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CAPÍTULO IV

La organización de la agricultura

Los problemas más difíciles de resolver por una sociedad comunista serán seguramente los que conciernen a la agricultura y a la propiedad de las tierras.

En principio es inadmisible, desde luego, que la tierra sobre la cual debemos vivir todos pertenezca a individuos en propiedad particular.

El derecho del más fuerte y el derecho del primer ocupante no podrían ser reconocidos como derechos por una sociedad comunista libertaria.

Pero no existe ninguna esfera de la producción ni ninguna forma de vida de sociedad donde los antiguos usos y costumbres se mantengan con más tenacidad que en la agricultura y en la vida del campo.

Principalmente en las regiones donde la población se halla diseminada, no se impedirá en ninguna forma de sociedad que el campesino aislado continúe hablando de sus tierras, porque es él el único que las cultiva con su familia, y de su casa, porque ésta se vincula inmediatamente a su persona y a los suyos. Cuando en un país tan moderno como Inglaterra, una expresión como Mi casa es mi castillo (My house is my castle), puede ser una locución corriente, habremos de prever todas las dificultades que se presentarán ante una sociedad comunista que haya abolido la propiedad privada de las tierras y de las casas. Observemos de paso que será imposible el separar a la larga estas dos categorías de riquezas -tierras y casas-, pues las tierras laborables y las tierras para edificar constituyen un conjunto, y la propiedad comunal de las casas llegará a ser de modo inevitable la correlación de la propiedad comunal de las tierras.

Las dificultades que se presentan en este dominio harán necesarias numerosas concesiones, de suerte que, aun en sociedad comunista evolucionada, la situación real podrá cambiar de país en país y de región en región.

Esas dificultades serán despreciables, desde luego, en lo que atañe a las grandes propiedades: castillos, cotos de caza, bosques y campos, etc., que todos habían sido acaparados desde hace siglos por algunas familias de las clases privilegiadas. Esas propiedades volverán a la colectividad y serán nacionalizadas y confiadas a los cuidados de las comunas donde estén situadas, que las explotarán a beneficio de la población. Las comunas darán a todas partes de las propiedades así adquiridas: casas, caballerizas, prados, bosques, tierras de cultivo, etc., el destino que les sea más propio, según los casos.

Mucho más delicado será el aplicar los principios comunistas cuando se trate de hallar una solución para las dificultades prácticas en la ocupación y en el cultivo de las tierras poseídas actualmente por la población laboriosa.

Si la sociedad comunista quiere merecer de veras la reputación de ser una sociedad dirigida de abajo a arriba, deberá dejar a los campesinos de las diversas comunas agrícolas el cuidado de decidir por sí mismos, en asamblea o por medio de sus delegados, de qué forma deberán ser cultivadas las tierras de la comuna.

Este principio que podrá extenderse también a las grandes propiedades nacionalizadas, tendrá normalmente como consecuencia el que los labradores que están satisfechos del producto de sus tierras querrán permanecer donde se hallan y que los individuos menos privilegiados tratarán de extender su campo de acción y de actividad o de establecerse también en tierras no ocupadas, por ejemplo en ciertas partes de las grandes propiedades nacionalizadas.

En todos los casos, la sociedad comunista deberá tener bien separadas la propiedad en común del suelo y su posesión por los que lo trabajen.

Es preciso que el trabajador de la tierra pueda disponer plenamente de lo que produce, pero sin lesionar los intereses de sus conciudadanos. La comuna debe garantizarle la posesión tranquila de la tierra que trabaja y de la casa que habita, pero no debe concederle el derecho, bien de vender tierras o casas o de legarlas o de abandonarlas a otras personas. En una palabra, el agricultor en sociedad comunista será el poseedor, el detentador, el ocupante, pero no el propietario legal de sus tierras y de su casa.

Los jurisconsultos romanos han caracterizado el derecho de propiedad mediante una expresión que admitía el uso del bien poseído hasta en las consecuencias extremas, inc!uso la la destrucción. Jus utendi et abutendi era la formula. La sociedad comunista deberá examinar ese derecho histórico y modernizarlo transformándolo en un jus utendi, un derecho de uso solamente. Corresponde a la sociedad y a las instituciones modernas de cada país, el determinar donde acaba el uso y donde empieza el abuso en materia de posesión.

Si estallase de improviso una revolución social, la medida más sencilla -medida provisional- sería también el confiar, por decreto general, todas las tierras y todas las casas a las comunas, y el prescribir que los antiguos propietarios continuasen pagando provisionalmente sus impuestos como el año anterior, pero en su comuna y sin tener necesidad de pagar un alquiler. En cambio, los inquilinos de tierras o de casas deberían continuar pagando su alquiler a la comuna en lugar de a su antiguo propietario.

Después de esta medida provisional, la población de las diversas regiones podría efectuar, en plena autonomía la ocupación y el cultivo definitivo de las tierras y la posesión de las casas, ateniéndose no obstante estrictamente al principio fundamental: posesión personal dondequiera se desee; pero propiedad en común.

Los factores que establecen en la sociedad capitalista, la renta territorial en su conjunto, pueden establecerse o dividirse en tres categorías:

1° Los factores que deciden de la renta territorial diferencial, la que se basa en las diferencias en fertilidad o en situación de las tierras.

2° Los que determinan la renta absoluta que puede gravitar también sobre los terrenos más fértiles o sobre los menos ventajosamente situados. Estos factores se basan en el derecho de monopolio que ejerce el propietario de tierras, prescindiendo de las distintas cualidades de las mismas; y,

3° Los factores que representan, en su conjunto, el elemento de la pura especulación financiera, elemento tan poderoso en los paises nuevos y que también en los países de vieja civilización tiene siempre una influencia sensible sobre los alquileres y los precios de las tierras, principalmente durante los períodos de perturbaciones sociales o de dificultades. Recordemos a este respecto, la guerra de 1914-1918, así como la crisis de los alquileres de la post-guerra que imperó en tantos países.

Ahora bien, supongamos ahora completamente abolido el poder económico de los propietarios del campo sobre las tierras agrícolas y urbanas, habiendo sido sustituído por la comunidad de los habitantes de cada región.

Los factores de las dos últimas categorías distinguidas por nosotros habrían desaparecido entonces en consecuencia: en efecto, las comunas no harán especulación y, si poseen de hecho un derecho de monopolio sobre todas las tierras situadas en su territorio, una renta absoluta que pesase sobre todas las tierras sin excepción no podría contrariar a la población, puesto que son los mismos habitantes quienes deciden en última instancia de las condiciones en que serán cultivados o edificados los terrenos.

En cambio, los factores de la primera categoría continuarían, desde luego, ejerciendo su acción, pues tanto tiempo como las tierras de fertilidad y de situación no muy distintas rivalizasen en la producción de los mismos artículos agrícolas, la inexistencia de una renta rústica diferencial y el hecho de que todo cultivador recogiese el producto de su trabajo y del trabajo de los suyos, tendría por consecuencia el que los productores preferirían todos trabajar las tierras que dieran los mejores rendimientos.

Del mismo modo, los habitantes de una ciudad querrían alojarse todos en las casas mejor situadas y más sanas y en las mejor construídas.

Estando vencida la resistencia por parte de los propietarios, la rivalidad entre los cultivadores de todas las ramas y entre los habitantes de todas las comunas no podría tener fin no siendo que otra potencia económica interviniese en las diferencias por rendimiento de las tierras, y pudiera exigir también compensaciones por las diferencias en ventajas que representan las casas de toda categoría por razón de ser satisfecha a individuos privilegiados, sería remitida, de año en año, a la comunidad.

El trabajador de la tierra podrá gozar entonces de los frutos de su labor, sin tener necesidad de pagar un tributo a una persona que no ha aportado categoría por razón de su construcción o de su posición.

Habiendo ocupado el lugar de los propietarios actuales los representantes de toda la población agrícola o urbana, podrá decirse que la renta rústica diferencial continuaba existiendo. Sin embargo, en lugar de ser satisfecha a individuos privilegiados, sería remitida, de año en año, a la comunidad.

Los arrendamientos y alquileres pagados a la comuna reemplazarán, en la sociedad comunista, a los arrendamientos y alquileres pagados hoy a los propietarios particulares.

Es de prever que en muchas regiones se aplicarán, en sociedad comunista, medidas análogas a las ya tomadas, en la sociedad capitalista actual, por algunos países nuevos, particularmente en Australia. Medidas que tienen por objeto el reservar a la comunidad la plusvalía de las tierras que se crea a medida del crecimiento de la población, es decir, bajo la acción de todos.

En los países nuevos, las viejas costumbres en materia de producción y de distribución de los bienes se han arraigado con menos profundidad que en los países de civilización antigua.

Ya en nuestros días, puede decirse que la mayor parte del Continente australiano pertenece a la nación. El Queensland ha intercalado en su Constitución la prohibición de vender las tierras nacionales.

¿Cómo se procede entonces en estos países?

Mencionaremos, como ejemplo, el sistema aplicado para la valorización de las propiedades rústicas en el territorio de la nueva capital federal de Australia, en Canberra, al sur de Sydney.

Todo este territorio pertenece al Common wealth australiano y no puede ser comprado ni vendido.

El derecho de ocupación de uno o de varios lotes del territorio o de la ciudad de Canberra se concede en subastas públicas, y el postor más fuerte obtiene el derecho de ocupación por un alquiler anual que representa el 5 por 100 del valor del lote cuyo importe ha fijado él mismo. La Administración, la Federal Capital Commission es la que percibe los ingresos.

El valor del suelo -prescindiendo de los mejoramientos- debe de ser estimado de nuevo en Ias subastas públicas, la primera vez después de un lapso de veinte años y luego cada diez años. La construcción de edificios debe ser comenzada a los dos años después de la adjudicación y terminarse un año después, a menos que se conceda una prórroga.

Los terrenos no destinados a la construcción, los terrenos cultivados principalmente, se dan en arrendamiento por un período que no exceda de veinticinco años (véase Official Year Book of the Commonwealth of Australia, núm. 19 (1926), páginas 161-162).

En sociedad comunista, al aplicar la Comuna medidas análogas deberá exigir, naturalmente, en caso de cambio de poseedores de tierras, que el nuevo ocupante reembolse a su predecesor el valor de todas las mejoras que éste ha introducido personalmente en las tierras en cuestión. Esto es lo que se hace, por lo demás ya actualmente, en Australia.

Es evidente que nos sería imposible el describir o prever solamente los diversos sistemas mediante los cuales podrían aplicar las comunas, según la cultura de la región y los usos y costumbres de sus poblaciones, los principios generales del comunismo libertario.

Pero nos parece clara una cosa: tanto tiempo como en el primer período de transición de la sociedad capitalista en sociedad comunista, continuasen siguiendo las poblaciones industriales el régimen de la remuneración según el trabajo producido, habría que atenerse a que las poblaciones rurales aplicasen en la agricultura un régimen ánálogo: el agricultor exigirá gozar del fruto de su propio trabajo e insistirá en que se le reembolse por todas las mejoras introducidas por él personalmente en el caso en que cediese las tierras poseídas por él a otra persona y fuere la razón de esta cesión.

Es evidente también que, tanto en las regiones agrícolas como en las regiones industriales y en las ciudades, las medidas de un comunismo más elevado podrán completar el régimen general.

En efecto, la Comuna podrá ocuparse de la compra en común de toda clase de máquinas agrícolas: arados mecánicos, segadoras; trilladoras, etc., y alquilarlas a los agricultores de los contornos. Podrá encargarse asímismo del suministro de los abonos y de las semillas, de los combustibles, etc., como se encargará también de la entrega de los productos agrícolas a los almacenes centrales de las ciudades y de recibir en cambio, de los centros industriales, los artículos de menaje y de cocina, las herramientas, etc., que necesite la población rural.

Por último, las comunas rurales, con la misma razón que las grandes ciudades, deberán crear escuelas, inclusas (N.d.E.: orfanatos), asilos para ancianos, salas de reunión y toda clase de diversas instituciones gratuitas para todos los habitantes.

Si el ideal comunista anima a las poblaciones civilizadas del porvenir, existirá una especie de noble rivalidad entre las diversas comunas, cada una de las cuales procurará responder del mejor modo a los grandes principios de la ayuda y del socorro mutuos.

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