que el pretendido valor de $56 no alcanzaba el equivalente de 25 dólares. Tan sólo por este detalle se salvó la vida del acusado.

La realidad era que De Lara nunca robó tal leña, sino que, como apoderado de una viuda a quien un rico norteamericano, dueño de minas, trataba de privar de un pedazo de terreno, él había permitio que la viuda cortase un poco de leña en ese terreno para su propio uso. La audacia de los perseguidores de De Lara sería increíble si no constase en los archivos. De Lara fue puesto en libertad después de haber perdido 104 preciosos días de su vida en una prisión norteamericana. Tuvo más suerte que muchos de sus compatriotas al ganar su lucha contra la extradición; pero perdió sin remedio esos tres y medio meses transcurridos. Además, Revolución había sido suprimido y se quiso enseñar a un caballero mexicano que quien se opone al tirano puede ser debidamente castigado, lo mismo en los Estados Unidos que en México. Flores Magón, Villarreal y Rivera continuaron encarcelados durante cerca de tres años, a partir del 23 de agosto de 1907. Desde principios de julio de 1908 hasta enero de 1909 estuvieron incomunicados en la cárcel municipal de Los Angeles, lo cual significa que a nadie se permitió, ni siquiera a los periodistas, que los vieran, ni que Rivera fuera visitado por su esposa e hijos. Sólo un abogado pudo ver a los acusados. Había dos abogados más que los defendían en otro Estado, pero fueron objetados por el endeble motivo de que no se hallaban registrados en California.

En julio de 1908 visité en su oficina a Oscar Lawler, procurador de distrito de los Estados Unidos, ante quien protesté por el severo aislamiento en que se tenía a los prisioneros; pero su única excusa fue la siguiente: Hacemos esto a petición del gobierno mexicano. Éste nos ha complacido y no es más que justo que nosotros le correspondamos.

El gobierno mexicano también pidió que no se admitiera fianza de los reos, lo cual fue concedido. El privilegio de la libertad bajo caución, a reserva de la resolución del juicio, está garantizado por la ley a todas las personas acusadas, excepto a los homicidas a sangre fría; sin embargo, el juez Welborn, con atribuciones tanto de juez de distrito como de circuito, negó a estos hombres ese privilegio. La fianza se había fijado previamente en 5 mil dólares, lo que era diez veces más de lo requerido en casos similares anteriores. A fines de julio de 1908, se logró reunir esa cantidad y se ofreció en la forma más segura; pero no fue aceptada por el juez Welborn con el pretexto de que un fallo de la Suprema Corte había establecido que durante los trámites de habeas corpus no debe cambiarse la custodia de un prisionero; esta jurisprudencia fue interpretada de modo singular, en el sentido de que, precisamente a estos detenidos, no se les debía admitir la fianza.

Durante los seis meses en que los prisioneros estuvieron incomunicados, y por ello, imposibilitados de defenderse con declaraciones públicas, el procurador Lawler se aprovechó de ese forzado silencio para declararlos culpables, no sólo de los delitos señalados como materia del proceso, sino también de otros, entre ellos un complot para asesinar al presidente Díaz, aunque era evidente que Lawler no tenía prueba alguna de semejante complot.

Después de pasar cerca de dos años en las cárceles municipales, Flores Magón, Villarreal y Rivera fueron declarados culpables de conspiración para violar las leyes de neutralidad al tratar de organizar una expedición armada contra México, y fueron sentenciados a 18 meses de prisión en la penitenciaría de Florence, Arizona. Sarabia no fue juzgado; logró evitar la extradición y fue conducido a Arizona antes que los otros; allí fue puesto en libertad bajo fianza y poco después se casó con Elizabeth D. Trowbridge, señorita de Boston; perteneciente a una antigua y rica familia. Como la salud de Sarabia estaba quebrantada por el largo cautiverio, se convenció de que debía pagar la caución y huir con su esposa hacia Europa, en el supuesto de que, si era sometido a juicio, sería encarcelado a pesar de la falta de pruebas en su contra. Desde entonces se ha dedicado en Europa a escribir artículos para varios periódicos ingleses, franceses, españoles y belgas, sobre los movimientos democráticos de México.

En general, fracasó la campaña para extraditar a los refugiados acusados de homicidio y robo; pero sirvió para mantener en la cárcel a muchos liberales durante largos meses, hasta agotar sus recursos, debilitar su organismo e intimidar a sus amigos. Sin embargo, ello no fue suficiente para conseguir su extradición. La mayoría de los liberales deportados lo fueron por funcionarios de migración o por secuestro.

La persecución basada en los supuestos delitos de homicidio y robo fracasó, por su patente contradicción con las leyes y los principios norteamericanos. Esto debió ser sabido por los procuradores de los Estados Unidos desde el principio; pero, tan sólo por complacer a Díaz, continuaron los procesos sobre tales bases. En realidad, no se trató de un mero error de los agentes del ministerio público que intervinieron, sino de una línea política impuesta por los más altos funcionarios del gobierno de los Estados Unidos. Tal quedó demostrado en 1908, con la publicación de muchas informaciones procedentes de varios departamentos de Washington y de Oyster Bay, en las que se expresó el deseo del gobierno de deportar como delincuentes ordinarios a los políticos mexicanos refugiados. Al fracasar en sus esfuerzos para deportarlos al mayoreo como tales delincuentes, el Departamento de Justicia norteamericano concentró sus energías en asegurar el encarcelamiento de los refugiados por violación de las leyes de neutralidad por conspirar para violarlas. Se consideró como gran felonía organizar una expedición armada contra una potencia amiga, o conspirar para organizarla. Así, además de Flores Magón, Villarreal, Rivera y Sarabia, algunos de los refugiados liberales procesados de acuerdo con esa ley fueron Tomás de Espinosa, José A. Rangel, Casimiro H. Regalado, Lauro Aguirre, Rayrnundo Cano, Antonio Araujo, Amado Hernández, Tomás Morales, Encarnación Díaz Guerra, Juan Castro, Prisciliano Silva, José María Martínez, Benjamín Silva, Leocadio Treviño, José Ruiz, Benito Solís, Tomás Sarabia, Práxedis Guerrero (Que nosotros sepamos, Práxedis jamás logró ser procesado por las autoridades norteamericanas, no obstante la terrible persecución que, en su contra, enfrentó. Nota de Chantal López y Omar Cortés), Servando T. Agis, John Murray, Calixto Guerra, Guillermo Adán E. Dávila, Ramón Torres Delgado, Amado Morantes, Francisco Sáiz, Marcelino Ibarra e Inés Ruiz. La mayoría de las detenciones se efectuaron en las ciudades de San Antonio, Del Río, El Paso, Douglas y Los Angeles, y esta lista no es sino una parte de los casos más notables. En casi todos ellos, los detenidos fueron encarcelados durante meses sin ofrecérseles la oportunidad de probar su inocencia; en la vista de sus causas generalmente eran absueltos; pero fueron condenados a penas de 18 a 30 meses de prisión los acusados Araujo, Espinosa, Guerra, Prisciliano Silva, Treviño, Rangel y Flores Magón, Villarreal y Rivera. Unos confinados en Leavenworth, Kansas, y otros en Florence, Arizona.

¿Eran culpables estos hombres? Si no lo eran, ¿por qué se les condenó?

En mi opinión, ninguno de ellos era culpable dentro de la debida interpretación de las leyes; éstas fueron violadas -por lo menos en algunos casos- y mal interpretadas siempre para condenarlos.

Esta es una afirmación audaz; pero creo que los hechos la apoyan. La existencia, dentro del gobierno de los Estados Unidos, de un deseo incontenido de servir a Díaz, es demostrada por los casos que, a pesar de que la prueba de violación de las leyes de neutralidad es 10 veces más clara -como las expediciones de norteamericanos para auxiliar revoluciones en países centroamericanos o sudamericanos- han sido y son habitualmente pasados oor alto por las autoridades norteamericanas. Pero no es necesario aducir este hecho en favor de los liberales mexicanos; la verdad es que nunca hubo pruebas adecuadas para demostrar que ellos violaban las leyes de neutralidad.

¿Acaso organizaron alguna expedición armada contra una potencia amiga? ¿Tenían planes para hacerlo? No. ¿Qué hicieron, pues? Llegaron a los Estados Unidos donde proyectaron ayudar a un movimiento revolucionario dentro de México. Huyeron para salvar sus vidas y han estado pensando en la forma de volver a su país para tomar parte en una rebelión en suelo mexiano; nada más.

¿Constituyó esto una violación de las leyes de neutralidad?

No era tal violación, según el juez Maxey de Texas, quien revisó algunos de los casos. El 7 de enero de 1908, la Daily Light and Gazette, de San Antonio, Tex., reprodujo las siguientes palabras del juez Maxey:

Si José M. Rangel, el acusado, tan sólo cruzó el río y se unió a la lucha, tenía todo el derecho para hacerlo; así lo diré al jurado de mi encargo. Este proceso no es por luchar en un país extranjero, sino por iniciar y organizar una expedición en el condado de Valverde.

El texto de la ley es el que sigue:

Toda persona que, dentro del territorio o jurisdicción de los Estados Unidos, inicie u organice o proporcione o prepare los medios para cualquier expedición o empresa armada, para ser conducida desde los Estados Unidos contra el territorio o dominios de cualquier príncipe o Estado extranjero, o de cualquier colonia, distrito o pueblo con el que los Estados Unidos estén en paz, será considerada culpable de grave delito y se le impondrá multa no mayor de 3 mil dólares y prisión por no más de 3 años.

Flores Magón, Villarreal y Rivera, los dirigentes, no sólo no organizaron una expedición contra México, sino que ni siquiera cruzaron el río para pelear en persona. Su condena se consiguió por medio del evidentemente falso testimonio de un detective mexicano apellidado Vázquez, quien presentó la única prueba directa contra ellos. Vázquez declaró ser un espía que había estado en la reunión de un club liberal. Dijo que allí se leyeron cartas de Flores Magón en las que ordenaba al club constituirse en un cuerpo armado para invadir México. En esta reunión -agregó Vázquez-, se hicieron nombramientos militares, propuestos por Flores Magón, que fueron escritos por unn miembro llamado Salcido. Se exhibió el papel; pero los peritos calígrafos aportados por la defensa probaron que el documento era falso. Vázquez modificó entonces su testimonio y juró que él mismo había escrito los nombres. Este era un punto vital en el testimonio, y si los acusadores públicos hubieran estado interesados en mantener la ley más que en perseguir a los enemigos políticos de Díaz, hubieran puesto en libertad a los acusados y procesado a Vázquez por declarar en falso.

La persecución general de refugiados políticos mexicanos continuó sin cesar hasta junio de 1910, cuando el escándalo se hizo tan grande que se llevó el asunto ante el Congreso norteamericano. Los hechos anotados, aunque en forma más completa, se denunciaron ante el Comité de Reglamentos de la Cámara de Diputados, y en la actualidad están pendientes de aprobación en ambas cámaras las resoluciones para efectuar una investigación general sobre estas persecuciones.

Hasta la iniciación de las gestiones ante el Congreso, el gobierno de los Estados Unidos planeaba continuar las persecuciones. En varias ocasiones se anunció que en cuanto se cumplieran las condenas de Flores Magón, Villarreal y Rivera en la penitenciaría de Florence, éstos serían procesados de nuevo por otros cargos; pero el 3 de agosto fueron puestos en libertad sin volvérseles a arrestar. Desde entonces no se han producido más procesos, que yo sepa. Es de esperarse que las leyes de los Estados Unidos y el gran principio norteamericano de protección a los refugiados políticos no sean conculcados otra vez; sin embargo, se teme que los perseguidores esperen que sus delitos sean olvidados por el público, para comenzar de nueva cuenta.

Quizá haya más persecuciones. También puede no haberlas. De cualquier modo, la justicia no quedará satisfecha. Los amigos de la decencia y de la libertad no pueden darse por satisfechos, puesto que algunas de las víctimas todavía sufren castigos injustos; está en manos del pueblo norteamericano imponer la libertad de tales víctimas y la terminación de tales castigos. Lázaro Puente, por ejemplo, periodista pacífico, durante 13 años residente en los Estados Unidos, fue injusta e ilegalmente deportado como inmigrante indeseable por los funcionarios de migración. Lázaro Puente sigue prisionero en San Juan de Ulúa, la fortaleza militar del puerto de Veracruz donde lleva encarcelado más de cuatro años. Fue entregado contra toda ley a la policía de Díaz y procede que el pueblo norteamericano pida que sea devuelto libre a los Estados Unidos para reparar esa injusticia.

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