Indice de Los seis libros de la República de Jean BodinLIBRO TERCERO - Capítulo sextoLIBRO CUARTO - Capítulo primero.Biblioteca Virtual Antorcha

Los seis libros de la República
Jean Bodin

LIBRO TERCERO
CAPÍTULO SÉPTIMO
De las corporaciones, colegios, Estados y comunidades.


... La diferencia entre la familia y las corporaciones y colegios, y entre estos y la República, es la misma que hay entre el todo y sus partes. La comunidad de varios cabezas de familia de una aldea, de una villa o de una comarca, puede subsistir sin formar una República, del mismo modo que la familia sin colegio. Ahora bien: muchas familias unidas por amistad son miembros de una corporación o comunidad, del mismo modo que varias corporaciones y comunidades unidas por poder soberano constituyen una República. La familia es una comunidad natural, el colegio es una comunidad civil. La República, además, es una comunidad gobernada con poder soberano, pero puede ser tan pequeña que no cuente con corporaciones ni colegios, sino solo con varias familias. Por ello, la palabra comunidad es común a la familia, al colegio y a la República. Hablando propiamente, la corporación comprende o varias familias, o varios colegios, o varios colegios y familias.

El origen de las corporaciones y colegios es la familia, tronco principal del que han brotado muchas ramas, haciendo necesario construir primero casas y después villorrios y aldeas. En un principio vivían unos junto a otros, como si se tratase de una familia; después, no pudiendo tantos hombres alojarse ni vivir en el mismo lugar, se vieron obligados a separarse. Poco a poco, las aldeas se convirtieron en burgos y separaron sus propiedades y vecindarios, pero como carecían de leyes, magistrados y príncipe soberano, por cualquier motivo surgían las querellas y disputas ..., venciendo en ellas los más fuertes, quienes arrojaban a los más débiles de sus casas y aldeas. Esta fue la causa de que se cercasen los burgos con fosos y, más tarde, con murallas, según sus fuerzas, y de que los hombres se reuniesen en sociedades, los unos para defender sus casas, propiedades y familias de la invasión de los más fuertes, los otros para atacar y desalojar a los expropiados, así como para saquear, robar y asolar ...

Tal licencia e impunidad en el robo forzó a los hombres que vivían aún sin príncipes ni magistrados a unirse amistosamente para su defensa mutua y a constituir comunidades y cofradías, denominadas por los griegos fratrías, o fratres, esto es, quienes toman agua de un mismo pozo ... Sociedades y comunidades entretuvieron la amistad, esa llama sagrada, cuyos primeros fulgores encendieron el amor conyugal, para comunicarse después de padres a hijos, de hermanos a hermanos, de estos a los parientes cercanos y de los parientes a los aliados. El fuego se habría, poco a poco, debilitado y apagado por completo si no hubiera sido de nuevo encendido, atizado y conservado por alianzas, comunidades, corporaciones y colegios, gracias a los cuales se han conservado muchos pueblos sin forma alguna de República, ni poder soberano ...

Por ello, los primeros príncipes y legisladores, que no conocían todavía las dificultades que hay para mantener a los súbditos mediante la justicia, cuidaron de las cofradías, colegios y comunidades, a fin de que, mediante el acuerdo de las partes y miembros de un mismo cuerpo, fuese más fácil el gobierno de toda la República ...

Cuando surgía alguna diferencia entre los asociados, eran ellos mismos sus propios jueces, porque sabían que la amistad es el único fundamento de toda sociedad, más necesaria para los hombres que la justicia. En efecto, esta, debido a su rigidez y entereza, convierte, muchas veces, a los amigos en enemigos, en tanto que la amistad, por la renuncia de sus derechos, establece la verdadera justicia natural, sin olvidar que el único fin de todas las leyes humanas y divinas es conservar el amor entre los hombres y de estos a Dios ... Hoy en día son los suizos quienes mejor observan este principio; en todas sus ciudades las cofradías y oficios tienen sus casas comunales, donde celebran a menudo sus banquetes y festines, y hasta la aldea más pequeña tiene su casa comunal dedicada a estos fines, resolviéndose amistosamente la mayor parte de sus pleitos y querellas ...

Puede afirmarse que todas las corporaciones y colegios son instituidos con fines religiosos o políticos. Los de la segunda clase se establecen para la distribución de la justicia, para el reparto de los cargos, para la determinación de las provisiones y mercancías que se precisa importar o exportar, para los oficios necesarios a la República, o para la educación e instrucción. Puede acontecer que el colegio sea particular de un oficio, de una ciencia, de una determinada mercancía o de una jurisdicción. También puede suceder que varios colegios se unan en una corporación; por ejemplo, todos los artesanos, todos los mercaderes, todos los licenciados o todos los magistrados. Puede también ocurrir que todos los colegios particulares tengan derecho de comunidad general o universidad, o que no solo todos los colegios y comunidades, sino también todos los habitantes, unidos a las corporaciones y colegios de una ciudad, de una región, o de una provincia, tengan derecho de comunidad para reunir los Estados ...

Podemos, pues, decir que toda corporación o colegio es un derecho de comunidad legítima, bajo el poder soberano. La palabra legítima se refiere a la autoridad del soberano, sin cuyo consentimiento no existe ningún colegio. Se refiere, igualmente, a la calidad de los colegios, al lugar, al tiempo, a las formas de reunión y a la competencia de la asamblea. La palabra comunidad significa que no hay colegio si no hay algo de común. Pero no es necesario que todo sea común, basta que la asamblea sea común a todos los colegiados, que haya un síndico común y algún dinero en común ... En cuanto al número de colegas, es indiferente, siempre que no sean menos de tres. Los colegas deben ser iguales en poder por lo que se refiere a la comunidad, gozando todos de voz deliberante, aunque es posible que el colegio o el príncipe designe a uno de los colegas para mandar, corregir y castigar a cada colega en particular; tal es el caso de obispos y abades, quienes pueden castigar a los canónigos y religiosos ...

Aquel que es elegido por el colegio o por el príncipe para mandar sobre todos los colegas en particular, reúne una doble calidad: una respecto a los demás colegas, otra respecto al colegio. Se le denomina principal, obispo, abad, prior o presidente, y tiene poder y potestad de mando sobre cada uno; pero, constituidos en corporación y colegio, no es más que colega, aunque goce de precedencia. Por ello debe distinguirse entre obispo, canónigos y capítulo, abad, religiosos y convento, principal, becarios y colegio. Un gran jurisconsulto se ha engañado al afirmar que los filósofos llaman colegio a las personas de un colegio ... Colegio es una categoría jurídica y toda la renta y derechos de un colegio pueden concentrarse en una sola persona, si todos los demás colegas mueren; aunque así ocurra, los derechos del colegio siguen existiendo y los bienes del colegio no pueden ser ocupados por el fisco ni por los particulares, salvo si el colegio es suprimido por decisión del soberano ...

Las corporaciones y colegios principales y más poderosOs en la República son los colegios de jueces y magistrados, no solo porque tienen poder sobre la menor parte del colegio en nombre colectivo y sobre cada uno de los colegas en particular, sino también sobre todos los demás que sin pertenecer al colegio están sometidos a su jurisdicción. La diferencia existente entre estos y los restantes colegios es notable, ya que los últimos son establecidos para el gobierno de lo que les es común, en tanto que los colegios de jueces y magistrados son fundados principalmente para los demás súbditos e, incluso, para regular los demás colegios y corregirlos si se comportan en contra de las leyes y estatutos. Al igual que es necesario que el hombre de bien sea, ante todo, justo consigo mismo ..., es también preciso que los colegios de jueces establezcan, ante todo, la justicia entre ellos mismos, a fin de poder repartirla mejor entre los demás súbditos.

En todas las comunidades, cuando se trata de lo que es común a cada uno en particular y separadamente, se requiere el consentimiento expreso de todos, pero si se trata de lo que es común a todos pro indiviso y conjuntamente, el parecer de la mayor parte obliga al resto, siempre que no vaya en contra de los estatutos del colegio ... El colegio puede hacer ordenanzas que obliguen a la menor parte en nombre colectivo y a todos los colegas en particular, si los dos tercios han asistido a la reunión, aún que no todos los asistentes hayan sido del mismo parecer en las cosas que atañen a la comunidad. El colegio todo entero, o la mayoría de sus miembros constituidos en corporación, no están necesariamente obligados a sus estatutos ..., de los cuales se pueden apartar por común consentimiento, bastando los dos tercios para anular la ordenanza hecha por todo el colegio, precepto general para toda clase de comunidades, Estados, corporaciones y colegios, salvo si se trata de cosas comunes a todos en nombre colectivo.

Si los Estados están constituidos por varias corporaciones, como los Estados del Imperio y los de todas las Repúblicas compuestas de tres órdenes -el eclesiástico, la nobleza y el pueblo-, dos de ellos no pueden hacer nada en perjuicio del tercero; así lo demostró Bodin, diputado por el tercer Estado de Francia, en Blois. Pero si se trata de una cosa común a toda la corporación o colegio, que no conlleva perjuicio a los otros miembros de pleno derecho de la corporación universal, la mayor parte puede decidir a su discreción, pese a que toda la comunidad hubiese ordenado que los estatutos solo podrían ser anulados si todos los colegas conviniesen en ello. Siempre se considera a la mayor parte de la comunidad como al todo y, así, la ley quiere que aquel que es elegido por el colegio o por la comunidad para tratar y resolver los negocios comunes, puede obligar a cada uno de los miembros del colegio ... La ley quiere que, en todos los actos concernientes a la comunidad, la mayoría sea más poderosa y que la mayor parte de los dos tercios pueda dar ley a todos en particular, tanto si han estado presentes como ausentes ..., si bien en los asuntos graves e importantes es preciso que los dos tercios se hallen presentes, aunque no todos presten su consentimiento, salvo si existe ordenanza o ley especial que exija el acuerdo de los dos tercios ...

También es necesario que el consentimiento de que hablamos sea prestado en la asamblea de la corporación o colegio, porque, aunque todos los colegas hubiesen consentido por separado en algo concerniente a lo que es común a todo el colegio, tal acto no producirá efecto ni en favor ni en contra de quienes prestaron el consentimiento, aunque hubiese sido ante notario, porque lo hecho por los colegas por separado no es hecho por el colegio. También es preciso que todos los miembros de una corporación sean convocados en el tiempo y lugar ordenados por los estatutos ... La costumbre observada por casi todas las corporaciones y colegios, es que los más antiguos hagan convocar a los otros, o bien se reúnen a toque de campana o de trompeta, como antiguamente se hacía en Grecia y Roma ... Podemos finalizar esta discusión sobre el poder de los Estados, corporaciones y comunidades lícitas, diciendo que, en general, todas las Repúblicas observan, y todos los jurisconsultos y canonistas aprueban, la ley de Solón, según la cual se permite a todas las corporaciones y comunidades lícitas hacer cuantas ordenanzas estimen convenientes, siempre que no supongan la derogación de los estatutos del colegio dictados u homologados por el soberano, o contravengan los edictos y ordenanzas de la República ...

Tratemos ahora de la forma de castigarlos cuando ofenden. Puede decirse que no es necesaria la pena donde no hay ofensa, y que el colegio o la comunidad no puede ofender, si se considera que el colegio no puede consentir ni hacer nada mediando dolo o fraude, como dice la ley, y que no hay acción de dolo contra una corporación o comunidad, aunque todos los colegas de un mismo colegio, o los habitantes de una ciudad, o los Estados de un país hubiesen consentido, lo cual es imposible en las corporaciones y comunidades de las ciudades, comarcas, provincias o Repúblicas, si se tiene en cuenta que los niños y los locos no pueden consentir. Pero en la medida en que los actos realizados por la mayor parte de los colegas, reunidos colegiadamente, o de una corporación ciudadana, constituida en asamblea legítima, se consideran realizados por todo el colegio, o por todos los habitantes de la ciudad, es razonable, en tal caso, el castigo de toda la comunidad. Así se procede con las rebeliones de ciudades y sediciones de comunidades, a las que se castiga en corporación, privándolas de sus privilegios, derecho de comunidad e imponiéndoles multas, cargas, servidumbres y otras penas, de acuerdo con la calidad del delito ...

Quédanos por ver si la República puede prescindir de corporaciones y colegios. Hemos dicho que los hombres, a través de las sociedades y compañías mutuas, formaron alianzas y comunidades de Estados, corporaciones y colegios, constituyendo finalmente las Repúblicas según las conocemos, cuyo fundamento más seguro, después de Dios, es la amistad y benevolencia entre sus miembros. Dicha amistad solo se puede mantener por medio de alianzas, sociedades, Estados, comunidades, cofradías, corporaciones y colegios. Por tanto, preguntar si comunidades y colegios Son necesarios a la República es tanto como preguntar si la República puede mantenerse sin amistad, sin la cual ni siquiera el mundo podría subsistir ... Reconozco que los colegios y comunidades mal organizados traen, como consecuencia, facciones, sediciones, divisiones, monopolios y, a veces, la ruina de la República ... Aún más: so pretexto de religión, muchos colegios han incubado impiedades execrables y aborrecibles: no hay mejor ejemplo que la cofradía de las bacanales en Roma ... Es mucho más conveniente para la República permitir la existencia pública de las asambleas, colegios y cofradías de carácter religioso o suprimirlas del todo, que tolerarlas en secreto y a escondidas ..., porque no hay conjuración imposible para tales asambleas secretas que crecen poco a poco y, al fin, se revienta la pústula e infecta a toda la República ... En verdad, no es fácil mantener corporaciones y colegios cualquiera que sea su religión, cuando esta es contraria a la religión del pueblo o de su mayor parte, ya que muchas veces no puede refrenarse a este ni por las leyes ni por los magistrados ... Puede ocurrir que los colegios de las sectas sean tan poderosos, que resulte imposible o muy difícil destruirlos sin peligro para el Estado. En tal caso, los príncipes más prudentes han acostumbrado obrar como los pilotos expertos, que se dejan llevar por la tormenta, sabiendo que la resistencia que opusiesen sería causa de un naufragio universal ... Es evidente que cuando el príncipe favorece a una secta y menosprecia a otra, terminará por destruirla sin emplear fuerza ni violencia alguna -salvo si Dios la conserva-, porque el espíritu de los hombres decididos, que se fortalece ante los obstáculos, se debilita cuando no se le opone resistencia ...

A mi juicio, puede afirmarse que no hay nada mejor para mantener los Estados populares y destruir las tiranías, que los Estados, colegios y comunidades, porque estas dos clases opuestas de Repúblicas se conservan y destruyen por medios contrarios ... El tirano procura abolirios, pues sabe que la unión y amistad recíproca de los súbditos significa su inevitable perdición ... Al contrario, la justa realeza no tiene fundamento más seguro que los Estados del pueblo, corporaciones y colegios; cuando es necesario obtener dinero, juntar las fuerzas, defender el Estado contra los enemigos, solo puede lograrse mediante los Estados del pueblo y de cada provincia, ciudad y comunidad. Se puede observar que incluso los príncipes que quieren abolir los Estados de los súbditos, se ven obligados, en caso de necesidad, a recurrir a los propios Estados y comunidades, los cuales, cuando se unen, se arman de fuerza para la defensa y seguridad de sus príncipes. En los Estados generales de todos los súbditos, ante la presencia del príncipe, se hace partícipes a todos de los negocios que atañen al cuerpo universal de la República y de sus miembros, son oídas y entendidas las justas quejas y dolencias de los pobres súbditos que, de otro modo, nunca llegarían a oído de los príncipes, se denuncian los latrocinios, concusiones y robos que se cometen bajo el nombre de los príncipes, que nada saben de ello. Es increíble cuánto se alegran los súbditos de ver a su rey presidiendo sus Estados y cuánto les enorgullece el ser vistos por él. El rey oye sus quejas y recibe sus peticiones y, aunque muchas veces sean denegadas, se sienten felices por haber tenido acceso hasta su príncipe ...
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