Índice de Solución al problema social de Pierre-Joseph ProudhonCapítulo TerceroCapítulo QuintoBiblioteca Virtual Antorcha

CAPÍTULO CUARTO

OPERACIONES DE LA SOCIEDAD

Acabamos de hacer ver cómo, aún prescindiendo del objeto de la institución y de las operaciones de la Compañía, tendrian los productores el mayor interés en tomar acciones pagaderas en géneros, y cómo por consiguiente está asegurada la formacion del capital social.

Trátase ahora de examinar si las operaciones de la Sociedad serán de tal naturaleza que alejen a los suscritores, o les ofrezcan por lo contrario un nuevo y enérgico atractivo.

Reducimos esas operaciones a nueve principales:

1° Venta de productos, tanto de los que hayan sido entregados en pago de las acciones suscritas, como de los que los productores hayan expresamente consignado para su venta;
2° Emision de un papel social;
3° Descuento de las mercancías valoradas por peritos;
4° Descuento de efectos mercantiles con dos firmas
5° Anticipos y préstamos de productos sobre productos;
6° Anticipos y préstamos de productos sobre hipoteca;
7° Arancel y regulacion del cambio;
8° Creación de sucursales;
9° Publicación, por lo ménos semanal, de las operaciones de la Sociedad, y revista económica de la agricultura, del comercío y de la industria.

Vamos a pasar rápidamente en revista esas diversas operaciones, y a determinar sus condiciones y su carácter.


1° Venta de mercancías.

No siendo la Sociedad más que un establecimiento de comisión, de cambio y de crédito, un simple mediador entre los productores y los consumidores, se inhibe de toda especie de tráfico y de industria por su propia cuenta. A diferencia de los comerciantes, que con sus capitales se hacen dueños y señores de la mercancía para en seguida revenderla, jugando al alza cuando compran y a la baja cuando venden, la Sociedad no es ni puede ser jamás directa ni indirectamente propietaria de los productos. Obra siempre por cuenta ajena; no se permite ninguna manipulación, mezcla ni trasformación de la mercancía; la entrega tal como la ha recibido, bajo la responsabilidad del productor, al precio señalado por el mismo y bajo la garantía de tener la cantidad, la calidad y el peso por él manifestados.

En su consecuencia, todas las mercancías, materias primeras o elaboradas, productos agrícolas o industriales que sean remitidos a la Compañía, deberán llevar:

El nombre del productor;
El del lugar de la produccion;
La indicacion de la cantidad, dimensiones y peso;
La de la calidad;
Por fin, el precio.

Serán las mercancías al entrar en el Palacio examinadas por peritos, y se consignará en una especie de acta o nota si están o no en conformidad con la declaración del productor .

Independientemente del precio indicado por el propietario, se hará un avalúo aproximado del producto, que tendrá por objeto reconocer su valor intrínseco, es decir, el precio cierto por el que se las podrá vender aún en las menos favorables circunstancias. Veremos más abajo la utilidad de ese avalúo.

Se sacarán de los productos muestras que serán expuestas, con copia del acta de que acaba de hablarse, en el Palacio de la Industria, para que puedan examinarlas a su sabor los compradores.

El acta original de reconocimiento y avalúo pasará a las oficinas de la Sociedad, que lo avisará inmediatamente al dueño de la mercancía, abriéndole al mismo tiempo crédito por una cantidad igual al importe del avalúo.

Recibidas así las mercancías en buenas condiciones, y reconocidas y avaloradas por la Sociedad, serán al punto almacenadas y clasificadas por categorías, géneros, especies y variedades, de modo que el consumidor tenga a la vista, para cada objeto, el conjunto de la produccion social, juzgue de una ojeada de las diferencias de calidad y precio, y pueda surtirse a su gusto, bajo las mejores condiciones, y con toda la seguridad apetecible.

La Sociedad, por su parte, promoverá la venta y expendicion de los productos, y se esforzará sin cesar en abrirse nuevos mercados por medio de anuncios constantemente reproducidos en su Diario de Avisos, de ariículos publicados en su Revista, de la exposicion permanente de sus tipos y muestras, de su correspondencia, en una palabra, de cuantos recursos estén a su alcance.

Se publicará un arancel que indicará con relación a cada especie de mercancías y de productos:

a) El derecho a pagar por la exposición de los tipos y muestras en el Palacio de la Industria;
b) Los gastos de almacenaje;
c) La comisión que haya de cobrar la Sociedad por las ventas y los cambios que efectúe. Se determinará en lo posible los gastos de custodia, almacenaje y exposición, por el precio justo de los inmuebles y el de los servicios de la Compañía: la comisión no podrá exceder en caso alguno del 2 por 100.

Teniendo la Sociedad por accionistas sus propios clientes, no puede realizar sobre ellos beneficios de ningun género; antes, tiene una inmensa ventaja en ir reduciendo sin cesar los gastos ordinarios y extraordinarios de todas clases, que gravan sin cesar la mercancía en el comercio, y aumentan muchas veces desmesuradamente el precio de los productos.

Se puede juzgar de la acogida que tendrá dentro y fuera la mediación de la Sociedad sabiendo que las comisiones que cobran los corredores y comisionistas de ventas y compras ascienden con frecuencia a 10, 12, 15, 20 Y 25 por 100, es decir, el quinto y aun el cuarto del precio de las ventas. El Sr. Bonnard, de Marsella, cuya caja establecida en París ha adquirido en algunos meses una boga extraordinaria, cobra hasta un 33 y un 50 por 100 de comisión, si es que podemos dar crédito a los jactanciosos alardes de un hombre tan conocido por sus habladurías como por su ignorancia y por sus plagios. Tiene por máxima que, obligando a vender los productos a su justo precio, presta un servicio, y es, por lo tanto, legítima toda comisión que perciba, siquiera sea muy alta.


2° Emisión del papel de la Compañia.

La Sociedad es a la vez comisionista y banquera.

Por las mercancías que le han sido consignadas o cuya venta opera, y por los efectos mercantiles que le han sido presentados a descuento, la Sociedad, prescindiendo del numerario de que dispone, emite bonos generales de cambio, que representan los valores que tiene ya almacenados, ya realizados, ya en cartera, ya en caja, y dan derecho a un valor igual en mercancías que podrán escoger a su gusto los portadores en los almacenes sociales.

Esos bonos generales de 10, de 20, de 50, de 100 francos serán la moneda corriente de la Compañía, la cual los admitirá en pago de mercancías y realizacion de vales.

Se saldará todas las cuentas de la Sociedad, y se llevará todos sus libros en esa moneda, que por ese medio irá constituyendo insensiblemente para ella la unidad de valor, y representará la par del cambio.

Como han de tener esos billetes curso entre los asociados, corresponsales, parroquianos y cuantos estén en contacto con la Compañía, su circulacion se irá naturalmente extendiendo. Serán, por consecuencia, pagaderos siempre que el portador lo pida, ya en metálico, ya en géneros, bajo las condiciones que vamos a determinar.

Representando esos bonos generales, conforme al principio por el que se los emite, no metálico, sino productos, la Sociedad tiene el derecho de emitirlos y hacerlos circular como mejor le parezca; no puede encontrar dificultad, bajo el punto de vista legal, sino en cuanto a su realizacion en dinero. Teniendo el Banco de Francia el privilegio exclusivo de emitir billetes pagaderos a la vista y al portador, quizá no deberia la Sociedad pagar los suyos sino a uno o muchos días vista, cosa que no sería un obstáculo en cuanto fuese comprendida del público y pasase a ser costumbre.

Sostenido siempre a la par el papel circulante de la Sociedad, gracias a la circunstancia de ser pagadero, a petición del portador, en dinero o en productos, llegará a ser indudablemente la gran palanca de las operaciones sociales y el irresistible instrumento del poder de la Compañía. Sin igual por su fijeza como por su solidez, por él empezará la Sociedad en los hábitos del comercio las relaciones del capital y el trabajo, el equilibrio de la producción y el consumo, la garantía del trabajo y la expendicion, etc., esa revolución pacífica que es el ideal de los economistas y la segura prenda del bienestar de las masas, de la superioridad moral, política y económica de la nación, y de la gloria del Imperio.


3° Descuento de mercancías.

A petición de los deponentes, la Sociedad podrá descontar los productos, luégo de avalorados y según su avalúo, dando ya sus propios billetes, ya metálico, bajo las condiciones siguientes:

Firmará el consignatario en favor de la Compañía una promesa de pago a plazo fijo de los anticipos que se le hayan hecho, obligándose a verificarlo en productos de su industria, en billetes de la Sociedad, o en numerario.

En términos más sencillos: implicará siempre por su parte esa promesa de pago el descuento que se le haya hecho de las mercancías por él entregadas a la Sociedad en consignación y depósito.

Si el deponente se limita a recibir billetes de la Compañía, no tendrá que pagar por el descuento más que una comisión, cuyo máximum fijamos por ahora en 1/2 por 100.

Si pide metálico, tendrá que pagar además de esa comisión el 4 por 100 de intereses.

La Sociedad no podrá en ningun caso negársele; y si, lo que es poco probable, hubiese llegado a agotar su numerario, tanto el procedente de su capital como el obtenido por las ventas al contado, se lo procurará en el Banco de Francia por medio de la misma obligación del deponente, a la que añadirá su endoso. El deponente en este caso pagará sobre la comisión el interés que exija el Banco.

La razón de esta diferencia en el precio del descuento, segun se le haga en metálico o en billetes de la Compañía, es fácil de comprender.

La Sociedad, siempre mediadora entre el productor y el consumidor, no paga interés alguno por las mercancías y productos que recibe en consignación; cobra por lo contrario derechos de almacenaje, comisión, etc., por su consignación y venta.

Cambiándose unos por otros los productos, no se deben tampoco intereses, puesto que todo interés viene a ser nulo desde que es recíproco.

Ahora bien, el papel de la Sociedad no es más que el signo y el instrumento de ese cambio, y no debe ser por lo tanto objeto de interés alguno; debe serlo cuando más de una comisión.

No sucede otro tanto con el numerario. La Sociedad, ya lo tome de su capital, ya se lo procure en el Banco de Francia, ha de pagar por él intereses, en el primer caso a sus accionistas, y en el segundo al Banco. El descuento en numerario es natural que lleve consigo la exaccion de esos intereses.

A medida que las operaciones de la Compañía se vayan desenvolviendo, y sus bonos generales difundiendo por todas partes, sus individuos, sus deponentes, sus parroquianos, irán viendo si les es más ventajoso descontar sus productos y efectuar sus compras pagando intereses o dejando de pagarlos. La Sociedad les dá a elegir, y a ellos les toca decidirse: la Sociedad no perdonará esfuerzo por hacer que esa elección no sea una vana quimera.


4° Descuento de los efectos de comercio.

La Sociedad, como se ha dicho, hace el negocio de banca y descuenta las letras de cambio con dos firmas.

Para este descuento, como para el de las mercancías, ofrece ya productos, que se podrá escoger en sus almacenes, es decir, bonos generales o billetes, ya metálico.

Si el portador de las letras de cambio toma billetes de la Compañía, no tiene que pagar tampoco sino una comisión.

Si quiere metálico, ya se lo dé la Sociedad de su propia caja, ya lleve las letras al Banco de Francia, le cobrará, además de la comisión, intereses.

Siendo esta operación exactamente igual a la del párrafo anterior, sus condiciones son naturalmente las mismas.

De aquí nace otra consecuencia que importa no pase desapercibida.

El papel de la Sociedad, se ha dicho, es pagadero en metálico siempre que lo exijan sus portadores.

Nada más justo: no hace en esto la Sociedad sino cumplir el deber de todo verdadero Banco.

Al paso, empero, que el Banco de Francia, por ejemplo, en el momento de descontar los valores que se le presentan, retiene el interés de la cantidad que entrega en billetes suyos, y por consiguiente ha de realizar esos billetes a la par, siempre que quieran sus tenedores, la Sociedad de la Exposicion del Palacio de la Industria, como que al hacer los descuentos en papel suyo, no ha hecho más que cobrar una comisión, no puede realizar ese papel con las mismas condiciones que el Banco.

Ha de cobrarse entónces un interés que deberá ser calculado por el término medio de los vencimientos, de las letras que se le presenten, y el del tiempo que tenga almacenados los productos.


5° Anticipos y préstamos de productos sobre productos.

El cambio de productos con productos toma en las naciones una infinita variedad de formas. Acabamos de hacernos cargo de las ventas y compras, y de los descuentos de mercancías y letras de cambio que efectúa la Compañía.

Tendrá aún otros medios de expendición.

Anticipará productos sobre los que se le consignen; dará, por ejemplo, primeras materias a un productor, en cambio de manufacturas debidamente reconocidas y valuadas, y vice-versa.

Por este género de operaciones, la nueva Sociedad realiza un voto que no se ha podido jamás realizar, y está hoy aún en el terreno de la especulación pura: pone el crédito al alcance de todo el mundo, hasta de los simples jornaleros, los cuales podrán cada dia traer a la Sociedad el fruto de su trabajo, y exponer sus inventos y obras maestras, llevando en cambio las primeras materias de que necesiten para su trabajo de mañana.

Para hacerse bien cargo de la naturaleza de esta operación, cuya importancia es tanta como su delicadeza, conviene recordar dentro de qué límites funciona la Compañía.

La Sociedad de la Exposicion Perpétua, como hemos dicho, es una casa de comisión, y como tal está privada de toda especie de tráfico e industria por su cuenta; no es más que mediadora.

En conformidad a ese principio, nada puede comanditar, puesto que si lo hiciese con cualquiera industria, tomaria de hecho partido por uno de sus asociados en perjuicio de los otros, y se crearía un interés particular fuera del interés público que representa.

Bajo este punto de vista no puede, pues, ni debe ser agente ni promovedora de empresa ni sociedad jornalera de ninguna clase, decidirse por una clase contra otra, ni atizar la guerra social, a cuya extincion ha de dirigir por lo contrario sus esfuerzos. No puede arrogarse una iniciativa que no esté en su índole; saldria de sus atribuciones y de su carácter, y mereceria la animadversión del País y del Gobierno. Una Sociedad como la que se trata de fundar, deberia ser inmediatamente disuelta, si en el actual estado de cosas se entregase a semejantes manejos; sería una peste para la Nación y para el Estado.

Mas si la Sociedad ha de mantenerse ajena a la acción industrial y a la lucha de los productores, no ha de trabajar ménos por sostener esa lucha, regularizarla, organizarla, y, si así cabe que nos expresemos, hacerla leal y fecunda. La Sociedad es aquí el juez del campo; no entra en la arena, pero sostiene y protege a los combatientes, vela porque todo se haga con arreglo a las leyes de la justicia y del honor caballeresco.

Al Crédito Moviliario pertenece, por ejemplo, comanditar la industria; al Ministerio de Instrucción pública preparar, por medio de la educación y de las escuelas de todos grados y especialidades, la emancipación de las clases jornaleras; a la Sociedad de la Exposicion procurar, por medio de una circulación y un cambio, cada dia más fáciles y menos onerosos, el bajo precio y la mejora de los productos, y por consecuencia el estímulo a la concurrencia, el desenvolvimiento del genio industrial, y por fin el aumento del salario, del trabajo y del bienestar de todos.

Facilite, pues, cuanto pueda el trabajo del jornalero, por medio de anticipos de productos sobre productos, de primeras materias sobre manufacturas, y de manufacturas sobre primeras materias; aguce el ingenio del proletario, aliente sus esfuerzos, dé valor a sus ensayos, organice anualmente concursos, celebre sus comicios, distribuya medallas, pequeñas primas, menciones honoríficas, etc.; cosas todas que caben dentro de sus atribuciones.

Le sientan éstas tanto más, cuanto que después de todo, juzgando la Sociedad, no por el celo de sus administradores ni de sus peritos, sino por la opinión pública que revelan harto claramente sus libros, la importancia de las demandas y la cifra de las ventas, es aquí e1 órgano del País, y, por decirlo así, la voz más auténtica del sufragio universal.


6° Anticipos y préstamos de productos sobre hipoteca.

Así como la Sociedad de la Exposición Perpétua no hace concurrencia alguna a la de Crédito Moviliario, cuya función esencial es ser comanditaria de la industria, no trata tampoco de rivalizar con la de Crédito Territorial, que por otra parte no existe.

¿Qué entendemos por anticipos y préstamos de productos sobre hipoteca?

Hoy prestará la Sociedad a un labrador aperos, semillas, artículos de consumo y hasta ganado, si es necesario, recibiendo en hipoteca la tierra, y con preferencia las cosechas. Mañana hará otro tanto con un industrial; y es fácil comprender que sólo en Último término, despues que no tenga ya anticipos a plazo corto que hacer sobre productos que se le haya consignado, hará préstamos hipotecarios a plazo largo.

La importancia de esas operaciones, cuando pueda la Sociedad hacerlas, es incalculable.

Es un hechó inconcuso que el trabajo general produce más de lo qué se consume, sobre todo en el terreno de la industria y de las artes. En los depósitos de la Compañía habrá por lo tanto siempre considerables cantidades de productos sobrantes, que a causa de no poder ser cambiados por otros, ni prestados a corto plazo, tendrán su único medio de colocación en el préstamo hipotecario a larga fecha.

Dada esta situación, es evidente que el que toma sobre hipoteca presta al consignatario de los productos sobrantes un servicio igual al que de él recibe; su posición respectiva es idéntica a la de los que cambian al contado. El préstamo hipotecario podrá por lo tanto hacerse lo mismo que el cambio al contado, sin interés bajo la garantía de la Sociedad, y mediante la simple comisión que le pertenece.

Así la Sociedad de la Exposición Perpétua, que no parece constituida, a primera vista, sino para el cambio de los productos elaborados y los artículos de consumo, afecta los intereses más íntimos de la agricultura, y se hace con el tiempo una mediadora preciosa y omnipotente entre la poblacion rural y la de la industria.

Se ha empleado mucho ingenio en la institución del crédito territorial; se han hecho las más sabias combinaciones respecto al interés, a las anualidades, a la emisión de las obligaciones; se ha reformado para ese aborto hasta la ley de hipotecas; se han multiplicado los estímulos, los reclamos, los privilegios, y el resultado de tan largos y solemnes esfuerzos ha sido nulo.

Sin manifestar tan altas pretensiones, sin tanto misterio, la Sociedad de la Exposición Perpétua podrá subvenir un dia a una considerable parte de las necesidades agrícolas, con provecho para sí misma y para sus comitentes, y sin exigir del labrador retribucion de ningun género.

Esta nueva concepción del préstamo hipotecario exige naturalmente que el importe de los anticipos hechos por este sistema sea proporcional a la existencia de productos sobrantes. Si el sobrante es escaso, no podrán ser considerables los préstamos sobre hipoteca; si aumenta, aumentarán tambien los préstamos; y ¿quién sabe si, despues de todo, no vendrá dia en que sea esa forma de expendicion un objeto de especulacion para los consignatarios?


7° Arancel y regulación del cambio.

Todos los objetos puestos a disposición de la Compañía, el oro y la plata inclusive, y en general todos los artículos de su balance, estarán sometidos a un arancel de cambios que será siempre variable. La Sociedad no podrá aspirar a beneficio alguno sobre ese arancel, que tiene por único objeto asegurar el equilibrio de los valores.

Toda alza en el precio de un artículo será de consiguiente equilibrada, tomadas en cuenta las sumas totales existentes, por una baja en uno u otros artículos, tolerando con todo un décimo de diferencia en más o en ménos. Esas diferencias temporales pasarán a una cuenta especial de balance que deberá saldarse al fin de cada ejercicio.

Los cambios en el arancel que afecten las proporciones fundamentales deberán ser aprobados por una comisión de tres indivíduos nombrados anualmente en junta general de socios.

Se hacen aquí necesarias algunas explicaciones.

En un principio, y durante un período bastante largo, se limitará la Sociedad a vender y cambiar productos de la manera indicada en los párrafos primero, tercero y quinto, es decir, a los precios que fijen los mismos productores, que deberán irlos renovando en épocas más o ménos cortas.

Es claro que mientras tal suceda, nada tendrá que ver la Sociedad con las variaciones que los valores sufran; redundarán, como es natural, sólo en provecho o perjuicio de los deponentes. Si hay alza en el precio de la mercancía, la aprovechará y ganará el consignatario; si baja, la sufrirá también, y experimentará una pérdida, o cuando ménos una disminución de beneficio, que no podrá ménos de figurar en su cuenta.

Tal es, lo repetimos, el punto de partida de las operaciones de la Compañía.

Pero ese estado de cosas no puede durar siempre. Por el objeto de su institución, por su espíritu y su naturaleza, la Sociedad está llamada a regular el mercado; conduce a la estabilidad de los precios, a una mercurial constante. Gracias a su contínua acción, la distancia entre el máximum y el minimum de los precios tiende siempre a estrecharse y aun a llegar a cero, por más que no lo consiga ni pueda conseguirlo nunca.

Toda institucion que tenga por ley conformarse con la de las cosas y seguir el movimiento natural de los fenómenos y de las ideas, tiene, luego de reconocido ese movimiento, el deber de regularizarlo y facilitarlo; la Sociedad de la Exposición deberá por lo tanto, despues de cierto tiempo de experiencia, tomar a su cargo la dirección de los valores y de sus oscilaciones.

Al efecto procede en general de la manera siguiente:

En lugar de recurrir simplemente, como se ha dicho más arriba, a las arbitrarias indicaciones de los deponentes, los compromete, por medio de agentes, a entregar a plazos escalonados productos que lleven consigo la designación precisa de su cantidad, calidad y precio, bien a la Sociedad, bien a los portadores de sus cartas-órdenes, a cambio de sumas determinadas en billetes de la Compañía o en valores sociales.

Por esos ajustes, cuyas condiciones habrán sido contradictoriamente fijadas entre los productores deponentes y el jurado de avalúo, se encuentran naturalmente asegurados los productores contra el alza y la baja, que desde aquel momento carecen de interés y no afectan más que a la Compañía.

Mas, como se ha dicho en el párrafo primero, no puede la Sociedad hacer negocio alguno por su cuenta ni hacerse dueña ni propietaria de los productos; ni, por consiguiente, especular con el alza y la baja como hacen los bolsistas y los corredores: le están prohibidos el agiotaje y el estanco de mercancías. Su único salario, la única fuente de sus rentas y sus beneficios está en su comisión, en sus descuentos, en sus menudos derechos de almacenaje y depósito. Si por lo tanto se apodera del movimiento del mercado, si tiende con todos sus esfuerzos, no a hacerse dueña absoluta del cambio, lo que es de todo punto imposible, sino a dirigirlo, no es para lucrarse, sino tan sólo para moderar unos por otros los cambios y compensarlos perpétua y diariamente.

Si vé, por ejemplo, que un producto es objeto de vivas y numerosas demandas, al paso que otro ú otros dejan de ser solicitados, eleva la Sociedad en x por 100 el precio del primero, y baja en otro tanto el de los otros, de modo que la compensación sea en cuanto quepa exacta. Por no poder serlo matemáticamente se ha hablado de tolerar un décimo de diferencia en más o en ménos, diferencia que, debiendo ser a su vez compensada por sí misma de uno a otro ejercicio, no puede afectar jamás el haber de la Compañía.

Supongamos que el oro, como sucede en estos momentos, esté en baja, es decir, sea más ofrecido, al paso que la plata esté en alza, o lo que es lo mismo, sea más solicitada; siempre que la Sociedad tenga que hacer el descuento de valores en sus propios billetes, dará 100 francos de su moneda por 105 francos de oro, iguales a 100 francos de plata; o, hablando con más precisión, por un peso en oro superior en un vigésimo al de cinco piezas de veinte francos, y por un peso en plata, inferior en un vigésimo al de veinte piezas de cinco francos, es decir, el de diez y nueve piezas.

Por medio de esta compensación la Sociedad no obtiene beneficio alguno; se limita simplemente a intervenir con su moneda para el restablecimiento del equilibrio. Hace precisamente lo contrario de lo que practica el Banco de Francia, el cual, siendo árbitro de pagar sus billetes en oro o en plata, por ser igualmente recibidos los dos metales como moneda legal; dá oro si está el oro en baja, y plata si la plata está más ofrecida y ménos solicitada, de suerte que en uno y otro caso realiza un beneficio. Por ahí se vé la diferencia que existe entre una institución de privilegio y otra de utilidad pública: la primera explota a los ciudadanos, la segunda les sirve.

Lo que acabamos de decir respecto al oro y la plata sucederá respecto a todos los productos, primeras materias y sustancias alimenticias. Cualesquiera que sean para todos la oferta y la demanda, dos fuerzas cuya acción no puede evitar ni impedir nadie, la Sociedad vendrá a hacer nulas por medio de su arancel de cambios las oscilaciones, compensando a cada instante el alza con la baja y vice-versa.

Siguiendo la Sociedad la oferta y la demanda en todas sus evoluciones, sin dejarlas ni un momento, y pegándose a ellas como la sombra al cuerpo, resultará que el alza y la baja del cambio determinado por el arancel, tenderá a reemplazar el alza y la baja de los productos.

Nacen de aquí consecuencias inapreciables de inmensa trascendencia. Síguese de ahí por ejemplo:

l° Que todos los productos están por decirlo así monetizados, y son extremadamente circulables. Viniendo indicada toda diferencia entre ellos en el arancel de cambios, como acabamos de hacer ver con respecto al oro y la plata, el productor puede pagar todo lo que deba, ya dentro, ya fuera de su domicilio, con sus productos, o, lo que viene a ser lo mismo, con otros cualesquiera que dé en cambio de los suyos; no tiene para ello más que abonar el daño o cobrarse el beneficio que tengan esas mercancías respecto a la que le sirva para el pago. El comerciante en carbón, de París, que deba, por ejemplo, en Mons o en Sarrebruck, una suma de 1.000 francos, no pudiendo naturalmente pagar en carbones a su proveedor, se procurará trigo o cualquier otro producto cotizable en la plaza donde haya de hacer el pago, del mismo modo que el negociante de Lyon ó de París se procura Lóndres o Hamburgo, es decir, letras de cambio sobre esas dos plazas, para pagar a los acreedores que en ellas tenga.

2° Síguese tambien de ahí, que se hace imposible todo intento de acaparamiento, agiotaje y monopolio, pues queda por decirlo así destruido al nacer, ahogado en gérmen. ¿Por dónde se habia de poder realizarle? Por una parte, halla el productor mucho más ventajoso regularizar sus tratos con la Compañía, que exponerse a los azares de la oferta y la demanda y entregarse a manos de los especuladores; por otra, ante la Sociedad que especula no para proporcionarse beneficio alguno, sino para realizar la igualdad de precios por medio de la compensacion de los valores, ¿cómo habrian de atreverse los especuladores a hacer la menor tentativa?

3° Otra consecuencia no ménos grave, y del más alto interés para la ciencia económica, es la solución del problema de la moneda, que se ha buscado inÚtilmente hasta aquí, y con desesperación de los economistas ha abandonado el Sr. Chevalier después de los más tenaces e infructuosos esfuerzos. El precio de todo producto, ha dicho Adam Smith, está determinado en último análisis por la cantidad y la calidad del trabajo que cuesta o se supone haber costado.

En realidad, por lo tanto, el jornal medio entre todos los trabajos y servicios posibles es la unidad fundamental de todos los valores.

Viene expresado el mismo pensamiento, si bien en otros términos, por ese aforismo atribuido a los ingleses: El tiempo es dinero, y por ese adagio de un filósofo moderno, el tiempo es la tela de que está hecha la vida.

Pero ¿cómo descubrir ese jornal teórico, ese jornal medio de todos los trabajadores del globo, tanto en el terreno de la ciencia, del arte y de la política, como en el de la agricultura y de la industria?

¿Cómo comprobarlo, cómo reconocerlo, si cambia a no dudarlo de siglo a siglo y aun de generación a generación?

La aparente imposibilidad de una determinación tal, ha hecho que se abandone y hasta se niegue el principio de Adam Smith, conducta no ménos descabellada que la del geómetra que por no poder resolver un problema se decidiese a negar los axiomas de la geometría. La práctica, a pesar de las afirmaciones de la ciencia y de las perturbaciones del comercio, no ha pasado del punto a que la llevó la Convencion por su sistema de pesas y medidas; despues de haber determinado por las dimensiones del globo la unidad de peso, se ha servido de esta unidad aplicada a los metales preciosos para determinar la de los valores, como si pudiese haber una medida comun entre el meridiano y la acción industrial del hombre.

Hoy el error es ya tan considerable que salta a los ojos de todos: de él es víctima más que todos el obrero, por él sufre el productor, merced a él está falseada la contratación. En cuanto al Banco y a las demás pretendidas instituciones de crédito, no hacen más que aprovecharse de la anomalía para realizar, por medio de un agiotaje enorme, gruesos y pingües beneficios.

Para decir la verdad por entero, el franco de la Convencion no es ya el verdadero franco; es una falsa medida, una moneda falsa.

Ahora bien, ese franco auténtico, de imposible hallazgo según universalmente se ha dicho, lo hemos encontrado sin esfuerzo y en cierto modo sin buscarlo. Tenemos esa moneda natural y legal en el bono general de la Compañía, y de ella podemos decir lo que el rey lnaco de su hija Io: Tu non inventa, reposta es.

Por el arancel de cambios de cuyo arbitraje no pueden sustraerse ni el oro, ni la plata, ni el platino, ni ningun metal, ni producto alguno o servicio que tengan determinada cantidad, calidad, peso, duracion, etc., al paso que el billete de la Sociedad o bono general de cambio representa la par, es decir, la unidad ideal de que no podemos menos de admitir que se compone todo valor susceptible de cambio; por la acción de ese arancel, decimos, es evidente que ese papel social que tiene por prenda y garantía el oro, la plata, los productos, las letras de cambio, el trabajo de los jornaleros, la tierra arable, los instrumentos de trabajo y las casas, si bien en un principio no parecía ser sino una representación del numerario, a semejanza del billete del Banco de Francia, lo es ya de todos los valores posibles; y que valuándose en francos, ese franco de que es expresión el billete de la Compañía no es ya el franco de la Convención, o sea 5 gramos de plata con 9/10 de metal fino o una cantidad proporcional de oro, sino el franco de la naturaleza y de la humanidad, el franco de la ciencia que Adam Smith habia entrevisto en el jornal, en el dia de trabajo.

En efecto, puesto que el bono general de cambio representa todos los valores producidos; puesto que esos valores tienen todos por orígen y determinación primordial la cantidad de trabajo que han costado; puesto que, comparados entre sí, suponen un medio a cuyo alrededor oscila y gira cada uno de ellos describiendo una elipse más o ménos prolongada, del mismo modo que alrededor del sol oscilan y giran los planetas y los cometas; el bono de cambio, valor tipo o patrón de la Compañía, no es ni puede ser más que la expresión de esa unidad que llamamos jornal medio, o de uno de sus múltiplos, o de una de sus fracciones.

Supongamos por un momento que ese jornal medio corresponde a una cantidad de 25 gramos de plata de la de 9/10 de fino, o sea una pieza de cien sueldos (cinco francos); diremos que el jornalero que gana 5 francos diarios gana un jornal; el que 2,50, 3, 4 francos, 1/2, 1/3 y 1/4 de jornal; el que 10, 15 francos, un jornal doble o triple del jornal medio.

Y véanse ahora las consecuencias. Expresado el salario del jornalero en francos de la Sociedad, y no en francos metálicos de la Convención ó de la rutina, oscile y varíe cuanto quiera el precio de los artículos de consumo, no participará jamás el jornalero ni de la baja ni del encarecimiento sino en la parte que le corresponda. ¿No quedará acaso el jornal medio siendo la base de todo avalúo? ¿No expresa acaso siempre el billete de la Compañía ese jornal medio, sea el que quiera? Cambie, pues, ese término medio en relacion a sí mismo cuanto pueda, no dejará de ser por eso, con relación a los valores creados de que es la base, la unidad fija, ideal, absoluta. Al paso que ahora el jornalero viene recibiendo hace más de un siglo un salario medio de 4 francos, mermado en un 25 por 100 por el alza de los demás productos y el estacionamiento y aun baja de los metales, si su salario hubiese venido expresado en francos técnicos de la Compañía, habria participado del beneficio de todas las mejoras industriales, y sin ganar un salario mayor, habria aumentado su bienestar cuanto ahora ha disminuido, esto es, en un 25 por 100.

Ponemos aquí fin a esas explicaciones que exigirían un tratado especial. Añadiremos tan sólo que por medio de esa amonedación general de los productos, por medio de esa alta inspección ejercida sobre todos los valores, consecuencia necesaria de la organización del cambio, tal como lo hemos expuesto anteriormente, tomará Francia la delantera a las demás naciones, y será para siempre jamás el porta estandarte de la humanidad civilizada.


8° Creación de sucursales.

La Sociedad de la Exposición Perpétua está destinada a centralizar toda la circulación mercantil. No existiria sino a medias, faltaría a su objeto, peligraria y caeria por fin, si por una inexcusable inconsecuencia obrase de otro modo.

¿Qué vendria a ser su papel fiduciario si no pudiera usársele sino en el rádio kilométrico de la capital, o cuando más, dentro de los límites del departamento del Sena? ¿Para qué haber creado esa palanca de tan poderoso alcance, capaz de hacer cambiar de asiento al mundo, si debiera limitarse a hacer más económicos los trasportes y el interés del numerario, de un barrio de París al otro, cuando más a saldar cuentas y giros?

¿Cómo, luégo, sin esa plenitud de acción que sólo puede dar la generalidad de las operaciones, habia la Sociedad de poder poner en contacto y en comunicación permanente los productos de las diversas regiones del territorio? ¿Cómo provocar y efectuar sus cambios? ¿Cómo colocar los productos y primeras materias sobrantes, ya sobre otros productos y primeras materias, ya sobre hipoteca?

¿Cómo, por fin, llegar al equilibrio de los valores, objeto supremo, bello ideal de la economía política?

Ser o no ser, es decir, abrazar la superficie entera del país o permanecer en la nada, esta es la alternativa para la nueva institución.

Y preciso es decirlo, ha de encontrar incomparablemente más fácil ser el todo que una parte; basta para convencerse de ello tener siquiera una pequeña idea de la circulación y del cambio, y conocer sus condiciones y sus exigencias. ¡Pues qué! ¡el menor fabricante de París, el más pequeño banquero de provincia tiene relaciones en todas las capitales; es virtualmente el banco central del globo; perderia si se le prohibiese extender sus operaciones a la menor parte de la tierra habitable; y una Sociedad que ha de ser única por su naturaleza, que tiene por objeto cambiar la rutina mercantil y regenerar la constitución económica de los pueblos, vacilaria en seguir su legítimo, su natural, su necesario desenvolvimiento!

No, no es posible. Aunque la Sociedad de la Exposición quisiera, no podria. Le sucederá lo que a los ferrocarriles; no bien instalada y conocida, la aclamarán de todas partes, de provincias y pueblos, como la salvaguardia de todos los intereses y de todos los derechos.

No perderemos tiempo en contestar a las objeciones sacadas de lo grande de la empresa, del mucho personal que exige, de los inmensos pormenores a que deberá descender la Sociedad, de la infinita vigilancia que deberá ejercer, etc. etc. Después de la creación del Banco de Francia y de los ferrocarriles, todas esas objeciones carecen de importancia. ¿Por qué la nueva Sociedad, fundada en la utilidad pública y con el objeto de asegurar a todos los ciudadanos el igual goce de sus productos y de su industria, por medio del cambio, del descuento, etc., habria de ser administrada y servida con ménos inteligencia y celo que las empresas basadas en el privilegio?

Queremos, sin embargo, dar una idea general de ese organismo, hasta aquí sin modelo.

Se concibe sin dificultad que la Sociedad madre, creada en París y domiciliada en el Palacio de la Industria, se rodee, en cada provincia y en cada departamento, de sucursales que se constituyan a su imágen y reciban de ella la ley y el impulso, como ha ido haciendo el Banco de Francia.

Si la Sociedad central nombra los directores, inspecciona y vigila las operaciones, fija el arancel de los cambios, emite el papel social, recoge toda clase de datos y levanta la oportuna estadística, es claro que es el eje a cuyo alrededor gira todo, y el foco de acción de que irradian en todos sentidos la luz y la vida.

Todo esto es de comprension fácil.

Pero ¿quién no vé que, prescindiendo de sus sucursales, oficinas y bazares, cortados por el patrón de la metrópoli, se ha de poner la Sociedad, por la gran masa de sus operaciones, en relación con los Docks, depósitos, mercados y almacenes generales y especiales, donde están acumulados los productos y mercancías cuya expendición ha de procurar, y que sin confundirse con esos establecimientos ni usurpar ninguna de sus atribuciones, ella ha de ser la que los utilice y discipline, la que les dé unidad e impulso, la que determine su importancia?

Así, gracias a la constitución de la Compañía, los Docks, cuya creación, así como la del Crédito territorial, han sido hasta aquí letra muerta, por carecer de significación, de móvil y, digámoslo de una vez, de suficiente razon de ser, los Docks, decimos, se hacen inmediatamente necesarios y encuentran en qué emplearse; con el tiempo, la Sociedad se los asimila, los amolda a sus formas, les imprime su sello; les hace lo que sería contradictorio que no fuesen y no pueden ménos de ser para que subsistan en la Francia centralizada, democrática y unitaria, es decir, establecimientos como ella, no ya de provecho particular, sino de utilidad pública.

Ejercerá la Sociedad una influencia análoga sobre el comercio al por menor. Como que dará el tono al comercio al por mayor, los tenderos se verán pronto arrastrados, por el clamor público y la fuerza de las cosas, a no vender sino productos que hayan pasado por las manos de la nueva Sociedad y sido por lo tanto reconocidos y valuados; productos que ellos expondrán a su vez, con el resultado del peritaje, a las miradas de aficionados y parroquianos. Por este medio el tendero, viéndose obligado a dar a conocer a sus compradores el precio al por mayor, deberá contentarse con un beneficio módico y honrado, con el de un sueldo por franco, por ejemplo. Así, mientras bajo el antiguo régimen comercial la sabiduría del legislador no ha podido dar, respecto a los privilegios de invención, sino con la inepta fórmula de: sin garantía del Gobierno, el consumidor, así el pequeño como el grande, tendrá su vino, su aceite, su ropa blanca y todos los artículos de su consumo con garantía de la Sociedad.


9° Sistema de publicidad.

El comercio actual tiene por regla establecer el más absoluto secreto en sus operaciones. El secreto es el alma del comercio, dice el proverbio. El arte y el objeto del comercio consisten, efectivamente, en impedir toda clase de relaciones directas entre productores y consumidores; empobrecer a los unos y a los otros por medio de la ignorancia, de la dificultad de acercarse y entenderse, de los riesgos de trasporte, de los azares del mercado y de la incertidumbre acerca de las necesidades generales; en una palabra, pescar a río revuelto. A ese secreto abusivo, que no redunda sino en provecho de los mediadores, sustituye la Sociedad de la Exposición la publicidad más completa. Hemos dicho ya en el párrafo 1°, que los productos y las mercancías no serán admitidos para su exposición sino bajo la condición de que se declare su precio, su procedencia, su cantidad, su calidad y su peso; mas no se limita a esto la publicidad que pretendemos convertir en uno de los estatutos de la Compañía; se extiende a todos los actos de la Compañía misma, o cuando ménos a los que no afecten a terceras personas, deponentes o asociados, que para los procedimientos de su propia industria, o el éxito de su empresa, tengan derecho al secreto.

En dos palabras, si la Sociedad puede verse obligada a guardar el secreto ajeno, no tiene ninguno para con el público, que es y debe permanecer en todo y por todo su verdadero soberano.

Del mismo modo que el Banco de Francia, la Sociedad de la Exposición publicará un estado semanal de su situación; del mismo modo que las compañías de los Docks, de navegación, de minas y de ferrocarriles, tendrá un órgano acreditado que se publicará una o más veces por semana, y estará destinado a recibir todas las comunicaciones oficiales y oficiosas de la Compañía; estadísticas, mercuriales, existencias ya en almacenes, ya en los Docks, ya en los depósitos y los mercados, movimiento de la contratación, oscilaciones del cambio, etc.

Fiel, sin embargo, la Sociedad a su principio de no hacer nada por su cuenta, no publicará ni subvencionará ese periódico, que en su redacción, y aun en la crítica de los actos relativos a la Compañía, debe permanecer del todo libre e independiente. Se limitará a contratar con él la insercion y publicacion de cuanto le convenga, al precio y a las condiciones ordinarias de los demás periódicos.

Cada año, o cada semestre, publicará la Sociedad un balance general, detallado por capítulos y artículos, tal como cabe exigirle de un establecimiento público destinado a servir de tipo y modelo, tanto por su organización, contabilidad y servicio, como por su lealtad y justicia.

Deberá hablar esa Memoria, anual o semestral de la Compañía, de cuanto pueda interesar la curiosidad pública respecto a su constitución, gestión, tendencias y proyectos; personal, material, sueldos, salarios, alquileres, contribuciones, gastos de oficina, estímulos, recompensas, primas, medallas, socorros, pensiones, ingresos de todo género con sus categorías, depósito, almacenaje, comisión, descuento e intereses, detalles estadísticos, operaciones, transacciones, ventas, cambios, colocación de productos, cantidades, calidades, pesos, precios máximos, medios y mínimos, etc. Todo deberá ser sometido a la censura pública, todo expuesto a los ojos del principal, que no es aquí otro que el mismo público.

Hará más la Compañía.

Expresión tanto de la ciencia como de la utilidad pública, publicará de vez en cuando en la hoja que le sirva especialmente de órgano, y con el benévolo auxilio de sus redactores, una Revista de los más importantes hechos económicos del país y aun del globo, de los cuales procurará hacer desprender los principios y las leyes que los rigen, y demostrar las observaciones y anomalías que contienen, sin despreciar nada de lo que pueda contribuir a la educación económica de sus accionistas, asociados, comitentes y parroquianos, así como a la reforma material y mercantil de la nación. Sólo ilustrando podrá extender la Sociedad su poder adentro y afuera; sólo por la justicia y la ciencia apoderarse del gobierno de los intereses y del cetro del mundo.

Los anteriores párrafos, que componen todo el capítulo IV y constituyen la série de las operaciones principales de la Compañía, no son el resultado de nuestras solas inspiraciones personales.

Deseosos de dar a nuestro proyecto el, carácter de la opinión más general, y de hacerlo en lo posible la manifestación fiel de la democracia industrial más avanzada, tanto en el terreno de la práctica como en el de la especulación, hemos consultado y comparado los trabajos que sobre esta materia han visto la luz en los últimos cinco años, procurando sacar de ellos la sustancia que contienen; y hemos interrogado a los hombres más notables por su inteligencia y por su práctica, cuya probidad y desinterés pudiesen ser a nuestros ojos una garantía de verdad. Ni hemos mirado tampoco con negligencia la opinión de los hombres de negocios que, ajenos a toda consideración de partido y aun de filantropía, pudiesen ilustrarnos sobre una fundación de tan decisiva importancia.

Creemos poder afirmar que si las ideas que acabamos de desarrollar son, por su fondo y por su forma, esencialmente nuestras, en el sentido de que derivan todas de principios superiores que hemos emitido y más de una vez sostenido, y tambien en el de que son casos particulares de una síntesis general de las ciencias morales, politicas y económicas, por cuya formación trabajamos incesantemente; de hecho, la publicación y aun la aplicación de muchas de esas ideas pertenecen a otros, cuyo derecho de prioridad reconocemos con tanto más gusto, cuanto que en este mismo hecho hallamos para nosotros una garantía más de certidumbre.

Citaremos particularmente, respecto a los párrafos 3°, 4°, 5° y 6°, a Francisco Coignet, industrial de Saint-Denis, de los más recomendables del departamento del Sena, y además uno de nuestros más ilustrados economistas, el cual se nos ha prestado a hacer, sobre la institución en proyecto, un trabajo que hemos creido de nuestro deber seguir línea por línea; y respecto al párrafo 7°, o sea a la aplicación del Arancel de cambios, al Sr. D'Esclée, autor de muchas publicaciones sobre la materia, hombre inteligente y desinteresado, a quien han servido de enseñanza largas y rudas pruebas; persona cuyo mérito nos complacemos tanto más en poner de relieve, cuanto que vemos a otros afectando desconocerlo.

Índice de Solución al problema social de Pierre-Joseph ProudhonCapítulo TerceroCapítulo QuintoBiblioteca Virtual Antorcha